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¿Qué gastos podemos deducir las personas físicas en el 2018?

Mauricio Priego 22/Ene/2018 73

¿Cuáles son los Gastos Deducibles 2018 para las personas físicas?

Como cada año les comparto las reglas del juego para recuperar impuestos a través de la deducción de gastos personales. Toda persona física, ya se trate de un asalariado, freelance, comerciante o emprendedor, tiene derecho a ello. Así que, ¡A sacarle jugo a nuestro derecho como contribuyentes!




Para quienes nos leen por primera vez, en México los ingresos (es decir, lo que ganas) generan un impuesto llamado Impuesto Sobre la Renta (o ISR), el cual puede verse disminuido por los gastos que realices según tu actividad económica.

  • Los Gastos Operativos son aquellos que realizas para llevar a cabo las operaciones de tu negocio o servicio, como puede ser la gasolina de tu auto, la línea del celular o papelería en general. Estos gastos se deducen cada mes durante la declaración informativa mensual.
  • Los Gastos Personales son aquellos incentivos que otorga el fisco a toda persona física independientemente de su actividad para apoyar de esa manera las finanzas del contribuyente. Estos gastos se deducen cada año durante la declaración anual en el mes de abril.

Nota importante: La ley del ISR contempla que los empleados asalariados no tienen gastos operativos.

Principales cambios para deducir gastos personales en 2018

Si bien este año no hubo cambios en lo relativo a los gastos en sí, comienza con la nueva Facturación Electrónica. Con esta regulación el SAT busca tener, desde el momento que se emite la factura, toda la información de la operación realizada:

  • Quién es el proveedor y quién el cliente
  • Cuándo y dónde se realizó la operación
  • Qué producto adquiriste o qué servicio contrataste y para qué
  • Cómo y con qué pagaste
  • Qué impuestos te cobra el proveedor

¿Beneficios? Una mejor y más transparente recaudación fiscal, por la cual México es reconocido a nivel internacional como el país con el esquema más avanzado de recaudación… Que si no fuese por la corrupción quizá fuera una buena noticia.

Para nosotros, los ciudadanos de a pie, el impacto directo de la nueva facturación es

  • Simplificar nuestra declaración anual, ya que nuestros ingresos y gastos van a estar precargados en el SAT;
  • Tener cuidado con tres datos que incluye la nueva factura, ya que si se pone información errónea serán rechazados al momento de pretenderlos deducir:
    • Uso de la Factura
    • Clave del Producto o Servicio
    • Forma de pago

¿Y cuál es la información correcta para que los podamos deducir? Como cambian según el tipo de gasto, los incluí en la presentación de los Gastos Deducibles 2018 para así facilitar su comprensión y consulta, la cual encontrarán un poco más adelante.

Gastos Deducibles 2018 para personas físicas

(Si recibes el artículo por correo, consúltalo en el blog para ver la presentación. Para ello sólo haz clic en el título del artículo)

Recuerda que para poder deducir cualquiera de estos gastos es necesario

  • Que estés dado de alta ante el SAT con RFC completo (Si eres asalariado, puedes confirmarlo en MarcaSAT al 01-55-627-22-728)
  • Solicitar factura cada vez que realices un gasto personal
  • Cuidar que la factura cumpla con los requisitos de la nueva facturación electrónica (CFDI 3.3) según se indica en la presentación previa
  • Pagar por medios electrónicos (transferencia bancaria o tarjetas de crédito o débito), o cheques a nombre del beneficiario

Comienza lo más pronto que puedas para que así, en abril de 2019, realices tu declaración anual incluyendo los gastos que hayas tenido a lo largo de este año, ¡y el SAT te devuelva el dinero que te corresponde!

¡Éxito!

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias

73 Comentarios »

  1. Jose Rodriguez 27/May/2019 en 10:24 am - Responder

    Los relojes que son celular y reloj al misml tiempo se pueden deducir.

    Gracias!!

    • Mauricio Priego 27/May/2019 en 1:57 pm - Responder

      Hola José,
      Si te refieres a los relojes de pulsera que se conectan por bluetooth al celular, para poder ver en ellos mensajes, alertas y la hora entre otras cosas, no son deducibles. Sólo el teléfono celular lo sería.
      Excelente día!

  2. deya 22/May/2019 en 12:16 pm - Responder

    soy persona física con act. profesional , puedo deducir un curso de capacitación ?

    • Mauricio Priego 24/May/2019 en 9:00 am - Responder

      Hola Deya,
      Los cursos de capacitación, siempre sean relativos a la actividad profesional que desempeñas, son totalmente deducibles de impuestos. Puedes encontrar más información en nuestro artículo ¿Cómo puedo reducir el pago de impuestos de mi negocio?.
      Éxito en tus proyectos!

  3. paton132 03/May/2019 en 1:08 pm - Responder

    una pregunta
    una persona fisica con actividad empresarial de donde se supone que debe vivir?
    es decir, no le permiten deducir alimentos, vestimenta, medicamentos,
    como se le hace para pagar sus cuentas personales?
    se supone que trabaja y de ahi recibe dinero para seguir con su actividad que le da ingresos pero tambien debe de poder vivir de ahi , no?
    el cometario es porque mi contadora no me acepta facturas de ningun tipo que no tengan que ver con la actividad por la cual estoy registrado
    hay algo que no esta haciendo bien el contador o simplemente está en la ley ?

