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¿Cómo afecta la Reforma Fiscal mis inversiones en bolsa?

Sergio Torres 03/Abr/2014 21

Reforma Fiscal mis inversiones

Mucho se ha escuchado actualmente sobre la llamada “Reforma Fiscal”. Dejando de lado la controversia que levantó, lo cierto es que ya es una realidad, y como inversionistas bien informados, es importante que conozcamos los cambios que entraron en vigor desde el 1° de Enero del 2014. Este artículo es un vistazo general a las consideraciones más importantes para el mercado de valores, tomando en cuenta que la reglamentación secundaria no ha sido publicada y hay muchos casos particulares que no han sido contemplados.




La Ley del Impuesto Sobre la Venta (LISR) en la sección II “De la Enajenación de Acciones en Bolsa de Valores” artículo 129 (página 134), establece un régimen particular a las operaciones que se efectúan en el mercado financiero donde se establece que se gravan con un impuesto del 10% las operaciones de enajenación de acciones en mercados reconocidos, cuando dichas acciones han sido colocadas entre el gran público inversionista. Si se incurre en una pérdida, esta puede acumularse para el ejercicio fiscal.

¿Cómo se interpreta esto? Bien, la ley establece que si al momento de comprar y vender una acción el resultado que se obtiene, una vez descontadas las comisiones correspondientes, es positivo, esto genera un impuesto del 10% que el contribuyente está obligado a pagar.

Hagamos un ejercicio, supongamos que compramos 1,000 títulos de la acción imaginaria de “Practifinanzas S.A.” a un precio de $31.00. Nuestra Casa de Bolsa cobra una comisión de intermediación bursátil de 0.35% por cada operación y un IVA de 16%. Posteriormente esta misma acción la vendemos a $34.10 (una alza del 10%). Calcularemos nuestra ganancia real descontando comisiones, y el impuesto correspondiente.

Impuesto sobre la enajenación de acciones

Tabla 1. Ejemplo de cálculo del Impuesto sobre la Enajenación de Acciones

Aquí vemos que cada acción, aunque su precio en el mercado es de $31.00 pesos, nosotros realmente pagamos $31.12586 por la comisión y el IVA, y al momento de venderla en $34.10, en realidad nosotros recibimos $33.96 debido a que se descuentan esos mismos dos conceptos. Hasta el 31 de Diciembre del 2013, los $2.84 que quedaba era nuestra ganancia real, pero ahora con el nuevo impuesto, tenemos que descontar un 10% a esa ganancia, quedando en $2.55. Si el resultado fuera negativo, esa pérdida se acumula a nuestro favor en la declaración fiscal.

Aquí me gustaría resaltar que a diferencia del ISR que se genera en el mercado de renta fija, en donde el impuesto ya es retenido directamente por el intermediario financiero, en este nuevo impuesto es responsabilidad del contribuyente integrarlo a su declaración anual.

Otro impuesto adicional que se implementó es el 10% a los dividendos, que es como se le llama en el mercado bursátil al reparto de utilidades. Es común que las empresas que cotizan en bolsa decreten periódicamente dividendos, ya sea en efectivo o con nuevas acciones, que entregan a los inversionistas que posean sus acciones en una fecha determinada.

Para el caso de Fondos de Inversión que inviertan total o parcialmente en este tipo de instrumentos, también se aplican estos impuestos, pero solamente sobre la ganancia (o pérdida) equivalente a la parte invertida en este mercado. Es decir, si el fondo que utilizamos invierte un 50% en capitales y obtuvo un rendimiento del 10%, y el otro 50% lo invirtió en CETES con un rendimiento del 3.29%. El impuesto solo se aplica al rendimiento obtenido, quedando mi rendimiento promedio en 6.14 (en lugar de un 6.645% si no existiera este impuesto).

