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Calculadora para determinar el monto de tu pensión (Ley 73)

Invitado 09/Jun/2014 2.542

Calculadora pensión ley 73

Artículo actualizado en Enero 2022. ¿Eres trabajador dado de alta ante el IMSS y empezaste a trabajar antes de 1997? De ser así cotizas según el régimen 73, y si estás cerca de jubilarte, seguramente tendrás la inquietud de cuánto vas a recibir de pensión, y más que a ese monto tendrás que ajustar tus gastos siendo, junto con la salud, uno de los principales factores que determinarán tu calidad de vida durante el retiro. Dice la leyenda que al retirarte recibirás entre el 60% y el 80% de los que ganas hoy, pero, ¿qué tanto de cierto hay en ello? Angie Berra y Jorge Novelo – entusiastas lectores del blog – nos comparten una calculadora para conocer cuánto recibirás aproximadamente de pensión. Gracias Angie y Jorge por esta nueva colaboración, que estoy seguro será de interés y utilidad para la comunidad.

Guía de uso de la calculadora

1) Accede a través de esta liga a la herramienta para el Cálculo de la Pensión Régimen 1973, la cual se abre en una pestaña nueva de tu navegador para que puedas seguir esta liga de uso. El uso de la calculadora es libre y gratuito.

CLICK PARA ACCESO GRATUITO A LA CALCULADORA

2) Una vez desplegada la calculadora, captura los datos que se te piden:

  • Número de semanas cotizadas. Es el número de semanas que has estado inscrito ante el IMSS, siendo obligación de tu patrón el darte de alta cuando entras a trabajar con él, así como de darte de baja al momento de cambiar de empleo o retirarte. Para saber cuántas semanas cotizadas oficialmente tienes puedes consultarlas en la página del IMSS Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado, y una vez generado el reporte, en la sección 2 Semanas cotizadas entre 1982 y el año actual. Las semanas cotizadas de periodos anteriores se encuentran en archivos físicos (archivo muerto), debiéndose solicitar el reporte sobre dichos periodos en la Subdelegación del IMSS que te quede más cerca.
  • Salario diario promedio. Es el Salario Base de Cotización (en pesos mexicanos) que has tenido en promedio durante las últimas 250 semanas cotizadas. Para saber cuál es el salario base oficial de ese período, consúltalas en el reporte descargado en el punto anterior (Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado). NOTA: El valor no se despliega directamente, debiéndose calcular en base a los salarios reflejados en el punto 3 Antecedentes de cotización con los cinco patrones más recientes.
  • Esposa. Responde afirmativamente si tu esposa vive contigo, ya que en ese caso se incluye en tu pensión una ayuda anual para tu esposa. En el caso que tu cónyuge sea varón, para recibir el apoyo se requiere demostrar que depende económicamente de ti (es decir, que no tiene ingresos).
  • Hijos menores o estudiando. Si al momento de jubilarte tienes hijos menores de edad, o menores de 25 años pero que se mantengan estudiando, captura en este campo el número de hijos que viven contigo bajo esas condiciones. Recibes un monto adicional para ayudarte a su manutención.
  • Padres. Si al momento de jubilarte tus padres o alguno de ellos vive contigo siendo tú soltero, divorciado o viudo, no teniendo tampoco hijos menores de edad o estudiantes, introduce en este campo si es uno o los dos los que viven contigo (en número), por lo cual recibirás una cantidad adicional para apoyarte con su manutención.
  • Edad Jubilación. Es la edad que tendrás al momento de Jubilarte. Considera que para recibir el 100% de tu pensión debes tener 65 años cumplidos o más al momento de comenzar tu trámite, ya que de lo contrario se te dará solamente un porcentaje (75% a los 60 años, incrementándose año con año). NOTA: El rango de captura es de los 60 a los 65 años. Para edades posteriores captura siempre el número 65.
  • UMA. Valor de la Unidad de Medida y Actualización, la cual vino a sustituir al Salario Mínimo como referencia para el cálculo de la pensión. En automático se desplegará el valor de la UMA en el año en curso. Sin embargo, puedes modificarlo si deseas hacer cálculos con algún valor diferente.

4) Capturados los datos anteriores, haz clic en el botón CALCULAR. La calculadora te desplegará:

    • El importe mensual de tu pensión,
  • El monto total anual que recibirás,
  • Y el detalle de cómo se integra tu pensión.

Consideraciones adicionales

  • Las semanas cotizadas son contabilizadas como los periodos comprendidos entre las fechas de alta y baja del asegurado ante el IMSS con uno o varios patrones. Un año completo de aseguramiento equivale a 52 semanas cotizadas.
  • El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, exceptuando los conceptos a que hace referencia el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
  • La información y los cálculos proporcionados por la calculadora son exclusivamente de carácter informativo y no son válidos para trámites de pensión ni reclamaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o ante las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).

¡Éxito!