    • Mauricio Priego 07/May/2019 en 4:30 pm - Responder

      Hola! En términos generales es como dice tu contador, PERO hay puntos a considerar: Tienes derecho a deducir tu ropa de trabajo, que no necesariamente debe ser un uniforme con logos, sino cualquier camisa y pantalón. También puedes deducir alimentos, en un porcentaje pequeño si es en la ciudad donde vives, al 100% si es en otra ciudad. Puedes encontrar más información al respecto en ¿Cómo puedo reducir el pago de impuestos de mi negocio?.

  4. Elizabeth Hernández 22/Abr/2019 en 7:19 pm - Responder

    Puedo deducir honorarios pagados a Notario?

    • Mauricio Priego 23/Abr/2019 en 9:44 am - Responder

      Hola Elizabeth,
      Los honorarios por actividad profesional (incluidos notarios), no son deducibles como gastos personales. La única excepción son los profesionistas del sector salud.
      Ahora bien, si tienes actividades empresariales o comerciales, y el servicio prestado por el notario es a tu negocio (constitución de una persona moral o la compra de un local, por ejemplo), entonces sí es deducible para tu negocio.
      Excelente día!

  5. Francisco Garcia 22/Abr/2019 en 4:07 pm - Responder

    porque los medicamentos no son deducibles, si tengo un hijo con problemas dermatológicos y alérgicos. ¿ hay algo que puedo hacer?

    • Mauricio Priego 23/Abr/2019 en 9:49 am - Responder

      Hola Francisco,
      Los medicamentos no son deducibles porque así lo estipula la ley fiscal. ¿Por qué? Eso sólo lo puede responder el poder legislativo (Senadores y diputados).
      ¿Hay algo que puedas hacer? Sí: El congreso tiene la capacidad de que se volvieran deducibles, para lo cual tendrías que contactar a tu senador/diputado y pedirle lo proponga al congreso… O conseguir tú 100 mil firmas para que entonces lo puedas presentar personalmente al congreso como una propuesta ciudadana (Change.org es un medio para recolectar las firmas). Si te decides a realizar la propuesta, te ofrezco apoyar y promover tu iniciativa a través de PractiFinanzas y mis redes sociales.
      ¡Éxito en tus proyectos!

  6. Sergio 31/Mar/2019 en 10:24 pm - Responder

    Hola a qué se refiere la deducción por gastos de educación de profesional técnico? Mi hija estudia en un instituto particular la licenciatura de fisioterapia, la cual es tecnica y la pago mediante transferencia electrónica, cómo puedo saber si es deducible?

    • Mauricio Priego 02/Abr/2019 en 8:03 am - Responder

      Hola Sergio,
      Una carrera técnica está inscrita ante la SEP explícitamente como carrera técnica. Las licenciaturas son carreras que imparte una universidad, por tanto, no son carreras técnicas. Desde que tu hija está estudiando «Licenciatura en fisioterapia», está descartada como carrera técnica, por lo que no es deducible de impuestos.
      Excelente día!

  7. Delia Saucedo 25/Feb/2019 en 5:38 pm - Responder

    Hola, Practifinanzas cuenta con algun simulador? en donde podamos capturar nuestros numeros y estar prevenidos en caso de que tengamos que pagar algo al SAT.

  8. Salvador 08/Feb/2019 en 1:02 pm - Responder

    En mi simulador declaracion 2018 viene precargado gastos por deducir eso aumenta el saldo a mi favor

    • Mauricio Priego 13/Feb/2019 en 8:55 am - Responder

      Hola Salvador,
      Es la maravilla de la facturación electrónica: El SAT ya tiene acumuladas la mayoría de gastos personales 😉
      Entre más gastos personales tengas, mayor será el monto que te devolverá Hacienda (hasta un 15% de tus ingresos anuales totales)
      Excelente día!

  9. HILARIO GRAJALES SANCHEZ 18/Ene/2019 en 12:45 pm - Responder

    La adquisición de anteojos graduados, son deducibles de impuesto?

    En caso de hacer aportaciones a fondos de ahorro, en términos del art. 151 Fracc. V de la LISR, si se hacen antes de presentar la declaración, es factible integrarla a la declaración del ejercicio pasado, ejemplo si se efectuara aportación en febrero/19, podría integrarse a la declaración del ISR ejercicio 2018?

    • Mauricio Priego 18/Ene/2019 en 4:07 pm - Responder

      Hola Hilario,
      a) Efectivamente, los lentes graduados son deducibles de impuestos
      b) No es posible. Los PPR que deducen impuestos basados en el artículo 151 sólo pueden deducirse en el ejercicio en el cual se realizó la aportación (en tu ejemplo, 2018). Sin embargo, existen PPRs que se basan en el artículo 185, en los cuales sí puedes deducir aportaciones realizadas en los primeros meses de este año para el ejercicio fiscal del año pasado (el ejemplo que pones)
      Éxito!

  10. Gustavo 07/Ene/2019 en 8:01 pm - Responder

    Hola,

    Soy persona fisica y mis ingresos son por salarios, ¿algún despacho que me apoye con mi declaración anual así como estrategias de inversión para que sean contempladas como deducibles?, me encuentro en CDMX.

    De antemano gracias

    • Mauricio Priego 16/Ene/2019 en 7:31 pm - Responder

      Hola Gustavo,
      Si no tienes inconveniente con la asesoría remota, te puedo recomendar a mi contadora. Es una excelente persona y sabe hacer bien su trabajo.
      Confírmame y les pongo en contacto 😉

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