Esta es una pregunta muy común que recibo de personas que desean comprar un auto o una casa, pero su dinero en efectivo no es aceptado. También de quienes les preocupa que los depósitos o pagos a sus cuentas de ahorro o tarjetas de crédito/débito les provoquen problemas con Hacienda. ¿Qué se puede hacer?
Muchos dueños de comercios, talleres, restaurantes o constructoras entre otros prefieren pagar a sus empleados «por fuera», es decir, pagarles en efectivo sin reportarlo al fisco.
Si bien con lo anterior el trabajador tiene la ventaja de que recibe el total de su sueldo y comisiones sin que le retengan impuestos, las desventajas son mayores:
- No tiene acceso a los servicios del IMSS,
- No genera una antigüedad que le permita pensionarse,
- Tiene el riesgo de ser reportado al SAT por bancos e instituciones financieras (incluidas AFORES y aseguradoras) si hace depósito o pagos de 15 mil pesos o más en un mes,
- Debido a la ley contra el lavado de dinero no podría comprar un auto o una propiedad si no tiene el dinero en un banco, lo que nos regresa al punto anterior (además de que a partir de ciertos montos también sería reportado al fisco por la agencia automotriz o el notario público),
- Como no se reportan sus ingresos ni se les retiene ISR, tampoco tienen derecho a la devolución de impuestos por gastos personales.
Así que respondiendo a la pregunta ¿Qué se puede hacer?, existen varias opciones dependiendo de qué es lo que busques:
1. Cambia de trabajo
Ésta es la solución más simple. Busca un trabajo donde sí te den de alta ante Hacienda, te otorguen las prestaciones de ley, te retengan impuestos y te entreguen un recibo de nómina digital (CFDI).
2. Habla con tu patrón
Es posible que tu patrón no conozca sus obligaciones, o tenga miedos infundados de meterse en problemas con Hacienda o el IMSS. Si es una persona razonable y honesta que desea hacer las cosas bien, puede buscar asesoría gratuita en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
3. Denuncia a tu patrón ante la PROFEDET
Esta es quizá la solución más compleja ya que se puede tornar en un pleito legal extenso. Además, así ganaras el pleito, al final resultaría muy incómodo y complicado seguir trabajando para la persona que denunciaste, y eso si no terminas sin empleo porque tu patrón decidiera – o tuviera que – cerrar su negocio.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo es quien protege los derechos del trabajador ante la Secretaría del Trabajo, donde puedes recibir asesoría gratuita al 01 800 841 2020.
4. Háblale a tu patrón de los «Honorarios Asimilables a Sueldos y Salarios«
Si tu patrón lo que no quiere es meterse con problemas del IMSS, en pleitos laborales, pagar liquidaciones y todo lo que conlleva tener empleados, pero comprende lo importante de estar en regla con Hacienda, esta opción podría funcionar: el patrón te da de alta ante el SAT, te retiene y reporta tus impuestos SIN generar una relación laboral contigo.
Entre los beneficios tienes
- Estar en regla con el SAT,
- Tu dinero lo recibes por medios electrónicos en tu cuenta bancaria,
- No tienes limitaciones para comprar tu auto o tu casa,
- Tienes la oportunidad de deducir gastos personales durante tu declaración anual para así recuperar parte de los impuestos que te retienen, entre otros
- Los intereses de la hipoteca de tu casa,
- Gastos médicos y hospitalarios de tu familia,
- Las colegiaturas de tus hijos.
Los contras son
- Tu patrón no está obligado a darte prestaciones (hay quienes por convicción las otorgan),
- No te daría de alta ante el IMSS, por lo que
- Para protección de salud requerirías de un seguro de gastos médicos,
- Para tener derecho a una pensión o fondo para el retiro tendrías diferentes opciones, las cuales puedes consultar en nuestro artículo Opciones para el retiro: AFORES, Fondos, Seguros Dotales, Modalidad 40.
5. Darte de alta ante el Fisco como trabajador independiente
Si te gusta el trabajo que haces, los ingresos te son suficientes y el ambiente laboral es agradable pero tu patrón se niega a registrarte como empleado, entonces tramita tu alta de manera independiente ante el SAT, emite facturas electrónicas a tu patrón y que éste te pague por transferencia o cheque. Y aún si se empeñara en pagarte en efectivo, sólo tienes que depositar en tu banco la cantidad exacta que le facturaste en días cercanos a la fecha en que emitiste tu factura, y ya de ahí retirar lo que necesites.
