Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023
Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no.
Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.
La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:
- Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
- Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.
Entonces, ¿qué puede hacerse?
1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.
2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) – la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:
- Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
- Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
- Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
- Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).
3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)
Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.
Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?
- Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
- Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
- Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.
Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.
¡Éxito!
¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.
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Buen día. Soy ama de casa y tengo una cuenta de ahorros que aperturé cuando estaba trabajando. Actualmente recibo ingresos en esa cuenta por algunos trabajos que hago pero no soy empleada de ninguna empresa ni estoy dada de alta ante Hacienda.
Puedo seguir recibiendo ese dinero en mi cuenta vía transferencia electrónica sin problemas o debería ser a través de un cheque sin depositarlo en mi cuenta.
Agradezco su ayuda. Saludos.
Hola Mauricio, buenas noches. Antes que nada, te felicito por la labor que realizas al dedicar tu tiempo difundiendo y explicando este tipo de información que es muy importante, valiosa yt necesaria.
He leído el artículo relacionado a las donaciones y me queda más que claro que las Donaciones entre familiares directos ascendentes son libres de impuestos siempre y cuando no se vuelvan a donar; sin embargo, me asalta una duda y me gustaría pedir tu apoyo con la misma:
Si Yo trabajo como residente legal en EUA, tengo mi NSS de EUA y pago mis impuestos en dicho país, pero le transfiero electrónicamente a mi madre «x» cantidad mensual a su cuenta en México, si haciendo intentara requerirla para justificar dicho «ingreso», se sigue manejando como donación o lo manejarían como remesa? Y si fuera como remesa, hay que pagar ISR como cualquier otro ingreso?
Te agradezco de antemano tu atención y apoyo y espero tu cordial respuesta.
Suerte y éxito.
Saludos
Me quedó claro que hay que evitar a todas luces a los malditos bancos, ni modo. A guardar el dinero como se hacía antes, comprar monedas de plata como antes y a esconderlos como antes, de todas maneras el banco anualmente te manda el estado de perdida adquisitiva de tu dinero al año y es bastantito. El dinero en el banco pierde tanto como abajo del colchón. Así que adiós bancos, se los pasó a fregar el gobierno.
Buenos días Mauricio,
Tengo una duda y espero puedas apoyarme en tu asesoría, mi hermana decide comprar un auto a nombre mío, la forma de liquidación será la siguiente, paga de enganche 210,000 pesos en efectivo, y los 145,000 será por crédito, el crédito esta a nombre mío. Mi duda que sí hacienda decide cuestionarme por el monto de los 210,000 no tendré los recursos suficientes para justificar ese monto ya que el dinero proviene de mi hermana. Esta dinámica se hizo ya que el papa de sus hijos está peleando la mitad de sus cosas, después de que se termine de liquidar el auto le sederé los derechos a su nombre. Es correcto esto…
Buenos días Dap
Lamento el problema que está viviendo tu hermana y confío que se solucione de la mejor manera para todos, en especial para los niños que son los que normalmente sufren más este tipo de pleitos.
Respecto a tu inquietud…
La concesionaria está obligada a reportar la venta de la unidad a Hacienda. Sin embargo, el monto es relativamente menor y entiendo que ustedes no compran y venden autos de manera continua, así que la probabilidad de que por este motivo te requiera el fisco lo considero bajo.
No obstante existe la posibilidad, así que para mayor tranquilidad de ustedes, firmen un contrato entre particulares donde se indique que tu hermana dará el dinero y que el crédito saldrá a tu nombre. Junto con el contrato resguarden el recibo de pago expedido de preferencia a nombre de tu hermana junto con el contrato de compra-venta del auto por parte de la agencia. No hay inconveniente que la factura salga a tu nombre. Si el día de mañana te requiriese Hacienda, con su contrato y el recibo a nombre de tu hermana se puede demostrar documentalmente que el origen de los recursos no fue tuyo 😉
¡Éxito!
Hola, lo mas sencillo es que tu mamá pague directamente a tu nombre a la agencia el dinero que te va a facilitar y se acaban las suspicacias por parte de hacienda…Saludos
buenas tardes!!
mi mama me dara 120,000 para el enganche de un carro de agencia el dinero lo obtendra de un credito del issste como podria hacer para que no me requiriera hacienda por lavado de dinero y no pagar impuestos por ser tomado como ingresos ! es depositar el cheque en mi cta ya que el cheque viene a su nombre ? o cual seria la forma de actuar? que ella lo deposite a su cuenta y haga transferencia bancaria a mi cuenta? o que me recomiendan?
Buenos días Héctor!
Como menciona Peter la mejor opción es que sea tu propia mamá quien pague el dinero a la consesionaria de autos, pero en caso de no existir esa posibilidad, cualquiera de las dos opciones que mencionas garantizan la demostración documental de la donación por parte de tu mamá: ya sea que te de el cheque nominativo y tú lo deposites en tu cuenta, o que te transfiera el dinero a tu cuenta. Sólo tengan los cuidados que menciono en el artículo.
