Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023
Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no.
Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.
La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:
- Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
- Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.
Entonces, ¿qué puede hacerse?
1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.
2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) – la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:
- Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
- Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
- Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
- Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).
3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)
Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.
Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?
- Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
- Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
- Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.
Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.
¡Éxito!
¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.
Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores. Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros de que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook.
Artículos relacionados
- ¿Qué es la Unidad de Medida y Actualización (UMA)?
- La Reforma Fiscal, ¿Cómo me afecta?
- La Refriega Fiscal, análisis de un contribuyente cautivo
- La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?
- ¿Qué debo hacer para deducir mis gastos como empleado y recuperar impuestos?
- Combatiendo a la inflación: el enemigo silencioso de tus finanzas personales
Hola Mauricio!
Gracias de antemano por la ayuda en despejar nuestros temores.
Mis padres traen un problema con el SAT—
mi madre estuvo ayudando a un hermano de ella delicado de salud, ella lo cuidaba, el hermano solicito que mi madre se hiciera cargo de los pagos de su casa, comida, medicos etc y para esto su hermano retiro $100,000 pesos de su cuenta nomina-pension, mi madre los deposito en una cuenta de mi padre (esposo) …su hermano repentinamente fallecio…y ese dinero ahi quedo…despues se uso para pagos de las deudas de hospital.
Esto fue en 2013.
Llego en diciembre 2014 una carta de invitacion del SAT solicitandole a mi padre, el pago en parcialidades por $8300 pesos por el adeudo de ISR de ese deposito hecho en 2013.
Mi padre es pensionado, esta dado de Baja en el SAT desde hace 20 anos.
Se puede hacer algo para reducir ese importe?, leyendo lo de los donativos de familiares, cae en ese caso lo de mis padres?
Hola Enriqueta, buenos días. Es un placer poder aportar mi granito de arena 😉
Comprendo la situación y sí que es un problema el que no haya aún hoy información para que las personas no caigan en situaciones como las de tus papás. Es por ello que nace Practifinanzas: Para promover y divulgar la cultura financiera, donde el proteger tu dinero (en este caso del Fisco, una de nuestras principales fuentes de egresos) es primordial.
Pero dejemos los comerciales y entremos en materia 😉
¿Cómo depositó tu madre el dinero? ¿Con un cheque del banco de tu hermano o en efectivo? Si fue por cheque y se tiene la evidencia de pago de la deuda del hospital así como de la enfermedad y defunción de tu tío, podría demostrarse documentalmente lo que en tu exposición comentas y así demostrar a Hacienda que no fue un ingreso no reportado (motivo por el cual están cobrando los $8300 a tu padre). Si fue en efectivo la cosa se complica, pero habiendo hecho la operación en el 2013 debieron retenerle en el banco el IDE, lo cual se debe reducir del impuesto por pagar (aunque siempre vale la pena tratar de demostrar que no fue un ingreso).
No obstante todo lo anterior, les recomiendo que acudan a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para que reciban una asesoría gratuita más completa y cercana de lo que a través de estas líneas puedo hacer. El teléfono de la PRODECON es 01800 611 0190.
Mis mejores deseos para que se resuelva el problema de la mejor manera…
Buenas noches Sr. Mauricio
Me podrias ayudar orientandome en lo siguiente:
Tengo un credito del Infonavit, y muy posiblemente mi padre me ayude a terminar de pagarlo con un dinero que me debe. Tendre que pagar impuesto por este dinero que me devolvera? Tendria que depositarmelo en mi cuenta y Yo de ahi pagar a Infonavit o me recomiendas que El haga el deposito directamente al Infonavit.?? De antemano gracias.
Buenos días Felipe.
Como dice explícitamente el artículo, las donaciones entre padres e hijos son totalmente libres de impuestos 😉
Por tanto, sin importar si tu padre lo paga directamente al Infonavit o si te lo da a ti para que tú pagues, lo que debes cuidar es lo siguiente:
1 – Que el movimiento lo realice tu papá vía transferencia bancaria o con un cheque personal, resguardando la evidencia de la operación (tanto los comprobantes como los estados de cuenta tuyos y de tu padre) por si el día de mañana Hacienda quisiera verificarla
2 – Si sin más de $600 mil debes incluirlos en tu declaración anual, indicando explícitamente que se trata de una donación de tu padre.
Si haces lo anterior no debes tener problema alguno 🙂
¡Éxito!
Muchas gracias Sr. Mauricio. tanto por la respuesta como por tomarse el tiempo tan breve para contestar. Mil gracias.
