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¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

Mauricio Priego 20/Ene/2014 1.294

Impuestos en donaciones entre familiares

Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023

Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no. 




Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.

La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:

  • Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
  • Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.

Entonces, ¿qué puede hacerse?

1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.

2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) –  la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:

  • Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
  • Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
  • Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
  • Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).

3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)

Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.

Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?

  • Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
  • Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
  • Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.

Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.

¡Éxito!

¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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1.294 Comentarios »

  1. VIVIANA 08/Abr/2014 en 3:18 pm - Responder

    Que tal Mauricio mil gracias por tu labor, tengo una megaduda rapida ojala me puedas contestar:

    las transferencias bancarias tambien van a contar como fiscalizacion? o solo los depositos en efectivo? si por ejemplo alguien me hace una transferencia de $20,000 para pagar a lo largo de varios dias gastos personales (no mios) se me fiscalizaran esos $20,000 a mi? mejor no usar mi cuenta?

    Ojala puedas contestarme, mil gracias.

    • Patricia Estrada 09/Abr/2014 en 8:52 am - Responder

      Hola Mauricio, me interesa esta respuesta, me están haciendo transferencias bancarias y depósitos de $5,000, $3,000, $7,000 entre otros, para hacer trámites de un amigo, en q me puede afectar? Si llegara a pagar el impuesto sería para toda la vida o por temporadas, no entiendo muy bien eso. Espero me pueda informar al respecto y muchas gracias por sus aportes

  2. Letya 07/Abr/2014 en 11:10 pm - Responder

    Hola Mauricio, muchas gracias por tu ayuda a todas nuestras dudas. Mi pregunta es la siguente: Mi novio vive en Italia y me quiere enviar una cantidad mensual en lo que podemos estar juntos. La cantidad equivalente en pesos mexicanos no rebasaría los 10,000.- cuál sería la forma más conveniente para efectuar esta operación? yo no tengo empleo por ahora…De antemano muchas gracias.

  3. jose roberto 04/Abr/2014 en 10:33 am - Responder

    felicidades gran labor mia dmiracion y respetos.
    tengo una duda que no me deja en paz estoy muy preocupado este fin de semana vendi mi auto en $30,000 y por seguridad los deposite todos a mi cuenta por lo que tengo el exedente de $15000, hay posibilidades que me congelen mi cuenta? o que puedo hacer voy a tener problemas? espero me puedas ayudar estoy muy angustiado.

    muchas gracias por tu atencion
    saludos cordiales.

    • Mauricio Priego 07/Abr/2014 en 8:50 am - Responder

      Buenos días José. Gracias por tus palabras: me motivan a seguir adelante 🙂

      Por tu cuenta no te preocupes que no te la van a congelar… Lo que sí va a pasar es que el banco va a reportar el movimiento a Hacienda (entiendo que el depósito lo hiciste en efectivo).
      Ahora bien, la venta de tu automóvil se considera un ingreso exento de impuestos por lo que tampoco debieras tener problemas con ello. Tengo un artículo que habla del tema: Voy a vender mi coche, ¿Debo pagar impuestos por eso?. En él podrás encontrar cómo demostrar la operación ante el fisco en caso de que te requiriesen.

      Si después de leerlo te quedase alguna inquietud, no dudes en exponerla 😉
      ¡Éxito!

  4. Celia López 03/Abr/2014 en 8:28 pm - Responder

    Hola buenas noches Mauricio, el día de hoy me hicieron una transferencia por 75 mil pesos a mi cuenta de débito, tendré algún problema con hacienda? Y que pasaría si hubiera sido depósito en lugar de transferencia. En realidad este recurso en un préstamo que me están haciendo para construcción.

    Mil gracias y saludos cordiales!

    • Mauricio Priego 07/Abr/2014 en 8:54 am - Responder

      Buenos días Celia.

      Al ser un préstamo estuvo excelente que te lo entregasen a través de transferencia bancaria. Lo único que necesitas ahora es que firmen un contrato entre particulares por ese préstamo indicando la fecha en que debes devolverlo. Los pagos que realices a quien te prestó el dinero también realizalos por transferencia bancaria.

      Así, si el día de mañana te requiriese hacienda para demostrar el origen de esos recursos, podrás demostrar documentalmente que se trató de un préstamo y no de un ingreso que hayas tenido 😉

      ¡Éxito!

