Ha llegado el mes de Abril y con ello el momento en que los empleados asalariados solicitemos la devolución de impuestos a Hacienda dentro del marco de la declaración anual de las personas físicas. El proceso es sencillo y puede realizarse a través de Internet, existiendo el compromiso por parte del SAT de responder a la solicitud de devolución de encontrarse todo en orden dentro de los siguientes cinco días laborales a su recepción. Así que si estás interesado, el día de hoy comparto con ustedes una guía para realizar la declaración anual.
1. ¿Estás listo?
Para realizar tu declaración anual necesitas algunas cosas:
- Estar dado de alta en Hacienda y contar con tu RFC con homoclave;
- Haber solicitado en Enero la constancia de retención de impuestos a tu patrón (o patrones si tienes más de un empleo) y éste habértela entregado;
- Haber ganado durante todo el año pasado más del equivalente a un salario mínimo anual del lugar donde vives;
- Las facturas de los gastos personales que hayas realizado durante el año pasado;
- La carta de emitida por el INFONAVIT, FOVISSSTE o la institución financiera que tiene la hipoteca de tu casa donde se establecen los intereses que efectivamente pagaste durante el año pasado.
Si no solicitaste facturas por los pagos que realizaste no te preocupes, ya que si bien no podrás solicitar la devolución este año, en tus manos está la posibilidad de comenzar a solicitar la factura correspondiente cada vez que realices un pago.
Punto especial para tomar en cuenta: La cantidad máxima que te devolverá el fisco es la de los impuestos que pagaste durante el año pasado. Así mismo, de los gastos que deduzcas durante tu declaración, a lo sumo se te devolverá el 30% de los mismos. El porcentaje depende del monto total de ingresos que hayas obtenido durante el año pasado.
2. Pasos a seguir
Teniendo a la mano los documentos anteriores, agrupa las facturas de tus gastos por proveedor. En una libreta u hoja de cálculo relaciona las facturas y sus importes sumando el total que hayas pagado a cada uno de tus proveedores. Esto te facilitará tu declaración porque es así como se capturan los gastos: el RFC de tu proveedor y la cantidad total de impuestos que le pagaste.
Una vez que tengas la relación completa de a qué proveedor le pagaste cuánto, entra a la página del SAT para realizar tu declaración. El siguiente video explica los pasos a seguir para realizar tu declaración a través del portal del SAT.
(NOTA: El video ha sido bloqueado por el SAT debido a que nos encontramos fuera del periodo de declaración anual para personal físicas)
No obstante que el proceso es muy sencillo, si así lo deseas siempre existirá la posibilidad de presentar tu declaración anual a través de los servicios de un Contador de tu confianza.
Aprovecha este beneficio que tienes, es un dinero que por derecho es tuyo.
Muchas veces nos quejamos de lo altos que son los impuestos y ésta es una forma legal de tenerlos de vuelta. Sólo requieres ser ordenado en tus pagos, guardar tus comprobantes, solicitar tu carta de retención y realizar tu declaración anual… Recuerda, tienes hasta el 30 de Abril.
¡Éxito!
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HOLA MAURICIO,
Soy maestra, realice la devolución y todo fluyo favorablemente, me regresaron mi dinero correspondiente a la devolución en 5 días, finalmente se dicen muchas cosas entre ellas, que tenemos que regresar ese saldo a favor, que hay de cierto?
Hola Mar Elena, buenos días.
Una vez que Hacienda te devuelve los impuestos, ya no te los pide de vuelta. Aún descubriéndote en Fraude Fiscal (caso extremo) no te pide que le regreses el dinero sino que te exige los impuestos que te falten por pagar mas multas y recargos. No imagino de dónde obtuvieron el dato tus compañeras maestras, pero al parecer cayeron en alguna confusión o leyenda urbana… Sería interesante les preguntases de dónde sacaron esa información.
Cambiando de tema, ¿te llamas Mar? Muy bonito nombre: original y evoca la inmensidad, la abundancia, la fuerza y la tranquilidad 🙂
Saludos desde el Mayab
Hola Mauricio tengo una pregunta mi hermana tiene mas de 4 años con credito infonavit y nunca ha hecho declaracion anual, actualmente ella paga a infonavit directamente cada mes puesto que no esta laborando, en su caso tambien podria hacer la declaracion complementaria??
Hola Guadalupe, buenos días.