Felicidades por tu nuevo auto 😉
Buen día,
He leído algunas de las recomendaciones y respuestas que planteas en los comentarios, pero me queda una duda, puse mi casa renta, de la cual me pagan $8,500 pesos mensuales, los inquilinos me hacen el depósito en el banco con concepto de «Renta mes X»
Yo soy empleada y tengo mis salarios, por lo que no estoy dada de alta en hacienda no hago facturas ni nada, como debo de manejar esto? hay que pedir que el concepto lo pongan distinto? Esta cantidad es candidata a que tenga que pagar impuestos, o las rentas no entran en ese tema? qué me recomiendas?
Estuve pensando en pagos en efectivo, pero como quiera es dinero que uso para pagar la hipoteca por lo que tendría que depositarlos,
Gracias de antemano!
Buenos días Norma.
La renta de una propiedad es un ingreso por el cual sí se tiene que pagar impuestos. Por otro lado, aún que seas asalariada, sí estás dada de alta en Hacienda (el alta la tramitó tu patrón) y de echo a partir del próximo mes empezarán a emitir tus recibos de nómina en formato digital (CFDI) para que el fisco se entere, inmediatamente, de cuánto estás ganando y cuánto te retienen de impuestos.
Mi mejor recomendación es, más que acercarte a un contador o a un asesor fiscal, que te acerques a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa de Contribuyente – 01800 611 0190) para que resuelvan tus dudas e inquietudes y te expliquen los pormenores de tu actividad (tendrás, por ejemplo, que realizar tu declaración anual). Con esto podrás tomar decisiones bien informadas.
Éxito en tus proyectos.
Que tal Mauricio, excelente aporte
Mi duda es, yo trabajo en una consultoria, mi jefe me paga nominalmente cierta cantidad, y como «complemento» deposito en efectivo por $11,000 mensuales, a raíz de la nueva reforma, dicho complemento me lo entrega en efectivo, sí lo deposito a mi cuenta, como me afecta esto???
Agradezco tu atención…Saludos
Disculpa quisiera hacerte una pregunta, que sucede en la siguiente situación, mi padre piensa vender un terreno en 10millones de pesos y pretende darme una cantidad de 1millon quinientos mil pesos, pero yo no estoy dado de alta en hacienda, pues por mi trabajo yo estoy en un pueblo y en ese lugar hacienda no ha llegado y todas las personas que tienen algun negocio no se han dado de alta en hacienda. Mi duda es si me hace una donación tengo entendido que no se paga ningun tipo de impuesto y no importa el monto de la donación, solo debe hacerse el aviso a hacienda por la donación. Pero existe algún problema si yo no estoy dado de alta en hacienda, por otro lado la cuenta a la cual se me transferiria el dinero de la donación no la uso practicamente y por mi trabajo todo es en efectivo. Por tu atención y tu orientación gracias. felicidades por tu blog.
Rosa, buenos días. Es un placer poder ayudar 🙂
Si entendí bien ¿eres empleada? Y como empleada, ¿te retiene tu patrón impuestos o te tiene dada de alta ante el IMSS? Te pregunto porque los patrones tienen la obligación de dar de alta a sus empleados ante Hacienda, retenerles los impuestos y pagarlos al fisco. En este escenario, si bien tú nunca hubieras ido a Hacienda, sí estarías dada de alta.
Respecto a la donación de tu papá, tienes razón: es totalmente libre de impuestos por ley. Sólo procura que te los de por transferencia bancaria o cheque nominativo (a tu nombre) depositando ése dinero en tu cuenta. Esto es necesario para demostrar que la donación proviene de tu papá. No importa que la cuenta bancaria donde recibas el dinero no la uses… ya tienes la oportunidad de empezar a utilizarla 😉
Respecto a la declaración… Entiendo que apenas te van a donar el dinero, lo que significa que por este 2014 no tienes que hacer nada en especial fuera de lo que te sugiero en el párrafo anterior. En el 2015, y antes del 30 de abril, debes reportar la donación en tu declaración anual. Falta mucho tiempo como para entrar en más detalles, pero llegado el momento con gusto puedo acompañarte en el proceso o puedes acercarte a la PRODECON (Procuraduría para Defensa del Contribuyente – ) para que te asesoren gratuitamente.
Finalmente, un consejo no solicitado. Un 1.5 millones es una cantidad importante con la cual puedes desde poner un negocio hasta crear un fideicomiso para vivir de él muchos años, pasando por adquirir alguna propiedad, etc. Lo que te sugiero es realizar un plan para utilizar lo más eficientemente posible esos recursos. Sobran historias de personas que después de recibir una cantidad importante acabaron con su fortuna en unos años, así como de personas que teniendo una fortuna fallecieron sin haber sacado mayor provecho de ella.
Para conversar más sobre el tema podría contactarte por correo si así lo consideras. Para mí es parte de un servicio social como asesor financiero 😉
¡Éxito!
Excelentes comentarios y conocimiento del tema… Gracias
Jorge, gracias por el valor que das a nuestro esfuerzo.
Éxito en tus proyectos 🙂