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¿Cuáles son los riesgos de la Modalidad 40 ante las auditorías del IMSS?

Mauricio Priego 15/Oct/2018 530

¿Cuáles son los riesgos de la Modalidad 40 ante las auditorías del IMSS?

Últimamente he recibido muchos comentarios de lectores a quienes el Seguro Social les ha rechazado su inscripción a la Modalidad 40. Y más aún, que ha realizado auditorías a sus últimos patrones. ¿Qué hay detrás de todo esto?




Resumen de la Modalidad 40

La Modalidad 40 es una facilidad contenida en la ley del Seguro Social para que los trabajadores asalariados, al independizarse, puedan seguir acumulando semanas cotizadas e incrementando el saldo de su cuenta individual para el retiro (Afore).

Esta modalidad cuenta con una característica interesante: Al darte de alta puedes determinar el salario con el cual quieres cotizar, teniendo como mínimo tu último salario, y como máximo, el salario topado (25 UMAs, actualmente más de $2000 diarios).

Para quienes pertenecen a la generación de transición, esto se convierte en una oportunidad para incrementar el monto de su pensión. ¿El motivo? En la Ley 73 la pensión se calcula en base al salario promedio de los últimos 5 años cotizados.

Lo anterior quiere decir que

Aunque toda la vida hayas cotizado con salario mínimo, si los últimos 5 años cotizas con salario topado, te correspondería una pensión de más de 50 mil pesos mensuales

Y, por el contrario,

Si toda la vida cotizaste topado, pero los últimos cinco años cotizas con salario mínimo, sólo recibirías 2 mil pesos al mes

Abusos en la Modalidad 40

Lo anterior no es secreto para el IMSS. Está contenido en la ley, así que es legal.

Sin embargo, en los últimos años se han visto ex-trabajadores que, llevando décadas sin cotizar, se dan de alta con un salario mínimo un año para recuperar sus derechos ante el instituto, e inmediatamente se dan de baja para inscribirse a la Modalidad 40 con salario topado.

El IMSS no tiene argumentos legales para evitarlo. Sin embargo, para frenar este abuso, el instituto advierte a los solicitantes que no pueden inscribirse a menos que su último patrón pase exitosamente una auditoría. Y como es de imaginar, para ningún patrón es motivo de alegría que le hagan auditoría.

Riesgos de la Modalidad 40

La Modalidad 40 realmente no conlleva riesgos para el patrón o para el trabajador cuando se utiliza para lo que fue creada:

  • Llevas años como trabajador asalariado y te independizas;
  • Quizá sólo lleves un par de años, pero eres menor de 55 al momento de independizarte;
  • Cuando al inscribirte lo haces con un salario de cotización razonable respecto al último que tenías;
  • Perteneces a la Ley 97

Pero si se presenta una persona que

  • Tiene 55 años o más,
  • Trabajó como asalariada únicamente el último año con un sueldo de un salario mínimo,
  • No cotizó previamente por más de 4 años,
  • Y solicita la inscripción a la Modalidad 40 a salario topado

Puede estar segura que van a condicionar su alta al resultado de la auditoria de su último patrón.

¿Y qué pasa si le hacen la auditoría al patrón? Bueno… Si llegan a detectar un fraude al Seguro Social, las multas son muy fuertes, tanto para el ex-patrón como para el solicitante. Y este último, por cierto, pierde todos sus derechos.

En realidad, es cuestión de sentido común…

Si se sigue la estrategia adecuada, y se tiene un esquema de ahorro e inversión que permita aprovechar beneficios fiscales, puede aprovecharse la Modalidad 40 tal y como fue diseñada. Con gusto le comparto la estrategia que estoy llevando a quien lo desee, sólo háganmelo saber en sus comentarios.

¡Éxito!

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Referencias

530 Comentarios »

  1. Ilhuixochilt 24/Feb/2019 en 1:39 pm - Responder

    despues de dejar de cotizar cuantos años se tienen que trabajarar para que no se vea como fraude. Le agradecere me envie por favor compartir su estrategia de ahorro

    • Mauricio Priego 25/Feb/2019 en 10:33 am - Responder

      Hola Ilhuixochitl,
      La estrategia de ahorro te la mandé hace unos momentos por correo. Respecto a cuántos años se tiene que cotizar para que no se vea como fraude, realmente es relativo ya que no existe ninguna legislación al respecto, quedando al criterio del personal de la subdelegación del IMSS donde acudas para realizar tu inscripción a la Modalidad 40.