No hay de qué León, ha sido un placer 😉
Que tengas un excelente día…
Hola Mauricio, muchas felicidades por tu página es realmente de mucha ayuda, ojalá también me pudieras resolver esta duda que tengo: mi pareja labora en EU y comenzara a enviarme un promedio de $40,000 mensuales, quisiera saber si yo hago los depósito en mi banco tendré algún problema, el y yo no estamos casados, muchas gracias, mis mejores deseos para este 2015
Hola Danna, buenos días. Me alegra que la página te esté siendo de utilidad. Gracias 🙂
Me temo que sí tendrías problemas. La ley fiscal es explícita en cuanto las donaciones son totalmente exentas entre familiares directos (cónyuge en tu caso) o cuando al año son menores de $70 mil (que rebasarías en tan sólo dos meses). ¿Qué puedes hacer? Comunícate a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, 01800 611 0190) para que te asesoren. Ellos cuentas con expertos fiscalistas que podrían tener alguna solución en casos de concubinato…
¡Éxito! 😀
Hola Mauricio,
Me parece muy interesante toda la información que das a todos los que tenemos dudas con esto de Hacienda.
Dos preguntas. Espero que me las puedas responder.
1: Mi hermana vendio su casa para pagar un préstamo que le habían hecho a mi mama en una cooperativa. Y me transfirió a mi cuenta la cantidad de 100 mil pesos para liquidarla, la cual yo transferí a la cuenta de la cooperativa. Pero me dicen que necesito comprobar de donde vino ese dinero, que creo que podré comprobar con el estado de cuenta y una copia del contrato de compra venta de la casa. Tendre que pagar impuestos por ese dinero?
2: Me imagino que por lo que comento arriba, Hacienda me va a investigar. Y yo trabajo en el extranjero, y me depositan a mi cuenta que tengo en Mexico, promedio de 30 mil mensuales. Tengo que pagar impuestos por mis ingresos del extranjero? Tenia entendido que antes no se pagaban impuestos por remesas del extranjero, pero ahora no se como quedo el asunto.
Muchas gracias por tu tiempo!
Hola David, gracias por el valor que das a nuestro esfuerzo 🙂
1: Del tema de la venta de la casa, sí es posible que Hacienda te requiera para explicar el origen del dinero. Hacienda no se pone a hacer conjeturas y se basa fríamente en la ley. Lo que reportó el banco es que recibiste una transferencia de $100 mil que no está relacionada con una declaración de ingresos, y al no provenir de tus ascendiente o descendientes en línea directa, es considerada una posible actividad sospechosa. Ahora bien, que ese dinero se trianguló dentro de una misma familia para que una hija le done dinero a su mamá (ingreso libre de impuestos) es lo que se tendría que demostrar con los documentos correspondientes (estados de cuenta, comprobantes de la transferencia, etc), y demostrándolo, no requerirás pagar impuesto por ese dinero.
2: Este punto ya no es tan sencillo. En principio las remesas no están exentas de impuestos. La transferencia entre familiares directos es (cónyuges y ascendientes y descendientes en línea directa), es lo que se encuentra libre de impuestos indistintamente si es una transferencia internacional o nacional. Aquí el problema es que tu empleador (entiendo alguien en el extranjero) te paga por tus servicios (que realizas físicamente en el extranjero) en una cuenta en nuestro país. Si tu empleador te retiene impuestos y vives en un país que tenga acuerdos de doble tributación con el nuestro (caso de EEUU), entonces podrías no tener que pagar impuestos en el nuestro, aunque tienes la obligación de reportarlo en tu declaración anual. Pero en el tema hay muchos supuestos y no es posible dar un criterio universal ya que dependen de situaciones como si tu cuenta bancaria tiene domicilio en México, tu estatus ante la SRE o el tipo de contrato que manejes con tu empleador. Por tanto lo ideal sería que te acerques con un contador con experiencia en ingresos internacionales para que te asesore.
¡Éxito!
Muchas gracias por la orientación!
Buenas tardes Mauricio, un muy feliz año 2015 y muchas gracias por ser como eres, tan amable y con el ánimo de ayudar a la gente desinteresadamente.
Bueno aquí está mi cuestionamiento: yo tengo una cuenta de cheques en Estados Unidos, la he tenido por varios años, pero ahora me resulta muy difícil mantenerla por los costos del banco, saldo promedio, etc. Si yo hago un cheque de la cuenta de USA y lo deposito aquí (BANORTE es dueño del banco de USA) en mi cuenta de BANORTE, tendría que pagar impuestos por esa operación?, son aprox. US2,000…gracias por tu orientación. Conny
Buenos días Conny. Gracias por tus palabras, las cuales me impulsan a seguir adelante 🙂
Si el movimiento lo haces a través de cheque como mencionas no debieras tener mayor problema, ya que de ser el caso tienes la documentación (contratos, estados de cuenta) para demostrar que estás transfiriendo el dinero entre dos cuentas personales y, por tanto, no se trata de un ingreso.
Mis mejores deseos de prosperidad, armonía y salud para ti y tu familia a lo largo de este 2015.
¡Éxito!