  5. Marian 01/Abr/2014 en 6:01 pm - Responder

    Hola Mauricio, me parece excelente la labor que haces ya que en estos días para los que desconocemos estos temas puede ser un gran lío, no actualizarnos.

    Te traigo una duda, tengo un hermano que trabaja para varias empresas extranjeras, empresas en Canadá, E.U. e Italia, el tiene contrato con cada una de ellas, sin embargo el trabaja como representante de estas marcas pero en México, el no recibe dinero de ningún cliente, todo se va directo al distribuidor o integrador establecido y registrado en hacienda y mi hermano solo recibe una comisión directo del fabricante de cada país en su cuenta bancaria en México.
    En este caso ¿él que debe de hacer en hacienda para comprobar dichos ingresos?

    De antemano muchas gracias!!

    • Mauricio Priego 02/Abr/2014 en 8:22 am - Responder

      Hola Marian, gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo 🙂

      Casos como los de tu hermano son los que están dando batalla actualmente ya que no con todos los países se tienen acuerdos para evitar la doble tributación (pagar impuestos en ambos países por un mismo ingreso). Si gustas puedo contactarte por correo para ponerte en contacto con un asesor fiscal, o bien pueden acudir a la PRODECON (01800 611 0190) donde de forma gratuita podrían asesorarles.

      ¡Éxito!

      • Marian 02/Abr/2014 en 9:41 am - Responder

        Muchas gracias Mauricio. Lo voy a comentar con mi hermano y en caso de que él esté de acuerdo, te contacto nuevamente para que por favor nos recomiendes con algún asesor fiscal. Por ahora, gracias nuevamente.
        Que tengan un buen día.

      • alici 03/Abr/2014 en 4:32 pm - Responder

        hola , Mauricio, no supe como poner un comentario aparte así que solo le puse responder a tu comentario

        Yo deposito una cantidad de 5000 pesos al mes para el pago de mi colegiatura a mi novio, como no somos familiares no puedo presentar actas de parentesco ni nada de eso.

        Como puedo hacerle para que sea como mencionaste en el punto 2 ¨ donación ¨?
        que tipo de papeles tengo que guardar y si tengo que mencionar que es una donación cada vez que deposito. o algo.

  6. Ruth 01/Abr/2014 en 10:11 am - Responder

    Hola Mauricio, buen día
    Antes que nada, te agradezco el servicio social que haces con tu página, es de gran ayuda para todos nosotros, los mortales que no conocemos del tema fiscal y financiero.
    Mi duda es, los ingresos que se perciben por fondos de ahorro o cajas de ahorro de la empresa, son sujetos al pago de impuestos?
    Gracias

    • Mauricio Priego 02/Abr/2014 en 7:55 am - Responder

      Hola Ruth, buenos días y gracias por tus amables palabras 🙂

      No entiendo claramente tu duda… ¿Te refieres a los rendimientos que te genera a ti como empleado tu dinero en la caja de ahorro o fondo de ahorro de la empresa donde laboras? De ser así, la respuesta es no: las cajas de ahorro para trabajadores están exentas del pago del ISR así como el fondo de ahorro de trabajadores.

      Puedes encontrar mayor información en los siguientes artículos:
      Fondos Vrs Cajas de Ahorro, ¿Cuál me conviene?
      Características y beneficios de las Cajas de Ahorro para Trabajadores

      ¡Éxito!

  7. alejandro coronado g 31/Mar/2014 en 8:50 pm - Responder

    considero un gran servicio social el que se viene brindando, ya que por la diversidad de reformas fiscales se hace dificil precisar como hay que cumplir las disposiciones fiscales.excelente orientacion de mauricio

    • Mauricio Priego 01/Abr/2014 en 10:00 am - Responder

      Alejandro, muchas gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo, y saber que éste es de utilidad, es nuestra mayor recompensa.
      ¡Éxito! 😀

  8. Ángel Chávez 30/Mar/2014 en 10:12 pm - Responder

    Buenas noches.

