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¿Debo pagar impuestos por vender mi auto?

Mauricio Priego 04/Jul/2022 41
¿Debo pagar impuestos por vender mi auto?

Cuando alguien dice «Voy a vender mi auto» pocas veces piensa en que la venta representa un ingreso. Y que, en principio, todo ingreso genera impuestos. No obstante, la ley fiscal mexicana contempla que la venta de tu auto puede estar exenta de impuestos, siempre y cuando sigas los lineamientos que hoy te comparto.




¿Qué dice la ley sobre vender mi auto?

Los impuestos que podrían afectarte al vender tu auto son

  • Impuesto Sobre la Renta (ISR), e
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En las leyes respectivas a los impuestos anteriores (LISR y LIVA) se contempla la venta de bienes muebles, es decir, de aquellos bienes de tu propiedad que puedes trasladar fácilmente de un lugar a otro (como electrodomésticos, dispositivos móviles o vehículos en general).

Por tanto, lo que te voy a compartir en este artículo, no aplica solamente a la venta de automóviles, sino a la venta de cualquier otro bien mueble que poseas.

Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

No se pagará Impuesto Sobre la Renta por la obtención de ingresos derivados de la venta de bienes muebles, cuando en un año calendario la ganancia total de los bienes vendidos sea menor a 3 veces el UMA elevado al año. Por la utilidad que exceda se pagará el impuesto.

LISR Artículo 93 fracción XIX

¿Qué quiere decir lo anterior?

Que si la ganancia de todo lo que vendiste (diferencia entre el precio al que compraste el bien y el precio al que lo vendiste) es menor a 3 UMAs elevados al año (105,300 pesos en este 2022), entonces no tendrías que pagar ISR; Pero, si te excedes de esa cantidad, entonces sí pagarías impuestos por la diferencia.

Aterrizando lo anterior en el tema de «Vender mi auto», tenemos dos escenarios:

  • Si vendes tu auto a un precio menor del que lo compraste, el importe de la venta siempre estará exento de ISR.
  • Si vendes tu auto a un precio mayor tienes un margen de 105 mil 300 pesos, el cual se va reducido conforme vendas otros bienes muebles en el mismo año.

Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

No se pagará Impuesto al Valor Agregado en la venta bienes muebles usados, a excepción de los vendidos por empresas (Personas Morales)

LIVA Artículo 9 fracción IV

Así que, mientras el bien que vendas ya lo hayas usado previamente, se encuentra también libre de este impuesto.

¿Cómo evito problemas con el SAT al vender mi auto?

Citas impuestos Mauricio Priego #MPPh

Hasta este punto ya hemos aclarado lo más importante:

Como normalmente vendemos nuestros bienes a un precio inferior al que los compramos, ¡No tenemos que preocuparnos por los impuestos!

Pero eso no nos libra de la obligación de informar al fisco del ingreso, ya que, si no lo hacemos, el SAT podría requerirnos. ¿Y cómo sabría el SAT que tuve ese ingreso?

La ley contempla 3 mecanismos:

  • Los depósitos en efectivo son reportados por los bancos a Hacienda cuando en el transcurso del mes suman 15 mil pesos o más.
  • Las transferencias electrónicas también son reportadas por los bancos a partir de los 100 mil pesos.
  • La ley contra el lavado de dinero (LFPIORPI) establece que la compra de autos nuevos, inmuebles (casas, departamentos, oficinas, terrenos) y joyas entre otros, también deben ser reportadas al fisco.

Es por esto por lo que, para no tener problemas, requieres reportar la venta. ¿Y cómo se hace esto? A través de una Factura Electrónica (CFDI). 

Personas físicas que emiten facturas

Si tienes una actividad económica que te obliga a emitir facturas, sólo requieres emitir una con las siguientes características:

  • Clave del producto: 80141615 (Vehículo usado)
  • Clave da la unidad: XUN (Unidad)
  • Descripción: La descripción del vehículo, la cual debe coincidir con la factura original (Marca, modelo, año, número de serie, número de motor)
  • IVA trasladado: Tipo de factor EXENTO (Muy importante: Explícitamente debes indicar que la operación está exenta de IVA)
  • Con esto, el subtotal y el total quedan por el mismo importe.

