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¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

Mauricio Priego 20/Ene/2014 1.294

Impuestos en donaciones entre familiares

Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023

Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no. 




Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.

La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:

  • Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
  • Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.

Entonces, ¿qué puede hacerse?

1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.

2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) –  la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:

  • Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
  • Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
  • Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
  • Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).

3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)

Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.

Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?

  • Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
  • Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
  • Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.

Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.

¡Éxito!

¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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1.294 Comentarios »

  1. Leon Felipe 30/Ago/2014 en 9:55 pm - Responder

    Hola, y siempre quedo asi esta reforma fiscal 2014, de esta manera como indicas o tubo alguna variacion por minima que sea? Y antes de finalizar Mil gracias por la orientacion.

  2. Javier 27/Ago/2014 en 11:32 pm - Responder

    Hola Mauricio tengo una duda soy asalariado en una empresa de gobierno por lo tanto hasta el momento sigo recibiendo mi sueldo en efectivo y la empresa se encarga de hacer los pagos correspondientes a Hacienda, a mi me ofrecen un crédito personal por 300,000 de los cuales lo quiero dividir en tres partes, donde una se la quiero dar a mis padres, otra para mi y el restante para mi hermana y mi cuñado cada quien vamos a pagar la parte proporcional del dinero donde en total los pagos serian aproximadamente de 16 mil a 24 meses, tendre algún problema con Hacienda por ayudar a mi familia, cabe señalar que mi sueldo mensual es un poco menos que la cantidad total del pago, como puedo hacer para no tener problemas… Saludos

    • Mauricio Priego 28/Ago/2014 en 5:45 am - Responder

      Hola Javier, buenos días.
      Si te pagas vía domiciliación o si te crean una cuenta particular para realizar los pagos, potencialmente podrías ser requerido por Hacienda. Esto porque la discrepancia fiscal se basa en los depósitos realizados a tus cuentas de ahorro e inversión y en el pago de tus tarjetas de crédito, todo esto dentro del sistema financiero. Pero si el préstamo lo vas a pagar directamente con quien te lo está prestando o en una cuenta suya (donde depositan muchas otras personas), entonces no tendrías problemática alguna.
      ¡Éxito!

      • Javier 28/Ago/2014 en 8:43 am - Responder

        Hola Mauricio disculpa la molestia pero todavía no me queda muy claro, el préstamo me lo ofrece una institución bancaria, yo manejo una cuenta con ellos pero tiene pocos movimientos ya que como te comentaba mi nómina la recibo en efectivo, mi salario es de 14000 pero la empresa me hace las deducciones directas de mi salario, y cada 6 meses recibo bonos de los cuales me hacen las deducciones correspondientes, en este caso si acepto el crédito los pagos serían mayores a lo que compruebo al mes, tengo algún problema en dividir el crédito entre mis familiares y que pague cada quien la parte correspondiente en efectivo directo al número de cuenta del crédito o podríamos ser requeridos por hacienda? Y aparte les tendría que dar el dinero del préstamo en efectivo y lo puedo transferir a sus cuentas, en este caso te comentaba que el préstamo es de 300,000 y la transferencia a las cuentas sería de 100,000 cada uno, gracias y disculpa tantas preguntas… Saludos

        • Mauricio Priego 29/Ago/2014 en 6:06 am - Responder

          No te preocupes Javier, quien pregunta quiere saber 😉

          Lo que no hay que perder de vista es que Hacienda considera ingresos todo depósito realizado a cuentas del sistema financiero así como el pago a las tarjetas de crédito. Ése es el riesgo. Que si depositas/pagas a través de una cuenta a tu nombre, Hacienda potencialmente puede considerar esos depósitos un ingreso y requerirte para pagar los impuestos correspondientes o demostrar que no se trata de un ingreso.