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias

2.542 Comentarios »

  1. Blanca Eshtela Mtz 26/Feb/2020 en 3:43 pm - Responder

    Buenas tardes, antes que nada gracias por compartir sus conocimientos.
    Por favor quiero ver si me puede explicar como sacar el Salario Promedio de las últimas 250 semanas. Ejemplo:
    Año 2015 Salario base $ 545.00
    del Año 2016 a terminar marzo de 2020 Salario base $1826.00
    Por su atención, muchas gracias.

    • Mauricio Priego 27/Feb/2020 en 8:50 am - Responder

      Hola Blanca,
      Una forma sencilla y muy aproximada es:

      545 * (12 meses de 2015 + 3 meses de 2016 – 2 meses porque no puede ser mayor a 60 meses) = 545 * 13 = $7,085
      1826 * (9 meses de 2016 + 12 de 2017 + 12 de 2018 + 12 de 2019 + 2 de 2020) = 1826 * 47 = $85,822
      $7,085 + $85,822 = $92,907 Dividido entre 60 meses (12 meses x 5 años) = $1,548.45

      De esta manera tu salario promedio es de $1,548.45) 😉
      Excelente día!

  2. JAIME CORTES 19/Feb/2020 en 12:42 pm - Responder

    Buenas tardes, Lic. Mauricio.
    Antes que nada lo felicito y le doy las gracias por compartir su sabiduría con todos nosotros.
    En un programa de TV el Dr. en Derecho José Antonio Valdés señaló que a los empleados de la Generación de Transición (yo me incluyo), el IMSS les está calculando una pensión máxima de 10 veces el salario mínimo diario, aún y cuando el Director del IMSS diga lo contrario, para que al promover un juicio de amparo automáticamente se aplique la tesis de jurisprudencia que indica que todo el que se pensione bajo la ley de 1973 se le calcule la pensión con un máximo de 10 salarios mínimos. ¿Esto es cierto? ¿Qué nos puede comentar o sugerir?

  3. JORGE ORTIZ LÓPEZ 18/Feb/2020 en 2:20 pm - Responder

    hola soy Jorge tengo 65 años nadamas unas dudas que tengo ya estoy pencionado haporte durante 22 meses a la modalidad 40 con en salario topado que fueron 25 salarios pero coando me pencione el imss me esta dando $10250 por mes y le comente aun abogado y me comento que podíamos pedir una haclaracion de porque ese monto en la modalidad 40 mi di de alta el 1 de abril del 2017 y me di de baja en febrero del 2019 mi salario eran de 134 pesos diarios y tengo 1380 semanas cotizadas ante el imss puedo reclamar o esta bien lo que me dieron

    • Mauricio Priego 19/Feb/2020 en 9:29 am - Responder

      Hola Jorge,
      Usando la calculadora me arroja un monto de pensión que ronda los 20 mil pesos, es decir, el doble de lo que estás recibiendo. Hay que aclarar que el resultado es en base, exclusivamente, de la información que compartes. Para un cálculo más preciso se requeriría el reporte de semanas cotizadas del IMSS.
      Por tanto, coincido con tu abogado: Acércate a la subdelegación del IMSS que te corresponde, y pide un que te desglocen el cálculo de tu pensión.
      Excelente día!

  4. Samanta 11/Feb/2020 en 2:21 pm - Responder

    Buenas tardes, de casualidad no cuentan con una calculadora que cuantifique la pensión por invalidez bajo el régimen 73, gracias

    • Mauricio Priego 13/Feb/2020 en 12:52 pm - Responder

      Hola Samanta,
      En términos generales, para calcular el monto de pensión por invalidez, lo único que tienes que hacer es alimentar la calculadora con el salario promedio y el número de semanas cotizadas actuales, considerando 65 años de edad. Al monto que te de, únicamente multiplícalo por 0.70 (La pensión por invalidez representa el 70% del monto de pensión que correspondería al trabajador de tener 65 años).
      Cualquier duda, continuamos conversando 😉
      Excelente día!

  5. RUBEN DEL PRADO 07/Feb/2020 en 7:30 am - Responder

    Hola Mauricio, la tabla para calcular la pensión me da un reporte de pensión anual x cesantía en edad avanzada, mi pregunta es si ¿este total ya tiene incluido el aguinaldo…o es aparte?

    • Mauricio Priego 07/Feb/2020 en 11:08 am - Responder

      Hola Ruben!
      No, la calculadora lo que presenta es el monto de la pensión mensual. El aguinaldo (cuando aplica) es aparte 😉
      Buen fin de semana!

  6. JOSE LUIS ESTRADA 06/Feb/2020 en 5:57 pm - Responder

    Buenas tardes, disculpa una pregunta para efectos de cálculo de pensión se calcula sobre el SALARIO DIARIO o SALARIO DIARIO INTEGRADO.

    Agradezco de antemano tu amable respuesta.

