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¿Cómo puedo unificar mis semanas del IMSS e ISSSTE y mejorar mi pensión?

Mauricio Priego 10/Jul/2023 7
¿Cómo puedo unificar mis semanas del IMSS e ISSSTE y mejorar mi pensión?

En 30 años de vida laboral es sencillo haber cotizado en el IMSS e ISSSTE por cambios de trabajo. Sin embargo, como uno de los factores para el cálculo de la pensión es el número de semanas cotizadas, el no aprovechar el tiempo que cotizaste ante el ISSSTE podría reducir tu pensión del IMSS de forma importante. La buena noticia es que pueden unificarse las semanas cotizadas ante ambos institutos, y en este artículo te compartiré cómo hacerlo.

Antecedentes de la Portabilidad de Derechos IMSS e ISSSTE

Las reformas al sistema de pensiones en México realizadas a finales de los 90’s del siglo pasado y el principio de este milenio, buscaban principalmente dos cosas:

  • Un medio para que el trabajador construya un ahorro que le permita cubrir su pensión al retirarse, y
  • Que los cambios laborales no afecten negativamente a la pensión del trabajador.

El primer punto se resolvió a través de la introducción de las AFORES (Administradoras de Fondos para el Retiro). Y para el segundo, se crearon la Modalidad 40 (Continuación voluntaria en el régimen obligatorio del Seguro Social) y la Modalidad 44 (Inscripción voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social).

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Sin embargo, había algo que no se había resuelto… ¿Qué sucedía cuando un trabajador empleado en la iniciativa privada se pasaba al servicio del estado, o viceversa?

El IMSS e ISSSTE tenían sus propias reglas de pensión, y era común que las personas, al final de su vida laboral, vieran cómo se perdían las semanas cotizadas ante alguno de los dos institutos por no cumplir con los requisitos mínimos para obtener la pensión correspondiente.

Portabilidad de Derechos IMSS e ISSSTE

Lo anterior se resolvió el 17 de febrero de 2009, cuando ambos institutos firmaron el Convenio de Portabilidad entre el IMSS y el ISSSTE, en el cual se establece que:

El derecho a la prestación económica de la pensión está asociado a la persona y no al tipo de patrón que la emplea

Convenio de Portabilidad entre el IMSS y el ISSSTE

En dicho convenio se estableció lo siguiente:

  1. El trabajador que desee pensionarse bajo la modalidad de portabilidad de derechos deberá tramitar, antes de iniciar el trámite de pensión, la constancia de los períodos cotizados ante ambos institutos.
  2. La solicitud de pensión deberá de presentarse ante la institución donde se haya registrado la fecha de baja más reciente (Es decir, no es a elección de trabajador que busca su pensión).
  3. Al momento de solicitar la pensión, el trabajador deberá estar dado de baja en ambos institutos.

Requisitos para solicitar la portabilidad IMSS e ISSSTE

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  • Encontrarte en periodo de Conservación de Derechos en el instituto donde te vas a pensionar
  • Presentar identificación oficial con fotografía, CURP, comprobante de domicilio y acta de nacimiento
  • Estado de cuenta de la Afore (En el cual debe aparecer que tienes saldos del IMSS e ISSSTE)
  • Estado de cuenta bancario

¿Dónde se realiza el trámite de portabilidad de derechos?

En la subdelegación que te corresponda. Sólo ten presente que si tu última cotización fue en el IMSS, entonces deberás presentarte a la subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social. Pero si tu última cotización fue ante el ISSSTE, entonces deberás acudir a la subdelegación que te corresponda de este instituto.

Cualquier duda o inquietud que tengas, compártela en los comentarios para responderla. Y si deseas alguna asesoría, puedes contactarme a través de esta liga.

¡Éxito!

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Referencias

7 Comentarios »

  1. Ana 26/Dic/2023 en 11:01 pm - Responder

    Buenas noches, tengo 630 semanas IMSs y 700 issste, deje el imss hace 13 años, empece a cotizar modalidad 10 para recuperar derechos. Puedo pagar modalidad 10 en una sola exhibicion y de inmediato inscribirme a modalidad 40 topada? Cuanto cobra por una cita via zoom? Tengo 58 años. Gracias!

  2. GRACIELA MONTERRUBIO 03/Nov/2023 en 8:35 am - Responder

    Buenos días, primeramente para felicitar a la página porque está muy clara la información. Yo sólo tengo una duda, ya he investigado mucho pero a veces los consultores no se ponen de acuerdo. La cuestión es que me gustaría saber si puedo seguir pagando modalidad 40 mientras se lleva a cabo el trámite de portabilidad o se puede hacer el trámite de la portabilidad y pensión al mismo tiempo. MUCHAS GRACIAS

  3. Sergio Campillo de la Torre 25/Sep/2023 en 7:47 pm - Responder

    Coticé 4 años en el ISSSTE y estoy en proceso de iniciar los trámites de jubilación en el IMSS. ¿Qué debo hacer para recuperar las semanas cotizadas en el ISSSTE?

    • Mauricio Priego 27/Sep/2023 en 11:25 am - Responder

      Hola Sergio,
      ¿Tuviste la oportunidad de leer el artículo? En él se responde a tu pregunta 😉
      Si después de leerlo tienes alguna inquietud puntual o requieres asesoría, compártelo para apoyarte

  4. Cesar Fragoso 02/Sep/2023 en 7:27 pm - Responder

    Buenas tardes, Le pido su asesoría en la siguiente situación. Tengo acumuladas 750 en el IMSS y pertenezco a la ley 1973. A partir del 2021 dejé de cotizar para el IMSS y actualmente trabajo en una escuela pública y cotizo al ISSSTE. Mi duda es si puedo entrar a la modalidad 10 para mantener mis derechos y cotizaciones en el IMSS y seguir trabajando y cotizando en el issste. En caso contrario que alternativas tengo para al final pensionarme en el IMSS. Actualmente tengo 46 años de edad

    • Mauricio Priego 04/Sep/2023 en 12:59 pm - Responder

      Hola César, buenas tardes.
      Sí es posible hacer lo que planeas: Darte de alta en la modalidad 10 – o incluso, en la modalidad 40, lo cual te saldría más económico – para mantener tu derecho de pensión ante el IMSS, mientras que sigues cotizando como trabajador asalariado en el ISSSTE.
      Si tienes más dudas con gusto seguimos cotizando, e incluso, si lo deseas, podríamos conversar por teléfono o tener una sesión de Zoom.
      ¡Excelente día!

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