fbpx

¿Cómo afecta la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a mi pensión?

Mauricio Priego 19/Feb/2018 128

¿Cómo afecta la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a mi pensión?

Ya sea que en estos momentos estés pensionado, o que vayas a pensionarte en el futuro, la creación de la Unidad Mínima de Medida y Actualización – UMA – te afecta directamente en el monto que recibirás de pensión. Por ello decidí ahondar en el tema y compartirlo. Siempre lo mejor será estar bien informados.




Pero comencemos por el principio…

¿Qué es la Unidad de Medida y Actualización y para qué se creó?

Por muchos años leyes, reglamentos, impuestos y multas estuvieron definidos en salarios mínimos. Incluso los créditos del INFONAVIT se definían con base en ello. Por tanto, cuando alguien se quejaba de que el salario mínimo era muy bajo, la respuesta era que no podía subirse más porque generaría inflación e impactaría negativamente a las familias mexicanas.

Con base en la lógica anterior, el salario mínimo en México perdió el 70% de su poder adquisitivo entre 1976 y 2014

Buscando una solución para que el salario pudiese incrementarse sin perjuicios, en diciembre de 2014 la Presidencia de la República propone a la Cámara de Diputados desvincular el salario mínimo de todo índice o referencia. Finalmente, el congreso aprobó la iniciativa, se promulgó la ley de la UMA, y el 28 de enero de 2016 se publicó oficialmente el valor de la nueva unidad de medida: $73.04

La buena noticia es que gracias a esto el salario mínimo ha tenido incrementos superiores a los de años pasados, mientras la UMA sigue un incremento menor. Esto hace que multas y pagos al INFONAVIT no suban tanto.

Incremento Salario Mínimo General vs UMA

Fuente: Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

Pero – Siempre tiene que haber un pero en la sopa -, la mala noticia es que también limita el cálculo de las pensiones y de sus incrementos anuales.

Impacto de la UMA en el Tope de Salario Máximo de Cotización

La ley vigente del seguro social establece que el salario máximo con el que puede cotizar una persona es de 25 veces el salario mínimo general.

Para efectos prácticos, en este 2018, el salario topado debería ser de $2,209.00

Esto quiere decir que, si alguien gana 3 mil pesos diarios por poner un ejemplo, lo máximo que se reportaría al Seguro Social serían $2,209

Sin embargo, debido a la adopción de la UMA por parte del Seguro Social, el salario topado de cotización se define en 25 veces la UMA.

Por tanto, para este 2018, el tope de salario topado es de $2,015.00 ¡194 pesos menos!

Diferencia que se irá incrementando conforme pase el tiempo…

(Si cotizas a través del ISSSTE, el salario máximo de cotización será a partir de ahora de 10 UMAs)

Impacto en el cálculo del monto de pensión

Únicamente se verán impactadas aquellas personas que pertenezcan a la Generación de Transición (Ley 73) y que cotizan con salario topado. Con la entrada en vigor de la UMA, en lugar de calcularse su pensión con base en un tope de 25 salarios mínimos, ahora el tope será de 25 UMAs.

¿Y qué significa esto en dinero?

La máxima pensión en México se reduce, de 54,200 pesos, a 49,400 pesos. Es decir, se contrae prácticamente ¡en 5 mil pesos!

A quienes pertenecen a la ley 97 no les afecta. Esto ya que su pensión se calculará con base en el saldo que tengan ahorrado en su Afore al momento de pensionarse, independientemente del valor de las UMAs

¿Y quienes pertenecen a la Generación de Transición pero no están topados? Tampoco les afecta, ya que el monto de su pensión lo define el promedio de su salario de cotización en los últimos 5 años que hubiera cotizado.

Asesoría financiera, estrategia de ahorro e inversión, protección patrimonial

Impacto en el monto mínimo de pensión

Sin importar la ley a la que pertenezcas existe un monto mínimo que se debe otorgar de pensión, el cual es equivalente a un salario mínimo general.

Como excepción, la ley del UMA establece que, para este caso, se seguirá utilizando como unidad de medida el salario mínimo en vez de UMAs.

Por tanto, a todo aquel que le corresponda el monto mínimo de pensión, no se verá afectado.

Su pensión se calculará con base en los 88.36 pesos diarios de salario mínimo vigente para este 2018.

