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La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Mauricio Priego 08/Jul/2013 1.305
La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley




La nueva ley lo que hace es:

  • Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
  • Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
  • Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
  • Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.

En la siguiente presentación pueden ver  las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:

La Ley Anti Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta? from Mauricio Priego

(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)

¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.

¡Éxito!

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1.305 Comentarios »

  1. María 02/Mar/2014 en 7:40 pm - Responder

    Buenas noches, estoy impresionada con la ayuda que brindar por medio de tu blog. Tengo un caso: Dinero ahorrado (becas, trabajos temporales, donaciones de abuelos y padres) con el cual comencé a construir mi casita. Ya di de alta la construcción en obras públicas y ante el imss pero con mi rfc donde sólo estoy dada de alta sin recibo de nómina. Ahora resulta q tengo un montón de dudas de cómo debo hacer los pagos a albañiles y que documentos debo pedir o dar para ampararme ante el sat. NO contraté constructora, lo hago por mi cuenta y no hay contratos con la gente. ¿Cómo debo manejar la salida de mi dinero? Estoy asustada. De antemano gracias por tus finas atenciones.

    • Mauricio Priego 02/Mar/2014 en 10:28 pm - Responder

      Buenas noches María.
      Entiendo que estás construyendo tu casa con tus ahorros… Fiscalmente hablando no tienes nada de qué preocuparte 🙂
      Al día de hoy sólo se pagan impuestos por los ingresos (caso del ISR), por el consumo (IVA, IEPS) y en algunos casos por posesión (tenencia, predial), pero ninguno es por gastar tu dinero. En pocas palabras, no se declara al SAT la salida de tu dinero.
      Así que disfruta la construcción de tu casa… momento de anhelos y ver cómo se hacen realidad tus sueños.
      Éxito en tus proyectos!

  2. miguel 01/Mar/2014 en 3:56 pm - Responder

    Hola nuevamente.estas son mis inquietudes.
    En un os mese entraré a trabajar con un ingeniero como dibujante,.
    No estoy do de alta. Y el me va pagar en arrar en efectivo, me dice que no me pedirájamas recibo alguno. Si lo que mpaga al mes será de 10,000 a 12,000 los cuales cálculo casi el 80% se va en pagos.Luz, teléfono, pasaje , renta, comida, etc. Y el restantes sería depositar a mi cuenta de ahorro. . La pregunta es, debo darme de alta, si Isasi como compruebo lo ganado, si mi jefe no me pedirá recibo..actualmente trabajo de chalan, y ganó el mínimo, a veces vendo cosas usadas por mercadolibre. Eso también como lcomprobaria si ya en su momento esos ARTICULOS pagaron sus respectivos impuestos. Te agradecería el apoyo. Y también un contador aprox.cuanto cobraría a una persona en mi situaión. Esto es para saber y no me chamaqueen. Muchas gracias

  3. Gloria Mendez 28/Feb/2014 en 4:38 pm - Responder

    Hola Mauricio, eres una persona muy amable. Tengo 34 años y mi trabajo es raro, yo tengo un blog de moda (fashion) y mis ingresos me los depositan en Estados U. No pasa por mexico ni hago transferencias a mi cuenta de banco, si a veces retiro dinero con la tarjeta de debido americana, solo retiros en cajeros. Eso es un problema? Si me hacen un pago random por paypal menor de 7 mil pesos hay un problema? Y por otro lado, es verdad que abajo de 15 mil pesos mensuales en uso de tarjetas de credito o cuenta casi no hay riesgo? No me he dado de alta y no quisiera darme de alta porque siento que es llamar la atención! Qué crees que debo hacer. Gracias adelantadas! Por otra parte, existe una alta para una persona que hace blogs? Ojala tenga la suerte que me respondas 🙂

    • Mauricio Priego 01/Mar/2014 en 11:00 am - Responder

      Hola Gloria!

