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¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

Mauricio Priego 20/Ene/2014 1.294

Impuestos en donaciones entre familiares

Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023

Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no. 




Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.

La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:

  • Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
  • Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.

Entonces, ¿qué puede hacerse?

1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.

2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) –  la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:

  • Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
  • Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
  • Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
  • Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).

3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)

Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.

Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?

  • Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
  • Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
  • Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.

Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.

¡Éxito!

¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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1.294 Comentarios »

  1. jose 14/Dic/2016 en 1:12 pm - Responder

    buen día.
    Estoy registrado como rif(regimen de incorporación fiscal) y voy a recibir una transferencia de 39,000 por parte de un amigo, esto me podría afectar de algun modo o podría declararlo como donativo? y en caso de poder cómo documentarlo.

    • Mauricio Priego 16/Dic/2016 en 2:34 pm - Responder

      Buenas tardes José,

      Supongo que te refieres a 39 mil pesos mexicanos. Toda persona física puede recibir hasta cerca de 75 mil pesos por donativos libres de impuestos, por lo que los 39 mil que mencionas podrían manejarse por ése rubro.

      La manera formal de registrar un donativo es que le emitas una factura electrónica (sin IVA) como recibo, poniendo como concepto de facturación «Donativo»… Durante tu declaración, entre los conceptos de percepción de ingresos está donativos, y ahí pones los 39 mil (No te confundas y los sumes con todos tus demás ingresos)

      De cualquier modo recomendaría que para la redacción del concepto de la factura y para la presentación de la declaración te apoyes con un contador de tu confianza

  2. Paty 08/Dic/2016 en 9:12 pm - Responder

    Buenas noches.

    Acabo de comprar una casa de $900,000 pesos operación de contado. Una parte la pague en efectivo $581,000 en varios pagos ( la ley anti lavado indica que para inmuebles es hasta $586,000 pesos en efectivo)El resto fue mediante transferencia electrónica.

    El pago en efectivo ha sido por ahorros de muchos años bajo el colchón ( domingos, parte de mi salario, etc). Mi pregunta es, el SAT me puede requerir para solicitar información de ese efectivo y como puedo demostrar que mis domingos eran de 1,000 pesos cada semana durante muchos años.

    Que es lo peor que me puede pasar? Me pueden quitar la casa? Que probabilidades hay del requerimiento.

    Muchas gracias

    • Mauricio Priego 14/Dic/2016 en 8:11 am - Responder

      Hola Paty,

      La cantidad en efectivo es fuerte y el notario público está obligado a respetarla al fisco, por lo que podemos suponer que la probabilidad que te requieran es importante.

      ¿Lo peor que puede pasar? Que el SAT, considerando ése efectivo como un ingreso, te «invite» a pagar los impuestos correspondientes (cerca del 35% del monto) más multas y recargos.

      Sobre qué hacer… No queda otra que esperar a que te requieran (tienen 5 años para hacerlo), y cuando lo hagan acercarte a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) para que te asesoren. Sus servicios son gratuitos.

      Nota: No tiene caso acudir a la PRODECON antes ya que mientras no te requieran, no hay abuso por parte de la autoridad.

      Mis mejores deseos para que todo se resuelva de la mejor manera…

  3. Itzayana 08/Dic/2016 en 1:18 pm - Responder

    Hola buenas tardes, tengo una mega duda… Ojala me puedan asesorar…. yo trabajo en una empresa y ahi m retienen mis impuestos….

    Hace dos meses una tia que recibio una herencia me pidio de favor si podia guardarle el dinero… ya que ella estaba en estados unidos…

    Para empezar ese dinero, se lo depositaron a mi tia osea su mama, pero como se iba a mover de estado… me pidio ese favor, le pense mucho pero acepte…. le pedi a mi tia q hiciera una transferencia de su cuenta a la mia..y lo meti a una inversion… fueron 100,000

    Que pudiera pasar en el peor de los casos? Cual es su recomendacion??

