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Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestos

Mauricio Priego 31/Mar/2014 360
Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestos

Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestosHa llegado el mes de Abril y con ello el momento en que los empleados asalariados solicitemos la devolución de impuestos a Hacienda dentro del marco de la declaración anual de las personas físicas. El proceso es sencillo y puede realizarse a través de Internet, existiendo el compromiso por parte del SAT de responder a la solicitud de devolución de encontrarse todo en orden dentro de los siguientes cinco días laborales a su recepción. Así que si estás interesado, el día de hoy comparto con ustedes una guía para realizar la declaración anual.




1. ¿Estás listo?

Para realizar tu declaración anual necesitas algunas cosas:

  • Estar dado de alta en Hacienda y contar con tu RFC con homoclave;
  • Haber solicitado en Enero la constancia de retención de impuestos a tu patrón (o patrones si tienes más de un empleo) y éste habértela entregado;
  • Haber ganado durante todo el año pasado más del equivalente a un salario mínimo anual del lugar donde vives;
  • La carta de emitida por el INFONAVIT, FOVISSSTE o la institución financiera que tiene la hipoteca de tu casa donde se establecen los intereses que efectivamente pagaste durante el año pasado.

Si no solicitaste facturas por los pagos que realizaste no te preocupes, ya que si bien no podrás solicitar la devolución este año, en tus manos está la posibilidad de comenzar a solicitar la factura correspondiente cada vez que realices un pago.

Punto especial para tomar en cuenta: La cantidad máxima que te devolverá el fisco es la de los impuestos que pagaste durante el año pasado. Así mismo, de los gastos que deduzcas durante tu declaración, a lo sumo se te devolverá el 30% de los mismos. El porcentaje depende del monto total de ingresos que hayas obtenido durante el año pasado.

2. Pasos a seguir

Teniendo a la mano los documentos anteriores, agrupa las facturas de tus gastos por proveedor. En una libreta u hoja de cálculo relaciona las facturas y sus importes sumando el total que hayas pagado a cada uno de tus proveedores. Esto te facilitará tu declaración porque es así como se capturan los gastos: el RFC de tu proveedor y la cantidad total de impuestos que le pagaste.

Una vez que tengas la relación completa de a qué proveedor le pagaste cuánto, entra a la página del SAT para realizar tu declaración. El siguiente video explica los pasos a seguir para realizar tu declaración a través del portal del SAT.

(NOTA: El video ha sido bloqueado por el SAT debido a que nos encontramos fuera del periodo de declaración anual para personal físicas)

No obstante que el proceso es muy sencillo, si así lo deseas siempre existirá la posibilidad de presentar tu declaración anual a través de los servicios de un Contador de tu confianza.

Aprovecha este beneficio que tienes, es un dinero que por derecho es tuyo.

Muchas veces nos quejamos de lo altos que son los impuestos y ésta es una forma legal de tenerlos de vuelta. Sólo requieres ser ordenado en tus pagos, guardar tus comprobantes, solicitar tu carta de retención y realizar tu declaración anual… Recuerda, tienes hasta el 30 de Abril.

¡Éxito!

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360 Comentarios »

  1. Juan 30/Abr/2015 en 9:48 pm - Responder

    Hola me interesa la información que ofreces sobre el 11.5% de rendimiento anual en aportaciones voluntarias para el retiro.
    Te agradecería mucho esa información ya que me interesa!

    • Mauricio Priego 04/May/2015 en 6:08 am - Responder

      Hola Juan,
      Considerando que todos vamos camino al retiro, me alegra que te interese la información 😉
      Te la envío en el transcurso de la mañana. Mientras tanto que tengas buen día…

      • Saul 05/May/2015 en 1:30 pm - Responder

        Hola tambien a mi me interesa la informacion que ofreces de los rendimientos del 11.5% de las aportaciones complementarias para el retiro, puedes ayudarme??? Saludos

        • Mauricio Priego 06/May/2015 en 6:48 am - Responder

          Hola Saúl, buenos días.
          Te envío la información en unos momentos más.
          Mientras tanto, que tengas un excelente día 😉

  2. Yazmin Hernández 30/Abr/2015 en 9:31 am - Responder

    Hola

    Yo hice mi declaración por sueldos y salaries y tenía deducciones personales. Ya me devolvieron el saldo a favor, sin embargo encontré facturas deducibles de gastos medicos del period 2014. Puedo presentar declaración complementaria de esas deducciones personales aunque ya me hayan devuelto el saldo a favor??

    Saludos

    • Mauricio Priego 04/May/2015 en 6:24 am - Responder

      Hola Yazmin,
      Estás en tu derecho en presentar una declaración complementaria. Lo único a tomar en cuenta es que en este caso se tardan un poco más en responder y potencialmente te podrían solicitar presentar la evidencia documental de estos nuevos gastos a deducir.
      ¡Éxito!

