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¿Es conveniente depositar los ingresos de mi negocio en mi cuenta bancaria?

Mauricio Priego 17/Feb/2014 269
¿Es conveniente depositar los ingresos de mi negocio en mi cuenta bancaria?

En verdad conviene depositar los ingresos de mi negocio en mi cuenta bancariaCuando un emprendedor decide poner un negocio, comúnmente utiliza su cuenta bancaria para depositar los ingresos de las ventas del día y retirar lo necesario para pagar a sus proveedores y los gastos de su negocio. Y como es su cuenta personal, también deposita ahí cualquier dinero que reciba (incluso en muchas ocasiones es la cuenta donde le depositan su salario en su trabajo), retirando lo que necesita para sus gastos familiares, y pagando sus gustos y paseos con su tarjeta de débito. Pero, ¿Es ésta una buena práctica? ¿Qué consecuencias tiene?




Consecuencias Administrativas

El primer problema al que te enfrentas de seguir esta práctica, es en administrar correctamente los recursos separando lo que es de tu negocio de lo que es tuyo:

  • Si bien puedes llevar el control en una hoja de cálculo o a través de aplicaciones y programas informáticos,  corres el riesgo de olvidar capturar algún movimiento y después no recordar en qué lo utilizaste. Y cuando el emprendedor es una persona práctica y dinámica a la que no le gusta mucho la rutina de llevar registros, el riesgo de omitir movimientos es aún mayor. De esta manera, al final del mes, el emprendedor no sabría cuánto de ese dinero es suyo y cuánto es de su negocio, haciendo uso indiscriminado de los recursos comunes.
  • Adicionalmente, al tener el dinero en una misma cuenta no hay nada que te limite al hacer retiros, al pagar con la tarjeta de débito o al extender un cheque, por lo que puedes tomar indiscriminadamente el dinero de tus recursos personales o de los de tu negocio, siendo muy fácil que cuando te des cuenta ya no tengas dinero para pagar la mercancía después de pagar la colegiatura de tus hijos o viceversa.
  • Es común utilizar el estado de cuenta del banco para verificar los ingresos y gastos del negocio, comparando los movimientos bancarios con los registros de ventas y pagos realizados durante el período (a esto se le llama Conciliación Bancaria). Pero si tienes movimientos personales, puede llevarte a confusiones y malas interpretaciones. Por ejemplo: de ver un retiro que no tiene relación con un pago realizado, no podrías saber si fue un gasto personal o un gasto del negocio que se omitió registrar.

Consecuencias fiscales

Alrededor del mundo los diferentes gobiernos están restringiendo las operaciones en efectivo alineando a ciudadanos y negocios a realizar sus operaciones a través de los sistemas financieros. ¿El motivo? La trazabilidad: Debido a las regulaciones internacionales, los instituciones financieras (bancos incluidos) tiene la obligación de llevar un estricto registro de las operaciones (quién le deposita cuánto dinero a quién y en qué fecha) lo que permite a autoridades fiscales y judiciales determinar de forma precisa el origen de los recursos en una cuenta. Y si a esto sumamos que además la autoridad fiscal sabe cuánto ganas oficialmente por tu declaración de ingresos, de no haber una relación razonable entre lo que reportaste como ingresos con los depósitos recibidos en cuentas del sistema financiero y tarjetas de crédito, entras en algo llamado Discrepancia Fiscal:

  • Al utilizar una sola cuenta bancaria, todos los ingresos de esa cuenta son susceptibles a ser interpretados por la autoridad fiscal como ingresos de tu negocio incluyendo  el dinero en efectivo que te hayan regalado tus papás en tu cumpleaños o el dinero que te devolvió un amigo al que hiciste un préstamo para resolver una emergencia.
  • Debido a lo anterior es altamente probable que ante la autoridad fiscal quedes en Discrepancia Fiscal: Un total depositado en tu cuenta mayor al total de ingresos que declaraste.
  • ¡Pero ése dinero no fueron ingresos del negocio! Cierto, pero ante cualquier autoridad la única manera de demostrar algo es a través de evidencias, y en el caso del fisco, de evidencias documentales. Hacienda tiene una evidencia de este tipo contra ti: tu propio estado de cuenta donde pueden verse los depósitos, pero tú ¿cómo puedes demostrar documentalmente que ése depósito fue un regalo de tus papás por tu cumpleaños?
  • Si bien es cierto que generalmente el dinero que los papás regalan a sus hijos se considera totalmente libre de impuestos (en México se considera una donación, y está exenta según el artículo 93 fracción XXIII de la  LISR), también es posible que los papás le compren productos o contraten los servicios de su hijo, lo cual ya no es una donación sino un ingreso. Y si en una misma cuenta tienen tu cuenta personal y la del negocio, ¿cómo demostrarías que es donación y no venta?
  • Para la autoridad fiscal es sencillo: Si no puedes demostrar que la discrepancia fiscal se debe a ingresos exentos de impuestos, entonces los considera ingresos no declarados por los cuales estás obligado a pagar impuesto (en México, artículo 91 de la LISR).

Conclusiones y recomendación

Por todo lo comentado anteriormente queda clara la respuesta a la pregunta inicial:

No es una buena práctica el utilizar una misma cuenta bancaria para el resguardo y administración de tus recursos personales y los de tu negocio. En vez de ello, abre sendas cuentas independientes entre sí para los recursos de tu negocio y para tus recursos personales.

Y una nota final: si tienes varios negocios, la lógica es muy parecida a lo que vimos anteriormente. Por tanto, la recomendación es tener una cuenta bancaria independiente por cada negocio que abras (en caso de sucursales de un mismo negocio, el tema fiscal desaparece por lo que es tu decisión el manejar una única cuenta bancaria para todas tus sucursales o una independiente para cada una. Este es ya un tema de preferencias y administración interna).

¡Éxito!

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269 Comentarios »

  1. ERIC ORTIZ 11/Mar/2015 en 5:57 pm - Responder

    Hola Mauricio Buen dia.

    Disuclpa tengo una duda, hace unos años tenia una tarjeta de perfiles con la empresa en la que trabajaba me depositaba via nomina, deje de usarla 2 años acabo de entrar a trabajar a una empresa en la que me solicitan que vaya a tramitarla voy a banamex y me dien que puedo usar esta que no tengo ninguna comision incluso tenia unos pesos desde el dia que la deje de usar siguen en la tarjeta, pero hace poco tramite una cuenta de cheques y me entregaron otra tarjeta para el manejo de la cuenta de chques, la cuenta de cheques ya tiene mas de 6 meses que no la ocupo y quede a deber un rebote como de 900 pesos, pueden cobrarme a lo chino ese rebote, ahorita que me van a pagar via nomina en mi tarjeta que ya tenia desde hace mas de 2 años, espero y me puedas ayudar por favor

    • Mauricio Priego 12/Mar/2015 en 8:10 am - Responder

      Hola Eric, debido a una nueva ley que entró en vigor hace unos meses, sí es posible que el banco se cobre a lo chino como dices. Sólo queda saldar tu deuda… O no manejar cuentas bancarias en ese banco (lo cual, por cierto, no es una garantía de que no te lleguen a cobrar a lo chino)
      ¡Éxito!

  2. ivonne 11/Mar/2015 en 4:50 pm - Responder

    buenas tardes! disculpa la molestia acabo de poner un negocio hace un mes y me quiero dar de alta en SAT es un local donde vendo ropa americana que yo misma voy a traer de texas y no se nada sobre el tema, que me recomiendas ?? te agradeceria me recomedaras que hacer.

    • Mauricio Priego 12/Mar/2015 en 8:05 am - Responder

      Buenos días Ivonne!
      Antes que nada te felicito por tu espíritu emprendedor. Personas con tu entusiasmo son las que se necesitan para impulsar a México 😀
      Hay mucho pequeños detalles – y no tan pequeños – que tomar en cuenta. Comúnicate al Instituto Nacional del Emprendedor donde te brindarán asesoría gratuita. También necesitarás a un contador con experiencia en importaciones para los temas fiscales, los cuales están fuera del alcance del INADEM.
      ¡Éxito con tu proyecto!