  4. Baruch López 28/Nov/2016 en 12:13 pm - Responder

    hola, yo trabajo y gano alrededor de 9 mil mensuales pero NO me estan pagando por nomina, si no aveces solo me depositan a una tarjeta de debito que saque (me hacen depósito en efectivo) y por otra parte aveces hago trabajos por afuera y ese dinero lo meto a la tarjeta…
    también tengo una tarjeta de credito que el banco me otorgó y he comprado cosas y las he pagado con depósitos en el banco, la verdad eso de hacienda me asusta un poco y en mi situación no se si hacienda me vaya a pedir que declare impuestos o no se… ayúdenme porfa 🙁

    • Mauricio Priego 29/Nov/2016 en 7:46 am - Responder

      Hola Baruch,

      Si los depósitos que realizas no llegan a los 15 mil al mes, la probabilidad que Hacienda te requiera es baja.

      No obstante evalúa la posibilidad de normalizar tu situación, ya sea hablando con tu patrón para que te pague por nómina, ya sea dándote de alta y facturando esos ingresos.

      Por otro lado, sería buena idea pagar tu tarjeta de crédito por transferencia desde tu cuenta de débito y no con depósitos en efectivo… No vale la pena elevar el riesgo.

      ¡Éxito!

  5. Karina 24/Nov/2016 en 5:34 pm - Responder

    Tengo un trabajo paga un agente de seguros el factura con recibos de honorarios las comisiones, pero a mi no me paga por nómina ni nada comprobable ,me paga en efectivo pero aveces me deposita en mi cuenta 2 o 6 mil pesos , tendre problemas con Hacienda por estas transferencias ??

    • Mauricio Priego 28/Nov/2016 en 8:37 am - Responder

      Hola Karina,
      Por transferencias ocasionales de 2 o 6 mil pesos es poco probable que llegue a requerir el fisco. No obstante evalúa la posibilidad de darte de alta y regular tus operaciones. Existe algo que se llama Régimen de Incorporación Fiscal en el cual no pagas impuestos durante el primer año entre otros incentivos fiscales, como manera de apoyarte a impulsar tu trabajo independiente.
      ¡Éxito!

  6. Mauricio 24/Nov/2016 en 1:31 pm - Responder

    Buenas tardes,

    Mi situacion es que yo recibire dinero de un amigo diariamente con cantidades de 8,000 a 18,000 diariamente de lunes a viernes. No sobrepasaria los 600,000 pesos mensuales asi que no tendre problemas con hacienda? Me haria transferrencias bancarias. Me preocupa el hecho de que no es un familiar y no se como funcione de ese modo. Que me recomiendas?

    • Mauricio Priego 28/Nov/2016 en 8:46 am - Responder

      Buenos días tocayo,
      ¿Te van a estar regalando diariamente entre 8 mil y 18 mil pesos? La afirmación, por sí sola, estarás de acuerdo conmigo que resulta sospechosa y es muy posible que llame la atención a Hacienda si intentan depositar ese dinero en cuentas bancarias.
      De ser un regalo como mencionas, como menciona el artículo las personas físicas tenemos el derecho de recibir como donaciones («regalo» no existe en términos jurídicos), existiendo la obligación de reportar y pagar los impuestos correspondientes durante tu declaración anual en caso de que los ingresos por donación alcancen los 76 mil pesos.
      ¡Éxito!

  7. Joel 09/Nov/2016 en 7:39 pm - Responder

    Buenas noches mi tío tiene un lote de automóviles, seguido le prestó mi cuenta para que le depositen por el pago de autos cantidades de 170 hasta 200 mil poe medio de tranferencia, me afecta eso ante Hacienda y que tengo que hacer para no tener problemas

    • Mauricio Priego 10/Nov/2016 en 7:32 am - Responder

      Buenos días Joel,

      Lo que comentas sí es delicado. Por los importes que mencionas la posibilidad que te llegue a requerir Hacienda para que pagues impuestos por esos ingresos es muy alta. Que no son ingresos tuyos sino de tu tío es algo que tendrías que demostrar documentalmente, y aún así, al ser operaciones recurrentes, quedas como la persona que gestiona los recursos financieros de tu tío, lo cual también tiene implicaciones fiscales.

