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Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Mauricio Priego 18/Jun/2011 513
Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Actualización del artículo al 5 de enero del 2014

La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargoestas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.




Artículo original

Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!

En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.

Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.

Veamos un ejemplo:

  1. El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
  2. El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
  3. El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
  4. El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000

El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:

Depositado 23,000.00
Exento -15,000.00
Base para impuesto 8,000.00
LIDE de 3% 240.00

En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.

¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).

Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:

  1. Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
  2. Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)

En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):

  • Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
  • Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
  • Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
  • Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
  • Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.

Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!

¡Éxito en tus proyectos!

Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia

513 Comentarios »

  1. BLANCA 20/Ene/2016 en 1:10 pm - Responder

    HOLA MAURICIO

    BUENAS TARDES, EN ESTE MES MI PAPA LE VENDIO UN TERRENO A UN SOBRINO QUE RADICA EN EUA Y EL DEPOSITO EN LA TARJETA DE DONDE LE DEPOSITAN A MI PAPA SU PENSION, HABRIA ALGU PROBLEMA CON HACIENDA.

    POR OTRA PARTE EL QUIERE RETIRARLO DE AHI Y HABRIR UNA CUENTA A PLAZO FIJO, ESTO TAMBIEN NOS TRAERIA PROBLEMAS CON HACIENDA.

    MI PAPA LO TIENE MUY NERVIOSO ESTO, Y NO ES BUENO PORQUE YA ES UNA PERSONA ADULTA, YA QUE DICE QUE LE VAN A QUITAR SU DINERO

    AYUDAME PORFAVOR, ORIENTAME QUE DEBEMOS DE HACER, GRACIAS

    • BLANCA 23/Ene/2016 en 9:35 am - Responder

      NO HE RECIBIDO RESPUESTA, PLIS

  2. Carlos 18/Ene/2016 en 2:28 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio, tengo una duda, el año pasado un amigo que esta en USA me ayudo con un dinero por un detalle personal que tuvimos y me mando la cantidad de $8,000 usd pero fue en 4 meses, 2k usd por mes y se estuvieron depositando a una cuenta de Banorte para poder hacerlos pesos, (es decir fueron 4 eventos) inicio en Julio, Agosto Octubre y por ultimo Diciembre, se tendria que hacer algo ante el SATpara evitar problemas? Gracias por su ayuda! increible todo que lo que se aprende con su informacion y experiencia, Gracias de verdad!!

  3. Veronica 10/Ene/2016 en 8:23 pm - Responder

    Buenas noches Mauricio felicidades por este Blog es muy bueno y muy interesante Gracias por compartir tus conocimientos con todos nosotros.
    Espero que puedas ayudarme mis hermanos y yo le donamos a mi mama el año pasado alrededor de $135 mil pesos y este año alrededor de $400 mil pesos mi pregunta es ella tiene que pagar impuestos al SAT por ese dinero.
    Gracias y Espero puedas ayudarme

    • Mauricio Priego 11/Ene/2016 en 7:16 am - Responder

      Hola Verónica,
      Gracias a ti por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo. El saber que es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂
      Si el dinero se lo donaron a tu mamá a través de medios electrónicos (transferencia, cheques), entonces no tienen nada de qué preocuparse ya que las donaciones entre padres e hijos se encuentran libres de impuestos. Si lo hicieron en depósitos en efectivo entonces sí podrían tener problemas, ya que tendrían que demostrar de manera documental que ése dinero efectivamente se lo entregaron ustedes.
      Puedes encontrar más información en ¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?
      ¡Éxito!

  4. Monserrat 09/Ene/2016 en 8:13 pm - Responder

    Buenas noches, muchas gracias por tus aportes, la pagina es de gran ayuda para quienes no tenemos idea sobre las finanzas, yo tengo una gran duda:
    Mi padrasto vive en estados unidos y me quiere mandar una cantidad fuerte de dinero aproximadamente $100,000, esto seria via transferencia electronica, mi duda es que como no somos parientes de linea directa, y el de hecho no esta casado con mi mama, estamos sujetos a pagar impuesto por ese dinero?
    Gracias de antemano

    • Mauricio Priego 11/Ene/2016 en 7:14 am - Responder

      Hola Monserrat,
      Según la ley fiscal sí estarían obligados a reportar ése dinero. Algo que podrían hacer es que les envíe 50 mil a tu mamá y 50 mil a ti, y que ustedes lo declaren de forma independiente como una donación (para esto apóyense con un contador). La ley fiscal establece que toda persona física tiene el derecho de recibir por donaciones al año poco más de 70 mil pesos libres de impuestos (Posteriormente tu mamá te donaría a ti la otra parte del dinero siempre por medios electrónicos, con la ventaja de que las donaciones entre padres e hijos son libres de impuestos).
      Puedes encontrar más información en ¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?
      ¡Éxito!