      Si lo analizas un poco, tu trabajo no es raro… ¡Yo también soy blogger! Así que bienvenida al gremio 😛

      Por lo que entiendo generas tu ingreso fuera de México (Google Adsense o cualquier otro medio) y te depositan en EEUU en una cuenta de bancos americanos. En México tomas tus recursos retirando de ésa cuenta y presumo que con ése efectivo pagas productos y servicios, es decir, no lo depositas en cuentas de ahorro o inversión ni pagas tarjetas de crédito de bancos ni casas comerciales mexicanos. ¿Estoy en lo correcto?

      De ser así, más allá del concepto de que tienes un ingreso por el cual debieras pagar impuestos, el fisco mexicano no tiene manera de detectarte. Para los sistemas eres un turista americano, y mientras no realices operaciones mayores a 10 mil dólares, tu cuenta no es más que una de tantas de quienes nos honran con su visita generando derrama económica en nuestro país.

      Ahora bien, qué obligaciones fiscales tengas por esos ingresos en EEUU, en realidad lo desconozco. Ten cuidado por ahí.

      Así que colega, mis mejores deseos para tu blog.
      ¡Éxito! 😀

      • Gloria Mendez 01/Mar/2014 en 11:23 am - Responder

        Muchas gracias, no puedo creer que me contestaste, wow! Me hiciste el día! GENIO! Un detalle, yo aqui manejo una tarjeta de debito mexicana, y mi esposo me deposita dinero mensual ahi, esa tarjeta e lal que si uso aplicando tarjeta de debito cuando los gastos son de pagar cablevision, etc. Y a veces deposito yo en esa tarjeta, siempre es en efectivo menor a 5 mil pesos. Es que la verdad deberias de dar un cursooooo para que todos pudieramos ir, porque esto de la reforma fiscal nos trae a todos de cabeza. Otra vez gracias por tu buena onda!!! Me pareces un hombre muy inteligente y preparado! Te admiro mucho porque pones las cosas como son, no causas terror y al contrario, buscas la mejor alternativa para todos.

        • Mauricio Priego 02/Mar/2014 en 9:45 pm - Responder

          Gloria, me dejaste sin palabras. Gracias 🙂
          (Qué bueno que no se me ve mientras contesto porque hasta quedé ruborizado)

          Dices que tu esposo te deposita en una tarjeta de débito mexicana… ¿Cómo lo hace? ¿En efectivo o por transferencia? Si lo hace por transferencia electrónica no tienen nada de qué preocuparse: el dinero que los cónyuges se entregan mutuamente se considera una ingreso libre de impuestos (por donación). Puedes encontrar más información en esta liga: ¿Cómo depositar dinero a mi familia sin tener problemas con Hacienda?

          Por tus depósitos menores de 5 mil tampoco creo que llegues a tener problemas (el monto es bajo).

          Gracias nuevamente por el valor que das a mi esfuerzo.

          Un abrazo a ti y tu esposo.

  4. Sergio 28/Feb/2014 en 10:04 am - Responder

    Mauricio buenos días,

    Te felicito por el resumen.

    Tengo una inquietud. Voy a comprar un auto nuevo, y quiero dar un enganche de $200 mil y que me financie una institución bancaria $200 mil, es decir, el valor del auto es de $400 mil. La forma de pago del enganche será de $110 mil vía electrónica y el restante en efectivo. Los $110 mil electrónicos provienen de haber vendido un auto que gane en un sorteo y el efectivo proviene de ahorros. Yo percibo en el actual empleo $10 mil mensuales y me subirán este mes a 15 mil mensuales. Yo no declaro ante hacienda, únicamente me descuentan en nómina impuestos. ¿Tengo que declarar algo? Debido a las operaciones que voy a realizar hacienda me multará? ¿Cuales son los montos máximos para que no no infrinja en la ley? ¿Qué me recomiendas?

  5. JUAN FERIA 26/Feb/2014 en 11:11 pm - Responder

    Mauricio buenas noches, acabo de darme de alta en el SAT como PF con actividad empresarial y profesionales, pero tengo dudas respecto a un dinero que eme van a pagar por medio de spei que gané antes de darme de alta pero que apenas me van a pagar, ese dinero aun siendo spei tengo que declararlo ? puedo ponerme en contacto contigo por skype ?