Aunque este impuesto puede parecer muy oneroso al principio y que desestimará las inversiones en el mercado de capitales, lo cierto es que es mucho menor al que se cobran en otros países, por lo que sigue siendo bajo en comparación, y aunque castiga los rendimientos, finalmente no cambia realmente la expectativa pues siguen sin contarse con alternativas viables dentro del país. Una persona que invierte en Bolsa a largo plazo que ha obtenido un 27% anual en los últimos 10 años en el IPC, aun habiendo pagado ese impuesto el rendimiento hubiera sido un 24.30% anual, muy por encima del que se pudo haber obtenido en CETES o en dólares. Solo habrá que ajustar las estrategias para aminorar el impacto en el corto plazo y aprender a operar en este nuevo entorno.

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Referencias

21 Comentarios »

  1. ANDRES GARCIA LOPEZ 21/Abr/2016 en 4:05 pm - Responder

    YO TENGO INTERESE POR INVERTIR EN CASA DE BOLSA Y LA CONSTANCIA FISCAL QUE ME PROPORCIONA LA EMPRESA DONDE INVERTI ME DICE QUE TENGO PERDIDA, PRETENDO PRESENTAR MI DECLARACION ANUAL Y NO SE COMO REFLEJAR ESTOS DATOS YA QUE NO ESTAN PRECARGADOS EN EL SAT ALGUIEN PUDIERA APOYARME DE COMO LO REALIZO GRACIAS.

  2. Jose 11/Abr/2016 en 1:15 am - Responder

    En caso de obtener ingresos por enajenación de acciones en el extranjero, como se declaran?
    Gracias

  3. MARIO SÁNEZ HERRERA 10/Abr/2016 en 1:26 pm - Responder

    ME QUEDA LA DUDA SI DEBE O NO ACTUALIZARSE CON EL INPC EL IMPORTE DE LA COMPRA DE LA ACCIÓN A EFECTO DE DETERMINAR EL RESULTADO DE LA OPERACIÓN.
    GRACIAS Y SALUDOS.

  4. MARIO SÁNEZ HERRERA 10/Abr/2016 en 1:21 pm - Responder

    ME QUEDA UNA DUDA:¿PARA EFECTO DE DETERMINAR LA UTILIDAD EN LA VENTA DE LA ACCIÓN, NO ES OBLIGADA LA ACTUALIZACIÓN DE LA COMPRA DE LA ACCIÓN? GRACIAS DE ANTEMANO Y SALUDOS…

  5. agustin 25/Ene/2016 en 10:51 pm - Responder

    hola tengo una pregunta ojala y los expertos en finanzas me la puedan despejar.
    ¿Qué ha sucedido con el mercado de capitales en México ante los cambios aprobados a la ley del ISR en diciembre del 2013, en la cual se gravan las ganancias en bolsa y los dividendos?

    • jose lopez 23/Nov/2016 en 9:42 am - Responder

      hola tengo la misma pregunta .
      ¿Qué ha sucedido con el mercado de capitales en México ante los cambios aprobados a la ley del ISR en diciembre del 2013, en la cual se gravan las ganancias en bolsa y los dividendos?

      • Mauricio Priego 24/Nov/2016 en 8:13 am - Responder

        Hola José,

        Al final los inversionistas siguen invirtiendo, llevando a cabo estrategias fiscales para la deducción de gastos personales (en caso de inversionistas privados) u operativos (en caso de personas morales). Y las financieras, como era de esperar, han transferido el costo a sus clientes en el caso de Fondos de Inversión… Quienes a su vez pueden optar por la deducción de gastos personales.

        En realidad México no es pionero en este esquema fiscal, sino más bien ha ido implementando políticas de recaudación siguiendo el ejemplo de países desarrollados o en el cumplimiento de acuerdos internacionales (Como ya he comentado en otras ocasiones, lo malo no son tanto los impuestos, sino lo que al final se hace con ellos. Sólo basta observar a Suecia u Holanda).

        ¡Éxito!

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