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¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

Mauricio Priego 20/Ene/2014 1.294

Impuestos en donaciones entre familiares

Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023

Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no. 




Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.

La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:

  • Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
  • Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.

Entonces, ¿qué puede hacerse?

1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.

2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) –  la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:

  • Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
  • Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
  • Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
  • Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).

3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)

Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.

Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?

  • Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
  • Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
  • Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.

Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.

¡Éxito!

¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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1.294 Comentarios »

  1. irma zamora nava 11/Ene/2016 en 12:37 pm - Responder

    Hola Mauricio tengo varias preguntas para ti, recibi una herencia por mi papá fallecido, somo s 6 hermanos a cada uno nos toco monto diferente en mi caso fueron $ 55,000.00 tranferidos a mi cuenta de nomina, eso lo tendre que declarar en la anual de 2015, por otro lado yo cobro honorarios por serv profe. que me depositan por transf pero no necesitan recibo son de 300 y 400 mensuales esos que hago los declaro por otro lado mi ex me deposita la col de mi hija el cual yo tranfiero a la escuela, y otro caso un cliente le pago su declaración mensual pior mi portal bancario inmeidiatamente me deposita pago al sat ahí que procede me puedes ayudar. gracias

    • Mauricio Priego 12/Ene/2016 en 6:18 am - Responder

      Hola Irma,
      Fuera del pago de la declaración de tu cliente, todo lo demás no veo que debiera causarte mayor problema por los montos que mencionas: Las herencias están exentas de impuestos teniendo la documentación para demostrar su origen, los depósitos en efectivo son tan pequeños que se interpreta como parte de tu manejo de flujo de efectivo y la pensión de tu ex también es sencillo demostrarla (aunque lo recomendable es que se ejecute vía transferencia y no por depósito en efectivo).
      Respecto al caso de tu cliente, sinceramente te sugiero dejar de hacerlo. Por ley existen cuentas básicas en todos los bancos que no tienen comisiones de ningún tipo ni tienen montos mínimos, pero que sí pueden realizar operaciones electrónicas. Como decía mi abuela, no hagas cosas buenas que parezcan malas.
      ¡Éxito!

  2. Cristhian 11/Ene/2016 en 11:31 am - Responder

    Hola, excelente página, tengo una pregunta, soy estudiante y siempre me ha gustado vender por internet, compro cosas con mi tarjeta de crédito, las vendo y luego compro de nuevo, muchas veces lo que vendo me lo pagan en efectivo y todo lo depósito en mi cuenta.

    El sat me requirió comprobar mis depósitos em efectivo del 2014 y pagar el ISR de los mismos, quieren que les pague $59,000, toman todo como un ingreso.

    Puedo pedirle a mis papás que me expidan un contrato de donación y si es así tienen ellos que comprobar sus ingresos ante el SAT? Serían $259,000 pesos.

    Gracias.

    • Mauricio Priego 12/Ene/2016 en 6:11 am - Responder

      Hola Christian,

      Recuerda que existe el delito de fraude fiscal, es decir, de tratar de engañar al fisco, que es más grave que la evasión fiscal. Si tus papás afirman que te donaron ese dinero, el fisco podría requerirles para demostrar su origen, y al no haber evidencia de dónde lo sacaron para dártelo, podrían ser señalados como defraudadores del fisco al intentar dar sustento a tu evasión fiscal… Y al final quedarías tú con dos delitos fiscales: evasión y fraude.

      ¿Qué hacer? Acudir al SAT, presentarte como una persona que como mencionas empezó a vender por Internet como Hobbie desconociendo los efectos fiscales, y pedirles te permitan ponerte al día ya que no tienes la liquidez para pagar esa cantidad de golpe. Pero antes de eso, hay que poner las cosas bien con Hacienda, es decir, darte de alta ante Hacienda (Sugiero bajo el Régimen de Incorporación Fiscal – RIF – ya que no pagas impuestos durante el primer año entre otros beneficios fiscales) y comenzar a facturar para lo que te recomiendo el artículo Los impuestos y tu negocio en Internet (Ventas, Blogs, Asesorías…).

      Por último, sugiero te acerques a un contador para que te acompañe en el camino. Su asesoría te puede ayudar en el trámite e incluso a reducir el monto a pagar por vías legales e haber los elementos suficientes.

      ¡Éxito!

  3. Angel 06/Ene/2016 en 3:49 pm - Responder

    Hola Mauricio
    Gracias por compartir esto, tengo unas dudas. Tengo dos cuentas bancarias, en una ahorro dinero de la beca de la escuela y en otra, recibo dinero de USA de un tio, total que me llego una invitación de regularización del ISR 2014, debo de pagar impuesto? en total de los pagos es de 14,000 pesos. En si es un donativo, y es un tio el que me los deposita y de la otra cuenta es de dinero que persibo por mi beca, que podría hacer?

