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¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?

Mauricio Priego 06/May/2013 778

Mercancías puedes ingresar a México

Actualizado al 12 de Diciembre del 2015

Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando  por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:




Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.

Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.

El equipaje del pasajero

La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:

  • Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  • Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

La franquicia

Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta

  • 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
  • 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).

Es importante considerar lo siguiente:

  • El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
  • Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
  • Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

Recomendaciones finales

  • Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
  • No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
  • Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
  • Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
  • Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
  • Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
  • Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
  • Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.

¡Éxito!

Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015

Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.

Se agregó: Una agenda electrónica.

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Referencias

778 Comentarios »

  1. laura 09/Abr/2014 en 11:37 am - Responder

    hola buenos dias soy de mexico df tengo 3 preguntas quiero pedir dos tablets por paqueteria son de 7 pulgadas y por las dos serian 1 300 g su valor por las dos seria de 2600 crees que me las retendrían en aduana?
    2 da pregunta no sabes cuantas tabletas tiene una persona permiso traer anualmente con un costo inferior a los 300 dolls por envio ?
    porque yo ya he pedido dos, una el año pasado y la otra ya hace casi dos meses que llego pero esta vez como no se, me dan ganas de enviarlas con una amiga o no se si aun tenga yo chance?,
    si tienes entre tus cosas algún articulo que venga lo de las piezas al año o sobre esto de importacion me podrías pasar el link porque ya no se, como se cambio la reforma esta todo cambiado te lo agradecería mucho de antemano gracias

  2. javier 08/Abr/2014 en 3:36 pm - Responder

    Buenas tardes, voy de regreso a Mexico y en realidad solo me llevo mi música, cerca de unos 450 lps (discos de los viejos, de acetato o LPs) y unos 100 ces entre libros y revistas de música, que debo hacer para no tener problemas? ya que todo esto lo he comprado con elpaso del tiempo que vivi aquí.
    espero me tengan una respuesta pronta.
    gracias y saludos.

    javier.

  3. Angela 07/Abr/2014 en 9:44 am - Responder

    Hola, buen dia!
    Tengo una duda, por el ajuar de novia se pagan impuestos? Soy fronteriza, me han dicho que tengo que pagar impuesto por el excedente, pero que si fuera del interior del pais no pagaria impuesto…. Pero otra persona me dijo que la Ley Aduanera menciona que por el ajuar de novia no se paga impuesto…

    • Mauricio Priego 11/Abr/2014 en 8:07 am - Responder

      Hola Angela, buenos días y muchas felicidades por la próxima boda 😀

      Revisando la ley no encontré ninguna limitante en cuanto al equipaje que tienes derecho a introducir al país para quienes viven en la frontera. Y el ajuar de novia está considerado, precisamente, como parte del equipaje. Así que no deberías tener problema alguno al respecto.

      Ahora que si quieres una respuesta definitiva, podrías consultar directamente en INFOSAT (01800-463-6728) pidiendo te comuniquen a aduanas 😉

      ¡Éxito!

  4. Sara 06/Abr/2014 en 6:47 pm - Responder

    Hola, Quiero comprar una computadora de escritorio de 510 dolares con rato y teclado incluidos ¿Tendria que pagar impuesto?

    • Mauricio Priego 07/Abr/2014 en 8:03 am - Responder

      Hola Sara,

      Me temo que sí ya que una computadora de escritorio no se considera parte del equipaje. Lo que te podría ayudar es la franquicia dependiendo si regresas a México en auto ($300USD por lo que pagarías impuestos sobre $210USD) o por avión ($500USD por lo que pagarías impuestos sobre $10USD) y no traes otras cosas.
      Un detalle: Recuerda llevar contigo tu ticket de compra: los precios en la lista oficial de la aduana suelen ser más altos que los que encuentras en tiendas y en Internet.

      Feliz viaje de regreso 😉

  5. Carlos Quiroz 03/Abr/2014 en 5:56 pm - Responder

    Saludos, mi duda es la siguiente: Quiero comprar 3 audífonos con valor de $99.95USD cada uno, un conocido puede hacerme el favor de pasarlos a México ya que él, por su trabajo cruza la frontera diariamente, la forma en que me lo propone es quitando el empaque y pasarlos como artículo personal para no pagar impuestos, pero me preocupa que pueda perder algún accesorio o dañar el producto de esa forma.