  6. gabiela 26/Feb/2014 en 12:04 am - Responder

    Hola! Me urge un poquito de ayuda por lo siguiente te contare fijate q hace unos meses abri una cuenta y me hacian depocitos muy grande de dinero y al dia siguiente lo retirava todo esto fue por hacer un favor a un amigo y al mes decidi cerrar la cuenta mi pregunta ahora es que hago puedo causarle problemas a mi familia por esto? Como me repercute a mi? Ayudame porfavor

    • Mauricio Priego 27/Feb/2014 en 9:03 am - Responder

      Hola Gabriela.

      Por lo que me comentas sí es bastante factible que te requiera Hacienda para pagar los impuestos correspondientes de los ingresos no reportados. Lo que te recomendaría es ir preparándote para el momento y hablando con tu amigo para que en su momento no te deje sola. ¿Cómo prepararte? Contacta a un contador de tu confianza y que sea experto en temas fiscales para que te ayude. Es importante que cuando te requiera Hacienda acudas al llamado… y también que no lo hagas sola sin el asesoramiento del contador.

      Éxito!

      • Lazaro Manriquez 03/Mar/2014 en 12:04 am - Responder

        Hola Mauricio
        si una persona quiere transferir una fuerte cantidad de dinero de otro pais, a una cuenta de mexico. Po que en ese pais no puede hacer el retiro por problemas civiles y quiere que yo le eyude para transferir ese dinero y posteriomente hacer uso de ese dinero aqui en mexico ¿que problemas se pueden presentar?
        se supone que ese dinero es una herencia de sus padres.
        Te pido algun comentario
        Lazaro Manriquez

        • Mauricio Priego 03/Mar/2014 en 9:29 am - Responder

          Hola Lázaro.

          Te voy a ser honesto… Lo que dices me suena a una forma de fraude que ha estado circulando en Internet primero a través de correos y después por las redes sociales, en el cual se le cuenta a la víctima un cuento muy convincente en el que precisamente se tiene una importante cantidad de dinero en un país con problemas civiles y que se quiere transferir a México (o a USA, o Francia, o España, depende dónde viva la víctima) para irse a vivir ahí. El fraude surge en el momento en que le piden a la víctima dinero para poder hacer trámites, los cuales se le pagarán junto con intereses cuando lleguen al país. Usualmente dicen que la garantía es el propio capital ya que el dinero lo recibiría la víctima.

          ¿Y qué ocurre al final? Que si la víctima les envía el dinero, ¡nunca vuelve a saber de ellos!

          Por ello te sugiero que antes de seguir buscando cómo introducir ése dinero al país, te cerciores que no es un fraude. Y es sencillo: si son desconocidos, deja de seguir en contacto con ellos y bloquéalos en tu red social o marca como SPAM su dirección de correos. Si es un amigo cercano o un familiar… de cualquier manera sugiero prudencia.

          Éxito!

          • Patricia 03/Mar/2014 en 5:35 pm -

            Hola nuevamente, oye otra consulta…. Fijate que encontre en el mercado libre esto (Facturas 100% Legales Verificadas Para Comprobar Gastos) Quisiera que me dijieras si estoes legal o tendre algun problema en comprar una factura para comprobar un gasto

          • Mauricio Priego 04/Mar/2014 en 9:54 am -

            Hola nuevamente Patricia 😀

            ¿Si es legal comprar facturas falsas para comprobar gastos? Si nos basamos que estás engañando a tu patrón – o a Hacienda -, y que ninguna forma de engaño es legal (exceptuando los efectos especiales del cine), queda claro que es un delito. De hecho, es calificado como fraude (y si esas facturas llegan hasta Hacienda, entonces es Fraude Fiscal).

