Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023
Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no.
Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.
La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:
- Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
- Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.
Entonces, ¿qué puede hacerse?
1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.
2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) – la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:
- Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
- Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
- Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
- Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).
3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)
Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.
Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?
- Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
- Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
- Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.
Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.
¡Éxito!
¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.
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Hola Mauricio,
Yo recibo diferentes cantidades por medio de transferencia electronica desde el extranjero que me envia mi prometido para los gastos, que es lo que debo de hacer para que hacienda no me cobre impuestos?
Muchas gracias por tu ayuda!
HOLA
TENGO UNA DUDA EN CUANTO A LAS CAJAS CHICAS PARA LLEVAR UN CONTROL Y NO CAER EN COSAS ILICITAS CON LO DE LA LEY DEL LAVADO DE DINERO QUE ME RECOMIENDAS YO COBRO EL CHEQUE A MI NOMBRE Y LO CAMBIO EN EFECTIVO AHY DEBEMOS HACER UN CONTRATO PARA QUE YO PUEDA COBRAR EL DINERO O COMO SE MANEJARIA
Y OTRA LAS TARJETAS DE CREDITO A VECES LO GASTOS LOS PAGA EL SOCIO CON SU TARJKETA PERSONAL Y LUEGO LA EMPRESA SE LOS REMBOLSA AHY TENGO Q HACERLE UN PAGARE AL SOCCIO
Hola buen dia mauricio, tendre problemas si la empresa en donde trabajo me da cajas chicas con cheque que estan a mi nombre? los cambio por efectivo, no los ingreso a mi cuenta bancaria, tendre algun problema con eso? espero tu respuesta, Gracias!!
Hola Enderson, buenas tardes.
Todo depende de cómo lo esté registrando tu patrón. Si explícitamente es una cuenta de caja chica, firmando tú un recibo y quedándote con una copia, no deberías tener problemas. Lo correcto sería entonces que cambies el cheque en ventanilla por efectivo, resguardando tu copia del recibo.
Ahora que si tu patrón se negara a darte copia del recibo, sugiero te comuniques a la PRODECON para que te asesoren (Tel 01800 611 0190). De hacerlo te agradecería mucho nos compartieras la solución que te den; estoy seguro que sería de mucho interés para otros lectores.
¡Éxito!
Buenas tardes, Mauricio.
Quiero preguntarte algo:
Te comente anteriormente que hace como seis años yo me di de alta en Hacienda porque era comisionista y presentaba facturas, deje de trabajar así y me puso un contador en suspensión de actividades, ahora que soy empleada, en mis recibos de nómina aparece el mismo RFC con omoclave que yo tenía cuando era comisionista, esta bien?
Otra cosa, hoy pague con transferencia electrónica la inscripción de mi hija, hable a la escuela para que me dieran factura como me dijiste, mi pregunta es: doy a la escuela el mismo RFC con omoclave de cuando era comisionista hace años? Y doy mi domicilio, C. P. Actuales obviamente, mi duda es que ese RFC de cuándo era comisionista yo tenía otro domicilio, doy ese mismo RFC con mis datos actuales? Es decir es el mismo RFC con omoclave pero con diferente domicilio, es correcto?
Muchas gracias
Otra pregunta Mauricio.
Dando mis datos para que me den facturas, no me pongo en el ojo del huracán con Hacienda? Me preocupa.
Quedo en espera de tus comentarios.
Saludos
Buenas noches Mauricio.
Agradezco mucho tu asesoría y quiero preguntarte si es posible que por medio de mi correo, me puedas proporcionar algún correo tuyo o teléfono para agilizar un poco este asunto, ya que como ves me surgen muchas dudas y esto me tiene inquieta.
Quedo en espera de tu contestación (también a las preguntas de ayer).
Muchas gracias.
María Luis, buenos días.
Acabo de enviarte un correo con mis datos de contacto, en el cual también te comento sobre las preguntas pendientes por contestar.
Seguimos en contacto 😉
buenas tardes Mauricio agradecería respondieras mis dudas, mi comentario lo envíe el 07 de julio..
gracias
saludos
Ana, gracias por tu perseverancia. A mi pesar no siempre me es posible responder a todos quienes nos comparten una inquietud.
Te respondo en tu mensaje original para que otros lectores estén en contexto en cuanto a la respuesta…
Hola muy buenas tardes tengo una gran duda.. en mi empresa me retienen el isr pero en esa tarjeta durante dos mes se harán varios depósitos hasta completar $100 mil pesos los cuales son por la venta de una combi antigua que arregle y puse en buenas condiciones para vender.. tendre problemas por ello…. ¿Qué puedo hacer urge ?