    • Mauricio Priego 07/Ene/2016 en 7:21 am - Responder

      Hola Angel,
      ¿La beca educativa quién te la otorga? ¿Cómo se te entrega? ¿Cómo la depositas en tu cuenta de ahorro? Respecto a la donación de tu tío, es libre de impuestos siempre que no rebase poco más de los 76 mil pesos al año, generando impuestos la diferencia ¿Cuánto te dona tu tío mensualmente?
      Sin esta información se me haría difícil darte una opinión respecto a tu caso…

  4. VICTORIA 28/Dic/2015 en 1:34 pm - Responder

    Hola!
    A mi Papa le hicieron un PRESTAMO y se lo hicieron por TRANSFERENCIA a su cuenta de Nomina. El prestamo es de $ 100,000 y se lo hizo su hermano. No hicieron ningun documento que ampare. En este caso se paga impuestos? o que se debe de hacer para evitarlo? Por favor espero que me ayuden, ya que es una cantidad alta

    • Mauricio Priego 29/Dic/2015 en 7:12 am - Responder

      Hola Victoria,
      La buena noticia es que aún no es tarde para elaborar el contrato de préstamo en el que se estipule que se trata de un contrato entre particulares, sin garantía prendaria ni intereses de por medio, sólo cuidando que la fecha que se ponga al documento sea anterior a la fecha de la transferencia.
      Junto con el documento sería conveniente que guarden los comprobantes de la transferencia, los estados de cuenta donde se refleja la transferencia, y que los pagos que realice tu papá a su hermano también los realice a través de transferencia electrónica guardando comprobantes y estados de cuenta, de manera que si la autoridad fiscal llegase a requerirlo, pueda demostrar documentalmente que se trató de un préstamo y no de un ingreso, con lo cual no tendría que pagar impuestos al respecto.
      Que el 2016 sea pleno en prosperidad y armonía para ti y tu familia ¡Felicidades!

  5. Vladimir 17/Dic/2015 en 10:38 pm - Responder

    Hola Mauricio

    Es muy interesante tu sitio web la verdad es que esto de hacienda y las finanzas es un oceano para mi y si uno no se pone listo nos pasan el peine 🙁

    Tengo una duda y quisiera contar con tu ayuda

    Tengo 2 tarjetas de dèbito en dos bancos

    En una me depositan mi quincena y la otra es una tarjeta de mi trabajo anterior la cual se la di a mi madre para que en ella yo depositara una ayuda que le brindo

    Es decir cada quincena le deposito una cantidad en una tarjeta a mi nombre pero no lo hago electrònicamente sino que saco el dinero del cajero y voy al otro banco a depositar

    Con este tema, estoy evadiendo impuestos?

    • Mauricio Priego 21/Dic/2015 en 6:52 am - Responder

      Hola Vladimir,
      Me alegra que la información que compartimos te sea de utilidad, esa es mi mayor recompensa 🙂

      Que retires dinero de una cuenta para depositarlo en otra no es evasión de impuestos, PERO definitivamente, la autoridad fiscal, puede mostrarse suspicaz: Los depósitos en efectivo no pueden ser rastreados ni verificados, por lo que se consideran evasión de impuestos a menos que demuestres los contrario (esto cuando se depositan 15 mil pesos o más en efectivo en el transcurso de un mes).

      Como diría mi abuela, «es mejor no hacer cosas buenas que parezcan malas», que en este caso se traduce a que transfieras el dinero electrónicamente entre tus dos cuentas 😉
      ¡Éxito!

  6. Gonzalo Gomez 13/Dic/2015 en 5:31 am - Responder

    Que tal Mauricio!

    Gracias por tu gran dedicación a ayudar a tanta gente. Espero puedas orientarme con mi caso:

    Actualmente resido en Japón y estoy por casarme con mi futura esposa japonesa. Al platicar sobre finanzas le comente que tenia mi crédito hipotecario en México al cual todavía me falta por pagar 600,000 pesos. Afortunadamente ella puede ayudarme a liquidar esa deuda, y bueno, yo quedo apalabrado con ella de pagarle el préstamo.

    El traspaso de dinero lo haríamos con transacciones bancarias, de su cuenta a mi cuenta en japón, y luego de una compania de transacciones internacionales a mi cuenta de banco en México y de ahí al pago de hipoteca. Obvio llamare la atención del fisco cuando el deposito de 600,000 pesos entre a mi cuenta por lo cual tengo que estar preparado.

    1-Entonces, tendré que manejar este préstamo apalabrado como una donación por parte de mi cónyuge verdad?, con nuestra acta de matrimonio preparada y los comprobantes de las transacciones para mostrar de donde vino el dinero es suficiente?