Los derechos y obligaciones que tendrías al darte de alta ante el SAT son los siguientes:
- Requieres declarar tus ingresos mensualmente y realizar una declaración anual en abril,
- Pagas impuestos de acuerdo a tu nivel de ingresos
- Puedes deducir gastos relacionados con tu actividad, como por ejemplo
- Tu plan celular,
- Teléfono e Internet de tu casa (es tu «oficina»),
- Gasolina y reparación de tu auto (es el «vehículo de tu negocio»),
- Puedes deducir gastos personales al igual que en el caso anterior.
¡Éxito!
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Referencias
- La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta? – PractiFinanzas
- ¿Podemos los empleados deducir impuestos? – PractiFinanzas
- Opciones para el retiro: AFORES, Fondos, Seguros Dotales, Modalidad 40 – PractiFinanzas
- Pago por Honorarios, por Tercerización o Sistema de Pago Mixto, ¿Cómo te afectan? – PractiFinanzas
- Portal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social – Portal oficial
- Procuraduría de la Defensa del Trabajo – Portal oficial
- Servicio de Administración Tributaria – Portal oficial
Trabaje por dos días con un señor el cual me pagó en efectivo y me hizo firmar un papel con el escrito de que por trabajo realizado se me pagaba sin ningún adeudo ni finiquito en donde se me entrego y solo puse firma, es correcto que cada semana al pagarle a sus empleados sea de está manera? Sobre todo por qué no te entregan comprobante te hacen llenarlo a mano, es mi duda, hasta siento cierto desconcierto.
Hola Vanessa,
Si ustedes son empleados del señor que mencionas, no es correcto que les pague de esa manera. Lo que está haciendo con la hoja que ustedes firman es deslindarse de una relación laboral entre ustedes y él, de manera que no pueda proceder una demanda laboral en su contra. Además, ustedes no tienen derecho a las prestaciones de ley.
¿Qué se puede hacer? Podrían demandarlos todos ante conciliación y arbitraje y ante el IMSS, pero necesitan estar coordinados y representados por un abogado con experiencia en este tipo de casos. Uno de ustedes de manera individual, difícilmente podría conseguir algo, a menos que haya algún elemento de negociación que pueda utilizar para forzar al señor a llegar a un acuerdo.
Mis mejores deseos para que tu caso se resuelva de la mejor manera.
Hola Mi nombre es Jaime: mi problema es que que al revisar mi declaración de 2019, veo que tengo CFDI como salarios asimilados expedidos por dos empresas las cuales no tengo ninguna relación laboral, que puedo hacer ya que hasta hoy me di cuenta de esta situación.
Hola Jaime,
Antes que otra cosa, ¿seguro que no son empresas pagadoras contratadas por tu patrón? Me explico: Hay patrones que, en vez de pagar directamente a sus empleados, utilizan los servicios de empresas que se encargan de llevar y pagar la nómina de los empleados.
Te recomiendo primero acercarte a Recursos Humanos de tu empresa y exponerles la situación. Si ellos te dicen que también desconocen quienes puedan ser esas dos empresas, entonces acércate a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON, Teléfono 800 611 0190) para que te orienten, de manera gratuita, en cómo denunciarlas. Cuando menos son dos delitos: Suplantación de identidad (Que te afecta a ti) y fraude fiscal (que afecta al SAT).
Cualquier detalle, con gusto podemos seguir conversando incluso por correo electrónico.
Que todo se resuelva pronto y de la mejor manera para ti!
Hola mi pregunta es ¿que pasa con una asociación es un fraccionamiento nos pagan los aumentos de salarios y dobletes de turno por fuera según para que no nos descuenten el ISR? y nuestro salario en nomina no aumenta, además tenemos contrato de ocho horas pero trabajamos doce horas hacemos cuatro horas extras
diarias total 52 horas a la quincena y se pagan normal
Buenas tardes mi pregunta es que me pagan en efectivo si renunció ah mi trabajo tengo derecho ah mi finiquito
Hola Felipe,
El derecho al finiquito lo tiene cualquier trabajador independientemente de cómo le pague su patrón.