            Mi consejo: dile no a esa persona y cuéntale a quien más confianza le tengas 😉

            Que tengas un gran día 🙂

  7. josue alonso garcia lazcano 25/Feb/2014 en 5:26 pm - Responder

    hola mi pregunta es yo trabajo por mi cuenta vendo articulos pr mercado libre y en el mercado informal aparte trabajo en una rosticeria y percibo un total de 22 o 23mil mensuales los cuales depocito al banco y pago mis tarjetas de credito y mis compras k hago o k tengo k pagar son como 22000 mensuales
    mercado libre =1000 mensuales
    mercado informal=15000 mensuales
    rosticeria soy chalan y no recibo ningun comprobante ni nada =6000 mensuales

  8. sergio 25/Feb/2014 en 2:28 pm - Responder

    hola, me pareció bastante interesante tu articulo
    tengo dos preguntas, ojalá me puedas orientar.
    le voy a vender a mi Hermana un carro por el cual ya pagué sus respectivos impuestos.
    ella me va a hacer una transferencia por cierta cantidad y después me va a depositar mensualmente durante 3 años.
    como me afecta esto? resulta que tengo que pagar impuestos de Nuevo por esto? como le compruebo al SAT o HAcienda que yo ya pagué impuestos por mi carro y que lo estoy vendiendo?
    la otra pregunta es, voy a estar trabajando fuera del país y quiero transferir dinero de afuera a mi cuenta en mexico, tambien tengo que pagar impuestos en mexico por esto? cuando ya estaré pagando impuestos en el otro país?

    gracias de antemano
    saludos

    • Mauricio Priego 27/Feb/2014 en 8:49 am - Responder

      Hola Sergio.

      Sobre la venta de tu auto no te preocupes: la ley considera que el ingreso por vender tu auto (siempre que lo vendas a menos de lo que lo compraste) es libre de impuestos. Puedes leer más al respecto en el artículo Voy a vender mi coche, ¿debo pagar impuestos por ello?

      Respecto a el trabajo que vas a realizar en el extranjero… El tratado de libre comercio entre México y EEUU contempla una serie de acuerdos fiscales para evitar la doble tributación (precisamente que pagues impuestos aquí y allá), pero hay una serie de regulaciones y temas contractuales que hay que cumplir. Por ello te sugiero acercarte a un asesor fiscal. Si gustas puedo contactarte con uno de mi confianza.

      Quedo a la espera de tus comentarios. Éxito en tus proyectos…

  9. rodrigo 25/Feb/2014 en 1:15 am - Responder

    recibi una serie de transferencias en las que la sumatoria total era de $700 mil pesos, mi duda es que puede pasarme y si puedo tener algun tipo de multa o peor aun carcel por lavado de dinero ?

    • Mauricio Priego 25/Feb/2014 en 8:46 am - Responder

      Rodrigo, lo que puede suceder es que Hacienda considere ése dinero un ingreso no reportado, y te «invite» a pagar los impuestos correspondientes. Si no puedes demostrar documentalmente que o no es un ingreso (préstamos, por ejemplo) o que es un ingreso exento de impuestos (donación o herencia de tus padres, por ejemplo), no te quedará más que pagar el impuesto.
      Eso sí, llegado el momento mejor asesórate para evitar dar pié que decidan auditarte, porque es entonces cuando tienes que demostrar de dónde salió el dinero.
      ¡Éxito!

  10. JOSE LUIS 24/Feb/2014 en 2:19 pm - Responder

    Mauricio buenas tardes!! Como siempre un gusto el saludarte, como verás ahora te estoy contactando nuevamente por otra cuestión, sucede que tengo dudas respecto a la discrepancia fiscal que se maneja ahora en éste 2014 con las tarjetas de crédito, me gustaría saber si ya se publicaron las leyes secundarias, o bien si continúa el entredicho de que todo pago hecho a las tarjetas de crédito el SAT lo tomará como ingreso. Sucede que yo pago mis tarjetas mes con mes, pero como el banco no me cobra comisión por la disposición de efectivo, si tengo que pagar 60mil, retiro esos 60mil de la línea de crédito de la misma tarjeta y se los vuelvo a depositar, lo que me ayuda a no generar intereses, pero me preocupa mucho el hecho de que el SAT detecte ésta operación como un ingreso. Por otro lado, me gustaría saber si dentro de la misma discrepancia están también contabilizados los créditos automotrices e hipotecarios, mismos que al pagar sus mensualidades éstas se pueden tomar como «ingreso» por parte de la autoridad fiscal. Confío en que me puedas ayudar a despejar éstas dudas y ésta angustia que tengo por éstas situaciones. Saludos Cordiales…

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