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¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

Mauricio Priego 20/Ene/2014 1.294

Impuestos en donaciones entre familiares

Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023

Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no. 




Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.

La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:

  • Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
  • Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.

Entonces, ¿qué puede hacerse?

1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.

2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) –  la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:

  • Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
  • Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
  • Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
  • Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).

3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)

Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.

Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?

  • Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
  • Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
  • Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.

Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.

¡Éxito!

¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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1.294 Comentarios »

  1. Monica 26/Jul/2018 en 1:48 am - Responder

    Hola! Vi que alguien sabe de un contador fiscalista con experiencia en transacciones internacionales. Alguien me pude contactar con él? Gracias !

    • Mauricio Priego 28/Jul/2018 en 12:03 am - Responder

      Hola Mónica!
      Con todo gusto te contacto con la fiscalista, sólo que actualmente está de vacaciones regresando en la segunda semana de agosto. Si aún es oportuno el contacto, coméntame para pasarte sus datos…

  2. sinuhe 25/Jul/2018 en 12:18 am - Responder

    Hola!!!!!
    Mauricio,
    Antes que nada excelente articulo!!.
    Mi duda es la siguiente, un amigo me facilitara 300 mil pesos para invertir en un proyecto., mi pregunta es ese dinero que impuestos genera al momento de depositarlos en mi cuenta bancaria????

    • Mauricio Priego 28/Jul/2018 en 12:51 am - Responder

      Hola Sinuhe!!!
      Gracias por el valor que otorgas al artículo, el saber que te es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂

      En el momento en que los 300 mil entren en tu cuenta, por ley tu banco deberá reportar el depósito al SAT. Y por el monto podrán pasar dos situaciones:
      1) Que te llegue a tu domicilio fiscal una carta del SAT «invitándote» a declarar el ingreso y pagar los impuestos correspondientes
      2) Que te congelen tu cuenta bancaria hasta que declares el ingreso y pagues los impuestos correspondientes

      Hay opciones. Lo podrían manejar como un préstamo que te otorga tu amigo (para lo cual requerirían de un contrato que lo avale), como una donación (con lo cual tendrías exento de impuestos cerca de 75 mil pesos), o facturárselo y pagar lo impuestos correspondientes.

      Disfruta tu fin de semana!!

  3. adolfo 23/Jul/2018 en 2:39 pm - Responder

    Hola buena tarde!

    Mi caso es que a mi papá le van a pagar un dinero por indemnización en Colombia, el vive allá desde hace años (más de 20) yo estoy en México. De ahí me va a dar una parte, si me lo deposita en mi cuenta bancaria como lo consideraría el SAT, son como $100,000 pesos mexicanos. Se puede presentar nuestras actas de nacimiento para comprobarle al SAT? Qué es un donativo? Y cuando habría que presentar las pruebas en la declaración del año que viene? GRACIAS!

    • Mauricio Priego 24/Jul/2018 en 7:00 am - Responder

      Hola Adolfo, buen día!
      Estoy entendiendo que la transferencia va a ser de banco a banco, ¿estoy en lo correcto? Por el monto de la transferencia el banco reportará el movimiento al SAT, así que la probabilidad de que te llegue a requerir Hacienda es importante.
      Para demostrar que la transferencia es una donación de tu papá, que te mande por correo electrónico el comprobante de la transferencia así como el estado de cuenta donde se refleja la transferencia. Con esos 4 documentos (Estado de cuenta de tu papá, comprobante de la transferencia, tu propio estado de cuenta y el acta de nacimiento), no debes tener ningún problema con el SAT (Fuera del tiempo de tener que ir para presentar la documentación).
      Un detalle adicional: Recuerda que si tu papá en un año llega a donarte más de 600 mil pesos, tendrías la obligación de considerarlo en tu declaración anual aunque no te generará impuestos.
      Para servirte!

  4. gerardo 16/Jul/2018 en 2:24 am - Responder

    Yo trabajo fuera de mexico (vivo en el extranjero) y pago impuestos en el pais que radico.

    Si quiero mover mi dinero hacia mi banco en mexico desde el extranjero, tengo que pagar impuestos o podria general problemas de alguna indole?

    Gracias

    • Mauricio Priego 16/Jul/2018 en 5:48 am - Responder

      Hola Gerardo,

      México tiene acuerdos para evitar la doble tributación con algunos países (Vg Estados Unidos), de manera que al pagar tus impuestos en ese país, ya no tienes que pagarlos al transferir tu dinero a bancos nacionales. En los países donde no hay este acuerdo, sí se tienen que pagar impuestos por el dinero ingresado al sistema bancario mexicano.

      Mi recomendación es que te pongas en contacto con un contador fiscalista con experiencia en transacciones internacionales. Entre los lectores del blog hay uno que sé tiene experiencia. Si gustas podría ponerles en contacto.

      Quedo al pendiente de tu confirmación,
      Excelente inicio de semana!