Impacto en el incremento anual de la pensión

El incremento anual a las pensiones ya no será como antes, proporcional al incremento del salario mínimo. A partir de ahora se basará en la UMA, cuyo incremento es sensiblemente menor (Ver imagen).

Incremento Porcentual del SMG vrs UMA

De esta manera vemos que las personas pensionadas,

En vez de recibir en este 2018 un aumento del 10.39% como correspondió al salario mínimo, su incremento se vio reducido a un 6.77% que es lo que subieron las UMAs.

Sólo hay una excepción: cuando el nuevo monto de pensión quede por debajo del salario mínimo. En este caso el nuevo salario (después del aumento) será igualado al salario mínimo.

Conclusiones finales

La introducción de la UMA en el esquema de pensiones es el ejemplo perfecto de cómo una ley puede ser modificada por otra, y afectar a cientos de miles sin quebrantar la regla de que “los cambios no pueden ser retroactivos”.

Pensémoslo: A nadie le están diciendo que sus incrementos pasados necesiten recalcularse. Ni tampoco a quienes ya se encuentran pensionados a salario topado.

Por ello siempre he señalado, y sigo defendiendo, que la pensión debe ser sólo una de las estrategias para tener una pensión digna.

Otro de los pilares es construir un capital propio separado a las AFORES, de manera que la pensión brinde flujo, y el fondo ahorrado, liquidez.

Como ejemplo, el instrumento en el que invierto mi propio fondo para el retiro me brinda cerca de un 11% de rendimientos. No tengo inconveniente de compartir información con quien me la solicite.

¡Éxito!

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores. Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros de que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook.

Referencias

128 Comentarios »

  1. Hector Sanchez 17/Abr/2018 en 12:48 am - Responder

    Buen día Mauricio, serias tan amable de compartir la información que mencionas de inversión, por tu atención Gracias.

    • Mauricio Priego 17/Abr/2018 en 6:07 am - Responder

      Buen día Héctor,
      Te envié la información hace unos momentos a tu cuenta de correo, confío te sea de utilidad.
      Éxito en tus proyectos!

  2. Luis 06/Abr/2018 en 11:24 am - Responder

    Buenas tardes, serias tan amable de compartirme la informacion del instrumento que que mencionas?
    gracias

  3. Alán Alderete 29/Mar/2018 en 6:16 pm - Responder

    Hola Mauricio, primero que nada gracias por la información que nos compartes, solo que tengo algunas dudas que espero me puedas aclarar:

    1.- Para el cálculo de la pensión por Ley 73 hay unos porcentajes de cuantía básica e incremento anual en base a «tantas veces el salario mínimo»…¿ahora la base es la UMA o sigue siendo el salario mínimo?

    2.- En tu artículo pones: «La máxima pensión en México se reduce, de 54,200 pesos, a 49,400 pesos…»
    Al 2018 una UMA diaria es de 80.60 pesos, así que $80.60 x 25 veces x 30 días es igual a $60,450 pesos mensuales…
    ¿la cantidad que pusiste es ficticia, errónea o cómo calculaste esa cantidad?

    3.- Entiendo que para el caso de la ley 73 en lugar de calcularse la pensión en base a un tope de 25 salarios mínimos, ahora el tope será en base a 25 UMAs, sin embargo, ¿el resultado del cálculo de esa pensión puede rebasar ese tope de 25 UMA’s y pagar esa cantidad o también está topado el pago de la pensión a 25 UMA’s?

    Gracias de antemano por tus respuestas, un abrazo.

  4. Ramon Juarez 21/Mar/2018 en 12:27 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio.
    serias tan amable de compartir la informacion del instrumento que que mencionas?

    gracias

    • Mauricio Priego 22/Mar/2018 en 8:35 am - Responder

      Buenos días Ramón,
      Te envié la información hace unos momentos a tu cuenta de correo, espero te sea de utilidad

  5. Mario 20/Mar/2018 en 9:36 am - Responder

    Hola Mauricio. Me podrías compartir por favor cual es el instrumento de inversion que utilizas?.

    Aprovecho para comentarte que me parece muy claro tu articulo, los ejemplos con cantidades son lo mejor.

    Saludos.

