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Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestos

Mauricio Priego 31/Mar/2014 360
Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestos

Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestosHa llegado el mes de Abril y con ello el momento en que los empleados asalariados solicitemos la devolución de impuestos a Hacienda dentro del marco de la declaración anual de las personas físicas. El proceso es sencillo y puede realizarse a través de Internet, existiendo el compromiso por parte del SAT de responder a la solicitud de devolución de encontrarse todo en orden dentro de los siguientes cinco días laborales a su recepción. Así que si estás interesado, el día de hoy comparto con ustedes una guía para realizar la declaración anual.




1. ¿Estás listo?

Para realizar tu declaración anual necesitas algunas cosas:

  • Estar dado de alta en Hacienda y contar con tu RFC con homoclave;
  • Haber solicitado en Enero la constancia de retención de impuestos a tu patrón (o patrones si tienes más de un empleo) y éste habértela entregado;
  • Haber ganado durante todo el año pasado más del equivalente a un salario mínimo anual del lugar donde vives;
  • La carta de emitida por el INFONAVIT, FOVISSSTE o la institución financiera que tiene la hipoteca de tu casa donde se establecen los intereses que efectivamente pagaste durante el año pasado.

Si no solicitaste facturas por los pagos que realizaste no te preocupes, ya que si bien no podrás solicitar la devolución este año, en tus manos está la posibilidad de comenzar a solicitar la factura correspondiente cada vez que realices un pago.

Punto especial para tomar en cuenta: La cantidad máxima que te devolverá el fisco es la de los impuestos que pagaste durante el año pasado. Así mismo, de los gastos que deduzcas durante tu declaración, a lo sumo se te devolverá el 30% de los mismos. El porcentaje depende del monto total de ingresos que hayas obtenido durante el año pasado.

2. Pasos a seguir

Teniendo a la mano los documentos anteriores, agrupa las facturas de tus gastos por proveedor. En una libreta u hoja de cálculo relaciona las facturas y sus importes sumando el total que hayas pagado a cada uno de tus proveedores. Esto te facilitará tu declaración porque es así como se capturan los gastos: el RFC de tu proveedor y la cantidad total de impuestos que le pagaste.

Una vez que tengas la relación completa de a qué proveedor le pagaste cuánto, entra a la página del SAT para realizar tu declaración. El siguiente video explica los pasos a seguir para realizar tu declaración a través del portal del SAT.

(NOTA: El video ha sido bloqueado por el SAT debido a que nos encontramos fuera del periodo de declaración anual para personal físicas)

No obstante que el proceso es muy sencillo, si así lo deseas siempre existirá la posibilidad de presentar tu declaración anual a través de los servicios de un Contador de tu confianza.

Aprovecha este beneficio que tienes, es un dinero que por derecho es tuyo.

Muchas veces nos quejamos de lo altos que son los impuestos y ésta es una forma legal de tenerlos de vuelta. Sólo requieres ser ordenado en tus pagos, guardar tus comprobantes, solicitar tu carta de retención y realizar tu declaración anual… Recuerda, tienes hasta el 30 de Abril.

¡Éxito!

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360 Comentarios »

  1. SALVADOR SANCHEZ 07/Abr/2015 en 11:55 am - Responder

    hola buen dia!

    realize mi declaracion anual 2013, pero no agrege los intereses de la hipoteca de la casa. ahora en quiero hacer la declaracion 2014 y me gustaria agregar los intereses del credito hipotecario 2013 y 2014. como se puede realizar el ingreso 2013??

    en la pagina solo se puede agregar un solo monto, quiero pensar que seria solo 2014.

  2. Jose Mendez 07/Abr/2015 en 10:34 am - Responder

    Buenos dias Mauricio.
    Soy persona fisica bajo el regimen RIF.
    En enero del 2015 adquiri un automovil financiado directamente por la agencia automotriz, se que solo puedo deducir un maximo de 130000.00 en 4 periodos.
    La duda que tengo es que si por ser financiado no tendre problemas al momento de declarar el gasto por el hecho de declarar por periodo un 25% de los 130000.00 sin haberlos pagado, ya que como te comente anteriormente el automovil es nuevo financiado a 5 años, no se si me explique. Gracias de antemano por cualquier orientacion al respecto.

