Una de las consultas más frecuentes que me hacen es cómo pasar de la modalidad 10 a la modalidad 40. En este artículo encontrarás la realidad respecto al traspaso entre estas modalidades de cotización.
Para comprender el paso de la modalidad 10 a la modalidad 40, es necesario entender primero la su naturaleza .
Modalidad 40 – Esquema para asalariados que se independizan
La modalidad 40 nació para que los empleados asalariados que se independizan puedan seguir cotizando, y así tener derecho a una pensión. En ningún momento la intención fue brindar un camino para que las personas tuvieran una pensión mucho más alta que la que les corresponde (Esto último es producto del ingenio del mexicano).
Por tanto, como esta modalidad fue planeada para extrabajadores asalariados, el principal requisito para poderte inscribir es tener al menos 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años calendario.
Ley del Seguro Social
Las 52 semanas requeridas no tienen que ser consecutivas. Es decir, con 11 semanas (2 meses y medio) que hayas cotizado cada año del último lustro, tendrías derecho a la modalidad 40.
Modalidad 10 – Esquema para trabajadores independientes
Esta modalidad nace para trabajadores independientes urbanos. Es decir, profesionistas que trabajan por su cuenta, comerciantes, freelancers y personas que viven de su oficio (Carpinteros, electricistas, mecánicos, entre otros).
Pero, si ambas modalidades son para trabajadores independientes, entonces, ¿Cuál es la diferencia entre ellas? Sencillo:
En la modalidad 10 no es necesario que hayas cotizado previamente como asalariado. El requisito más importante es que tengas ingresos fiscales (Es decir, que emitas facturas electrónicas).
Ley del Seguro Social
Enfrentando a las modalidades 10 y 40
En base a lo que hemos visto hasta el momento, un extrabajador que haya dejado de cotizar en los últimos cinco años puede escoger si se da de alta en la 10 o en la 40. En cambio, alguien que nunca ha cotizado como asalariado, o que no cumple con las 52 semanas en los últimos 5 años, no tiene acceso a la modalidad 40.
Adicionalmente, en la 40 tú eliges tu salario de cotización (Máximo el salario topado), mientras que en la 10 es en base a tus ingresos fiscales.
Finalmente, la 10 te da derecho a servicios médicos y hospitalarios del IMSS así como a las prestaciones en especie, mientras que la 40 no.
¿Es posible pasar de la Modalidad 10 a la Modalidad 40?
Como en la modalidad 10 no cotizas como asalariado, las semanas cotizadas en esta modalidad no son válidas para la 40. Por tanto
No es posible pasar directamente de la modalidad 10 a la modalidad 40. Tendrías que cotizar como asalariado cuando menos 52 semanas antes de darte de alta en la modalidad 40.
Sin embargo, existe una excepción…
¿Cuándo sí puedes pasar de la modalidad 10 a la modalidad 40?
Si trabajaste como asalariado y al independizarte te diste de alta en la modalidad 10, es posible que te des de alta en la modalidad 40 si realizas el trámite antes de que venzan las 52 semanas de tu último trabajo en el quinto año de que lo hayas dejado.
Pero ojo: Lo que te permite darte de alta es la vigencia de las 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años, no las semanas que hayas cotizado en la modalidad 10.
No te dejes engañar
El día de hoy abundan los «asesores expertos» en modalidad 40, lo cuales ofrecen asesorías o planes de ahorro e inversión para capitalizar tus aportaciones en esta modalidad. Y, con tal de vender, te pueden dar información errónea e incluso falsa, como que sí se puede hacer el cambio directo de la modalidad 10 a la 40.
Desde luego que hay buenos asesores, con conocimiento y experiencia, que te dirán la verdad en base a tus objetivos y situación actual. Me considero uno de ellos, y este artículo, junto con los más de 700 artículos publicados en los últimos 12 años y las más de 18 mil personas asesoradas, lo avalan.