Hola Fernanda.
Lo que hiciste es un servicio por el cual ganaste un ingreso, y ese ingreso por ley es gravado por impuestos. De rigor deberías declararlo.
Ahora bien, si los depósitos serán por montos inferiores a $15 mil y no recibes más depósitos en efectivo, es posible que no los detecte Hacienda y al final no seas requerida.
Arriesgarte o no es tu elección 😉
¡Éxito!
voy a vender mi celular en 5000 y los va a depositar a mi cuenta ¿tendre problemas con eso? alguna discrepancia o algo
Hola Hugo.
Si sólo son 5 mil pesos, hablamos de tu celular personal y no tienes más depósitos en efectivo en tu cuenta que hagan que durante el mes rebases los 15 mil pesos, no tendrás problema alguno.
De cualquier modo, si quisieras mayor tranquilidad, puedes hacer un simple recibo de venta (o comprar uno en una papelería) en el cual pongas el importe de la venta y te firme de recibido tu cliente, lo cual debieras guardar junto con tu comprobante de cuando compraste tu celular. Explicación: La ley fiscal considera que las personas físicas podemos vender nuestros bienes (el celular es un bien) sin tener que pagar impuestos por ello, siempre que la ganancia no supere un salario mínimo. Teniendo tu comprobante de compra y el de venta, puedes demostrar lo anterior 😉
¡Éxito!
Buenas noches Mauricio.
Se que estas muy ocupado, yo sigo en espera de tu contestación, ya que me inquieta esta situación y quisiera que me dijeras como puedo solucionarlo.
Muchas gracias.
Buenos días María Luisa, te agradezco tu persistencia.
Valoro mucho en verdad la comprensión de que no siempre tengo la oportunidad de contestar a todos por más que sea esa mi mejor intención. Contesto a tu inquietud en tu comentario original para que tenga mayor sentido para otros lectores 😉
buenos días, agradecería me apoyara con sus comentarios, mi caso es el siguiente, trabajo para una empresa constructora desde hace 5 años, en el año 2009 y 2010, me hicieron depósitos a una cuenta efectiva a mi nombre que la misma empresa me dijo que abriera para hacerme depósitos en efectivo y transferencias, por mi inexperiencia yo permití que se me hicieran depósitos por mas de un millón de pesos entre esos años, a mediados del 2011 yo abrí un negocio pequeño de abarrotes, tuve que cerrarlo por que me dio miedo de que hacienda me lo embargara, ya que me requirió un pago por mas de 200,000.00 pesos por impuestos al efectivo, de lo cual yo declare en la pagina de internet de hacienda que ese dinero depositado era de la empresa en la que yo trabajaba, y que ese dinero se utilizaba para pago de nomina, proveedores, etc.yo comente todo esto con mi empresa y me hicieron cambiarme de domicilio ante hacienda de sonora a Veracruz ya que haya se encuentra la empresa, esto para dar seguimiento directamente, lo ultimo que la empresa me ha dicho es que un auditor ya esta viendo mi caso, que no me pueden resolver de la noche a la mañana , pero ya pasaron tres años de que yo avise de este problema, para mi punto de vista la empresa abuso de mi confianza , mi pregunta es se podrá solucionar este problema estando en manos de la empresa o es mejor que yo me asesore con un abogado y demás??
Buenos días nuevamente Ana 😉
Lamentablemente tu caso es muy común, ya que como la experiencia te demostró, depositar el dinero para pagos a proveedores o de caja chica en la cuenta personal del empleado es muy cómodo para la empresa, pero puede convertirse en una pesadilla para el trabajador.
Por lo complejo de tu situación considero que deberías acudir a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente – 01800 611 0190) para que te asesoren. Aún suponiendo que la empresa en verdad esté comprometida en ayudarte, al final del camino la que tiene el problema ante el fisco eres tú.
De acudir a la PRODECON te agradeceré mucho que nos compartas la solución que te propongan de manera que tu experiencia pueda servir a otros lectores con problemas semejantes.
¡Éxito!
ORA SI QUE LIMISNERO Y CON GARROTE.
ESPERA A QUE EL SR TENGA TIEMPO, NO SOLO ERES TU
LA QUE TIENE PROBLEMAS
Buenas tardes, Mauricio.
Tengo unas dudas que me preocupan.