          ¿Qué podrías hacer? Guardar comprobantes de todo: Del contrato del préstamo, del depósito que te hizo el banco, del dinero dado a tus familiares (a través de transferencia electrónica para tener evidencia documental), del dinero que te devuelven tus familiares (siempre por transferencia electrónica) y del pago que realizas al banco. Esto no evitaría que seas requerido, pero sí te permitiría demostrar en su momento que no se trata de un ingreso sino de un crédito realizado para apoyo de la familia.

          Un detalle: subrayo «potencialmente requerido» porque es probable que como no son operaciones que hagas comúnmente, Hacienda no te requiera. ¿Qué tan probable es? Eso ya no es tan sencillo responderlo, pero considerando el número de conocidos que han realizado actividades semejantes y a cuantos han requerido, consideraría que la probabilidad es baja. Por tanto, si es necesario ese crédito para ustedes, adelante… sólo resguarda por si las dudas los comprobantes (recibos, contratos, estados de cuenta) donde se reflejen los movimientos.

          Seguimos en contacto 😉

  3. Sergio Lopez 25/Ago/2014 en 12:29 pm - Responder

    Hola Mauricio; Hace poco me pagaron $600,000 pesos por la venta de un terreno…esto lo hicimos con notario pero bajo un esquema de «contrato privado de compra venta» con el cual y para fines practicos no pagamos impuestos a Hacienda…este dinero lo recibi en efectivo y a su vez lo voy a utilizar para regresar un prestamo de $220,000 pesos a mi mama…cual crees seria la manera mas idonea para pagar de regreso este prestamo y evitar la intromision/molestia de hacienda para mi o mi mama ? Pensaba darle $50,000 pesos en efectivo y que los depositara en su cuenta de cheques y posteriormente pagarle/depositarle $10,000 pesos mensuales pero no estoy seguro si esto llamaria la atencion de Hacienda y luego me vayan a requerir y se den cuenta de la venta del terreno del cual no pague impuestos…

    • Mauricio Priego 26/Ago/2014 en 5:56 am - Responder

      Hola Sergio, buenos días.
      Por el monto de la operación imagino que te pagaron el terreno a través de transferencia bancaria o cheque nominativo, con lo cual tienes los recursos disponibles en tu banco. Si esto es cierto, lo único que requieres hacer es transferir el dinero a tu mamá… Recuerda que como dice el artículo, las donaciones de los hijos a los padres se considera un ingreso totalmente libre de impuestos, el cual requiere reportarse únicamente si sobrepasa los $600 mil anuales, que hasta donde alcanzo a ver no es el caso 😉
      ¡Éxito!

      • Sergio Lopez 29/Ago/2014 en 10:12 am - Responder

        Mauricio; Muchas gracias por tu pronta respuesta sin embargo el pago fue en efectivo y quiero evaluar la mejor manera para devolverselo a mi mama sin que Hacienda me atosige (ni a mi mama) ya que por dicha venta no pague impuestos…pienso darle a mi mama de entrada $55,000 pero si los deposita en su cuenta de cheques ¿no crees que Hacienda pueda mandarla a llamar para ver de donde provino ese dinero? ¿o…el deposito de $50,000 no es tan «significativo» por lo que no le llamaria la atencion a Hacienda ?

        • Mauricio Priego 01/Sep/2014 en 9:11 am - Responder

          Hola nuevamente Sergio.
          A menos que le des el dinero en efectivo y lo guarde en su casa, desde el momento que lo deposites se enterará Hacienda: Las instituciones financieras están obligadas de reportar al fisco las cuentas que hayan recibido durante el mes más de $15000.
          Ahora bien, no es un hecho que la llamarían ya que se reciben miles de depósitos por encima de esa cantidad que se reciben todos los días… Pero como la posibilidad existe, guarda el recibo del depósito y, en caso de que la requiriesen, informan al fisco de lo que realmente es: el pago de una deuda entre madre e hijo, teniendo la posibilidad de solicitar el apoyo de la PRODECON (01800 611 0190).
          ¡Éxito!