Asalariados o personas sin actividad ante el SAT

  • Vende tu auto a través de una agencia de autos usados bien establecida; Ellos se encargan de que se emita la factura al comprarte tu auto.
  • Si quieres venderlo por tu cuenta
    • Si no cuentas con RFC, necesitas darte de alta como “Persona Física sin Actividad Económica”, lo cual no te genera obligaciones como contribuyente.
    • Solicita la elaboración de la factura directamente al SAT, a través del Sistema de Solicitud de Aclaración (SAC)

En el SAT te brindan asesoría gratuita. Sólo requieres llamar a MarcaSAT: 55 627 22 728

¿Alguna recomendación final al vender mi auto?

  • Recuerda conservar copia de la factura de compra, ya que te servirá para demostrar si tuviste ganancia o no.
  • Si pensabas depositar parte del dinero en el banco, mejor deposita todo el monto amparado en la factura y saca lo que necesites. Esto facilita demostrarle a Hacienda el origen del dinero.
  • Recuerda realizar el contrato de compraventa y registrarlo en el departamento o dirección de vialidad de tu entidad. Con esto te evitarás muchos dolores de cabeza futuros.

Cualquier duda o inquietud que pudieras llegar a tener compártela en los comentarios. Haré lo posible por responderlas 😉

¡Éxito!

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Referencias

41 Comentarios »

  1. Adrian 22/Oct/2023 en 8:43 pm - Responder

    Hola gracias por la información brindada pero me surge una duda, vendí mi auto que es modelo 2018 que en la actualidad vale menos que cuando lo compre en la agencia y entiendo que eso no genera un impuesto, mi duda es: recibiré el pago en 2 o 3 transferencias electrónicas para cubrir el costo al que lo vendí, cómo le tendría que reportar esa parte al SAT? Cabe mencionar que apenas recibí el primer pago que es menos del 50%

    • Mauricio Priego 24/Oct/2023 en 3:50 pm - Responder

      Hola Ramón,
      Gracias a ti por leer mis artículos; Me alegra poder aportar mi granito de arena 🙂
      Respecto a tu pregunta, lo ideal es que, en el contrato de compra-venta, se estipule que el pago se realizará en 3 exhibiciones. Ahora bien, si el pago es vía transferencia (mi mayor recomendación), no tendrías tantos problemas con el SAT si en tus estados de cuenta se reflejan las transferencias del comprador, sumando entre ellas el total del monto reflejado en el contrato.
      Cualquier duda adicional, aquí seguimos 😉
      ¡Excelente día!

  2. LILIANA 19/Oct/2023 en 11:48 am - Responder

    Buenos días

    tengo un tema, compre un automóvil, que en su momento era persona con actividad asalariada, ahora soy empresarial, la agencia me esta pidiendo que les traslade el IVA de la venta de mi automovil

    MI DUDA ES TENGO QUE PAGAR EL IVA

    mi automovil lo estoy vendiendo por debajo del precio de adquision

    • Mauricio Priego 24/Oct/2023 en 4:02 pm - Responder

      Hola Liliana,
      No tienes por qué vender el auto generando IVA. Ésa es una mala práctica que muchas agencias están llevando a cabo, en ocasiones por confusión de su área contable, en otras de plano para reducir su propio pago de impuestos (Al trasladarle el IVA en automático la factura es deducible, incluyendo el ISR).
      Si no entran en razón y no tienes la necesidad imperiosa de venderlo, busca otro comprador.
      ¡Excelente día!

  3. Abigail Ramírez Franco 07/Oct/2023 en 12:55 pm - Responder

    Hola tengo una duda, voy a vender mi auto en la agencia, el monto es inferior a lo que me costó, de eso tengo que dar aviso al sat? Y es necesario pagar impuestos?