Desde hace tres años, yo recibo una cantidad de $25,000.00 al mes que me depositan en efectivo en mi tarjeta de nomina, una persona amiga mía como ayuda económica, porque soy divorciada y lo que gano no me alcanza para mantener a mi familia. Tengo el pendiente de que por eso, vaya yo a tener problemas con Hacienda, porque si tengo que pagar impuestos yo no tengo el dinero para hacerlo, precisamente por eso me dan esa ayuda, porque no tengo dinero, y solo me lo pueden depositar en efectivo. Yo todo ese dinero lo utilizo en las necesidades básicas de mi familia, como comida, colegiaturas, medicinas, renta, etc. Antes me cobraban el IDE pero ahora ya lo quitaron. No se qué hacer.
Aparte te comento que en mi trabajo, me acaban de dar otra tarjeta de nómina, dicen en mi trabajo que por cuestiones de la ley del trabajo, que se yo. El caso es que a mi me van a seguir depositando la ayuda de los $25,000.00 en la tarjeta de nómina anterior, que ahora ya no será de nómina, sino sólo de debito, me explico? Cómo aquí que pasa, nada?
Otra pregunta: Aparte acabo de pedir un préstamo de nómina de $76,000.00 a tres años, eso no pasa nada con Hacienda de que me hayan depositado el banco ese prestamo a mi Tarjeta anterior de nomina, que ahora es de debito solamente? Porque si es un préstamo, como te va a cobrar impuestos por eso? O si? Los pagos para liquidar este prestamo son quincenales y el banco los va a descontar automaticamente. En este caso no me pasara nada con Hacienda?
Espero tu pronta respuesta por favor.
Muchas gracias
Hola nuevamente Maria Luisa 😉
Te respondo por partes para mayor claridad:
Respecto al préstamo de nómina no debes tener ningún inconveniente, debido a que en los registros del banco aparece que es precisamente un préstamos de dinero y no un ingreso que hayas tenido. Así es como el banco lo reporta Hacienda.
Si tienes una segunda tarjeta de nómina, tampoco te representa problema alguno. A Hacienda no le interesa cuántas cuentas bancarias tengas ni las transferencias de dinero tuyo que hagas entre ellas. Lo que le interesa son, los depósitos en efectivo en primer lugar, las transferencias de terceros en segundo lugar.
Y centrándonos en el tema principal: Como dice el artículo tú puedes recibir donaciones de terceras personas, debiendo pagar impuestos por la cantidad que recibas al año que exceda de los $73600 (suponiendo vivas en una zona A como el DF o Nuevo León). Como recibes de donaciones al año $300 mil (los $25 mil que mencionas por los 12 meses), estás obligada a declarar y pagar impuestos por $226,400 sobrantes (el monto a pagar de impuestos depende del total de tus ingresos).
¿Qué puedes hacer al respecto? Si quien te da ese dinero es alguno de tus padres o de tus abuelos, no tienes por qué pagar ese impuesto, ya que como dice el artículo, en ese caso la donación se considera libre de impuestos sólo que te los deben depositar en efectivo. Si es que eres divorciada y ese dinero es lo que te da tu ex para manutención de los hijos, lo que necesitas es que no te los deposite en efectivo y que haya algún documento legal que indique que ése dinero es precisamente para tus hijos.
Pero si el dinero te lo da un tercero, veo muy pocos caminos que puedas seguir:
1) Que te de el apoyo en especie y no en dinero (que pague directamente colegiaturas, luz, teléfono, compras, etc)
2) Que te den el dinero en efectivo en vez de depositarlo, y tú realices tus pagos en efectivo
3) Que implementes una estrategia fiscal en la cual deduzcas los mayores gastos posibles: colegiaturas, gastos médicos y dentales, lentes, aportaciones voluntarias a tu retiro, seguros de gastos médicos, pago de intereses hipotecarios, lentes, etc. En este caso además debes tener manera de demostrar documentalmente que los $25 mil es una donación.
Confío que la información te sea de utilidad. Cualquier inquietud adicional aquí seguimos 😉
¡Éxito!
Buenas noches Mauricio.
Gracias por atender mis dudas.
Quisiera que me explicarás más detalladamente lo que debo hacer.
La ayuda la recibo de un tercero, pero vivimos en lugares diferentes, por lo tanto, las dos primeras opciones que me das no son posibles.
La tercera opción que me mencionas que es la estrategia fiscal, quisiera que me dijeras, como le hago para deducir estos gastos, yo no entiendo nada de esto, y con quien me dirijo?