  2. MARY 22/Feb/2019 en 10:58 pm - Responder

    hola, tengo 54 a#os, tengo intencion de dejar de trabajar, y tambien tengo intencion de en 3 a#os empezar a aportar en la modalidad 40. Existe algun problema por el tiempo que no cotizare ante el Imss.
    Porque son mas de 5 a#os antes de cumplir los 60.

    • Mauricio Priego 25/Feb/2019 en 10:50 am - Responder

      Hola Mary,

      No importa cuántos años te faltan para cumplir los 60 años. La única regla para poder darte de alta en la Modalidad 40 es que, al momento de darte de alta, en los últimos 5 años hayas cotizado cuando menos 52 semanas. Es decir, que si acabas de dejar de trabajar y te vas a dar de alta en la Modalidad 40 en tres años, no tendrás problema alguno siempre y cuando hayas cotizado cuando menos el último año. Tu edad es irrelevante para el trámite 😉

      Excelente inicio de semana!

  3. Armando 22/Feb/2019 en 10:27 am - Responder

    Hola Buen dia, disculpen si alguien sabe por favor, estoy en la modalidad 40 y he pagado topado casi cuatro años si me falta terminar de pagar año y medio para terminar y pensionarme pero existe la posibilidad de que me contrate una empresa pero tiene que ser como empleado y topado seria la pregunta es me afecta si le sigo como empleado topado o sabe alguien que tendria que realizar o cuidar ? gracias de antemano

    • Mauricio Priego 22/Feb/2019 en 10:23 pm - Responder

      Hola Armando, buenas noches.
      En realidad no te vas a ver afectado. Ante el IMSS vas a pasar de cotizar de manera voluntaria, a hacerlo con un patrón. Para ti será transparente.
      Y como en tu nuevo empleo cotizarás con salario topado, tu salario promedio de los últimos 5 años no se verá afectado.
      Si quieres mayor tranquilidad, monitorea tus semanas cotizadas y verás que estas continuarán incrementándose. Para descargar el reporte puedes seguir esta liga.
      Buen fin de semana!

  4. Maria 20/Feb/2019 en 8:18 pm - Responder

    Hola Mauricio :

    Tengo una duda, deje de trabajar en 2014 con salario topado, tengo 1600 semanas, puedo utilizar la modalidad 40 pagando el topado actual retroactivo, para mejorar mi pensión?

    • Mauricio Priego 21/Feb/2019 en 9:12 am - Responder

      Hola María,
      Sí es posible que una persona se dé de alta en la Modalidad 40 pagando de manera retroactiva las semanas no cotizadas. Sin embargo, observo que mencionas que dejaste de trabajar en 2014, es decir, hace menos de 5 años.
      Para darte de alta en la Modalidad 40, es requisito indispensable haber cotizado cuando menos 52 semanas (1 año) en los últimos 5 años. Revisa la fecha exacta de tu baja y cuántas semanas cotizadas dentro del periodo. Si no juntas las 52 semanas, requerirías darte de alta como asalariada por el tiempo suficiente para volver a juntar las 52 semanas.
      Éxito en tus proyectos!

  5. ismael saucedo S 18/Feb/2019 en 1:00 pm - Responder

    las semanas que trabajas para activar reactivar tu cuenta, así como las que cotices bajo la modalidad 40 se acumulan a las que tenías antes de reactivar la cuenta?

    • Mauricio Priego 20/Feb/2019 en 10:02 am - Responder

      Hola Samuel,
      Así es: Todas las semanas que cotices en Modalidad 40 y las que cotizas como trabajador asalariado se acumulan. Esto lo puedes monitorear en el reporte de semanas cotizadas, el cual puedes descargar gratuitamente en la página del IMSS.
      Excelente día!

