Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023
Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no.
Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.
La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:
- Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
- Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.
Entonces, ¿qué puede hacerse?
1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.
2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) – la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:
- Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
- Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
- Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
- Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).
3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)
Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.
Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?
- Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
- Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
- Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.
Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.
¡Éxito!
¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.
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Hola Mauricio
Mi consulta es la sig, desde hace aprox 7 meses mi concuvino me ha estado realizando trasferencias a una cuenta de cheques que abrí hace poco, yo no trabajo ni estoy dada de alta en hacienda, los depósitos son para gastos míos y de nuestra casa el estado de cta bancario muestra depósitos como de 50 mil pesos mensuales, no se la forma en k declare el ya que las trasferencias son de la cta de su empresa a la mía y no ha tenido problemas a pesar de que yo no le expido ningún comprobante. El problema es k me han estado llamando muy insistentes del banco y pienso k ese puede ser el motivo por supuesto lo verificare en el banco pero quisiera tu opinión .
Excelente artículo gracias !!!
Hola Liliana, buenos días.
Tan sólo contéstale al banco y se honesta con lo que te pregunten. Probablemente no sea mas que quieran confirmar tus datos o, lo más probable, que quieran ofrecerte algún producto adicional.
Ahora bien, un detalle: Si tu pareja te está transfiriendo $50mil al mes, eso significa $600 mil al año y estás obligada a declararlos a Hacienda. Si no te han requerido aún, es cuestión de tiempo para que lo haga. En este punto lo que te sugiero es que se acerquen a un contador de confianza para que les asesore sobre cómo manejar esos depósitos, ya que la ley establece que las donaciones son exentas de impuestos entre cónyuges, sin extender este beneficio explícitamente al concubinato.
¡Éxito!
Buen dia, tengo el siguiente problema/duda en los siguientes meses estoy proxima a comprar una casa por la cual pagare un enganche de aproximadamente 740 mil pesos de los cuales 140,000 se han pagado en pagos mensuales de 26,000 pesos y el resto se va a liquidar en el momento que se entregue la casa.
El problema es el siguiente: 300,000 pesos seran de parte de mi mama y 300,000 pesos de parte de mi suegro. Los 600,000 se han ganado de forma legitima por lo cual no existe nigun problema para declararlos. La pregunta es como me los pueden transferir para no tener problema con el SAT y no pagar impuestos. Todo el tramite esta a mi nombre y aun no estoy casado.
Saludos y gracias
Gerardo, buenos días.
La mejor manera de que no tengas problema con Hacienda, es que tu mamá y tu suegro paguen directamente al vendedor en el momento y forma que el notario les indique. No hay motivo fiscal o legal por el que tengas tú que concentrar ese dinero para después pagar la casa. De cualquier forma saldrá a tu nombre: en las escrituras no se especifica de quién era el dinero con el que se paga la propiedad.
¡Éxito!
Mauricio, buen dia.
Por motivos del reglamento de la construtora los depositos tiene que venir a nombre del futuro propietario de la casa.
Existe alguna otra forma que pueda realizar los pagos?
Gerardo, es un placer volver a saludarte 😉
Existe otra manera de hacer el movimiento… Comentas que parte del dinero lo va a dar tu suegro, ¿correcto? Entonces imagino que eres casado. De ser así, que tu mamá te transfiera el dinero a tu cuenta (donación libre de impuestos), que tu suegro le transfiera el dinero a su hija (tu esposa, nuevamente donación libre de impuestos) y de ahí que tu esposa te lo transfiera a ti (otra donación libre de impuestos).
Eso sí, como vas a recibir $600mil vía donaciones, aún que no tengas que pagar impuestos por ello sí tendrás que declarar esas donaciones el próximo año de acuerdo a la ley fiscal vigente.
Que tengas un gran inicio de semana 🙂
hola k tal., mi nombre es van…tengo un ahorro en el banco desde hace un año a plazo fijo, me da 2000 de intereses cada 2 meses, no tengo negocio ni nada, es un ahorro de mi esposo, puedo tener problemas por este dinero? es verdad que me lo pueden congelar ???
Hola Van, buenos días.