  4. Edith 26/Sep/2023 en 8:36 am - Responder

    Buenos Días Contador le agradezco su orientación de este tema, me podría ayudar con una duda por favor, mi papá 84 años más de 30 años de jubilado vendió apenas su auto usado obviamente mucho menos que la factura en este caso se hizo un depósito en efectivo de la mitad de la venta en el banco y la otra mitad fue transferencia, en este caso que procede? cuanto es el monto máximo que se exenta de esta obligación cuando fue y será una sola venta ya q por su edad ya no quiere manejar, que pasa con el tema de los jubilados…. referente a este tema
    Gracias 🙂

    • Mauricio Priego 27/Sep/2023 en 11:31 am - Responder

      Hola Edith,
      Independientemente de la edad de tu papá, y si desea comprar otro auto o no, por estar vendiendo su auto a un precio menor del que lo compró está totalmente exento del pago de impuestos. Eso sí, como parte del dinero se entregó en efectivo, y la otra parte fue por transferencia, la recomendación es que así se ponga explícitamente en el contrato de compra-venta, y se deposite el total del efectivo en la misma cuenta en la que reciba la transferencia.
      ¿Esto para qué? Para que, si el SAT requiere revisar la operación, tu papá tenga la evidencia del contrato, los recibos de depósito y transferencia, y la operación se refleje en su estado de cuenta.
      Si queda alguna duda adicional, coméntame para responderla.
      ¡Excelente día!

  5. VICTOR SANDOVAL ROCHA 25/Sep/2023 en 7:10 pm - Responder

    Mauricio Priego
    Te agradezco tu atención, gracias por tu respuesta.
    Saludos

    • Mauricio Priego 27/Sep/2023 en 11:23 am - Responder

      Me alegra haber sido de utilidad Víctor
      ¡Éxito!

  6. VICTOR SANDOVAL ROCHA 24/Sep/2023 en 12:08 pm - Responder

    Buenos días mi duda es sobre dos cosas
    1ra tenía una situación legal, la cual me cubrieron la deuda dándome una casa de interés social en Morelos, dicha casa segun el avaluo efectuado en 2020 tenia un valor de $ 345.000.00.
    la arregle para poder venderla, pero como no podía acudir constantemente, contacte a una inmobiliaria para que realizara la venta.
    Le deje los documentos correspondientes, para que realizara los trámites necesarios ante el Infonavit y pudiera venderla.
    La experiencia con la inmobiliaria fue mala, ya que después de medio año no la vendió,, menciono que no acepto el Infonavit un Poder Notarial a mi nombre y me ofreció una cantidad la cual es menor a inicial.
    Inicialmente me ofrecía $ 350.000.00 y posteriormente solo ofrecía $ 230.000.00 por esta cantidad menor se tendría que pagar ISR?

    2.- Compre un carro en 2018 a través de una agencia, fue a crédito, tuvo un costo de aproximadamente $350.000.00 más los intereses que se pagaron por el crédito, hoy quiero vender mi carro y el valor comercial es de $ 270.000.00. Cuanto tendré que pagar de impuesto si el valor es menor al inicial.
    Espero me pueda apoyar a conocer lo que se tiene que pagar en cada uno de los casos mencionados.
    Muchas gracias por su atención y apoyo
    Quedo atento a su respuesta.

    • Mauricio Priego 25/Sep/2023 en 3:48 pm - Responder

      Hola Víctor,
      En ambos casos no tendrás que pagar ISR, ya que el impuesto sobre la renta se calcula en base a la ganancia que hayas tenido en la operación. Y, por lo que comentas, en ambos casos el monto que estás recuperando es menor a lo que pagaste por ambos bienes inicialmente.
      Por tanto, tanto por la casa, como por el auto, no hay impuestos que pagar al fisco 😉
      ¡Excelente inicio de semana!