    • Mauricio Priego 22/Mar/2018 en 8:39 am - Responder

      Hola Mario,
      Me alegra que la información que compartimos te haya sido de utilidad, esa es mi mayor recompensa 🙂
      Respecto a la información, te la mandé hace unos momentos a tu cuenta de correo
      Saludos!

  6. mario 15/Mar/2018 en 8:13 pm - Responder

    tengo 57 años ,no trabajaba desde 1987,entre en la cooperativa que me recomendó cotice 15 meses salario mínimo,ahora me reconoce el IMSS 477 semanas,quiero aportar en modalidad 40 los tres años restantes,a los 60 años completaría 630 semanas,cuanto me sugiere aportar para rebasar la pensión mínima,no tengo esposa ni hijos.por su atención ;Gracias señor Priego.

  7. Alidor 10/Mar/2018 en 12:04 pm - Responder

    Estimado Mauricio:

    Primeramente Gracias, por tu apoyo incondicional. Dios te bendice!

    Tengo dos años de pensionada, pudiera todabia invertir en la herramienta en la cual tu inviertes?

    Me puedes enviar información?

    Gracias de nuevo!

    • Mauricio Priego 13/Mar/2018 en 10:03 am - Responder

      Estimada Alidor,
      Gracias por tus palabras. Con honestidad las valoro y las recibo en lo que valen, aunque en realidad sólo aporto mi granito de arena… Si todos aportamos el que está en nuestras manos ofrecer, este mundo sería mucho mejor, ¿no te parece?

      En realidad hay diferentes opciones para invertir dependiendo de la etapa en la que te encuentras:

      1) Etapa de acumulación de capital. En esta etapa ahorras a través de los años para tener dinero a la mano que te permita tener un retiro digno. Si ya eres pensionada, queda claro que éste no es el caso.

      2) Inversión del dinero que tengas ya acumulado en un instrumento de inversión que te permita vivir de tus rentas. Es decir, que periódicamente retires las ganancias que te brinda tu inversión, que sumándolo a tu pensión, te brinde tranquilidad y una razonable libertad financiera durante tu retiro.

      Desconozco si te encuentras en el segundo caso, de cualquier modo te envié un correo con información al respecto.
      Dios les bendiga a ti y a tu familia

  8. Magdalena 10/Mar/2018 en 9:03 am - Responder

    Muy interesante toda la información que nos brindas sobre pensiones. Necesito información sobre el instrumento de inversión que utilizas. Gracias x compartir y espero respuesta.

    • Mauricio Priego 13/Mar/2018 en 6:28 am - Responder

      Hola Magdalena,
      Me alegra que la información que compartimos te sea de interés. Saber que es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂
      Te envié hace unos momentos la información a tu correo
      Excelente día!

  9. Elia 08/Mar/2018 en 2:39 pm - Responder

    Hola
    Muy bien explicado, gracias por compartir. Me interesa información sobre el instrumento de inversión que comentaste.

  10. Ángel Francisco 02/Mar/2018 en 9:42 am - Responder

    Hola Mauricio

    Muy amplio y explícito tu tema, despeja las dudas, te felicito y te agradeceré me compartas información sobre el instrumento de inversión, gracias, saludos

    • Mauricio Priego 07/Mar/2018 en 5:51 am - Responder

      Hola Ángel,
      Gracias por el valor que otorgas a la información que compartimos. Saber que es de utilidad es mi mayor recompensa 😉
      Te envié la información del instrumento donde invierto a tu correo hace unos momentos. Cualquier cosa seguimos conversando…
      ¡Éxito!

      • MARIA 09/Mar/2018 en 4:37 pm - Responder

        Hola muchas felicidades, mucho agradeceré me envies tambien por correo la información de inversión.
        Saludos!!

        • Mauricio Priego 13/Mar/2018 en 10:37 am - Responder

          Hola nuevamente María!
          Gracias por tus felicitaciones 🙂

          Desde la primera vez que me escribiste en febrero te envié la información a tu correo… Hoy te la acabo de volver a enviar.
          Por favor confírmame respondiendo a este mensaje si lo recibes o no, no vaya a ser que algo pase con mis correos y nadie los esté recibiendo :S
          (Otra opción es que veas si no te llegó a la bandeja de correo no deseado, a veces sucede)

          Saludos!

Deja un comentario »