Entiendo que el ahorro de tu esposo está en una cuenta a tu nombre, ¿correcto? Bajo este contexto, no tienes por qué tener problema alguno: lo que fiscaliza hacienda son los depósitos, no los saldos de las cuentas. Respecto a los intereses que mencionas, la institución financiera debe estarte reteniendo el ISR correspondiente a esos intereses, así que fiscalmente hablando tampoco tienes por qué tener problemas.
¿Cómo fue que te dijeron que te pueden congelar el dinero? Sólo por tenerlo ahorrado, no encuentro el motivo…
Hola Mauricio, desde inicios de este año le he preguntado no se a cuantas personas contadores y demas sobre esto de como depositarle a mis papas y hasta el dia de hoy a quedado resuelta mi inquietud con tu exelente articulo…
y quisiera hacerte una pregunta, cuando hablas de informarle a hacienda yo que soy una persona fisica sin registro ante hacienda que debo hacer para informarle a hacienda una donacion mayor a los montos que ya indicaste, tengo que llenar algun formulario y presentarme ante las oficinas del SAT e ingresarlo o con un escrito… gracias por cualquier informacion y eres exelente…
Hola Cenayda, muchas gracias por tus palabras y el valor que otorgas a nuestro esfuerzo. El saber que te es de utilidad es mi mejor recompensa 🙂
Las donaciones se presentan dentro de la declaración anual de personas físicas, la cual se presenta de forma electrónica a más tardar en el mes de abril a través del portal del SAT. Ahora bien, comentas que no tienes registro ante Hacienda… ¿Con esto entiendo que no tienes un trabajo o negocio formales? Porque desde que eres empleada, ya estás registrada ante Hacienda.
Espero tus comentarios para poder darte una respuesta más precisa…
Hola Mauricio muy buen dia, muchas gracias por tomarte el tiempo para mi….. y si es verdad soy empleada somos 7 hermanos y queremos depositarles a nuestros papas mes por mes por decir 400.00 cada uno para irles haciendo un ahorrito y algunos dices que nos tienen que dar recibos, otros me dicen que les van a quitar el 30% etc.
espero tu comentario y de nuevo muchas gracias
Buenas noches Cenayda… bueno, casi días. Es un placer saludarte nuevamente 🙂
Déjame entender… La persona que recibirá la donación son tus papás, ¿cierto? Y ellos son los que no están dados de alta en Hacienda, ¿o me equivoco? Considerando que entre los 7 hijos les van a donar a sus padres $400.00 mensuales, tenemos que al año recibirán 400 X 7 X 12 = $33,600.00, muy por debajo de los $600 mil en los que Hacienda obliga a hacer la declaración fiscal.
Por tanto tus papás no tendrán ningún problema con Hacienda y tampoco les retendrán ningún porcentaje de interés. Recuerda que las donaciones de los hijos a los padres se encuentra exenta de impuestos en su totalidad. (Y aunque las cantidades en realidad son pequeñas – $2,800 al mes -, si gustan y para mayor tranquilidad transfiéranles el dinero desde sus cuentas bancarias en vez de dárselos en efectivo… Si es que lo van a llegar a depositar a un banco. Si no, no tiene caso).
Así que no se preocupen, no tienen que expedir recibos, ni reportar a Hacienda, ni nada de nada 😉
(NOTA: Estoy partiendo del echo de que son 7 hermanos que aportan 400 pesos mexicanos mensuales)
Feliz viernes!
Muy buenos dias Mauricio, estas en lo correcto mis papas no estan dados de alta en hacienda, y los 7 hermanos trabajamos…. Bueno pos solo me queda agradecerte las atenciones y decirte que eres una tabla de salvacion en la red…..para muchos que tenemos dudas.
nuevamente GRACIAS….
Mauricio buenos dias…. oye sobre finanzas ya vi que sabes todo y gracias por ello, tu me puedes dar alguna direccion de alguien que sepa de infonavit o no se si tambien tu respondes por que tengo que hacer una pregunta sobre esto…
gracias por cualquier informacion que puedas darme…
saludos
Cenayda
Hola Mauricio
Una pregunta, si trabajo para una AC y ellos me pagaran por mis servicios 25 mil mensuales, aparte trabajo para una empresa en la cual me tienen dada de alta en hacienda y mis ingresos son de 10 mil
Tendre problemas con Hacienda?
