Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023
Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no.
Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.
La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:
- Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
- Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.
Entonces, ¿qué puede hacerse?
1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.
2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) – la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:
- Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
- Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
- Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
- Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).
3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)
Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.
Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?
- Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
- Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
- Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.
Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.
¡Éxito!
¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.
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Que tal, ando algo confundido por tanto quehacer con esta reforma fiscal, actualmente por cuestiones laborales, esto tema aparte y contradictorio, me cambiaron de régimen siendo necesario darme de alta como prestador de servicios profesionales, anteriormente y a conveniencia del patrón, por llamarlo así, ni siquiera había un pago bien justificado o sustentado de manera formal, siendo que es una AC. algo que preocupa pues la reforma debería considerar el poco empleo y las condiciones actuales a las que por necesidad estamos aceptando, el caso es que actualmente tengo que pagar un monto por el impuesto surgido a partir de la expedición de recibos, mi duda es saber que tan conveniente es pagar con tarjeta de crédito la cantidad generada por impuestos y que tanto esto me afecta o ubica ante el fisco, al final no quisiera tener mas sorpresas generadas por la mala administración mía y de la necesidad de tener un trabajo que en su momento los depósitos fueron en efectivo sin justificante, y que resulta que también es por una necesidad de tener los servicios bancarios y la seguridad de guardar el dinero, , al final por ahora quiero mantener y llevar una buena salud financiera que no me represente problemas y sobre todo más gastos en impuestos y requerimientos futuros, agradezco su atención y felicito a usted por el tiempo y la paciencia dedicada a este blog que realmente resulta interesante y orientador, saludos y muchas gracias
Hoja Joseph, buenos días.
Gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo, el saber que te es de utilidad es nuestra mejor recompensa 🙂
Tienes razón: por mucho tiempo los trabajadores nos desenajenamos de los temas fiscales ya que de todo se encargaba el patrón. Con las reformas hemos tenido que enfrentarnos a un nuevo mundo lleno de resquicios y reglas no siempre claras, siendo que la gran mayoría de los patrones no han tenido la sensibilidad de dar alguna plática a sus colaboradores y Hacienda se hace al respecto de oídos sordos.
Respecto a tu caso en particular: No hay ningún inconveniente de que pagues tus impuestos con la tarjeta de crédito (siempre que después pagues tu tarjeta, claro, si no terminarías endeudándote y eso es financieramente más peligroso que el tener que pagar impuestos). Y el punto es precisamente ése: cuando pagues tu tarjeta, no la pagues con dinero en efectivo sino con transferencia desde tu cuenta bancaria. Esto para evitarte problemas posteriores (Puedes leer más al respecto en ¿Tendré problemas con Hacienda si le presto mi Tarjeta de Crédito a un familiar?.
Ahora bien, existen vías legales para que no tengas que pagar tantos impuestos. Hay gastos que puedes deducir existiendo la posibilidad de que al final hasta te devuelvan impuestos: honorarios médicos, intereses hipotecarios, colegiaturas… De hecho, por la forma como te pagan es posible que no tengas AFORE. De ser así, existe la posibilidad de que ahorres para tu retiro, y además deduzcas ese ahorro para pagar menos impuestos. En lo personal sigo esta estrategia fiscal/inversión con buenos resultados. Si gustas podría enviarte información por correo 😉
Quedo al pendiente de tus comentarios
¡Éxito!
Mi duda es la siguiente, trabajo en México para una empresa en USA bajo un esquema de honorarios asimilados a salario. Mi patrón me abrió una cuenta a mi nombre en USA y ahí me hace las transferencias catorcenalmente por 1000 USD cada catorcena. Yo desde esa cuenta transfiero el dinero a mi cuenta en México. De esto hace apenas un mes aproximadamente ¿que obligación tengo con hacienda? cabe señalar que yo no entrego recibos a mi patrón ni la empresa me entrega ningún comprobante por política y no cuento con ninguna prestación. Agradezco mucho tu orientación para evitar sorpresas con hacienda.
Buenos días,
Antes que nada, muchas gracias por la información tan específica y bien redactada.
Tengo una duda: Mi mamá me va a depositar 100, 000 Mxn que tiene guardados desde hace muchos años en efectivo y yo quiero realizar los siguientes pagos: pago de crédito de nómina (50, 000), pago de tarjeta de crédito (8, 000) y pago de 2 tarjetas de crédito departamentales (8, 000). Si ella me deposita los 100, 000 hacienda me va a pedir que demuestre de donde salió ese dinero, pero mi mamá no podrá hacerlo porque tiene ya mucho tiempo con ese dinero. ¿Qué puedo hacer? ¿Si paga ella directo mis tarjetas también me afecta? ¿Debo hacer varios depósitos de menos de 15, 000 mxn? ¿O de plano mejor no me arriesgo y voy pagando a como me vayan cobrando en los créditos?
