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¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

Mauricio Priego 20/Ene/2014 1.294

Impuestos en donaciones entre familiares

Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023

Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no. 




Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.

La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:

  • Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
  • Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.

Entonces, ¿qué puede hacerse?

1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.

2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) –  la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:

  • Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
  • Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
  • Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
  • Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).

3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)

Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.

Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?

  • Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
  • Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
  • Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.

Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.

¡Éxito!

¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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1.294 Comentarios »

  1. matilde 26/Oct/2020 en 11:04 am - Responder

    Hola buen día mi mama es pensionada y cada mes ahorra ella de su pension en efectivo, ahora bien el dinero ahorrado de su pension lo tiene en efectivo y va a depositarlo a su cuenta para poder pagar mi universidad en el extrajero este monto es de 250 mil, mi duda es si no esta dada de alta en el RFC como podria aclarar este dinero en el SAT, ya que es ahorro de ella que proviene de su pensión y que a su vez lo va utilizar para transferirlo en el banco a la universidad. Me podrias axiliar si eres tan amable?,

    • Mauricio Priego 27/Oct/2020 en 2:49 pm - Responder

      Hola Matilde,
      Si tu mamá deposita ese dinero en su cuenta, corre el riesgo de que se la congelen, es decir, que no pueda retirar dinero, hasta que demuestre el origen de los recursos o pague el impuesto que determine la autoridad.

      Aquí el problema es que no hay manera de demostrar documentalmente que el dinero ha sido el ahorro en casa de su pensión. Mi recomendación es que se acerquen a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) para que les asesoren. Sus servicios son gratuitos. El teléfono de la PRODECON es 800 611 0190.

      Mis mejores deseos para que se resuelva su caso de la mejor manera.
      ¡Y éxito en tus estudios en el extranjero!

  2. Lissett Tamez 20/Oct/2020 en 6:23 pm - Responder

    Hola Mauricio. Si mi mamá vende su casa, y el pago es depositado en una cuenta de ahorro a mi nombre… yo puedo demostrar con el impuesto del inmueble ante hacienda de donde viene el dinero ¿cierto? Y demostrando que soy su hija.
    ¿El dinero tiene que venir de la transferencia que le hicieron por el pago o puede ser la transferencia directo a la cuenta de ahorro?

    • Mauricio Priego 21/Oct/2020 en 2:37 pm - Responder

      Hola Lissett,

      Lo más seguro es el ingreso del dinero en tu cuenta por la venta de la casa llame la atención del fisco. Por como planteas el tema, el comprador debe transferirte directamente a tu cuenta el importe por la compra de la casa. En la escritura, debe reflejarse explícitamente que la forma de pago será por transferencia bancaria, e indicarse tu número de cuenta.

      La escritura de compra-venta, junto con tu acta de nacimiento, son los documentos que necesitarás para demostrarle al SAT que la operación es lícita, y que es tu mamá quien te está donando ese dinero. Afirmar que es una donación de tu mamá es mucho más sencillo y práctico que realizar un contrato de mutuo.

      Finalmente, si la operación es mayor a 600 mil pesos, recuerda que debes incluirla en tu declaración anual el próximo mes de abril. Cuando se reciben donativos por más de 600 mil pesos, se deben reportar al SAT en la declaración anual.

      Excelente día!

  3. Fernanda 16/Oct/2020 en 12:02 am - Responder

    Hola Mauricio si me hacen remesas de diferentes estados de USA amigos y familiares diferentes tengo problema con el SAT las cantidad son como de 1000 aproximadamente y no exceden los 6 mil al mes en ocasiones solo son 1 o 2 envíos x la cantidad de 1000 el SAT me llamaría a declarar

    • Mauricio Priego 17/Oct/2020 en 11:57 am - Responder

      Hola Fernanda,
      6 mil pesos al mes representan 72 mil pesos al año. Como menciona el artículo, siendo tú una persona física tienes el derecho de recibir más de 90 mil pesos de donativos al año. Con 72 mil pesos en donativos, no tendrás problema alguno.
      Excelente día!

  4. Beatriz 06/Oct/2020 en 5:03 pm - Responder

    Buenas tardes, como controlar y verificar los gastos de mi papa, mientras yo le estoy realizando transferencias mensuales a su cuenta a su nombre, la cual solo la tiene para yo poderle realizar ayudas mensuales porque esta necesitado, pero quiero tener yo su estado de cuenta para checar que estos depósitos que le realizo, solo sean usados para su manutención y no para otros vicios

    • Mauricio Priego 08/Oct/2020 en 8:59 am - Responder

      Hola Beatriz,
      Al estar la cuenta de tu papá a su nombre, no puedes solicitar un estado de cuenta en sucursal bancaria ni por teléfono. Y al preguntar cómo tener acceso a ellos, deduzco que, por algún motivo, no se lo puedes/quieres pedir a él.

      ¿Qué opciones tienes entonces?
      * Descargarlos por Internet, más para ello necesitas su login y password que podrías pedirle bajo pretexto de ayudarle con algún procedimiento
      * También puedes monitorear los movimientos a través de cajeros automáticos, y en el caso de algunos bancos, incluso descargar el estado de cuenta (Necesitas el NIP)
      * La tercera opción son las aplicaciones móviles para las que, una vez más, necesitas las contraseñas de acceso.