  3. Carla F 03/Mar/2015 en 7:05 pm - Responder

    Hola MAuricio, gracias por la informacion, me aclara un poco el panorama sobre estas cuestiones.
    Tengo una pregunta, actualmente vivo en el extranjero con una visa de residencia, vine con un ahorro en efectivo, pero sinceramente no tendria como comprobar su origen ya que se trata de la union de los ahorros de mi pareja y mios, durante algun tiempo, aparte dinero que me dio mi padre, pero no se trata una gran suma. El tema es que somos independientes y estamos a punto de abrir una cuenta de ahorros para que el dinero este mas seguro, por otro lado estamos tambien por sacar un RUC para empezar a ejercer formalmente y no tener problemas. Tu recomiendas abrir dos cuentas, y creo que es lo mas indicado. Mi pregunta vendria a ser: abriria una cuenta destinada al negocio y esta si tendria respaldo por mis facturas, pero con la segunda cuenta, la del ahorro, tendria problemas? En algun momento me preguntarian de donde surgio ese dinero?, como podria hacer para no tener problemas en ese aspecto? Imagino que al ser dos cuentas distintas uno en primera instancia diria que no tienen nada que ver, pero al estar las dos a mi nombre, podrian pensar que la segunda se trata de un dinero no declarado que quiero asolapar como «ahorro»? Como podria alegar que se trata de un dinero «limpio» y que no tiene nada que ver con el negocio? Espero que entiendas a que quiero llegar y muchas gracias por el tiempo que dedicas en responder a tus lectores 🙂

    • Mauricio Priego 04/Mar/2015 en 7:10 am - Responder

      Hola Carla, me alegra que la información te haya sido de interés: esa es nuestra principal recompensa 🙂
      Respecto a tu inquietud, todo depende de cuánto dinero sea el que llevan consigo y cuál es su situación migratoria. Una cantidad menor a 10 mil dórales no dispara las alarmas ni del ISR (si están en EEUU) ni las del SAT. Por otro lado, al ser migrantes, con mencionar que dicha cantidad menor a 10 mil dólares es fruto de su ahorro mientras vivieron en México debiera ser suficiente en caso de cualquier cuestionamiento, claro está, respaldándola con algún recibo de nómina o declaración al SAT que demuestre que tuvieron una actividad económica.
      ¡Éxito!

  4. Alejandro TM 28/Feb/2015 en 6:01 pm - Responder

    Buen día Mauricio, antes que nada felicidades por este espacio y agradezco de antemano el tiempo que dediques a mi consulta.
    Tengo un negocio y acabo de adquirir un multifuncional de 5,000 Aprox, lo compre en Ofix, por el cual solicite obviamente mi CFDI para poder hacerlo deducible, el detalle es que lo pague con tarjeta de credito (a mi nombre) a 18 meses sin intereses del banco santander.
    Mi duda es si debo considerar el total del importe en mi próxima declaración (la factura que me expidio ofix es por el total), o si debo considerar solo la mensualidad que deposito a la tarjeta de credito ?? ya que segun he leido, solo se puede deducir lo realmente gastado, y de ser asi… ¿ Como le hago para soportar los pagos mensuales si no voy a tener CFDI por cada uno de ellos ?

    Muchas Gracias, saludos y éxito

    • Mauricio Priego 03/Mar/2015 en 6:21 am - Responder

      Buenos días Alejandro.
      Si la factura de Office es por el total del costo de la impresora, entonces deduces el total del monto de la impresora 😉
      (Ten en cuenta que el financiamiento te lo da el banco, por el cual cobró en su momento una comisión a Ofix por la transacción).
      ¡Éxito!