Puedes contactarme a través de esta liga, o compartir tus inquietudes en los comentarios para responderlas.
¡Éxito!
Asesoría de la modalidad 40 tengo la semanas cotizadas pero tengo muy bajo salario k puedo Aser para incrementar mi salario
Me manda sus datos de contacto para asesoría por favor
Me manda sus datos de contacto para asesoría por favor
Saludos
tengo 60 años y 1,406 semanas cotizadas
hasta el 29oct-18 estuve como asalariado, con 1SM
de 1/nov/18 al 30/abr/23 estuve dado de alta en Mod 40 con 1SM
en mayo/23 me dieron de alta en mod 10 con 1sm, por solo ese mes.
el 30/mayo/23 me dieron de baja por no seguir pagando la modalidad 10
La idea era regresar a modalidad 40 topado por 5 años mas.
Desafortunadamente mi asesor falleció en junio/23 y ahora tengo todo tipo de opiniones al respecto.
Según ustedes cuales son mis opciones ???
Gracias de antemano
Buenas tardes Mauricio, yo he trabajado como asalariado desde 1991 con intermitencias, las semanas indicadas en mi historial de semanas cotizadas hasta 2021 es de 860, tuve la oportunidad de trabajar como independiente en Estados Unidos por 1 año, pagué la modalidad 10 para trabajadores independientes en el extranjero; inmediato al siguiente mes que terminé esa labor, coticé a la modalidad 40 y pagué de acuerdo con mi último salario que fue bajo, pero al sacar el documento de Vigencia de derechos (tengo 2 semanas cubiertas con esta modalidad), aparezco vigente con Modalidad 10 y hasta noviembre de este año. Deberia dejar de pagar Modalidad 40 hasta que ya no tenga vigencia de derechos? y volver a iniciar el tránite? Muchas gracias por tu respuesta
Mauricio:
Donde te puedo contactar para una asesoría de mi caso en particular para revisar si cumplo con los requisitos para darme de alta en modalidad 40?
Hola Pablo,
Acabo de enviarte mis datos de contacto para ponernos de acuerdo con la asesoría
Quedamos pendientes 😉
Mauricio, tengo 43 anos y pertenezco a la Ley del 73 tengo. Tengo 1360 semanas que ya revise y son validas. Acabo de emprender y estoy considerando darme de baja en mi puesto donde llevo muchos anos y darme de alta en la Modalidad 10 y llegando la edad requerida darme de alta en la modalidad 40, es posible? No me queda claro porque no se puede, aun pagando las cuotas correspondientes de lo que ahora empiezo a generar. Y por que tendras que se asalariado cuando lo que quieres es ir generando mayores ingresos.Muchas gracias de antemano,
Hola Angélica,
La respuesta tristemente es sencilla: En principio no se puede pasar de la modalidad 10 a la 40 porque la modalidad 40 nace específicamente para que los empleados asalariados que se independizan. Y la modalidad 10 son trabajadores independientes, no empleados asalariados. Sin embargo, estamos en México, y hay muchas cosas que se hacen fuera del marco legal.
El riesgo de hacerlo es que, más adelante, no te permitan darte de alta en la modalidad 40, o peor aún, te quiten tu pensión por irregularidades (Cosa que ya está sucediendo).
Te mandé un correo con otros puntos que es conveniente que tomes en cuenta, espero te sea de utilidad.
¡Excelente día!
B dias, se puede pasar de trabajador de hogar a modalidad 40. Favor de darme información de contacto para una o varias asesorias, y gracias por los artículos informativos en esta pagina
Hola Ramón,
Me legra que la información te sea de utilidad, esa es mi mayor recompensa 🙂
Para inscribirte a la M40, forzosamente requieres haber cotizado como trabajador asalariado. De la modalidad 44 no es posible pasar directamente a la modalidad 40. Para asesoría puedes contactarme a través de esta liga.
¡Excelente día!