Muchísimas gracias por tu amble respuesta Mauricio! ya con esto me orientaste de maravilla. Aprecio infinito tu desinteresado interés por ayudarnos…un fuerte abrazo!
Hola Mauricio, tengo una duda que me tiene estresado en estos ultimos dias, te cuento que el dia 31 de diciembre me hicieron una transferencia a mi cuenta de banamex por $13500 dolares y al dia de hoy no he recibido nada, no tengo ningun antecedente penal y la persona que me hizo la transferencia tampoco, que puede estar pasando?
puede hacienda quitarme o retener ese dinero?
la transferencia se hizo desde china. Agradesco tu ayuda.
Muy buenos días, Mauricio;
vi este articulo y me resulto interesante, es solo que no me queda muy clara la situación en la que yo me encuentro, veras, mi hermano y yo nos encontramos fuera de casa «lejos de mama» y le depositamos efectivo a una cuenta «Bancopel» normalmente lo hacemos por quincena. sin embargo no se si esto pueda afectarle a mama, ella tiene en esa cuenta alrededor de 10,000 lo cual puede ir en aumento eso sin contar los depósitos en efectivo que nosotros realizamos. que podríamos hacer en nuestro caso? para no fomentar a que el parasito de hacienda entre.
Mauricio, aunada a una pregunta que te hice en otro artículo (Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo) te formulo otra:
Si mi hermano me va a prestar dinero ($200,000) para completar el pago de una casa, dinero que yo le voy a pagar en dos o tres meses, ¿es necesario hacer algún tipo de declaración? El préstamo me lo haría a través de un cheque, un cheque de caja o una transferencia electrónica (¿o qué convendría?)
Gracias otra vez.
a mi hermana le están cobrando 52 mil pesos hacienda por dos años en los que recibió más de 100 000 pesos en cada uno en transferencias de su pareja, no están casados pero tienen 2 hijas, según lo que leí en tú artículo es suficiente con que acredite que tiene 2 hijas y por eso le dona dinero a mi hermana para sacarse de encima a hacienda, pero, mi cuñado le está proponiendo algo extraño a mi hermana y es que pasen a sus hijas como hijas de unos hermanos de él que ya murieron para así no pagarle a hacienda ¿cual recomienda que es la mejor opción para no dejarse robar por hacienda?
Hola Brenda, lo que propone tu cuñado concuerdo que está tan enredado que podrían salir mal parados.
Si en el acta de nacimiento de los niños aparece como padre tu cuñado, entonces sólo es necesario que se abran cuentas bancarias a su nombre (si son menores, tendrían que ser cuentas para niños) y tu cuñado depositarle a sus hijos el dinero vía transferencia bancaria. La tarjeta de débito para retiros la puede tener tu hermana para agilizar el acceso al dinero.
Ahora que si viven juntos, lo recomendable sería que acudan a la PRODECON (Procuraduría para la Defensa del Contribuyente – 01800 611 0190) para que les asesoren sobre cómo podrían manejar de forma más eficiente los recursos del hogar sin tanta complicación.
Mis mejores deseos de prosperidad y éxito para ti y tu familia en este 2015
no viven juntos y no me parece justo que tenga que pagar impuestos de nuevo mi cuñado ya que él es jitomatero, él compra y vende huertas de jitomates en nayarit, michoacan y zacatecas ósea que él paga ya impuestos por todo él dinero que entra a sus cuentas, y con ese
dinero por él cual ya pago sus impuestos
correspondientes; le deposita a mi hermana la cuál no trabaja y se mantiene con él dinero que mi cuñado le deposita, así que no me parece justo que mi cuñado tenga que volver a pagar
impuestos por un dinero del cuál ya los pago
cuando debería hacerlo, ya que mi hermana no puede pagar la cantidad de 52 mil pesos, ya que no cuenta con trabajo porque es ama de casa, y obviamente mi cuñado tendría que pagar por ella, no se sí haya alguna ley para este tipo de situaciones, porque sí no, debería haberlas
espero su respuesta gracias
Hola nuevamente Brenda.
Comprendo tu posición y concuerdo en que no es justo. Hay un detalle: Las personas físicas podemos recibir como donación cerca de $75 mil al año libre de impuestos. Si el dinero que recibe tu hermana es menor a esa cantidad, acérquense a un contador para que le ayude a hacer su declaración… Y si es más, acérquense como ya recomendé antes a la PRODECON, quienes tienes los expertos fiscalistas para apoyar a los contribuyentes a evitar abusos del fisco.
Mis mejores deseos para que el tema se soluciones de la mejor manera para tu hermana y tu cuñado.
Hola Mauricio, gracias por la orientacion tan efectiva que nos proporcionas… En verdad nos esclareces muchas de nuestras dudas respecto a este tema. Que tengas una muy Feliz navidad en compaía de tus seres queridos y un próximo año 2015 lleno de metas cumplidas y muuuucha salud..