Le agradecería muchísimo la respuesta.
Si yo tengo un crédito hipotecario y quiero hacer depositos en efectivo, para abonar a capital, que restricciones tengo? Me refiero para que no sean fiscalizados por el SAT
Mario, a partir de este año todas las operaciones son fiscalizas por el SAT.
Ahora bien, los depósitos menores a $15 mil no son reportados por las instituciones financieras (mas sí puedes ser consultados por el SAT). Por ello siempre lo ideal será realizar los pagos vía transferencia electrónica, de manera que posteriormente no tengas que demostrar el origen de los recursos con los que pagaste.
¡Éxito!
Buen día,
Me encanto la explicación sencilla, resumida y practica …
Tengo la siguiente duda mi papa me presto un crédito que le llego para adelantar mensualidades a la hipoteca y el cual transfirió a la cuenta de mi esposo porque era el mismo banco, y de ahí mi esposo lo mando a la hipoteca junto con ahorros que yo tranferi la duda que tengo es si cobran algún impuesto por transferencia electronica?, y si hay algun problema con hacienda y a partir de que monto?
Gracias,
Saludos,
Buenos días Lili. Me alegra que la información te haya sido de utilidad, esa es mi mejor recompensa 🙂
No veo ningún problema con el caso que comentas. El único punto digamos «débil», es la transferencia de tu papá a tu esposo, y más que por un monto en particular, por las costumbres financieras que tengan (por ejemplo, pagar la tarjeta de crédito con efectivo en vez de transferencias electrónicas es con mucho más riesgoso por el tema de la Discrepancia Fiscal).
Pero ése punto débil tampoco es para perder el sueño. Como es una operación única probablemente pase desapercibida. Pero si llegasen a requerir a tu esposo, será necesario que se demuestre documentalmente que tu papá fue quien le envió el dinero a tu esposo para pagar el crédito de tu casa (comprobante de la transferencia, comprobante del pago de la hipoteca, estados de cuenta de tu papá, de tu esposo y del crédito) acudiendo, antes que al SAT, a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, 01800 611 0190) donde les asesorarán de forma gratuita y efectiva.
Pero subrayo: No es algo que tenga por qué preocuparles. Sólo resguarden esos documentos de forma preventiva.
¡Éxito!
Hola acabo de vender un terreno en San Luis Potosí y me pagaron en Efectivo 350,000.00
Y los deposite en una cuenta que abrió mi suegra en banorte un día anterior. Ella es viuda
Crees que le afecté en algo con hacienda que tenemos que hacer??? Estoy preocupado
Ayúdanos u orientamos. Gracias
mauricio gracias de antemano, tengo en mente iniciar un negocio desde hace tiempo, tiene que ver con el cuidado del medio ambiente, en especial el aire y el agua, me gustaria que me orientaras, pues yo ya he buscado y no he podido determinar donde encontrar la informacion:
uno- tengo que importar equipo que no hay en el pais,quisiera saber donde encontrar los lineamientos hacendarios para saber el mecanismo para traer equipo que contriubuiara a mejorar el cuidado del ambiente, si esta excento o no de pago de impuestos y/o tiene descuentos aplicables,sobre todo teniendo en cuenta que importare contenedores no unidades.
dos- donde y como conseguir un prestamo para financiar el negocio que considero arrancaria bien con 600,000 pesos hay una empresa que presta dinero en wtc de insurgentes llamada integral financiera, o conseguir algun pymes tu opinion
tres- pasos para darme de alta en el sat y que modelo de empresa seria o como pagaria las contribuciones.
cuatro- contratar una agencia aduanal o importadora de seriedad.
cinco- cualquier otro consejo que deba conocer
apreciaria que si no puedes darme la info me orientes sobre que libros, publicaciones o diarios oficiales, me puedo referir, agradezco tu opinion y la considerara valiosa y retribuible. atentamente biologo carlos
Carlos, buenos días.
Te felicito no solamente por tu espíritu emprendedor, sino por tu visión de que es posible generar riqueza de forma paralela al cuidado de nuestro medio ambiente. Muchos grandes empresarios debieran aprender de personas como tú 😉
Son muchas tus preguntas y reconozco que no soy experto en muchos de esos temas, pero te contesto en cuanto a mi experiencia me permite:
1) Hasta donde sé no hay beneficios fiscales especiales por importar equipo que contribuya a la mejora del medio ambiente. Sin embargo, sí existen fondos federales que buscan impulsar a emprendedores este tipo de iniciativas. Para informarte sobre ellos acércate a la SEMARNAT y a la Secretaría de Economía.