  6. LETICIA TORRES 14/Feb/2019 en 6:58 pm - Responder

    Buenas tardes. en mi caso tengo 600 semanas cotizadas, dure sin trabajar algunos años, luego volví a cotizar por dos años, y me di de baja para contratar la modalidad 40 y así tener la oportunidad de una mejor pensión. Es posible que al momento de mi pensión, haya algún problema? según yo, estoy haciendo lo correcto
    de hecho sigo trabajando con el mismo patron

    • Mauricio Priego 18/Feb/2019 en 10:36 am - Responder

      Hola Leticia, buenos días.
      Me confunde un poco lo que nos compartes… Mencionas que te diste de baja como asalariada para darte de alta en Modalidad 40, pero también mencionas que sigues trabajando. Cuando te inscribes a Modalidad 40 y entras a trabajar, en automático se te da de baja de la Modalidad.
      Más allá de lo anterior, una vez que ya estás inscrita a la Modalidad 40, no tienes por qué tener problemas al tramitar tu pensión. Así que por ese lado, considero que puedes estar tranquila 😉
      Excelente inicio de semana!

  7. Blanca 10/Feb/2019 en 9:55 pm - Responder

    Buenas noches, una pregunta, tengo 57 y medio y estoy por darme de baja para pagar la modalidad 40 por 2 años topado, eso es posible? tengo un promedio de 1800 semanas cotizadas y 9 años con el mismo patrón de hecho siempre ha sido el mismo pero ha cambiado de giro el negocio, eso es posible?. muchas gracias y saludos cordiales

    • Mauricio Priego 13/Feb/2019 en 8:34 am - Responder

      Hola Blanca,
      Siguiendo la normativa de la Modalidad 40 y la ley de Seguro Social, sí es posible. Teniendo nueve años trabajando de manera interrumpida con el mismo patrón (entiendo que actualmente sigues trabajando) mas otros 25 años con patrones previos, no creo que te pongan peros al momento de darte de alta.
      Los problemas vienen, como menciono en el artículo, con los que se quieren pasar de listos, que por lo que mencionas no es tu caso.
      Te deseo el mejor de los éxitos con tu estrategia!

  8. sergio varillas tlayecac 08/Feb/2019 en 8:18 pm - Responder

    Hola Mauricio esta muy interesante tu articulo y quisiera ver si me puedes compartir mas informacion o tu estrategia por favor…

    • Mauricio Priego 13/Feb/2019 en 8:59 am - Responder

      Hola Sergio,
      Me alegra que la información haya sido de tu interés. El saber que es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂
      Te mandé un correo con la estrategia hace unos momentos a tu cuenta de correo, confío te sea de utilidad
      Excelente día!

  9. Maximino Morin Correa 06/Feb/2019 en 2:02 pm - Responder

    Puedo pagar en una sola exhibición el total contratado (2 años)

    • Mauricio Priego 08/Feb/2019 en 7:45 am - Responder

      Hola Maximino,
      ¿A qué te refieres con «El total contratado»? Si la pregunta es relativa a que si se puede pagar de manera retroactiva la Modalidad 40, sí se puede 😉

  10. ARTURO 05/Feb/2019 en 7:25 pm - Responder

    buenas noches, es cierto que en la modalidad 40 solo te dan de pension lo que tu le metiste, lo que ahorraste.. ejemplo si yo incremento a un ahorro de $100,000 me dan mi 100,000 y ya de ahi baja la cantidad de la pension, osea que no es de por vida una buena pension, en otras palabras yo le presto mi dinero al IMSS, y luego me lo regresan y el unico que se beneficio fue el IMSS por jinetear mi dinero.. agradezco de antemano su valiosa informacion

    • Mauricio Priego 06/Feb/2019 en 7:21 am - Responder

      Hola Arturo,

      La información que tienes es incorrecta. La Modalidad 40 es un medio para que un trabajador que se independiza pueda seguir cotizando, y con ello, seguir sumando semanas cotizadas y promediando su salario diario de cotización. Llegado el momento del retiro, la pensión se calculará en base al promedio de tus últimos 5 años cotizados (Independientemente el tiempo que hayas tenido como trabajador o cotizando a través de la Modalidad 40).

      Puedes encontrar mucha más información en Modalidad 40 – Cómo independizarte sin perder el derecho a la jubilación.
      Excelente día!

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