  5. César Chávez 06/Ene/2016 en 10:53 am - Responder

    Buenas días Mauricio:

    He vivido en EUA durante 10 años, quiero regresar a México este año, pero estoy con dudas respecto a mis ahorros de $2,000,000.00 de pesos, pretendo abrir una cuenta de ahorro en México y realizar una transferencia bancaria por el monto antes mencionado. Mi preocupación es que me fiscalicen mi cuenta y tenga que pagar algún impuesto. Que puedo hacer para que esto no pase.

  6. karen moreno 24/Dic/2015 en 1:45 pm - Responder

    Hola mauricio tengo una gran duda..
    espero me puedas ayudar

    Yo trabajo en una empresa la cual durante los últimos 3 meses me han depositado cantidades altas de dinero pero por transferencia electrónica.
    para que pague a unos trabajadores del campo quiero saber si tendré algún problema con hacienda por ello? no he declarado nunca.
    cuanto es el dinero permitido al año para una persona normal en su cuenta de nomina personal?
    Mas no se si ellos tengan factura de ese dinero que me depositan si es así tendré problema o no? me siento un poco nerviosa

  7. Cristi S 10/Nov/2015 en 5:32 pm - Responder

    Hola Mauricio. Mil Gracias por el blog esta muy bueno. Te comento que yo abrí una cuenta base bancaria para depositar aproximadamente $100 pesos semanales para ir ahorrando poco a poco. Crees que hacienda me monitoree por eso?. Espero haber entendido, yo puedo tener hasta 15 mil pesos en el banco sin que me cobren impuestos?. Y otra cosa, me gustaría invertir mi dinero ($1,000 pesos por ejemplo) para generar algo extra, eso también me perjudica en hacienda, el hecho de invertir?. Saludos, espero tu respuesta. Gracias!!

  8. Rodrigo Ramirez 08/Nov/2015 en 4:45 pm - Responder

    Buen día Mauricio,

    Tengo una tarjeta de nómina con la empresa que actualmente laboro, mis depositos via nomina ascienden a los $12,000 pesos mensuales, pero quisiera saber si me puede ocasionar un problema el que me depositen via cheque $13,000 pesos mensuales(aprox.) de parte de otra empresa por periodo de 12 meses, por algo que no es concepto de pago de nomina.

    Gracias

  9. Nestor 04/Nov/2015 en 4:11 am - Responder

    Mauricio,tengo un dinero depositado en un banco,producto de comiciones de trabajos financieros y de comiciones por ventas de jugadores de Futbol,quisiera saber que impuestos debo pagar si le envio dinero a mi esposa española a su banco en Madrid,para comprar nuestra primera propiedad; y a mis hijos que viven en Miami,tambien queremos comprarles su primer piso,son residentes americanos,estudian y trabajan alli,gracias

    • Mauricio Priego 04/Nov/2015 en 8:20 am - Responder

      Hola Nestor,
      Desconozco las leyes fiscales específicas de España y Estados Unidos, aunque en general, las donaciones entre cónyuges y de padres a hijos se consideran internacionalmente ingresos que no generan impuestos. Es decir, el dinero o bienes que tú decides otorgar a tu esposa e hijos vía donación, se encuentran exentos.
      Lo que valdría la pena averiguar con un contador de España y otro de EEUU, es si conviene les transfieras el dinero por medios electrónicos y que ellos sean quienes compren las propiedades (tus esposa e hijos respectivamente), o si mejor las compras tú (una vez que las hayan seleccionado) y entonces se las donas a ellos. Las afectaciones fiscales (tanto impositivas como beneficios) pueden variar dependiendo de la naturaleza de la donación (dinero o propiedades).
      Si te decides a contactar a los contadores, agradeceré nos compartas sus comentarios y recomendaciones. Estoy seguro que serían de mucha utilidad para otros lectores del blog 😉
      ¡Éxito!

  10. EDUARDO ZAPATA 27/Oct/2015 en 4:33 pm - Responder

    Buenas Tardes

    Felicidades Excelente blog, espero me puedas ayudar Mauricio tengo una duda, tengo una Persona Moral, la duda es, el banco me cobra dinero por tener guardado mi dinero en la cuenta de esta sociedad, a la cuenta que me refiero es en dolares. Alrededor de 1200 dlls no tenemos movimiento en esa cuenta siempre esta la cantidad mínima que requiere el banco.

    Me refiero que si me pueden llegar a cobrar impuesto por mantener el dinero en la cuenta.

    • Mauricio Priego 29/Oct/2015 en 6:17 am - Responder

      Hola Eduardo,
      Hasta el momento no existen impuestos por posesión de dinero, así que no te preocupes. Lo que sí podría pasar es que la cuenta te diera algún rendimiento o interés, y ese rendimiento sí estaría gravado. Ojo: Esto ocurre con todo tipo de cuentas bancarias y de inversión y no sólo en las empresariales.
      ¡Éxito!

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