    Tengo una duda: mi padre tiene una empresa (S.A. de C.V.), de la cual salen los gastos para toda la familia.
    Yo me iré a estudiar a otra ciudad y no será posible que mi padre me envíe dinero en efectivo, sino que tendría que depositármelo a mi cuenta de ahorros. Pero supongo que no lo puede hacer desde la cuenta de la empresa, y él está como una persona física sin ingresos comprobables, de hecho ni hace declaración anual. Así que si me hace el depósito mensual en ventanilla de cualquier banco y al año no superan los depósitos más de $60,000.00, ¿no tendría ningún problema con Hacienda?
    Y en el caso de que llegara a requerirme Hacienda y yo diga que esos depósitos los hace mi padre, ¿podrían investigarlo a él y sancionarlo ya que ante Hacienda el no tiene ingresos?

    De antemano, ¡muchas gracias!

    • Mauricio Priego 31/Mar/2014 en 8:34 am - Responder

      Buenos días Ángel.

      ¿Tu papá tiene algún contador que le lleve la contabilidad y pago de impuestos de su empresa? Te pregunto porque se me hace extraño que simplemente «desaparezca» el dinero con el que vive tu familia de los estados de resultados. De alguna manera se tiene que estar registrando ése retiro así sea como toma de utilidades.

      La estrategia a seguir depende ese registro… Lo más seguro es que tu papá sí puede demostrar esos ingresos de manera que ya sea por depósito (siempre que sean menos de 15 mil al mes) o transferencia de alguna cuenta personal que abra, ninguno de los dos deben llegar a tener problemas.

      ¡Éxito!

  9. Gabriel 29/Mar/2014 en 12:25 am - Responder

    Buenas noches, tengo una cuenta de débito en banorte sí hago depósitos a dicha cuenta porque no quiero «tener el dinero en el colchón» y a salvo en el banco me cobrarían más impuestos por ésos depósitos? los depósitos los haría indistintamente en cheque ó efectivo, desde ya gracias por tus valiosas respuestas, un saludo.

    • Mauricio Priego 31/Mar/2014 en 9:07 am - Responder

      Buenos días Gabriel.

      El banco no te retiene ningún tipo de impuesto por los depósitos que realices. Eso sí, si depositas más de 15 mil pesos en efectivo en tu cuenta al mes, tu cuenta es reportada a Hacienda, quien podría requerirte para demostrar el origen de ese dinero. Si no lo puedes demostrar, entonces se considera un ingreso no declarado al fisco y, en ese caso, sí te cobran impuestos.

      Lo ideal es que no deposites más de 15 mil pesos en efectivo al mes.

      ¡Éxito!

  10. Azucena 27/Mar/2014 en 10:01 pm - Responder

    ¡Hola! Mauricio primero que nada tengo que escribir que es la primera vez que visito tu pagina y me ha resultado de gran ayuda pues me ha aclarado algunas dudas, sin embargo aunque he leído todos los comentarios no encuentro respuesta clara a mi situación.
    Te cuento, mi abuelo tiene algunos ahorros los cuales quiere emplear para comprar un permiso de Taxi con un costo de $120000.00, y un Auto de $127000.00 los cuales se pagarían en efectivo pues el nunca ha hecho uso de bancos, ahora bien el siempre ha trabajado de forma independiente por lo cual no tiene como demostrar el origen de dicho dinero, mi duda es ¿De que manera puede afectarle a el hacer esta compra? ya que es un dinero que por decir así ha tenido debajo del colchón.
    Te agradecería muchísimo tu ayuda y quedo a espera de tus comentarios.

    • Mauricio Priego 28/Mar/2014 en 9:14 am - Responder

      Hola Azucena, me alegra que la información que has leído te haya sido de utilidad. Ésa es nuestra mejor recompensa 🙂

      Respecto al caso de tu abuelo… La compra del permiso del Taxi no es considerada una actividad vulnerable por lo que no es afectado por la ley contra lavado de dinero, lo cual quiere decir que el pago no es fiscalizado en primera instancia. Respecto a la compra del auto es una cantidad baja, por lo que a menos que la concesionaria tenga alguna política restrictiva, la operación se podrá realizar en efectivo. Si como entiendo no hay más operaciones de por medio, no creo que tu abuelo llegue a tener mayor problema.

      Eso sí, que para operar su taxi se dé de alta en el Régimen de Incorporación Fiscal para no pagar impuestos el primer año junto con otros beneficios adicionales. De esta manera regularizará sus ingresos y con ello podrán garantizar que nunca tenga problemas (de hacer las cosas como se deben, claro). Cualquier contador que conozcan o que les recomiende alguna persona cercana a ustedes puede ayudarles.

      Éxito con el taxi 😉

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