Hola Sara, buenos días.
Cuando tienes dos empleos estás obligada a presentar tu declaración fiscal ante Hacienda. Es una realidad que en México decenas de miles de trabajadores tienen dos empleos o más (un solo sueldo hace rato que no alcanza) y que no presentan su declaración anual, muchos por ignorancia de esta obligación, otros más por desconocimiento de los procesos (y falta de interés en conocerlos) y otros más por decisión propia. Y hasta el momento no he escuchado de un caso de que Hacienda requiera a alguien por ello.
Sin embargo me llama la atención que este año haya habido una campaña tan fuerte te Hacienda para que «declares y te devolvamos impuestos«… Con la emisión de comprobantes fiscales digitales de nuestras nóminas que están obligados a hacer los patrones a partir de este año, es muy posible que la idea sea ser más estrictos en cuanto a la regla anterior, con lo cual, te recomendaría que este año te prepares para tu declaración del próximo año y evitándote así dolores de cabeza el próximo año… y quizá teniendo la posibilidad de recuperar algunos impuestos.
Al respecto te recomiendo el artículo ¿Qué debo hacer para deducir mis gastos como empleado y recuperar impuestos?
¡Éxito!
Mauricio otra duda , mira tengo un negocio que es de pago de servicios tanto de agua,luz y cable , antes cada 3 días y por motivos de seguridad lo que cobraba de agua lo transferia yo de un crédito revolvente que tengo en el banco , para no estar llendo al banco con efectivo , luego ya que juntaba una cantidad considerable de pagos los cuales yo ya había reportado a la junta de agua mediante la transferencia de mi cuenta tomando el dinero del crédito revolvente , iba yo al banco a meter o pagar el crédito revolvente lo que había tomado para pagar los recibos que había pagado, osea tengo la manera de comprobar que ese dinero que estoy pagando al crédito es por recibos de agua que yo he cobrado y por seguridad hago esos movimientos , lo comente con 2 contadores y me dan razones muy distintas, uno me dice que no porque yo meta 50, 000 pesos a la cuanta esos sean mis utilidades que yo puedo comprobar que a mi me pagan una comisión por recibo pagado, con facturas de la junta, me da un ejemplo de unna agencia de autos si vende un carro de 500,000 no quiere decir que ingresaron esos 500 y de ahí se calcula el impuesto , es sobre la utilidad que tuvo, en mi caso no es asi porque yo meto todo el dinero que que cobro y me pagan comisión por recibo cobrado no por cantidad,y el ortro contador fue mas drástico , me dice que dinero que meta en mi cuenta es un ingreso y me van a cobrar , me pidió no hacer eso ya , y desde entonces voy y deposito al banco cada 2 días con el peligro a ser asaltado que era lo que evitaba, puedo seguir haciendo esos traspasos y como los compruebo?
Hola nuevamente José 😉
Concuerdo con lo que te dijo el primer contador:
1) Expide un recibo a tus clientes quedándote con una copia la cual resguardarás con el recibo de la CFE, del agua o de aquello que vayas a pagar en su nombre;
2) Cuando pagues con tu tarjeta de crédito, resguarda una copia del recibo (entiendo que el original se lo das a tu cliente) junto con los dos documentos anteriores;
3) Para tener la documentación completa, en una carpeta por mes resguarda el estado de cuenta correspondiente y la documentación de los pagos realizados en el período y que se reflejan en el estado de cuenta.
Claro está esto te permite demostrar documentalmente que el total del depósito no es un ingreso sino recursos de tus clientes para realizar el pago de servicios… Pero también evidencia que estás ganando una comisión la cual es un ingreso que deberías reportar a Hacienda pagando los impuestos correspondientes.
Confío haber sido claro, mas estaré al pendiente por si te quedó alguna duda o inquietud.