  4. Bris 22/Ago/2014 en 2:28 pm - Responder

    Hola, Mauricio.
    Buenas tardes, yo tengo una duda, lo que pasa es que en este año he depositado dolares en mi cuenta en el mes de julio y agosto,cabe mencionarte que son donados de mi padre para mi subsistencia y los deposito en una cuenta de estudiante, aunque ya no estudio, en el primer mes no rebase los 15,000 pesos pero en el segundo si, porque me llego un pago de una beca el cual me llego en mi cuenta como «Abono en Nomina» y en este mes tengo 17,000 o sea rebase el tope de los 15,000, mi pregunta es si el año que entra me llegara un requerimiento de Hacienda por haberme pasado del tope y tendre que pagar impuestos, o como tendre que hacerle para enterarle que son una donacion de mi padre si yo misma los voy a depositar a mi cuenta, o si no tendre problemas porque el deposito por el que exede es un pago de una beca?
    Agradeceria tu respuesta y alguna ayuda porque no sabre que hacer en el futuro y es mejor estar informada, espero tu respuesta, Gracias.

  5. Genaro Torres 08/Ago/2014 en 7:14 pm - Responder

    Hola Mauricio
    Actualmente soy concesionario de un derecho de taxi. Mi pretensión es traspasar este derecho de concesión a otra persona la cual me ofrece un millón de pesos. ¿que seria lo mas conveniente que yo tenga que hacer al momento que me depositen ese dinero para que el SAT no me lo requiera?
    Te pongo como antecedente que originalmente yo adquirí esa concesión hace aproximadamente 4 años (en un millón de pesos) y el origen del dinero con el cual adquirí dicha concesión de taxi fue producto de ahorros míos de varios años que hice. Te comento que esos ahorros fueron producto del salario que yo percibía de mi trabajo como funcionarios publico. Obviamente me descontaron el ISR correspondiente en su momento.
    La cuestión es que ahora lo quiero vender porque no me fue rentable y se me hace injusto que tenga que volver a pagar el ISR cuando en realidad estoy queriendo recuperar la inversión que hice originalmente.
    Te agradecería muchísimo que me pudieras responder.

  6. Yesenia Amador 06/Ago/2014 en 5:35 pm - Responder

    Hola Mauricio,

    Tengo una duda, si yo hago depositos cada mes como de 25 mil pesos en diversos depositos en una cuenta de ahorros, crees que hacienda en determinado tiempo me vaya a requerir que demuestre de donde vienen esos depositos, ya que ese total lo deposito en ocasiones depositos de $500, $700, $1000 pero en total se hace esa cantidad o mas pero son depositos continuos, estos depositos provienen de un pequeño negocio que tengo desde casa.

    Me recomiendas major que me register en Hacienda.

  7. Jorge Gutierrez 04/Ago/2014 en 7:11 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio, estoy por recibir un préstamo (donación) por más de $500,000 por parte de un conocido, el cual sera en transferencia o cheque, es y sera por única ocasión en la vida, ¿deberé pagar impuestos? ¿aunque el monto no rebase los $600,000 permitidos por año que comentaste en el artículo? ¿cuál sería tu sugerencia para manejar apropiadamente este movimiento?

    Agradeceré mucho tu pronta respuesta, ya que la fecha del movimiento esta muy próxima y me gustaría contar con el consejo de alguien que se nota sabe del tema, como tú.

  8. AleX 04/Ago/2014 en 6:48 pm - Responder

    Hola Mauricio

    Mi situación es la siguiente: yo trabajo para una consultoría extranjera, ellos me hacen transferencias bancarias en dolares de aprox 1900 en pesos mexicanos hablamos de mas de 20 mil pesos, qué debo hacer ya que en mi anterior trabajo pues la empresa era mexicana y ellos hacian todo tramite tributario, llevo dos meses trabajando de esta forma, qué problemas me podria ocasionar o qué es lo que me recomiendas que haga?
    muchas gracias por tu tiempo y por la respuesta que me des

    excelente día!

    • AleX 04/Ago/2014 en 6:50 pm - Responder

      cabe mencionar que tengo tarjetas de credito y todas las pago con la cuenta en la que me llegan las transferencias!