  5. Andrea 13/Jul/2018 en 4:53 pm - Responder

    Hola, tengo una duda. Quiero comprar un auto sin embargo el dinero del enganche lo tengo en efectivo 100,000, si depósito eso a mi cuenta que efectos fiscales futuros puedo tener y que solución o estrategia me recomiendan
    Gracias! Muy buen artículo

    • Mauricio Priego 16/Jul/2018 en 6:10 am - Responder

      Hola Andrea,
      Gracias por el valor que otorgas a la información que compartimos, el saber que es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂

      En el caso que mencionas, lo ideal, es que entregues el dinero en efectivo a la concesionaria automotriz. Los 100 mil pesos están dentro del monto que la ley contra el lavado de dinero le permite a la concesionaria recibir en efectivo.

      De otro modo, de depositar ese dinero en una cuenta bancaria, la operación sería reportada por el banco al SAT, y a menos que pudieras demostrar documentalmente el origen de los recursos, y que ése origen se considera exento de impuestos, el dinero sería considerado por el SAT un ingreso por el cual se te exigiría pagar impuestos.

      Así que mejor entre ése dinero como enganche, y claro está, no olvides exigir el recibo correspondiente 😉
      Excelente inicio de semana!

  6. Diego Bernal 05/Jul/2018 en 10:16 pm - Responder

    Te quería preguntar si yo hago apuestas por Internet y me transfiere el casino unos 60000 al mes, crees que tendré problemas con sat, o mejor hago transacciones cada semana de 12500 o no hay problema sin menos de 100 000 al mes?

    • Mauricio Priego 06/Jul/2018 en 12:56 pm - Responder

      Hola Diego,
      De rigor, el SAT únicamente es informado cuando la transacción es de 100 mil pesos o más, de manera que las transferencias de 60 mil no son reportadas por tu banco. Esto no quiere decir que, en alguna compulsa, el SAT detecte esos depósitos…
      Lo ideal sería reportar los ingresos, y mejor buscar una estrategia fiscal con tu contador para deducir gastos por medios contemplados por la ley, para que así no entres en discrepancia fiscal. Puedes encontrar información relacionada en Los impuestos y tu negocio en Internet (Ventas, Blogs, Asesorías…).
      ¡Éxito!

  7. Diego Bernal 23/Jun/2018 en 8:28 am - Responder

    Te quería preguntar si yo hago apuestas por Internet y me transfiere el casino unos 50000 al mes, crees que tendré problemas con sat, o mejor hago transacciones cada semana de 12500 o no hay problema sin menos de 100 000 al mes?

  8. Javier 22/Jun/2018 en 9:40 pm - Responder

    Hice un contrato de compraventa privado de mi casa y recibí la cantidad de 80%. A la firma de la escritura me darían el resto. El comprador por sus negocios me pidió le devolviera el 30% de la transferencia que me había realizado por la compra, le di un cheque por esa cantidad, pero posteriormente ya no le fue posible comprarme la casa, por tanto me pidió la devolución del dinero, le emití otro par de cheques en pero me quedé con el 20% como pena convencional. El señor me demandó y finalmente yo comprobé que le devolví su dinero por cheque nominativo excepto la pena convencional. Mi duda es, que sí hacienda verá ese depósito inicial del 80% y como ya no se realizó la venta, me requerirá el pago de impuestos ?? Cómo le compruebo que se arrepintió de comprar y le devolví su dinero?

  9. Sandra 10/Jun/2018 en 11:31 am - Responder

    Muy buen artículo ¡gracias! Tengo dos preguntas:
    ¿Puedo hacer un recibo por concepto de donación en lugar de contrato?
    Estoy dada de alta por rentas, si recibo un dinero extra, me dicen que puede ser por depósito en tiendas Oxxo ¿que tan cierto es?

    ¡Gracias!

    • Mauricio Priego 15/Jun/2018 en 6:04 am - Responder

      Hola Sandra,
      Gracias a ti por el valor que otorgas a la información que compartimos. El saber que es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂

      «Recibo por concepto de donación en lugar de contrato»… ¿A qué te refieres exactamente? No logré seguirte la idea.

      Respecto a que te depositen el dinero de tus rentas a través de Oxxo, es totalmente cierto. Ahora bien, esto no te exime de generar tu factura electrónica. Ésta tienes que hacerla, poniendo como forma de pago «Pago en efectivo» por el total del depósito realizado.

      Éxito en tus proyectos!

  10. Selene 23/May/2018 en 5:09 pm - Responder

    Mauricio,
    Primeramente muchas gracias por tu asesoría, te leo consulto desde hace años y valoro enormemente tu consejo.
    Fíjate que recibo la renta de un departamento y normalmente lo solicitosto recibir la renta por medio de un «retiro de efectivo sin tarjeta» de Bancomer… Lo que es más sencillo dado que puedo utilizar cualquier cajero. Pero como me llega un mensaje a mi celular, quisiera consultarte si este retiro se reporta al SAT. (Asumo que mi celular está ligado a mi cuenta bancaria).
    Muchas gracias de antemano y saludos,
    Selene

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