Ahora bien, si un patrón se negara a darlo, la demanda se interpone en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Para esto hay que acreditar que efectivamente trabajabas con él. Si bien lo ideal es un recibo de nómina o el alta ante el IMSS, si no tienes ninguno de los dos basta con algún correo electrónico interno de la empresa donde seas tú el remitente o destinatario, el testimonio de otros compañeros de trabajo que den fe de que trabajabas ahí, o fotografías en actividades de la empresa.
Si presentas la evidencia, el que tendría que demostrar que no trabajabas ahí es tu patrón. La junta, por principio, defiende al trabajador.
Éxito en tus objetivos!
porfavor podría usted compartirme algún correo para contactarlo ??. en mi caso estoy con la apertura de un negocio y es en ese punto que se me dificulta, son tantas mis dudas como por ejémplo si empleo a personal y éste se retira a los dos meses que procede? dudas como éstas, o también sejemplo si la persona estuvo laborando en otro negocio pero ya fue dado de alta ante el imss yo también debo darlo de alta??… porfavor necesito su ayuda ya que estoy muy verde en estos temas.
aplica el punto 3 ó punto 5
Hola, justo yo aplique a un trabajo y me mencionó el dueño que me pagaría en efectivo y le dije que sinceramente prefiero depósito en mi cuenta y se reusa a hacerlo, que puedo hacer?
Hola, interesante post, yo tengo mi trabajo y como mencionas aquí, mi patrón me paga por fuera y justifica los gastos generados por mi salario con facturas, en este caso creo que si yo me doy de alta en el sat y tributo como trabajador independiente es posible que a mi patrón le convenga? obviamente va a ver por sus intereses. Ante el sat hay alguna forma de saber cuanto pagare de impuestos de acuerdo a los ingresos que yo obtento? saludos y gracias.
Hola Sergio,
Me alegra que el artículo te haya sido de utilidad ¡Esa es mi mayor recompensa!
Si como comentas tu patrón está buscando facturas para deducir el dinero que te paga, el que tú te des de alta ante el SAT y le factures le beneficiará, en cuanto no tendrá que seguir buscando quién le facture ya que tú se las generarías.
Respecto a cuánto pagarías de impuestos, depende del monto de tus ingresos y de los gastos que podrías deducir (El máximo de impuestos a pagar es del 35% para quienes ganan $250 mil al mes. Para quien gana $10 mil, la tasa de impuesto es del 17.92%).
Si gustas podría contactarte para asesorarte al respecto, haciendo el ejercicio de determinar cuánto tendrías que pagar de impuestos.
Quedo al pendiente de tu confirmación, ¡Éxito!
Respecto de la «solución 4» es muy arriesgado tenerla como una posibilidad cuando existe una relación laboral al 100%, es decir, se tienen una subordinación, se cuenta con un pago recurrente (semanal, quincenal o mensual) y ademas se cumple con un horario de trabajo, por lo anterior nos encontraríamos en una «simulación» y en lugar de ser una opción de tributación se esta defraudando……si tiene cuatro patas, dos orejas y rebuzna como burro, es burro, así de simple….
Coincido totalmente contigo Jaime.
Pero si el patrón se niega a dar registrar a su colaborador como empleado subordinado, y a la persona le gusta (o necesita) el trabajo que tiene, el que le paguen en efectivo sin comprobantes fiscales le representa un riesgo mucho mayor.
Lo ideal sería buscar otro empleo donde la relación con su patrón sea formal…
Yo pase por esto muchas veces 🙁
Y es muy complicado ya que te terminas todo el dinero bastante rápido ya que lo tienes todo a la mano.
Me gustaría que hicieran una entrada de préstamos personales sus pros y contras. Yo he solicitado en muchos y solo una me presto, se llama Conlana.
El trato fue muy bueno y la gente bastante amable, el problema fue que los intereses fueron algo altos.
Sigan el buen trabajo 😀
Hola Marifer,
Gracias por compartirnos tu experiencia y con gusto escribo el artículo sobre préstamos personales.
Con un poco de empeño quedará listo antes de que termine el mes 😉
Excelente inicio de semana!