  3. carlos 23/Abr/2015 en 6:48 pm - Responder

    hola mauricio
    tengo una duda en septiembre del 2014 realize mi declaracion 2013 tenia saldo a favor pero no me lo depositaron quiero realizar la del 2014 pero tengo duda como checar por que no me hicieron la devolucion del 2013 que devo de hacer?? gracias

    • victor avila 26/Abr/2015 en 8:53 pm - Responder

      buenas tardes
      no devolvieron el saldo a favor por no haber presentado la declaracion en tiempo y forma

      saludos

  4. Silvia Vargas 23/Abr/2015 en 8:19 am - Responder

    Buen día
    Una duda:
    Hice mi declaración anual del ejercicio 2014
    Dentro de la declaración me solicitaron mi CLABE interbancaria, y me dijeron el monto de devolución, mi pregunta es sí ¿aparte de la declaración debo hacer otro procedimiento para que me hagan mi devolución? O sólo debo esperar el. Depósito?

    • Mauricio Priego 24/Abr/2015 en 5:57 am - Responder

      Buenos días Silvia.
      Sólo debes esperar que te hagan el depósito 😉
      Entre mis conocidos se ha cumplido el compromiso del SAT de realizar la devolución en un plazo de 5 días para personas empleados y de 10 para personas físicas con actividad empresarial.
      ¡Éxito!

  5. jorge gonzalez 21/Abr/2015 en 1:03 pm - Responder

    buenos días Mauricio…..

    yo ya solicite mi devolución de impuestos del 2014..

    Pero escuche comentarios, que todavía puedo solicitar mi devolución de los años 2013,2012,2011 y 2010.

    otra duda, si en mi empresa nos dieron una hoja donde firme que no quería declarar esos años,se puede hacer el movimiento.

    NO TENDRE PROBLEMAS CON MI EMPRESA.

    SALUDOS CORDIALES.

  6. Jesus Angel Sosa 17/Abr/2015 en 11:05 am - Responder

    Hola Mauricio excelente sitio
    Soy Profesor de Primaria y tengo 2 plazas no he presentado declaración ni e pedido facturas ademas tengo una hipoteca de casa avitacion y quiciera pedir devolucin pero vendi mi departamento anterior que me recomiendas

    • Mauricio Priego 20/Abr/2015 en 7:00 am - Responder

      Hola Jesús, gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo 🙂

      Por lo que mencionas, sí te convendría realizar tu declaración para recuperar impuestos (la venta de tu departamento, por ley, no genera impuestos siempre que no hayas realizado otra operación de compra-venta de casa habitación en los últimos cinco años). Eso sí, lo ideal es que te acercaras a un contador que te asesore cuando menos esta primera vez que consideras hacerlo, así como comenzar de una vez a pedir facturas de los gastos personales deducibles que tengas (colegiaturas, gastos médicos y hospitalarios, análisis clínicos, etc).

      ¡Éxito!

  7. emmanuel 17/Abr/2015 en 9:06 am - Responder

    Hola Mauricio buen dia, quisiera preguntarte deje de trabajar en agosto del 2014 y acabo de empezar en marzo de este año debo hacer declaración o no y también me pueden regresar impuestos…GRACIAS.

    • Mauricio Priego 20/Abr/2015 en 7:04 am - Responder

      Hola Emmanuel.
      En teoría sí estás obligado a realizar tu declaración anual, pero también es cierto que las personas en tu caso son muy raramente seguidas por Hacienda. Ahora bien, si te conviene para recuperar impuestos, depende de si tuviste gastos que puedas demostrar. Si no pediste facturas durante el 2014, entonces la única posibilidad que te queda son los intereses pagados a algún crédito hipotecario.
      ¡Éxito!

  8. Marcos Balderas 16/Abr/2015 en 10:57 am - Responder

    Hola, tengo una duda, soy asalariado e hice mi declaracion 2014 por declarasat y en mi acuse de recibo dice declaracion del ejercicio de impuestos federales, pero en la de otro compañero que ya la habia hecho dice de impuestos al salario, y queria saber si esta bien hecha la declaracion, o tengo que hacer otra cosa, por que tengo saldo a favor, gracias.

  9. MARTHA 15/Abr/2015 en 11:11 am - Responder

    Hola,

    Me he quedado con la duda de que mi devolución es incorrecta. Presente mi declaración de este ejercicio 2014, pero el monto que van a regresarme me parece muy bajo, en comparación con otros años.

    Como puedo saber si esta correcto el monto? A compañeros con sueldos más bajos van a devolverles más que a mi que gano un poco más.

    Gracias por tu apoyo,

  10. joselin 14/Abr/2015 en 12:25 pm - Responder

    Hola, una pregunta: trabajo para la sep y una universidad publica, en la sep si solicite mi constancia de percepciones en tiempo y forma ya la tengo, pero en la universidad no, que puedo hacer para realizar mi declaracion si solo cuento con una . gracias de antemano

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