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¿Debo pagar impuestos por los seguros que me resarce mi aseguradora?

Mauricio Priego 23/Ago/2021 0
¿Debo pagar impuestos por los seguros que me resarce mi aseguradora?

Al fallecer un ser querido, o al estar enfocado en la atención de un familiar gravemente enfermo, lo último que nos pasa por la cabeza son los impuestos por los seguros que vamos a recibir. No se habla mucho del tema, y por ello hoy lo comparto con ustedes: La información es poder.




¿Los pagos de las aseguradoras son ingresos?

Así es. La Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla como ingresos los resarcimientos que realizan las aseguradoras (Artículo 18, fracción VI). Veamos algunos ejemplos para ver de qué estamos hablando:

  • El dinero que se entrega a los beneficiarios por el seguro de vida al fallecer el titular del mismo;
  • El reembolso que se recibe por gastos médicos realizados bajo la cobertura de un seguro;
  • En general, los reembolsos por pérdida total o robo de un automóvil, por el daño de una propiedad en un sismo o huracán, lo gastos funerarios;
  • El importe pagado al beneficiario de un seguro dotal o por sobrevivencia, incluyendo los Planes Personales para el Retiro (PPRs)

Sin embargo, no por ser considerados ingresos necesariamente pagan impuestos. Todo depende de si son considerados ingresos gravables (que sí pagan impuestos) o ingresos exentos (Que no pagan impuestos).

Citas asesor Mauricio Priego #MPPh

¿Cuáles seguros son exentos de impuestos?

  • Reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios y funerarios (Artículo 93, fracción VI)
  • Cuando la cantidad que paga la aseguradora al asegurado o sus beneficiarios sea para cubrir el riesgo amparado. Aquí entran los seguros de vida, auto, responsabilidad civil y hogar. (Artículo 93, fracción XXI)
  • Los seguros de supervivencia o dotales, siempre que el asegurado tenga 60 años o más, y hayan transcurrido 5 años o más entre la fecha de contratación y el momento en que se pague la indemnización (Artículo 93, fracción XXI)
  • Seguros por muerte, invalidez, pérdidas orgánicas e incapacidad para realizar un trabajo remunerado cuando el seguro es contratado por un patrón (Artículo 93, fracción XXI)
  • Los intereses pagados por las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, así como las cuentas de inversión de los Planes Personales para el Retiro (Artículo 54, fracción I)

Todo lo anterior sólo es aplicable si el seguro fue contratado por una aseguradora constituida conforme a las leyes mexicanas.

Si el seguro fue contratado a una aseguradora no constituida en México, en todos los casos los resarcimientos y reembolsos son considerados ingresos gravables, y, por tanto, sujetos al pago de impuestos.

Artículo 93, Ley del Impuesto Sobre la Renta

¿Cuándo sí debo pagar impuestos por los seguros?

  • Cuando los bienes asegurados sean activos fijos de una empresa  o persona física (Artículo 93, fracción XXI)
  • En los seguros dotales, cuando no se han alcanzado los 60 años, el periodo transcurrido sea menor a 5 años, o las primas no las haya pagado el asegurado (Artículo 93, fracción XXI)
  • Cuando la cantidad recuperada por seguros o responsabilidades a cargo de terceros corresponda al resarcimiento de bienes del contribuyente relacionados a su actividad empresarial o servicio profesional (Artículo 101, fracción III)
  • Por la parte correspondiente a intereses de retiros parciales o totales de seguros de sobrevivencia (dotales) y PPRs, cuando éstos se realizan antes del plazo contratado y no se cumplen los requisitos de la fracción XXI del artículo 93 (Artículo 133)

Si tienes algún caso o inquietud en particular, compártela en los comentarios y la resolvemos.

¡Éxito!

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Referencias

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