  5. JUAN FERIA 26/Feb/2015 en 7:17 pm - Responder

    Buenas noches estimado Mauricio, yo llevé a cabo mi suspension provisional debido a que ya no me dedico a alguna activad que me remunere como antes lo hacia, pero resulta que vendí mi casa, recibí mi depósito por FOVISSSTE, y ahora pretendo prestar a un familiar una cantidad considerable mediante transferencia bancaria de mi cuenta a la de el, la pregunta es si cuando me lo devuelvan dentro de un mes de la misma manera que yo lo transferí, debo declarar algo por ese traspaso de dinero que me devolverá mi familiar siendo que ya de alguna manera pagué impuesto al vender mi casa ? o mientras sea por transferencia Bancaria no hay problema alguno ?
    Gracias por tu amable atención.

    • Mauricio Priego 27/Feb/2015 en 5:53 am - Responder

      Hola Juan, buenos días.
      Aquí el punto es que si la cantidad es lo suficientemente considerable, Hacienda puede sentirse interesada por la operación y cuestionar por el origen de esos recursos. Si firman ustedes un contrato entre particulares (no necesariamente notariado, aunque claro que avalado por un notario tiene más peso) indicando el monto del préstamos, las fechas de pago y el que no cobrarás intereses (estos representan un ingreso que sí hay que reportar), y lo resguardan junto con los recibos de ambas transferencias y los estados de cuenta donde éstas se reflejan, en caso de que el fisco les requiriese podrían demostrar documentalmente que no se trata de un ingreso y por tanto no están sujetos a pagar impuestos.
      ¡Éxito!

  6. SANTIAGO 19/Feb/2015 en 2:06 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio, tu blog me a sido de gran ayuda para comprender algunas cuestiones para iniciar un negocio. mi duda es la siguiente: Deseo iniciar un negocio de distribucion de pan, pero lo quiero hacer por medio de distribuidores como lo hacen las empresas multinivel, no se si tengas conocimiento de como se manejan estas empresas. si abro una cuenta para que me depositen lo de las ventas del pan pero no compruebo que es del pan eso me afectaria a mi? pagaria algun impuesto extra? como me puede afectar? o tendria que dar de alta a todos los distribuidores para poder comprobar que es de mi negocio?? un saludo y espero haberme explicado. gracias

    • Mauricio Priego 20/Feb/2015 en 6:10 am - Responder

      Buenos días Santiago.
      Te felicito por tu espíritu emprendedor, el cual, si le echas ganas y no desistes, no solo te beneficiará a tu sino a la comunidad en la que te desenvuelves gracias a la generación de empleos… y claro está, la posibilidad de saborear un delicioso pan. Y me alegra saber que aporté mi granito de arena para que se vuelva realidad 😉

      En efecto sí conozco de multiniveles (de echo tengo un artículo al respecto – Negocios Multinivel, ¿Oportunidad real de negocio o pirámide engaña bobos? -) y como funciona es que tú facturas a tu red de distribuidores independientes, ya sea porque ellos estén dados de alta en Hacienda, ya sea porque tú emitas una factura global por las ventas al «público en general» englobando – valga la redundancia – las ventas realizadas a todos aquellos que no estén dados de alta en Hacienda. Al ser vendedores independientes, su estatus y cumplimiento fiscal es ajeno a tu operación y responsabilidades.

      ¡Éxito!

      • SANTIAGO 22/Feb/2015 en 9:00 pm - Responder

        buenas noches mauricio que tal? oie una pregunta.,
        es legal crear o fundar una compañia multinivel pero sin un producto de ´por medio?? osea solo metiendo dinero?? hace tiempo escuche de una pero ya despues no supe que pasaria con esa compañia y luego escucho comentarios de que son ilegales. te agradeceria mucho tu ayuda., y tambien que tipo de sistema utilizan los multinivel para pagar a tantos suscritos o distribuidores??? saludos y gracias de antemano mauricio DtB

