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¿En verdad es posible aumentar mi pensión a través de la Modalidad 10?

Mauricio Priego 13/Mar/2023 22
¿En verdad es posible aumentar mi pensión a través de la Modalidad 10?

Debido a la regla de que se requieren 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años, muchas personas no pueden inscribirse a la Modalidad 40. Y si bien la Modalidad 10 es para trabajadores independientes, las reglas establecen limitantes que hacen a esta última modalidad no tan atractiva como a la 40. Sin embargo, en estos momentos no se están respetando las limitantes, por lo que sí es posible aumentar tu pensión a través de la Modalidad 10 ¿Quieres saber cómo?

La limitación del salario base de cotización

Las dos principales limitantes que tiene la modalidad 10 se basan en que, al inscribirte en ella, se define tu salario base de cotización el cual, según la página del IMSS, es determinado por el ingreso que percibas mensualmente.

Esto conlleva que:

  1. Debes tener ingresos fiscales para poder darte de alta en la modalidad 10 (Es decir, timbrar facturas)
  2. Tu salario de cotización debe estar relacionado con los ingresos que reportas al SAT

Lo anterior provoca que quienes se encuentran en el comercio informal, no debieran poder darse de alta en la modalidad 10; Y que quienes no reportan todo su ingreso o éste sea bajo, no puedan cotizar con un salario alto para aumentar su pensión.

La limitación en la práctica

Si bien las reglas son explícitas, la realidad es que, si te inscribes por Internet, puedes capturar el salario de cotización que desees, sin tener que demostrar que tienes ingresos fiscales.

Esto también ocurre en algunas delegaciones, en las cuales no se pide comprobante fiscal alguno para validar el ingreso fiscal, y con él, determinar el salario de cotización. Capturan el monto indicado por el solicitante.

Cómo aumentar mi pensión con la Modalidad 10

Si eres Ley 73, tu pensión se calculará en base de los últimos 5 años cotizados, sin importar si cotizaste como asalariado, a través de la modalidad 10 o a través de la modalidad 40 (La modalidad 44 sólo suma si te pensionas a los 65 años).

Por tanto, no importa si durante toda tu vida cotizaste con un salario mínimo. Si con los últimos 5 años cotizas con salario topado, ¡Tu pensión será la topada! (Filtrada por tu edad y número total de semanas cotizadas).

La ventaja de la modalidad 10 sobre la 40, es que no importa si dejaste de cotizar hace muchos años. Con sólo tener una semana cotizada antes del 1 de julio de 1997, puedes aprovechar la modalidad 10 y buscar la mayor pensión posible.

Citas inversiones Mauricio Priego #MPPh
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Cuidados si buscas aumentar tu pensión con la Modalidad 10

Como mencioné en un principio las reglas son claras, y el IMSS está incumpliendo con las mismas al momento de no validar el monto del ingreso fiscal del mes anterior. Esta omisión puede deberse a que no haya integración entre los sistemas del SAT y del IMSS, así como que no se haya implementado en todo el país el tener que entregar la declaración fiscal de mes anterior en el alta y en los procesos de renovación mensuales.

Es decir, en cualquier momento puede el IMSS pedir las declaraciones, o validar con el SAT los ingresos reportados por el derechohabiente. En ese instante, todo aquel cuyo salario de cotización no esté en regla con sus ingresos fiscales, verá reducido su salario de cotización.

¿Vale la pena el riesgo? Depende de la situación de cada uno. Con todo gusto puedo asesorarte al respecto, para lo cual sólo requieres contactarme a través de esta liga.

Finalmente, como siempre he dicho, no es bueno dejar tu futuro financiero en manos de los políticos. La única persona que vivirá tu futuro eres tú mismo, por lo que nadie está tan interesado en tu bienestar futuro que tú. En lo personal ahorro en un Plan Personal para el Retiro (PPR) que me da un rendimiento del 11% promedio anual. A quien lo desee, le puedo compartir información sobre el fondo indexado donde invierto mi dinero. Tan solo solicítalo en los comentarios.

¡Éxito!

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Referencias

22 Comentarios »

  1. Federico Eobledo 03/Oct/2023 en 10:12 pm - Responder

    Buen día, soy Ley 73, acumule 300 semanas pero deje de trabajar en Mexico desde hace 25 años. Tengo 57 años y me gustaría saber su opinión para no acumular minimo 500 semanas y poder recibir pension. Plan es regresar a Mexico para jubilarme a los 62-63 años. Gracias de antemano.

  2. Felipe LN 02/Oct/2023 en 7:50 pm - Responder

    Me ayudas con informacion del PPR

    • Mauricio Priego 02/Oct/2023 en 8:43 pm - Responder

      Hola Felipe,
      Acabo de enviarte un correo con la información del PPR. Espero que te sea de utilidad.
      ¡Excelente día!

  3. Sara 20/Sep/2023 en 2:01 am - Responder

    Saludos Mauricio.
    Me parecen de mucha utilidad tus artículos, por la claridad y sencillez del lenguaje, lo cual los hace entendibles, aún con los tecnicismos propios del tema.
    – Me podrías compartir información sobre el PPR en el que estás invirtiendo?
    Gracias!