      • Mauricio Priego 05/Ago/2014 en 2:33 pm - Responder

        Hola Alex, buenos días.
        Lo que hay que hacer es darte de alta en Hacienda como persona física con actividad profesional (no RIF) y hacer tus declaraciones de ingresos. Puedes deducir los gastos al rededor de tu actividad (internet, celular, gasolina,…) física los que te corresponden como persona física (aportaciones al retiro, gastos médicos) para pagar menos impuestos. También es recomendable buscar asesoría de un contador si no tienes experiencia en temas fiscales.
        ¡Éxito!

        • AleX 07/Ago/2014 en 5:37 pm - Responder

          aa ok, otra pregunta me comentan que el próximo mes una parte nos la pagaran con nomina mexicana, entonces en ese caso cómo debería de estar registrado en el SAT ya que estaré como persona moral por formar parte de una nómina pero también como persona física por los depósitos que me llegan del extranjero, hay un esquema mixto?

  9. Víctor Hugo 26/Jul/2014 en 2:11 am - Responder

    Estimado Mauricio, sigo tu blog todos los días- preguntas y respuestas- son muy claras y de gran ayuda para todos y todas…. Mauricio,tengo muchas dudas,con esta desatinada reforma fiscal que miles aún no entendemos del todo, principal inquietud: Era repeco 2009-10-11-12-13 pero los reglas cambiaron en el 2014, Ya estoy tributando bajo el nuevo régimen … Años atrás podíamos prestar TDC a familiares, amigos, para obtener puntos, millas o simplemente ayudar…Años atrás nadie lo hubiera imaginado esta situación TDC y problemas con el SAT 2014, no recuerdo cuanto gaste y pague en el pasado, no acostumbraba a guardar o solicitar estados de cuentas. Para los ex- repecos el tema de TDC comienza a partir del 1 de enero del 2014? o también debemos justificar lo pagado en TDC cuando no era importante pagarlas en efectivo, así fueran 10 15 o 20 mil al mes… Con la nueva reforma es a partir del 2014 para los ex- repecos o también buscarán 5 años atrás? Nadie hubiese imaginado que hoy usar TDC y pagarlas en efectivo con tan solo 15 000 pesos podría acarearemos graves problemas con Hacieda. Gracias por orientar a tantas personas. Un gran saludo

  10. Samuel 23/Jul/2014 en 4:50 pm - Responder

    Hola, Buenas tardes.
    Mi madre desde hace unos 3 años utiliza una cuenta Bancaria a mi nombre en donde ella ha hecho varios prestamos y deposita ahí cantidades de entre 60,000 y 100,000 pesos, mas por año no pasa de 200,000 pesos. Quisiera saber si yo como propietario de la cuenta tendré problemas con Hacienda? Tengo mi tarjeta Nomina de trabajo donde me depositan y de igual forma tengo una cuenta de ahorros.

    Gracias por su atención, y estoy al pendiente de su respuesta.

    • Mauricio Priego 25/Jul/2014 en 10:02 am - Responder

      Hola Samuel, buenos días.

      Si esos $60 – $100 mil son mensuales, en definitiva te estás poniendo en el ojo del huracán. Se necesitaría mayor información para dar una mejor opinión… Si gustas podría contactarte por correo.

      ¡Éxito!

      • Samuel 26/Jul/2014 en 7:50 pm - Responder

        Hola mauricio, muchas gracias por responder. Si me gustaría que nos contactáramos por correo para una mejor explicación. Como aclaración respecto ese dinero que mencionaba, no son mensuales sino, por año. O sea que, a veces recibía prestamos de 60,000 o poco menos, pero solo ese año. Mas ya tiene aproximadamente 3 años eso. Y así en diferentes ocasiones realizaba otros prestamos con cantidades parecidas y los depositaba a mi cuenta y esa cuenta solo la maneja ella.

        De antemano gracias de nuevo. Saludos

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