
Cuando alguien dice «Voy a vender mi auto» pocas veces piensa en que la venta representa un ingreso. Y que, en principio, todo ingreso genera impuestos. No obstante, la ley fiscal mexicana contempla que la venta de tu auto puede estar exenta de impuestos, siempre y cuando sigas los lineamientos que hoy te comparto.
¿Qué dice la ley sobre vender mi auto?
Los impuestos que podrían afectarte al vender tu auto son
- Impuesto Sobre la Renta (ISR), e
- Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En las leyes respectivas a los impuestos anteriores (LISR y LIVA) se contempla la venta de bienes muebles, es decir, de aquellos bienes de tu propiedad que puedes trasladar fácilmente de un lugar a otro (como electrodomésticos, dispositivos móviles o vehículos en general).
Por tanto, lo que te voy a compartir en este artículo, no aplica solamente a la venta de automóviles, sino a la venta de cualquier otro bien mueble que poseas.
Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)
No se pagará Impuesto Sobre la Renta por la obtención de ingresos derivados de la venta de bienes muebles, cuando en un año calendario la ganancia total de los bienes vendidos sea menor a 3 veces el UMA elevado al año. Por la utilidad que exceda se pagará el impuesto.
LISR Artículo 93 fracción XIX
¿Qué quiere decir lo anterior?
Que si la ganancia de todo lo que vendiste (diferencia entre el precio al que compraste el bien y el precio al que lo vendiste) es menor a 3 UMAs elevados al año (105,300 pesos en este 2022), entonces no tendrías que pagar ISR; Pero, si te excedes de esa cantidad, entonces sí pagarías impuestos por la diferencia.
Aterrizando lo anterior en el tema de «Vender mi auto», tenemos dos escenarios:
- Si vendes tu auto a un precio menor del que lo compraste, el importe de la venta siempre estará exento de ISR.
- Si vendes tu auto a un precio mayor tienes un margen de 105 mil 300 pesos, el cual se va reducido conforme vendas otros bienes muebles en el mismo año.
Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
No se pagará Impuesto al Valor Agregado en la venta bienes muebles usados, a excepción de los vendidos por empresas (Personas Morales)
LIVA Artículo 9 fracción IV
Así que, mientras el bien que vendas ya lo hayas usado previamente, se encuentra también libre de este impuesto.
¿Cómo evito problemas con el SAT al vender mi auto?

Hasta este punto ya hemos aclarado lo más importante:
Como normalmente vendemos nuestros bienes a un precio inferior al que los compramos, ¡No tenemos que preocuparnos por los impuestos!
Pero eso no nos libra de la obligación de informar al fisco del ingreso, ya que, si no lo hacemos, el SAT podría requerirnos. ¿Y cómo sabría el SAT que tuve ese ingreso?
La ley contempla 3 mecanismos:
- Los depósitos en efectivo son reportados por los bancos a Hacienda cuando en el transcurso del mes suman 15 mil pesos o más.
- Las transferencias electrónicas también son reportadas por los bancos a partir de los 100 mil pesos.
- La ley contra el lavado de dinero (LFPIORPI) establece que la compra de autos nuevos, inmuebles (casas, departamentos, oficinas, terrenos) y joyas entre otros, también deben ser reportadas al fisco.
Es por esto por lo que, para no tener problemas, requieres reportar la venta. ¿Y cómo se hace esto? A través de una Factura Electrónica (CFDI).
Personas físicas que emiten facturas
Si tienes una actividad económica que te obliga a emitir facturas, sólo requieres emitir una con las siguientes características:
- Clave del producto: 80141615 (Vehículo usado)
- Clave da la unidad: XUN (Unidad)
- Descripción: La descripción del vehículo, la cual debe coincidir con la factura original (Marca, modelo, año, número de serie, número de motor)
- IVA trasladado: Tipo de factor EXENTO (Muy importante: Explícitamente debes indicar que la operación está exenta de IVA)
- Con esto, el subtotal y el total quedan por el mismo importe.
Asalariados o personas sin actividad ante el SAT
- Vende tu auto a través de una agencia de autos usados bien establecida; Ellos se encargan de que se emita la factura al comprarte tu auto.
- Si quieres venderlo por tu cuenta
- Si no cuentas con RFC, necesitas darte de alta como “Persona Física sin Actividad Económica”, lo cual no te genera obligaciones como contribuyente.
- Solicita la elaboración de la factura directamente al SAT, a través del Sistema de Solicitud de Aclaración (SAC)
En el SAT te brindan asesoría gratuita. Sólo requieres llamar a MarcaSAT: 55 627 22 728
¿Alguna recomendación final al vender mi auto?
- Recuerda conservar copia de la factura de compra, ya que te servirá para demostrar si tuviste ganancia o no.
- Si pensabas depositar parte del dinero en el banco, mejor deposita todo el monto amparado en la factura y saca lo que necesites. Esto facilita demostrarle a Hacienda el origen del dinero.
- Recuerda realizar el contrato de compraventa y registrarlo en el departamento o dirección de vialidad de tu entidad. Con esto te evitarás muchos dolores de cabeza futuros.
Cualquier duda o inquietud que pudieras llegar a tener compártela en los comentarios. Haré lo posible por responderlas ;)
¡Éxito!