    ¿Cuál sería la mejor opción para pasar los artículos con su empaque y no pagar impuesto por ellos?, ¿si fuera usando la opción de franquicia, cada cuánto tiempo puede usarla?, es decir si en un día utiliza esa opción y el valor de los productos es $299.85USD, ¿al siguiente día puede disponer de $300USD nuevamente, o es necesario esperar un tiempo para poder hacer uso de la opción de franquicia de nuevo? como lo menciono, el cruza la frontera diariamente.

    Y como duda adicional, ¿que saben de ésta información?, por mi parte desconozco el portal donde se publica el artículo y aún no he encontrado alguna fuente que confirme la nota.

    http://www.frontera.info/EdicionEnLinea/Notas/Noticias/02042014/826636-Quitan-aduanas-en-centrales-de-camiones-y-aeropuertos.html

    Muchas gracias y un excelente artículo.

  6. Israel 03/Abr/2014 en 5:44 pm - Responder

    Hola, compre dos relojes nuevos en estados unidos con valor menor de 200 dolares por los dos , pero aparte traigo mis 2 relojes de uso personal, tendré que pagar impuestos también por los personales que compre en mexico y ya se ven un poco desgastados?
    Gracias!!!!!

  7. Erik Daniel 02/Abr/2014 en 9:20 pm - Responder

    Hola que tal amigo! Muy interesante todo lo que comentas. Una duda, mi hermano vive en Houston y me quiere mandar algunas cosas usadas al DF por medio de Estafeta o UPS, sin embargo tenemos temor de que nos quieran cobrar impuestos al momento de la llegada. Seria una caja de 10 Kg, con ropa de bebe, 1 tableta y algunos juegos de PS3. Me podrias apoyar con esta informacion por favor? Muchas Gracias. Saludos!

    • Mauricio Priego 03/Abr/2014 en 9:25 am - Responder

      Hola Erik!

      He leído que en el envío de paquetería se tienen algunas consideraciones, mas honestamente desconozco los detalles. Seguramente UPS o Estafeta, al ser empresas mundiales, deben conocer la reglamentación fiscal de envíos entre particulares. Sugeriría lo consultes con ellos o directamente en INFOSAT (01800-463-6728)… y te agradecería profundamente que nos compartas lo que te respondan. Estoy seguro que será de mucha utilidad para otros lectores.

      ¡Éxito!

  8. Abraham Jimenez 27/Mar/2014 en 9:06 am - Responder

    Que tal buen dia, espero me pueda ayudar con mi duda, cuanto tendria que pagar de impuestos por comprar un blue ray por medio de la pagina de ebay pero el vendedor es de Australia y el costo del aparato es de 678 dlls Autralianos que debe ser unos 628dlls americanos. o quien a donde podria acudir para saber cual es el total que pagaria por el aparato. Muchas gracias por su atencion Saludos!!

    • jesus 31/Mar/2014 en 1:27 am - Responder

      Hola saludos , y muy practicos tus consejos. Tengo una duda que pasa con las cosas que no tienes comprovantes (tenis nuevos) y aparte son de mujer

      • Mauricio Priego 31/Mar/2014 en 8:17 am - Responder

        Hola Jesús.
        Si los tenis son de tu talla, bien puedes pasarlos como parte de tu equipaje. Si no, siempre está la posibilidad de la franquicia… ¿Qué tantas cosas estás trayendo? Porque si sólo son los tenis, no debes tener problema alguno.
        ¡Éxito!

  9. ADRIANA 26/Mar/2014 en 2:49 pm - Responder

    Hola, tengo una duda.. quiero comprar bolsas y carteras de marca por internet (michel kors) en la pagina http://www.handbagssweet.com/… estan en ofertisimaa y me estoy volviendo loca!! para no perder mucho no quiero pasarme de 300 dlls…por sii algo muy maaalo llegara a pasar… según esto me las envían desde estados unidos.. Tengo que pagar algún impuesto cuando me lleguen a cancun??… no quiero llevarme sorpresitas!!, Espero sus comentarios.. Muchas gracias!!!

  10. Elena G. Rodríguez 26/Mar/2014 en 5:25 am - Responder

    Hola:

    Me interesa saber cuánto hay que pagar de impuestos por comprar por internet artículos de belleza de la Unión Europea. Digamos, cuánto hay que pagar por cada 100 euros?

    Agradezco mucho tu atención.

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