Cual es exactamente la estrategia de la que me hablas, yo sólo guardo los comprobantes de las transferencias que hago para pagar una de las colegiaturas, de la otra colegiatura que pago de otro de mis hijos, es con talonario que te sellan en el banco, y también lo tengo, y tambien los recibos de la renta, pero de las medicinas, súper teléfono, etc, pues no los tengo, como le hago?
Ahorita soy empleada y gano muy poco y me descuentan mis impuestos, es por eso que recibo esta ayuda.
Otra cosa, también me dices que debo demostrar con un documento, que es una donación, no se cuál debe ser ese documento, que hago?
Otra pregunta desde cuando debo yo declarar esos impuestos?
Otra duda, para declar esos impuestos debo de darme de alta? Y para todo esto, con quien debo ir?
También te comento que hace algunos años yo estaba dada de alta en Hacienda porque era comisionista, y me pagaban con factura, pero eso fue hace como seis años, cuando deje de ser comisionista, me di de baja o me pusieron en suspensión de actividades, no se cómo se le dice a eso y fue un contador que me apoyaba en eso.
Por favor ayúdame a solucionar esto, se que no esta tan fácil, por eso te pido de favor que me digas paso a paso, lo que debo hacer y con quien voy para hacerlo.
Disculpa toda esta explicación, pero te lo comento para sepas bien mi situación.
Quedo en espera de tu pronta respuesta.
Nuevamente muchas gracias.
María Luisa, es un placer volver a saludarte.
Desde que eres empleada y tu patrón te retiene ISR, estás dada de alta en Hacienda bajo la actividad «Sueldos y salarios». En esta actividad, y mientras no tengas ingresos adicionales ni ganes más de $400 mil al año, es tu patrón quien informa a Hacienda de tus ingresos y los impuestos que te retiene.
En tu caso en particular, al recibir una donación de $300 mil al año por parte de un tercero, estás obligada a realizar tu declaración anual durante el mes de abril. La buena noticia es que hay el tiempo suficiente para que te prepares y no sufras descalabros.
Si te parece vamos a seguir esta estrategia: En vez de que te escriba en este momento una carta inmensa, vamos avanzando paso a paso. Y el primero paso que te propongo consta de dos tareas:
1) Lee el artículo ¿Podemos los empleados deducir impuestos?. En él explico cuales son los gastos que puedes deducir y qué requieres hacer para hacerlo. La idea es que de una vez comiences a pedir facturas en la escuela de tus hijos, al doctor cuando lo visites, etc. (NOTA: Como podrás ver en el artículo no puedes deducir el súper ni el teléfono). Si terminando de leer el artículo te quedara alguna inquietud, no dudes en exponerla y con todo gusto la aclaramos.
2) Llama a la PRODECON (Procuraduría para la Defensa del Contribuyente – Tel: 01800 611 0190) donde te podrán asesorar de mejor manera respecto a cómo puedes demostrar que el dinero que recibes es una donación. Por la cantidad y la periodicidad no me atrevo a afirmar que con un sencillo contrato entre particulares sea suficiente. De hecho, si pudieras comentarnos qué te dicen en la PRODECON te lo agradecería mucho, ya que estoy seguro que será de utilidad e interés para muchos otros lectores del blog.
Quedo a la espera de que concluyas estas dos tareas para dar el siguiente paso 😉
¡Éxito!
Buenas noches, Mauricio.
Agradezco enormemente tu apoyo, voy a hacer las tareas que me indicas.
Sólo quiero preguntarte algo, cuando me comunique al PRODECON, les platico toda la historia que te he dicho a ti, tal cual? No hay problema?
Otra duda los recibos de colegiatura que tengo hasta ahorita, no me van a servir?
Y por último, los recibos de la renta que tengo, no son deducibles?
En cuanto haga estas tareas, te informo.
Mil gracias.
María Luisa, muy buenos días.
Con la PRODECON puedes ser transparente ya que su función es precisamente asesorarte… Aunque claro está, el espíritu es que quieres hacer las cosas bien y, de ser el caso, pagar los impuestos justos. Sólo recuerda que son fiscalistas, no contadores, de manera que no te ayudarán a hacer una estrategia para pagar menos impuestos. Para ello es la tarea 😉
Respecto a los recibos de las colegiaturas, recuerdo que son los que te expidió el banco. No sirven. Es necesario que acudas a la escuela de tus hijos y solicites las facturas respectivas. Dependiendo de las políticas propias de la escuela es que te podrán dar las facturas de meses pasados o no.
Para concluir por el momento, el pago de renta de tu casa no es deducible.
Que tengas un buen inicio de semana