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¿Siguen vigentes los Cheques Personales?

Mauricio Priego 19/May/2014 0

Siguen vigentes los cheques personalesHace algunas décadas, cuando la única manera de disponer del dinero que tenías en el banco era a través de las sucursales bancarias las cuales tenían un horario muy restringido, los cheques personales vivieron su época de oro ya que te permitían realizar pagos sin necesidad de tener tu dinero en efectivo a la mano. Pero ahora, en plena era del dinero electrónico donde dominan las tarjetas plásticas y las transferencias y pagos por Internet, donde tienes acceso a tu dinero en cajeros automáticos y hasta en las cajas de supermercados y tiendas departamentales, los cheques personales parecieran haberse vuelto obsoletos al grado de que grandes sectores de la población ni si quiera han tenido uno en sus manos, ya no digamos tener su propio talonario de cheques de papel. Sin embargo, y como veremos a continuación, aún brindan gran versatilidad a su propietario al grado de ser recomendable el que consideres abrir tu propia cuenta cheques.




Comencemos por el principio ¿Qué son y cómo funcionan los cheques?

Los cheques en sí son una orden de pago que el propietario de la chequera entrega a un beneficiario para ser pagado con dinero de su cuenta bancaria, de manera que el beneficiario, con ese documento, acude a cualquier sucursal del banco donde tiene su cuenta el propietario y le entregan el dinero. También es posible que el beneficiario deposite el cheque en su cuenta personal así sea de un banco distinto, de manera que sea su propio banco el que tramite el cobro del cheque.

Al ser una orden de pago, el beneficiario tiene el derecho de exigir a quien le entregó el cheque el pago del importe correspondiente teniendo la posibilidad de interponer una demanda mercantil en caso de que la cuenta del propietario no tuviera fondos (dinero suficiente para que el cheque sea pagado) negándose éste a pagar el importe comprometido.

El cheque, para ser válido, debe tener fecha de emisión, nombre del beneficiario, cantidad por la que se emite el cheque tanto en número como escrita con letras y la firma del emisor, la cual debe coincidir con la firma digitalizada que guarda el banco y que compara el cajero del banco al momento de que se intenta cobrar el cheque (si no es igual, el cheque es rechazado por el banco).

Respecto al beneficiario del cheque, existen en general tres opciones:

  • «Al Portador« – Indica que el cheque podrá ser cobrado por quien presente el cheque ante el banco, de manera que si se lo roban al beneficiario o éste lo pierde y un tercero lo lleva a cobrar, el banco entrega el dinero sin mayor responsabilidad de su parte. Es casi como entregar el dinero en efectivo, por lo que existe una cantidad máxima para emitir un cheque de estas características (en México esa cantidad es de 5 mil pesos siendo el Banco de México quien fija el límite).
  • Nominativo a una persona física – En este caso se pone el nombre completo del beneficiario, con lo cual sólo el beneficiario puede cobrarlo. Para garantizar que esto ocurra el cajero bancario solicita la identificación con fotografía del beneficiario para cotejar su identidad, anotándose en el reverso del cheque los datos y número de identificación para futuras referencias debiéndolo firmar el beneficiario. Si el cajero del banco duda que la persona delante de él realmente sea el beneficiario o de la identificación que se le está entregando (por ejemplo nombres incompletos, usos de apodos, discrepancia entre la firma del beneficiario y la de la identificación) tiene la atribución de negar el pago del cheque. En caso de depositar el beneficiario el cheque en su propia cuenta, esta verificación se omite.
  • Nominativo a una persona moral (empresa) – En este caso se escribe la razón social completa de la empresa, es decir, el nombre con el que está registrada ante la Secretaría de Hacienda (Fisco). La única forma de cobrar un cheque con estas características es que el cheque se deposite en la cuenta bancaria de la empresa.

En el caso de los cheques nominativos a personas físicas existe la posibilidad de endosar el cheque, es decir, que el beneficiario le entregue a un tercero el cheque para que lo cobre o deposite a su vez en su cuenta bancaria. Para ello anota el beneficiario en el reverso del cheque sus datos personales y lo firma. Al llegar al banco, el cajero lo que confirma es que el primer beneficiario haya endosado el cheque (sin verificar datos y firma ya que no los tiene) verificando y anotando al reverso los datos de la persona que se está presentando a cobrarlo.

Para concluir, los cheques tienen tres beneficios que vale la pena subrayar:

a) La posibilidad de protegerlos, es decir, que a menos que tú autorices al banco que los pague, éste no entregará el dinero al beneficiario aún depositando el dinero en su cuenta. En estos casos se le devuelve el cheque al beneficiario para que pueda internar cobrarlo nuevamente posteriormente.

b) La posibilidad de cancelarlos, es decir, de indicar al banco que el cheque ya no es válido y por tanto, cuando se presente alguien intentando cobrarlo, no sólo se le niega el pago sino que se le retiene el cheque.

c) La posibilidad de certificarlos, es decir, que el banco garantiza al beneficiario que el cheque emitido tiene fondos (que hay el dinero suficiente en la cuenta del propietario para poder pagarlo) sin importar que el beneficiario tarde tiempo en cobrarlo.

¿Cuándo es recomendable utilizarlos?

  • Para pagar servicios que no puedes pagar con tarjetas de crédito / débito y que por los montos representan un riesgo de tener ese dinero contigo, como por ejemplo al pagar cirugías donde en muchas ocasiones, si bien la hospitalización, material quirúrgico y medicamentos se pueden pagar con tarjeta, los médicos no las aceptan para el pago de sus honorarios;
  • Para administrar pagos de proyectos o eventos, como por ejemplo una fiesta donde los diferentes servicios en muchas ocasiones se liquidan durante el evento;
  • Para realizar retiros por cantidades exactas de tu cuenta o para realizar retiros de tu cuenta en ventanilla librándote de comisiones por retiro en ventanilla. (En estos casos emites el cheque a tu propio nombre o al portador);
  • Cuando desees realizar un pago a alguien a través de un tercero y desees garantizar que los recursos le llegarán íntegros.
  • Cuando desees realizar pagos con fines fiscales (las nuevas legislaciones restringen el uso de efectivo. En México, por ejemplo, no son deducibles los gastos superiores a $2000 si fueron pagados en efectivo);
  • Como garantía de pagos futuros emitiendo el cheque con una fecha futura a la actual (denominados cheques posfechados). Para este caso es muy importante subrayar que nada impide al beneficiario cobrar el cheque de forma inmediata, por lo que respetar la fecha futura es un tema de confianza y honorabilidad.

Gracias a la versatilidad que nos brindan las chequeras es posible implementar estrategias fiscales, comerciales y financieras muy interesantes, de lo cual conversaremos la próxima semana 😉

¡Éxito!

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