      ¿Qué hacer? Que tu tío abra su propia cuenta y que tú dejes de recibir pagos de su parte. Esto para detener de raíz el origen del problema. Más allá de ello, procura generar recibos donde tu tío reconoce que el dinero es suyo producto de la venta de los automóviles por cada uno de los pagos que has recibido, los cuales deben cuadrar en monto y en fechas con la entrega de dinero a tu tío, y que además debe cuadrar con los movimientos reflejados en tu estado de cuenta. Adicionalmente tu tío debe de expedir una carta firmada por dos testigos en los que reconoce que todas esas operaciones son suyas y que tú nunca serviste como intermediario financiero, no recibiendo honorarios, gratificaciones, comisiones o sueldos de su parte, sino que fue un favor que le pediste como familiar al que le tiene confianza. Y que al comprender que ello tenía implicaciones hacia tu persona, determinó abrir su propia cuenta para regular su propia situación ante Hacienda.

      En pocas palabras, una carta en la cual tu tío te exonere de cualquier responsablidad fiscal o legal.

      De requerirte Hacienda (Puede suceder en cualquier momento durante los próximos cinco años), acércate a la PRODECON llevando contigo los estados de cuenta, los recibos y la carta de tu tío.
      ¡Éxito!

  8. Carlos fitz 06/Nov/2016 en 1:15 pm - Responder

    Hola yo estoy por vender una joyeria aquí en México en 75 mil dólares aún extranjero y está en Nueva York como me puede hacer el pago sin que Hacienda me cobre impuestos ya que será mejor transferencia o depósito en varias cuentas de familiares ya que eso es para pagar créditos y tarjetas que adeudo que hago pero Hacienda quedar impuestos cuanto le daría de esa cantidad que puedo hacer

  9. ANTONIO GONZALEZ 22/Oct/2016 en 7:14 pm - Responder

    hola buenas tardes mi hija quiere comprar una casa con un credito hipotecario con el banco pero por problemas de buro de credito no se lo pueden dar yo como su papa si me dan el credito mi pregunta es la mensualidad que se ba a pagar es de alrededor de 13,000.00 de acuerdo a mis ingresos que reporto hacienda son de alrededor de 8,000.00 me faltarian 5000.00 abria una discrepancia fiscal y mi hija gana 20,000.00 mensuales el esposo de heya gana mas pero ninguno paso el buro de credito como explica usted en la donacion de dinero mi hija me puede depositar atravez de una transferencia bancaria el dinero para cubrir lo del credito y no tener problemas con haciende en la discrepancia fiscal que mis gastos o compras son mas que mis ingresos muchas gracias de antemano y le agradeceria con su respuesta a lo anterior seria de mucha utilidad para mi nuevamente gracias.

  10. Raúl Diego 19/Oct/2016 en 5:43 pm - Responder

    Buen día
    Estoy rentando casa por casi 4 años, el dueño me la ofrece por una cantidad considerable de $ 1 300 000 y una amistad me va a prestar dicha cantidad bajo un notario, me comentó que al hacer la transacción me la va a depositar a mi cuenta y que yo a su vez le pague al que me la va a vender ( y el dueño lo requiere en efectivo) la pregunta será que al depositarlo a mi cuenta que es » débito»
    1.- me cobrara Hacienda por hacer esa transaccion?
    2.- si es un préstamo por qué e de pagar impuestos?
    3.- o cuál sería la forma más correcta de hacer esta compra

    De antemano les doy las gracias por esta información
    Saludos

    • Mauricio Priego 20/Oct/2016 en 8:37 am - Responder

      Buen día Raúl,

      Si te hacen el depósito sin más en tu cuenta de débito, es un hecho que el SAT la va a detectar y te va a requerir el pago de impuestos ya que considera el depósito como un ingreso no reportado.

      Me queda claro que no es un ingreso sino un préstamo… Pero eso no lo sabe el SAT. Para formalizarlo hay que formalizar el préstamo ante un notario, que por la redacción entiendo que es lo que vas a hacer.

      Con el testimonio del notario, podrás demostrar ante el SAT el origen de esos recursos (préstamo personal) de ser necesario 😉
      ¡Éxito!

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