        • Mauricio Priego 23/Feb/2015 en 6:22 am - Responder

          Buenos días Santiago.
          Un multinivel en el que no haya un producto o servicio a comercializar, simple y sencillamente no es un multinivel, ya que por definición las «Redes de MERCADEO» sirven para comercializar productos y servicios.
          El esquema que dices es popularmente llamado «pirámide», y si bien no hay una regulación explícita en su contra, el hecho que prometas a alguien que le vas a dar más dinero que el que te dio por la suma de lo que darán los demás brinda todos los elementos a quienes se inscriban y no reciban el dinero prometido para demandarte por fraude… Y de hacerlo, seguro ganan.
          Recomendación: Piénsalo no dos, sino cinco veces…

          • Santiago 25/Feb/2015 en 9:58 am -

            Hola Mauricio me an servido mucho tus consejos que le as dado a todos y a mi tbn me gustaría contarte de algunas inquietudes con respecto a mi negocio y no se si sería más conveniente si me dieras tu correo y poder consultarte por ese medio? Gracias por tu atención

          • Mauricio Priego 26/Feb/2015 en 6:22 am -

            Hola Santiago,
            Me alegra que la información te haya sido de utilidad, esa es mi mayor recompensa.
            Te contacto por correo para que podamos conversar en corto 😉
            ¡Éxito!

      • santiago sandoval 06/Mar/2015 en 9:21 am - Responder

        buenos dias mauricio.
        antes que nada muchas gracias por tus aportaciones realmente nos ayudan bastante.
        tengo una duda, anteriormente te habia preguntado como funcionan los multinivel y tu respuesta fue exelente para mi pero tengo esta pregunta: cuando en mi organizacion tenga digamos 100 distribuidores independientes, como podria yo hacer para pagar las comisiones a cada uno de ellos? tendria que realizar 100 transferencias? o hay algun programa especial? o algun convenio con el banco??? agradeceria mucho que me ayudaras con esta cuestion.

        por tu atencion muchas gracias!!

  7. jose alejandro lara ramirez 19/Feb/2015 en 12:35 pm - Responder

    buenas tardes mauricio tengo dudas mi papa es pensionado esta registrado en hacienda en el regimen de incorpóracion fiscal tiene una camioneta a su nombre y factura a su nombre le trabaja a grupo gruma pero quiere dejarmelo a mi nombre yo trabajo para el gobierno federal tendria q abrir alguna cuenta aprte de la nomina que tengo, y la ganancia que perciba se la puedo depositar a el ,tendria algun problema con hacienda .gracias

  8. Carlos Martinez 14/Feb/2015 en 7:57 pm - Responder

    Hola, llegue a este articulo por mi siguiente inquietud, en mi trabajo tengo 3 años haciendo mi declaracion anual yo mismo ya que le incluyo mi infonavit y de esta manera obtengo devolucion de 3mil aprox. en estos dias la empresa me pago un bono por fuera de nomina, me dieron un cheque de otra empresa, mi empresa dice no recomendarme depositarlo en mi cuenta de nomina por que puede salir como foco rojo en el resultado de mi declaracion. Tendria problema si lo deposito en una nueva cuenta en otro banco o tambien puede afectarme. el cheque es por 38mil. Gracias

    • Mauricio Priego 16/Feb/2015 en 7:08 am - Responder

      Hola Carlos.
      Como al abrir la nueva cuenta bancaria tendrás que dar tus datos personales, el resultado es que de cualquier modo Hacienda puede asociarte. Ahora bien, hay algo que llama mi atención: Por el monto el cheque debe ser nominativo – es decir, a tu nombre – por lo que de cualquier manera la operación puede ser rastreada.
      ¿Qué se puede hacer? Para hacerlo todo «derecho», factura a tu empresa (existe la posibilidad de hacerlo como empleado sin necesidad de tener actividad empresarial). Ahora bien, como el movimiento con el cheque no es automáticamente reportado al fisco por los bancos, podrías depositarlo en una segunda cuenta como mencionas confiando que pases desapercibido durante los próximos cinco años.
      ¡Éxito!