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Referencias
- Tips de Seguridad al Vender tu Coche – PractiFinanzas
- La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta? – PractiFinanzas
- Ley del ISR – Cámara de Diputados
- Ley del IVA – Cámara de Diputados
- Ley contra el lavado de dinero – Cámara de Diputados
Buen dia, muy buen artículo Mauricio, me surgió una duda, que se podría hacer si al momento de vender mi auto, el comprador no me proporciona su RFC y me paga en efectivo?
Hola Iván,
Me alegra que la información te haya sido de utilidad, esa es mi mayor recompensa :)
Existe un RFC establecido por el SAT como genérico, que es XAXX010101000 para connacionales. Entonces, como su nombre sí te lo debe de dar completo (por razones del contrato de compra-venta), pones su nombre, el RFC genérico, su dirección, y en forma de pago, le pones efectivo.
Eso sí, el monto que te entregue debe ser exactamente el mismo que el de la factura, y ese dinero deposítalo íntegro, en una sola exhibición en tu banco. Esto es muy importante para que puedas demostrar ante el SAT el origen del dinero de manera documental: Contrato + Factura + Estado de Cuenta donde se refleja el depósito.
Si te quedó alguna duda adicional, con gusto seguimos conversando ;)
¡Excelente día!
Si soy medico y compre mi vehiculo au amigo con factura endosa ahora que lo quiero vender a una agencia esta me pide que desglose el IVA, ya les comenté que la actividad es exenta de IVA pero ellos insisten en desglosar el impuesto ¿es correcto esto que me piden?
Hola María,
Desglosa el IVA como te solicitan, pero con tasa del 0% ;)
Y si llegasen a exigir que apliques la tasa del 16% (Lo cual no corresponde a la operación, pero a ellos les sirve para efectos fiscales), entonces vende tu vehículo a otra agencia menos mañosa o a un particular.
¡Excelente día!
Buenas noches,
Soy persona física y actualmente mi régimen es el de confianza (RESICO) anteriormente tributaba como Persona física con actividad empresarial, quiero vender mi coche para comprarme otro, sin embargo, la agencia me pide facturarle con desglose de IVA al 16% y Retención de ISR. Si nos vamos al LIVA, dice que la enajenación de bienes muebles es exento de IVA. Sin embargo, me comentan que por ser RESICO si genera IVA la enajenación.
¿Es cierto esto?
Muchas gracias!
Hola José,
Ésta es una confusión común. Como la ley del IVA dice que sí pagan impuesto las empresas, existen personas que consideran que, quien tiene una actividad económica diferente a sueldos y salarios, ya es una empresa y por tanto paga impuestos.
En el contexto de la LIVA, las empresas son las personas morales, por lo que el razonamiento anterior es inexacto. ¿Por qué entonces la agencia te pide la factura con IVA? Hay dos opciones
1) Confusión de su área contable
2) Hacen lo que sea necesario para reducir su propio pago de IVA (Tristemente los hay)
¿Qué podrías hacer? Si la agencia no sede en su exigencia, entonces vende tu auto a un particular o a un lote de autos usados.
¡Excelente día!
Hola Mauricio: Siempre leo con mucha atención tus artículos y ésta es la primera vez que me animo a escribirte algo.
Trataré de dar la mayor información con objeto de que me puedas ayudar, ya que quiero vender un auto pero existen muchos detalles fiscales que desconozco.
1.- Yo soy médico y a través de una Sociedad Civil (SC) que tengo junto con mi socio, compré un automóvil hace ya 6 años.
2.- Aunque vivo en CdMx el auto fue registrado en Morelos.
3.- Hoy quiero dar a mi ex-esposa ese auto (estamos en trámites de divorcio), pero lo tengo que poner a su nombre y Ella también vive en CdMx.
4.- Yo tengo la factura original. Supongo que como persona moral debería «venderme» el auto a mí mismo y después cederlo a mi ex-esposa. Es correcto? Si es así, entiendo que en la factura se tendrían que llenar todos los rubros a los que haces referencia en el artículo Clave del producto: 80141615, Clave da la unidad: XUN,Descripción del vehículo e
IVA).
6.- Qué aspectos debo tomar en cuenta para ceder el auto a otra persona? (en este caso mi ex-esposa)
Es correcto lo que te comparto? o sugerirías hacerlo de otra manera?
Ojalá tenga respuesta tuya. Mil gracias.
Hola Alejandro,
Muchas gracias por leer mis artículos, espero te estén siendo de utilidad. Y con toda confianza, ¡Escribe cuando gustes! Tus opiniones e ideas estoy seguro que enriquecerán a la comunidad.
Sobre tu inquietud… Como el auto lo compró una persona moral, para entregarlo a una persona física forzosamente es a través de una operación de compra-venta, así seas un socio de la empresa. Por tanto, en realidad no tiene sentido triangular contigo, siendo lo más recomendable que se facture directamente a tu ex-esposa. Ahora bien, la factura, si gustas, puede ser de $1.00 (Un peso) si quieres manejarlo como sesión.
No obstante, si por transparencia con tu socio quieres pagar el valor de la unidad, entonces que la empresa te facture a ti (Por el importe del vehículo), para que después tú le factures a tu ex-esposa (Si quieres por un peso).
Nota importante: En cualquier caso, la persona moral sí paga IVA. No olviden tenerlo en cuenta.
Cualquier inquietud adicional que pudieras tener coméntame y seguimos conversando.
¡Excelente día!