    2-Es suficiente mi acta de matrimonio de Japón o tendré que obtener algún registro oficial en la embajada de México que demuestre que estoy casado ante el gobierno mexicano?.

    3-Otra duda es… cuando sea llamado por el fisco, tendré que ir físicamente o puedo ver todo este asunto en linea, o tal vez enviando a alguien de confianza con mis documentos?.

    Muchísimas Gracias por tu gran esfuerzo!

    • Gonzalo Gomez 17/Ene/2016 en 8:19 am - Responder

      Hola Mauricio

      Tal vez mi planteamiento estaba confuso. Lo tratare de simplificar:
      Tengo un crédito hipotecario en México con un restante de 600,000 pesos. Actualmente resido en Japón y mi esposa japonesa me hará un préstamo por esa cantidad y me lo transferirá a mi cuenta en japón que yo posteriormente transferiré a mi cuenta en México vinculada a mi crédito hipotecario. Escogimos préstamo (y por medio de un contrato) porque en Japón las donaciones a familiares directos si generan impuestos, pero los prestamos no.

      Ahora las preguntas:
      -Por el monto necesito que el préstamo también este notariado ante México? o el fisco puede aceptar el documento-contrato japones que obtendremos.
      -Es necesario estar físicamente presente en México cuando el fisco me requiera o puede algún representante (familiar) ir a entregar los documentos necesarios?. O también tal vez pueda comprobarlo desde la embajada mexicana de aquí en Japón.
      -Mi matrimonio necesita estar registrado oficialmente en México para cuando el fisco me requiera.

      Muchas Gracias Mauricio. Creo que termine con una redacción similar hahaha.

      • Mauricio Priego 18/Ene/2016 en 6:39 am - Responder

        Hola Gonzalo,
        De hecho en México también los préstamos son libres de impuestos, y el contrato japonés, si es notariado, debiera ser válido en nuestro país. Sin embargo no conozco los diferentes acuerdos entre los dos países, por lo que sí sería recomendable que vayan a la embajada mexicana a confirmar si se requiere una traducción al español certificada por notario de dicho contrato. La ventaja de esto es que ya no es necesario demostrar que son esposos 😉
        En caso de requerimiento, sí es posible que algún familiar en México los haga por ustedes si tiene una carta poder. Sin embargo es posible que también los puedan hacer en la embajada, aprovechen el viaje y pregunten las dos cosas.
        ¡Éxito!

  7. Luis 28/Nov/2015 en 2:12 pm - Responder

    Me llegó una carta del sat diciendo q debo pagar 50 mil pesos de impuestos del 2013 y a mi me depositan los gastos de gasolina y otras cosas del trabajo, q puedo hacer para comprobar esto y salir del Problema

  8. Mysheel Elizalde 13/Nov/2015 en 12:58 am - Responder

    Hola Mauricio , antes que nada agradezco la información que nos brindas .
    Quería preguntarte lo siguiente la mama de mi esposo y un tío nos prestaron 300,000 mil pesos para comprar una casa pero nos hicieron el depósito en efectivo ya que ellos son comerciantes y manejan el dinero en efectivo .
    Obviamente no tengo de donde comprobar la procedencia .
    Que me recomiendas ya que el Sat me va a pedir declarar para checar la entrada de ese dinero .

    Saludos y mil gracias

    • Mauricio Priego 13/Nov/2015 en 6:04 am - Responder

      Hola Mysheel,
      Por el monto, como bien mencionas, seguramente Hacienda les contactará en algún momento para que paguen los impuestos correspondientes a ese ingreso. Considerando que las donaciones son deducibles hasta algo más de $75 mil, estamos hablando que de impuestos serían algo así como $67 mil…
      Lo que podrían hacer es manejar ése dinero como un préstamo para lo cual necesitarían acudir a un notario para que de fe del contrato (esto debido a que el monto es alto). El contrato debe ser firmado entre su tío y la persona propietaria de la cuenta en la que se depositó el dinero. El notario cobrará sus honorarios, claro, pero debe ser un monto muy inferior a lo que tendrían que pagar de impuestos.
      ¡Éxito!

  9. hugho 11/Nov/2015 en 6:38 pm - Responder

    Hola, actualmente soy distribuidor de tiempo aire o recargas electrónicas, tengo clientes que me depositan en grandes en efectivo y yo e compra a un proveedor, como demuestro la procedencia de dicho efectivo.

    Espero tu respuesta

  10. juan enrique 10/Nov/2015 en 8:41 pm - Responder

    Mira Muricio Priego una pregunta ..para comprar por mercado libere la cantidad de 60 mil pesos como le ago para no tener problemas con los impuestos es una maquina para soldar.

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