  9. Maria 12/Feb/2015 en 7:20 pm - Responder

    Hola Mauricio,
    Gracias a ti casi soy CP, no te creas, me gusta leer aprendo mucho, ahorita estoy pasando por la siguiente situacion a ver si me puedes orientar

    1.- Trabajo en Mexico para una empresa extranjera, y me pagan en dolares en una cuenta a mi nombre en EU
    2.- El dinero de mi cuenta en dolares, lo retiro con mi tarjeta de ahorro del mismo banco, no de debito ya que el banco con el que estoy, ya no tiene opcion de abrir cuentas de cheques con tarjeta de debito para los mexicanos
    3.- Ese dinero ya esta registrado en IRS en EU, por lo que yo lo saco del cajero y por cada operación el banco en EU me cobra 3% mas la comision por uso de Cajero RED, si es con Santander no hay comision
    4.- Como el costo de las transferencias es muy alto, yo hago retiros y pago con efectivo diversos gastos, casi todos los servicios, casa, credito automotriz, etc.
    Hasta ahi, esa e mi situación actual, eso lo debo declarar? y como lo declaro?

    Escenario dos

    1.- Sigo con mi regimen es por sueldos y salarios, y algun tiempo estuve como Persona fisica con actividad empresarial 2011-2012 me di de baja debido en el 2012, ya que no tuve ya el tiempo para arrancar bien mi negocio. Presente mis declaraciones.
    2.- En el 2013, ya tenia nuevamente mi regimen de sueldos y salarios. Y entre a una empresa mexicana, donde me pagaban a una tarjeta de nomina. Eso ya esta declarado.

    3. Durante 2013 y hasta el 2014 obtuve el pago de un prestamo que hice por casi 800,000 desde hace mas 5 años y que me fueron depositados a mi cuenta personal por transferencia y cheque, nosotros solo hicimos un pagare en el 2008 y un contrato. Todo ese dinero esta registrado mediante cheque/transferencia a una cuenta que abri especialmente para eso.
    7.- Regresando al otro escenario mi patron en ese entonces 2013 me pagaba a la cuenta de nomina con los debidos impuestos retenidos y declaracion ante SAT.
    8.- Puedo presentar una declaracion extemporanea por el prestamo y devolucion ya que eso no esta declarado, pero tengo el comprobante? Ya que lo fui recibiendo en partes

    Muchas gracias por tu ayuda

    • Mauricio Priego 13/Feb/2015 en 6:09 am - Responder

      Hola María, buenos días.

      El caso que mencionas de tus patrones americanos, hasta donde he podido investigar, tiene muchos «asegunes». Entre México y EEUU existe un acuerdo para evitar la doble tributación, pero éste, claro está, depende del tipo de contrato, tipo de servicios, formas de pago, dónde te ubicas tú físicamente y dónde se ubican físicamente los clientes cuya atención es la que te paga el patrón americano. Por tanto, no hay una regla universal a la que podamos atenernos.

      En su momento conocí a un experto fiscalista gerente del área fiscal de una importante multinacional, quien me explicó lo anterior. Sin embargo no hubo oportunidad para que pudiera colaborar con un artículo relacionado ni tampoco tenía el tiempo como para atender a quienes estuvieran en situaciones semejantes así fuese cobrando honorarios. Por lo que el único hilo que te puedo brindar es lo mencionado en el párrafo anterior.

      Respecto al préstamo, estarás de acuerdo conmigo que al ser todo por medios electrónicos – y por el monto del préstamos en sí – el SAT ya está informado de la operación. Que tú realices la declaración extemporánea en realidad es para tu tranquilidad y para reducir la posibilidad de que el día de mañana el SAT quiera investigar un poco más al respecto…

      ¡Éxito!

  10. LILI 10/Feb/2015 en 6:34 pm - Responder

    PUEDO RETIRAR DINERO VIA CAJERO AUTOMATICO PARA GASTOS PERSONALES Y DE PAPELERIA DE MI NEGOCIO. SOY PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD PROFESIONAL –

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