    Saludos

    • Mauricio Priego 07/Feb/2020 en 11:11 am - Responder

      Hola José,
      Es sobre el salario promedio de cotización (normalmente conocido como integrado) de los últimos 5 años cotizados. Para evitar confusiones, lo mejor es que te bases en el reporte de semanas cotizadas del IMSS. El reporte es gratuito y lo puedes descargar siguiendo esta liga.
      Buen fin de semana!

  7. Armando Martínez Camarena 02/Feb/2020 en 1:06 pm - Responder

    Tengo una duda:
    Sí tengo un hijo, estudiando.
    ¿Tengo derecho a recibir la Ayuda anual por soledad?

    • Mauricio Priego 04/Feb/2020 en 11:49 am - Responder

      Hola Armando,
      Todo depende… Si tu hijo estudiando es tu derechohabiente (Es decir, tiene 24 años o menos, y estudia licenciatura o algún nivel inferior), te corresponde un apoyo para tu hijo, pero no el de soledad. Ahora bien, si es mayor de esa edad o está estudiando un posgrado, sí te corresponde el apoyo por soledad, mas no el educativo. Como puedes ver, son excluyentes.
      Excelente día!

  8. Claudia Uvalle 30/Ene/2020 en 12:33 pm - Responder

    Hola qué tal yo empecé a cotizar en abril de 1997 tengo mi hoja rosa y en las semanas de cotización aparece este primer empleo pero solo me registraron 2 días de cotizaciones en este trabajo y después ya me contraté hasta en 2000 en otra empresa , hoy en día tengo 500 semanas de cotizaciones pero me podré pensionar o jubilar cuando llegue a la a edad requerida y cumñlue do con todos los requisitos bajo la ley del 73 ?

    • Mauricio Priego 04/Feb/2020 en 2:20 pm - Responder

      Hola Claudia,
      Si comenzaste a cotizar en abril del 97, entonces perteneces a la Ley 73, así hayas cotizado tan solo un par de días. Por tanto, como mencionas, cumpliendo los requisitos establecidos por la ley podrás pensionarte, en su momento, bajo la Ley 73.
      Excelente día!

  9. Javier Cazares 22/Ene/2020 en 9:26 pm - Responder

    Hola Mauricio, hace tiempo que leo los comentarios y sus respuestas pero aun tengo algunas dudas que ojala pudieras aclararme, en Junio próximo cumpliré 55 años y pediré mi baja en mi trabajo para cotizar en la modalidad 40, como tendré la oportunidad de seguir trabajando, los ahorros de algunos años y la ayuda de familiares estaría en posibilidad de cotizar al menos con 20 salarios mínimos.

    Las dudas son las siguientes:

    Que porcentaje me regresaría mi afore al pensionarme y este seria del total de aportaciones o solo de las cotizaciones de la modalidad 40?

    Si llegara a fallecer (debo considerar este posibilidad) ya estando algún tiempo en esta modalidad mi esposa podría recibir la pensión correspondiente?

    De momento son las que recuerdo y de antemano agradezco las respuestas, y ya solo comentar que empece a leerlo hace unos 3 años y en aquel entonces no le di mucha importancia pero ahora que ya estoy por iniciar los tramites me ha servido de mucho todo lo leído y sin duda sera un privilegio estar en la posibilidad de poder recibir una pensión decorosa.

    Afectuosos saludos.

    • Mauricio Priego 24/Ene/2020 en 6:20 pm - Responder

      Hola Javier,
      Gracias por seguirnos y leernos… y por recomendarnos (espero) 🙂
      Como son varias preguntas, iré enumerando las respuestas:

      1) Tu pensión se calcula sobre el salario promedio de tus últimos 5 años cotizados. Es decir, que si como dices te das de alta en la modalidad 40 con 20 salarios mínimos,y cotizas así durante 5 años, a los 60 tu salario promedio sería, precisamente, de 20 salarios mínimos y sobre ellos se calcularía tu pensión.

      2) Es correcto. La pensión por viudez también se calcula sobre el salario promedio. Sólo ten en cuenta que, si el deceso ocurriese a los 57 años (confiemos que no sea así), el promedio se sacaría con los salarios que hayas tenido en tus últimos 3 años laborales ante el IMSS, y dos años con los 20 salarios mínimos.

      Espero que estos granitos de arena te sean de utilidad,
      Éxito en tus proyectos!

  10. Emeterio de la cruz Rdz 21/Ene/2020 en 1:57 pm - Responder

    Estimado Mauricio murió mi cuñado y su esposa ya tiene las semanas del reporte y sus salarios de los últimos 5 años ( 250 sem), para el calcuo en la tabla se pone que edad? 60 u otra ( murió estando pagando la modalidad 40 teniendo 58 años, el pasado 8 de dic) tien 2 hijas menores de edad, además a donde se dirige a hacer los tramiotes a la clinca que le corresponde o la subdelagacion o a la afore correspondiente, podrias enumerar los pasos a seguir, Gracias de antemano por tu atención a la presente, saludos

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