2) Usualmente las financieras representan una fuente de financiamiento caro y elevan el riesgo neto del proyecto ya que no comparten ése riesgo, exigiendo lo que les corresponde sin importarles tus resultados. En vez de financieras recomendaría los fondos gubernamentales (como el que ya mencioné antes), inversionistas de riesgo (como ángeles inversionistas) o incubadoras de negocios (como Posible).
3) El alta en el SAT dependerá mucho del resultado de tu fuente de financiamiento (parece mentira) ya que existen reglas que hay que considerar. Una vez que tengas tu fuente de financiamiento, entonces acércate a un contador para que te asesore en el proceso.
4) En la empresa donde laboro se realizan importanciones. Podría darte los datos de la agencia aduanal si gustas.
5) Mi mejor recomendación: ¿Ya tienes un plan de negocio? Cualquiera de las fuentes de financiamiento comentadas te pedirán un plan de negocios donde pueda verificarse la viabilidad del proyecto y el retorno de inversión.
Me fascinaría poder dar seguimiento a tu proyecto ya que estos temas de inversión amable con el medio ambiente hay que reconocerlos y aplaudirlos cuando se concretan. Por lo pronto tengo un amigo que ha logrado que le asignen fondos gubernamentales para algunos proyectos que ha llevado a cabo. Si gustas podría contactarte con él…
Éxito en tu proyecto
Hola que tal…
tengo una duda con respecto a los ingresos por remesas en mi cuenta ya que estoy dado de alta en hacienda y no se de que manera justificar los ingresos por remesas ya que también facturo por mi actividad principal.
Agradecería enormemente su asesoría.
Hola Francisco, buenos días.
Con todo gusto te comparto mi opinión, pero hace falta un dato valioso: ¿quién te envía las remesas? Me refiero a la relación que tiene contigo.
Hola muy buen dia!
Muchas gracias por la informacion es muy util, yo tengo algunas dudas espero me puedas apoyar, mi novio comenzo con un negocio hace 7 meses en el cual no ha recibido muchos ingresos por lo que su mama y su abuelo lo han apoyado con gastos e inversion y yo le estoy ayudando a presentar sus declaraciones mensuales el problema es que la mayoria las presentamos con ingresos en 0 y solo reportamos los gastos porque del negocio como tal hay meses que no hay ingresos, me preocupa que esto me pueda traer un problema con hacienda por no tener forma de comprobar con que se estan pagando los gastos, que puedo hacer? debo declarar los prestamos que le hacen sus familiares como ingresos?
Por lo general los gastos no rebasan los 10,000 mensuales pero aun asi me inquieta esta situacion, espero me puedas ayudar! (Soy estudiante de contaduría pública pero aun no me queda claro esto de las declaraciones)
Saludos y de antemano muchas gracias!!
Hola Diana, buenos días.
Será un placer dar mi granito de arena para el crecimiento del negocio familiar 😉
Cuando se abre un negocio a Hacienda le quedan claro dos cosas: 1) Que la persona tiene un capital que va a invertir, y 2) que en un principio tendrá más gastos que ingresos.
Puedes realizar las declaraciones mensuales indicando gastos aún que no tengas ingresos, los cuales servirán para amortizar ingresos futuros de manera que no tengan qué pagar en su momento tanto impuesto. ¿Me explico?
Lo único en lo que deben tener cuidado es en no exagerar los gastos. Es decir, si está comprando cosas para el negocio, bien. Pero si están incluyendo el costo de tu celular personal o la gasolina del coche de su mamá… Mejor no lo hagan. Lo ideal es que haya un equilibrio entre los ingresos y los gastos, pero se entiende que hay épocas en que hay más gastos que ingresos. Sólo que si duran demasiado tiempo, quiere decir que la empresa está en quiebra técnica.
Así que por el momento no se preocupen, sigan metiendo los gastos con prudencia, y échenle muchas ganas para que el negocio despegue como su esfuerzo se merece 😉
¡Éxito!
Hola mauricio, fijate que un amigo muy cercano me va a donar 100mil pesos quisiera saber cual es la manera mas conveniente para la donacion sin tener problemas con hacienda, que tengo que hacer? hay que pagar impuestos?, como recomiendas que me de el dinero, agradeceria tu asistencia
Ángel, buenos días.
Como menciona el artículo sí tendrás que pagar impuestos por el excedente de la donación al salario mínimo de tu localidad (es decir, los impuestos correspondientes a un ingreso de $26400 aprox). Esto lo tendrías que realizar durante tu declaración anual 2015 y tienes la posibilidad de deducir gastos personales para así pagar menos impuestos (Qué gastos puedes deducir lo encuentras en ¿Podemos los empleados deducir impuestos?)
Para ello firmen el contrato de donación mencionado y que el dinero te lo entregue vía cheque o transferencia electrónica desde su cuenta bancaria particular. Esto para que tú puedas demostrar el origen de esos recursos.
¡Éxito!