Gracias por la información, me parece bastante acertada. Cabe mencionar que buscaba una información y me tope con tu sitio MIL GRACIAS POR TOCAR ESTE TIPO DE TEMAS YA QUE POR MUY SIMPLES QUE PAREZCAN NO DEJA DE INQUIETARNOS.
Javier, me alegra que la información que compartimos te haya sido de utilidad y te agradezco sinceramente el valor que otorgas a nuestro esfuerzo.
Confío que sigamos en contacto 😉
hola Mauricio tengo dos dudas mu grandes que no me ha sabido responder antes de la reforma yo tenia unos créditos con el banco, los estoy pagando a como puedo, mi duda es es esto cosiderado como pago a tarjeta de crédito igual? porque se pudiera decir que el dinero que me presto el banco dijéramos 500,000 pesos los tome para un negocio que no se ha dado , el dinero lo tengo en mi poder y no es mio , lo pago porque estoy esperando que se de el negocio, que pasara en este caso , por otra parte que pasa si voy y pago todo de golpe lo que deba en este caso 450,000 pesos ya? el gobierno me podar decir de donde saque ese dinero?siendo este el dinero que me presto el mismo banco esas son mis dudas,
Hola José, buenos días.
De realizar el pago de tu adeudo en un solo movimiento (los $450 mil que mencionas) sí existe la posibilidad que Hacienda llegase a requerirte, pero en ese caso con tan sólo afirmar que es el mismo dinero del préstamo recibido y que finalmente no usaste, te libras de cualquier problema posterior. Por ello considero que llegue a darse el procedimiento es poco probable, pero no podemos negar que la posibilidad existe.
¡Éxito!
Buenas noches Mauricio. Muy bueno tu post! Gracias! Espero me puedas ayudar con este caso.
Durante un periodo largo de vida una persona ahorró $1,000,000 por ejemplo.
Ahora los invierte en el banco (nunca ha declarado ante hacienda esta operación) recibiendo una tasa bruta del 6%, el asunto es que se le retienen al cliente 0.6%, esto quiere decir que le entregan finalmente una «tasa neta de 5.4% anual» recibiendo $4,500 mensuales.
Se tiene o tendría que declarar sobre los $4,500 que se perciben como mensualidad? o cómo? Saludos y gracias por el tiempo de leer y responder este mensaje.
Buenos días Miguel, me alegra que el artículo te haya sido de utilidad 😀
Supongo que tu inquietud no gira en cuanto a qué sucede con el depósito de un millón sino en el manejo de los intereses, los cuales son por una cantidad interesante, ¿correcto?
Dentro de la ley fiscal los intereses se consideran un ingreso, el cual debe ser reportado ante el fisco en la declaración anual. De hecho, si haces tu declaración actualmente como persona física, es posible que te hayas fijado que aparecen algunos ingresos «pre-cargados» como son aquellos que te haya dado tu patrón (si eres empleado) y los de las instituciones financieras (precisamente la ganancia de los intereses).
¿En este sentido iba tu pregunta?
Seguimos en contacto 😉
Hola Mauricio, mi hermano tiene una cuenta de ahorro en el banco, de la cual ha retirado poco a poco montos pequeños para acumularlos en casa y poder comprar un coche, a la fecha no ha encontrado que comprar por lo que ha decidido regresar el dinero al banco, ¿por éste depósito tendrá algún problema con hacienda? son $60,000. Gracias por su tiempo para nuestras dudas, y excelentes artículos.
Hola Daniela, buenos días.
Al realizar el depósito en efectivo por $60 mil, el banco está obligado a reportarlo a Hacienda, quien potencialmente podría requerir a tu hermano para demostrar el origen de esos recursos (la demostración tiene que ser mediante evidencia documental). Ahora bien, ¿por un único depósito de $60mil lo llamarían? Pareciera poco probable, pero es algo que no podemos negar que tiene la posibilidad de suceder.
¿Qué hacer entonces? Por lo pronto diría que hacer el depósito para no tener ése dinero bailando (tiene muchos más riesgos), y en el caso de que Hacienda lo llegase a requerir, entonces acudir a la PRODECON solicitando orientación. Pero sólo si lo llega a requerir.
¡Éxito!