  3. Blanca 06/Abr/2015 en 1:37 pm - Responder

    Hola Mauricio
    Una consulta. Soy persona física (sueldos y salarios) el año pasado realice mi declaración anual, solo que se omitió la deducción de intereses reales por créditos hipotecarios (tengo uno de FOVISSSTE), obtuve saldo a favor mismo que desde el año pasado me devolvió el SAT, pero me dijeron que puedo hacer una declaración complementaria para que el SAT me devuelva la deducción que se omitió, ¿Cómo hago esta complementaria? porque entiendo que hay tipos de declaración complementaria, ¿a la que debo de ingresar es la modificación de declaración?, me puedes ayudar, Por otro lado, leí que manejas un instrumento de inversión con un rendimiento anual del 11.5%, ¿Me puedes compartir información. Gracias

    • Mauricio Priego 07/Abr/2015 en 11:02 am - Responder

      Hola Blanca,
      Sí es posible realizar una declaración complementaria, pero si ya te devolvieron impuestos, entonces lo más seguro es que te pidan que presentes en las oficinas del SAT que te correspondan la declaración en sí. Sugiero te comuniques a INFOSAT para que así tengas la información completa y no te hagan dar vueltas de más: 01800-463-6728
      Respecto al instrumento de inversión, te envío la información en un momento más por correo 😉
      ¡Éxito!

  4. MONICA 02/Abr/2015 en 10:22 pm - Responder

    HOLA QUIERO PRESENTAR LA DECLARACION DEL 2009 PERO NO PUEDO INGRESAR YA QUE SOLO MARCA EL 2013 Y 2014 EN SALARIOS

    • Mauricio Priego 03/Abr/2015 en 8:25 am - Responder

      Huila Mónica,
      Aquí el detalle es que únicamente puedes realizar declaraciones de los últimos cinco años, es decir, del 2010 al 2014. Por tanto, el 2009 quedó ya fuera del rango.
      Felices fiestas de Pascua!

  5. roberto 01/Abr/2015 en 9:47 pm - Responder

    aparesco como no asalariado que puedo hacer para solucionar este problema

  6. Jose Arturo Barrera Alvarez 30/Mar/2015 en 3:10 pm - Responder

    Hola Mauricio Buen dia!

    tengo un credito infonavit y me recomendarion que por medio de un contador podria pedir un rembolso de impuestos sobre intereses algo asi la verdad es que no me queda del todo claro,y bueno me podrias ayudar en saber si el pago de colegiaturas de la universidad de mi hijo pueden ayudarme a percbir una cantidad mayor
    ah y de paso lei de que conoces un
    instrumento de inversión que te genero un 11.5% de rendimiento durante el año pasado, me puedes dar información al respecto. muchas gracias, saludos!!!

  7. ivonne 17/Mar/2015 en 11:11 am - Responder

    Buen dia

    Disculpa tengo ya las cartas de interés hipotecario de los años 2010,2011,2012,2013,2014 pero mis recibos de pago son pequeños y no se genera impuesto, puedo llevar solo esa papelería para la devolución de intereses. Aun no estoy dada de alta en SAT.

  8. Laura 13/Mar/2015 en 2:49 pm - Responder

    Hola quisiera que alguien me ayudara tengo un problema no solicité a tiempo mi constancia de retención a la dependencia para la que trabajo y esta dependencia hizo mi declaración anual, pero yo a parte de las retenciones quería declarar que compré un seguro de gastos médicos mayores y tengo un crédito hipotecario así como colegiaturas.
    Me dicen que ya no puedo hacer nada porque la dependencia para la que trabajo ya hizo mi declaración, ¿habrá manera de que aún pueda el SAT aceptarme mi constancia de intereses del hipotecario, el de gastos médicos mayores y el de mis colegiaturas?
    ¿tengo alguna otra alternativa? ayuddaaa

    • fausto cazarez 20/Abr/2015 en 12:58 pm - Responder

      alguien te ayudo con esta situacion, porque estoy en un problema similar

  9. francisco javier gonzalez guerrero 04/Mar/2015 en 12:34 pm - Responder

    PARA PRESENTAR DECLARACION 2009 SOY DEL SECTOR DE EDUCACION Y TENGO SALDO A FAVOR MI PREGUNTA ES NECESITO ENVIAR LA CARTA DE NO DECLARACION QUE LE HACE UNO AL PATRON AL SAT YA QUE ES UN PERIODO ATRASADO COMO REQUISITO

  10. rene 03/Mar/2015 en 5:21 pm - Responder

    Disculpa, en la empresa que laboro me comentan que ya no pueden darme la constancia de retenciones y percepciones ya que tenia hasta el 27 de febrero para solicitarla, ¿puedo hacer algo para presentar mis deducibles o ya no puedo?…si ya no puedo ¿me afecta tener esas facturas?

    • Mauricio Priego 04/Mar/2015 en 7:12 am - Responder

      Hola René,
      Entregarte o no esas retenciones que en manos de la empresa. No existe ninguna ley que se los impida, pero significa volver a hacer declaraciones, trámites y papeleos que no todos los patrones están dispuestos a asumir.
      Ahora bien, si te emitieron facturas y no realizas tu declaración, no pasa nada. A Hacienda lo que le interesa es el origen de tus recursos, no donde los gastas 😉
      ¡Éxito!

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