  7. Rosario Martinez 20/Sep/2023 en 4:44 pm - Responder

    Hola Luis, es de gran interes lo que nos compartes
    Mi caso es : compre un auto de mi empresa y me entrego la factura a mi nombre con un valor menor al de la factura original ya que asi me lo vendio como una prestacion al empleado.
    Lleve el auto a valuar para que me lo compraran, y me dicen que no me lo pueden comprar a un precio mayor porque de acuerdo a la normatividad del sat, se tendrian que pagar mas impuestos, me puedes explicar esto no lo entendi, y como puede vender el auto con un mejor precio

    • Mauricio Priego 21/Sep/2023 en 8:28 pm - Responder

      Hola Rosario,
      Si el precio al que vendes tu auto es mayor a un salario mínimo del precio al que lo compraste a tu empresa, debes pagar impuestos por la diferencia, sin importar en cuánto lo haya comprado la empresa. Todo esto está explicado en el artículo.
      Si tienes dudas mayores puedo asesorarte, o puedes acudir a un contador de tu confianza.
      ¡Excelente día!

  8. Daniela 10/Sep/2023 en 4:30 pm - Responder

    Una pregunta. Si soy asalariado y no desempeño ninguna actividad que me permita facturar. Como puedo generar la factura de la unidad? Seria más «sencillo: vender el auto a una agencia de autos usados?

    • Mauricio Priego 12/Sep/2023 en 12:53 pm - Responder

      Hola Daniela,
      Para el tema fiscal de la emisión de la factura sí es más sencillo vender el auto a una agencia, pero la contraparte es que normalmente te dan un precio relativamente bajo por tu auto.
      Si lo quieres vender con un particular, puedes acercarte al SAT y pedirles que te asesoren al respecto. Sí existe el camino para poder facturar la venta de tu auto 😉
      ¡Excelente día!

  9. Diana 08/Sep/2023 en 6:51 am - Responder

    Hola Mauricio,

    Gracias por compartir la información, me gustaría pedir tu ayuda para aclarar una duda.
    Deseo vender mi auto, el mismo se encuentra a nombre de mi papá, pero yo estaría recibiendo el dinero, la venta sería entre particulares. En este momento me encuentro en régimen de confianza ( RESICO), debería pagar impuestos si recibo una transferencia por una cantidad menor a la que compre mi auto? Mi intención es invertir ese dinero ya que actualmente me encuentro desempleada.

    • Mauricio Priego 12/Sep/2023 en 1:05 pm - Responder

      Hola Diana,
      Gracias por el valor que otorgas al esfuerzo que realizo. El saber que la información que comparto es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂

      Como el auto está a nombre de tu papá, lo ideal es que el auto lo «venda» él, y te transfiera electrónicamente el dinero de la venta a una cuenta bancaria. Como las donaciones entre familiares directos están exentas de impuestos, tú no tendrías que pagar impuesto alguno.

      Ahora bien, en el caso de tu papá, si como dices se va a vender por una cantidad menor que el precio de compra, entonces, como dice explícitamente el artículo, tu papá tampoco tendrá que pagar impuesto alguno.

      Cualquier duda adicional que te quede, podemos seguir conversando.
      Confío en que pronto consigas un nuevo empleo, en el cual seas valorada 😉

  10. Luis 07/Sep/2023 en 7:31 pm - Responder

    Hola! Muchas gracias por la información, es muy esclarecedora y puntual.
    Me queda una duda con el tema del SAT: mi madre es jubilada, su régimen fiscal era de asalariada y ahora ya es pensionada. Va a vender su coche, pero nos preocupa el tema del SAT. Es un 2011, así que no habrá ganancia alguna respecto al precio original, por lo que entiendo que no genera impuestos, pero no sabemos como reportarlo ante el SAT, por si situación de pensionada.

    PD: probablemente le paguen en efectivo, pues no es mucho dinero.

    • Mauricio Priego 12/Sep/2023 en 1:17 pm - Responder

      Hola Luis,
      Gracias por el valor que otorgas a la información que comparto, el saber que te es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂

      Si el pago es en efectivo, y como dices no es mucho dinero, bien pueden olvidarse de la factura. Así el monto fuera de 50 mil pesos podría meterlos en su cuenta bancaria sin problema alguno, ya que toda persona física tiene el derecho de recibir en donativos poco más de 130 mil pesos al año. Por tanto, el SAT no realizaría seguimiento alguno a ese caso (Importante: Esto porque hablamos de un caso único. Si fuera recurrente entonces sí es otra cosa).

      ¡Excelente día!

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