      Éstas son todas las opciones disponibles, a menos que el estado de cuenta le llegue impreso a la casa y lo interceptes en el camino.
      ¡Excelente día!

  5. Beatriz 06/Oct/2020 en 4:54 pm - Responder

    buenas tardes

    si le deposito a mi papa (que esta muy necesitado) una mensualidad de $2,000.00 por transferencia, ¿en un futuro mi papa tendría problemas?

    • Mauricio Priego 08/Oct/2020 en 9:01 am - Responder

      Hola nuevamente Beatriz,
      Un depósito en efectivo de 2 mil pesos pesos cada mes a tu papá, no le causará ningún problema ante el fisco. Como dice el artículo, tu papá tiene derecho a percibir por donativos de más de 90 mil pesos al año, y 2 mil pesos mensuales suman sólo 24 mil pesos… Le quedan 70 mil de holgura 😉

  6. K 06/Oct/2020 en 10:53 am - Responder

    Hola tengo una duda, mi padre me deposita $10000 pesos desde estados unidos al mes, la mitad se queda en una cuenta de ahorro que es mía y la mitad la ocupamos como ayuda familiar. Mi padre quiere saber si podemos tener algún problema con hacienda si la cuenta sigue creciendo, ya que yo no trabajo y por lo tanto no declaro impuestos. Se toma como un donativo y en caso de que me notifiquen debo probarlo con estados de cuenta y demás o en algún momento debo empezar a declarar impuestos?

    Gracias

    • Mauricio Priego 08/Oct/2020 en 9:19 am - Responder

      Hola!
      Si los depósitos son vía transferencia bancaria, no tendrán ningún problema ante el fisco ya que es transferencia de padre a hijo.
      Ahora bien, si el depósito es en efectivo, entonces sí podrías tener problemas, ya que la máxima cantidad que puedes recibir como donativo al año es por 95 mil pesos. Si son 10 mil pesos mensuales, son 120 mil pesos al año, y tendrías que pagar impuestos por la diferencia.
      Lo que pueden hacer es que tu papá divida el depósito contigo y otro hermano o tu madre, de manera que ninguno rebase los 95 mil pesos.
      ¡Excelente día!

  7. LUIS 15/Sep/2020 en 4:24 pm - Responder

    Hola mauricio.

    Tengo la siguiente duda:Si le deposito a mi mama atravez de transferencia electronica $800,000.
    Mi mama tiene que reportarlo al sat y pagar impuestos.

    • Mauricio Priego 16/Sep/2020 en 9:20 am - Responder

      Hola Luis,
      Como menciona explícitamente el artículo, al ser el donativo de más de 600 mil pesos tu mamá sí debe ser declararlo al SAT durante la declaración anual en abril de 2021. Ahora bien, si lo haces como mencionas por transferencia electrónica, la declaración es sólo informativa y tu mamá no tendrá que pagar impuesto alguno, ya que los donativos entre hijos y padres están totalmente exentos de impuestos sin importar el monto.
      Excelente día!

  8. Araceli Valencia 20/Ago/2020 en 1:02 am - Responder

    Si mi mamá me dona durante el año un aproximado de $100,000 en efectivo y yo lo depósito en mi cuenta de banco como se puede comprobar ese donativo en efectivo ?? Gracias. Las dos estamos en régimen agrícola

    • Mauricio Priego 21/Ago/2020 en 6:23 pm - Responder

      Hola Aracely,
      Ése es precisamente el problema con los depósitos en efectivo: Es muy difícil demostrar documentalmente quién hizo los depósitos y por qué motivo.
      Ahora bien, los primeros 95 mil pesos no hay problema alguno (siempre que no tenga otros depósitos en efectivo), ya que por ley, puedes recibir donativos hasta por 95 mil pesos como se menciona en el artículo. Por tanto, el verdadero riesgo son los 5 mil restantes.
      Por el monto, si puede hacértelos llegar por otro medio, mejor.
      Excelente fin de semana!

  9. Ricardo Torres 14/Ago/2020 en 10:56 am - Responder

    Mauricio, muchas gracias por tu pronta respuesta!

    • Mauricio Priego 14/Ago/2020 en 12:08 pm - Responder

      Es un placer aportar mi granito de arena Ricardo 😉
      Buen fin de semana!

  10. Ricardo Torres 11/Ago/2020 en 8:36 pm - Responder

    Mauricio, muchas gracias por compartirnos tus conocimientos son de mucha utilidad. Yo tengo una duda, si le deposito a mi hijo 1000 pesos mensuales, que como bien lo has explicado, se puede considerar una donación, ¿luego entonces, yo podría deducir esa donación en mi declaración de impuestos, ya sea en la mensual o anual?

    • Mauricio Priego 13/Ago/2020 en 1:13 pm - Responder

      Hola Ricardo,
      Me alegra que la información te sea de utilidad, ¡esa es mi mayor recompensa! 😀
      Para que las donaciones sean deducibles, deben realizarse a Asociaciones Civiles registradas ante la Secretaría de Hacienda, y tener el permiso de ésta para recibir donaciones.
      Por tanto, las donaciones a personas físicas, indistintamente si es tu hijo, un familiar o un desconocido, no son deducibles.
      Excelente día!

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