    • Mauricio Priego 21/Sep/2023 en 8:39 pm - Responder

      Hola Sara,
      Gracias por el valor que otorgas a la información que comparto. El saber que te es de utilidad es mi mayore recompensa 🙂
      Acabo de enviarte un correo con la información, espero que también te sea de utilidad.
      ¡Éxito en tus proyectos!

  4. Sebastián 06/Sep/2023 en 7:37 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio!

    Podría de favor compartirme información sobre el fondo indexado donde invierte. Muchas gracias. Me gustan sus artículos que publica, muy interesantes y actualizados.

    • Mauricio Priego 12/Sep/2023 en 1:42 pm - Responder

      Hola Sebastián,
      Gracias por el valor que otorgas a la información que comparto. El saber que te es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂

      Acabo de enviarte un correo con información de los fondos indexados en los que te invierto, la cual espero que también te sea de utilidad
      ¡Éxito en tus proyectos!

  5. Emilio 04/Sep/2023 en 6:39 pm - Responder

    hola. tengo 59 años y 840 semanas cotizadas pero deje de cotizar en el 11 de noviembre del 2004.con un salario de 160 pesos diarios. Necesito cotizar modalidad 10 para recuperar mis derechos? y luego seria necesario continuar modalidad 40 para pensionarme?

    • Mauricio Priego 12/Sep/2023 en 2:31 pm - Responder

      Hola Emilio,
      En realidad no necesitas la modalidad 40. Con sólo cotizar un año en la modalidad 10 recuperas tu derecho a pensión, y como para ese momento ya tendrás los 60 años, ¡Entonces te pensionas! Eso sí, sería con una pensión mínima garantizada, que equivale a un salario mínimo.
      Si posteriormente quieres pasar de la 10 a la 40 buscando aumentar el monto de tu pensión, te recomiendo este artículo: ¿Cómo puedo pasar de la Modalidad 10 a la Modalidad 40?
      Si después de leer el artículo te quedara alguna inquietud, con gusto seguimos conversando.
      ¡Excelente día!

  6. Milton Gabriel Yañez Moreno 03/Sep/2023 en 1:29 pm - Responder

    Hola Mauricio tengo 48 años estoy activo laboro en una empresa puedo pagar modalidad 10 para incrementar mis semanas de cotización y así mi pensión en su momento???
    Muchas gracias

    • Mauricio Priego 04/Sep/2023 en 12:44 pm - Responder

      Hola Milton,
      Si estás cotizando como trabajador asalariado, no es posible darte de alta en la modalidad 10. Primero te tendrían que dar de baja como asalariado lo cual, con tu edad, en realidad no es recomendable.
      ¡Excelente día!

  7. F. Salcedo 28/Ago/2023 en 12:06 pm - Responder

    Tengo 56 años, 1029 semanas cotizadas, 12 años sin cotizar( perdí la conservación de derechos) puedo recuperar las semanas cotizadas con modalidad 10? O existe otra opción, de antemano gracias.

    • Mauricio Priego 31/Ago/2023 en 6:21 pm - Responder

      Hola Salcedo,
      Lamentablemente ya no hay manera de que recuperes las semanas que dejaste de cotizar. No queda más que darte de alta en la modalidad 10 para recuperar tu derecho a pensión, e incrementar 200 semanas de cotización (Pensado en retirarte a los 60 años)
      ¡Excelente día!

  8. Juan francisco trejo amaya 27/Ago/2023 en 2:19 pm - Responder

    Me interesa el plan de retiro, me podras mandar informacion, muchas gracias, ppr

    • Mauricio Priego 28/Ago/2023 en 10:51 am - Responder

      Hola Francisco,
      Acabo de enviarte la información a tu correo, espero te se de utilidad
      ¡Excelente día!

  9. YOLANDA ORTIZ 19/Jul/2023 en 3:31 pm - Responder

    Hola Mauricio, si estoy cotizando en mod 40 , ya tengo tres años, me puedo cambiar a la mod 10? para aumentar el ingreso promedio de los ùltimos 5 años? O terminando la mod 40 (dos años màs) puedo ingresar a la mod 10 con la finalidad de adquirir màs semanas?

    • Mauricio Priego 24/Jul/2023 en 6:31 pm - Responder

      Hola Yolanda,
      Aquí mi pregunta es, ¿Para qué deseas pasarte a la modalidad 10? En general, puedes continuar en la modalidad 40 el tiempo que consideres necesario. No existe ninguna ley que obligue a la baja de la modalidad 40 a los 5 años.
      Quedo al pendiente de tu respuesta

  10. José Luis Mata 26/Jun/2023 en 1:09 pm - Responder

    Me interesa el plan de retiro que comentas (PPR), saludos

    • Mauricio Priego 06/Jul/2023 en 3:45 pm - Responder

      Hola José,
      Acabo de enviarte la información a tu correo electrónico. Confío te sea de utilidad.
      ¡Excelente día!

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