Para poder recuperar impuestos primero es necesario pagarlos. Si no está trabajando, ¿tiene algún ingreso por el cual esté pagando impuestos?
Hola, tengo unas preguntas. Presente mi declaración en la sección de asalariados este año y no se ejecutó mi devolución automática por una supuesta inconsistencia en el RFC de uno de mis patrones (mi empresa cambió de razon social, por lo que presente carta de retenciones de dos RFC´s). Esta situación se repitió en muchos compañeros de trabajo, todos tuvimos una «inconsistencia» con este patron. Envié la documentación que me solicitaron adjunta en mi solicitud de devolución manual desde el 4 de Abri y al consultar el status, desde entonces no ha cambiado, sigue «en revisión». ¿Que procede si se rebasa el limite de 40 dias que tiene el SAT para dar respuesta a mi solicitud?
Asi mismo tengo compañeros, que lo que hicieron fue declarar las deducciones de los dos patrones solo en el RFC que en teoría no presentó ninguna inconsistecia, aun cuando ya habian hecho su declaración, y a ellos ya les hicieron su devolución. Si ya tengo mi acuse de recibo incluso de mi solicitud de devolución ¿puedo hacer lo mismo, es decir, volver a presentar mi declaración?
Y por ultimo, quiero meter mis deducciones por concepto de intereses hipotecarios de los años 2010 y 2011; la empresa ya me dio las cartas de retenciones de esos años y ya descargue las constancias de intereses del infonavit, ¿me hace falta algun otro documento para solicitar mi devolución? ¿Este tramite lo puedo hacer en el SAT? De antemano gracias por sus atenciones
Hola Mauricio, me podrías orientar en este aspecto?
Hola buenas tardes.
Ojala pudieran ayudarme, Ya ingrese mis declaraciones del 2012 y 2013 tengo mis acuses de recibo y los montos calculados son de aproximadamente 5,000 pesos por año, debo realizar la solicitud de devolución? porque unas personas conocidas me dicen que no es necesario y otras que si.Incluso acudí a un despacho a solicitar asesoria y me cobran 1.000 pesos por cada año y hacerme la gestión.
creo que hay gente que se aprovecha de la necesidad y el desconocimiento de uno.
Soy maestro de la sep e hice mi declaracion para la devolución del isr como se muestra en los comercialesdel sat, se me descuenta el isr por parte de secretaria, termine el proceso y me depositaron mi saldo a favor. Ahora nos dicen a mi y a mis compañeros que el tramite estaba mal y el dinero e tiene que regresar. Esta algo sospechoso el asuntoya que tengo entendido que si mi declaración hubiera estado mal no me habrian depositado. Quisiera saber si esto que me dicen es verdad y si es que me pueden multar si no regreso el dinero. Gracias.
HOLA BUEN DIA, SOY MAESTRA Y ADQUIRI MI VIVIENDA POR FOVISSSTE EN EL AÑO 2009, APENAS ESTE AÑO CONTRATE A UN CONTADOR Y ME SOLICITO LA DEVOLUCION DE IMPUESTOS DEL AÑO 2011,2012,2013 Y ME DIJO QUE ERAN 6,000.00 POR LOS TRES AÑOS Y YA ME HICIERON UN DEPOSITO DE DEVOLUCION PERO SOLAMENTE POR $2,000.00, ESO VA SER TODO O QUE PASO CON EL RESTO DE LOS $4,000.00 QUE DEBO HACER Y SI PUEDO PRESENTAR TAMBIEN EL EJERCICIO 2009 Y EL 2010.
POR FAVOR NECESITO DE SU ORIENTACION GRACIAS
Hola Inés, buenos días.
La devolución de cada año se tramita de forma independiente, de manera que si te hicieron un único depósito por $2000, quiere decir que están pendientes los otros dos. Si contrataste al contador tiene la obligación de darte el estatus de tu declaración, pero también puedes consultar el estatus directamente en el SAT a través de INFOSAT: 01800-463-6728
Y respecto al 2009 y 2010, es correcto: puedes presentar declaraciones complementarias hasta por los últimos 5 años (precisamente 2009).
¡Éxito!
Buenas tardes a todos
Alguien sabe en cuanto tiempo me sera devuelto un saldo a favor de una declaracion anual del 2012 que presente ahora en Abril soy asalariado,
Saludos Cordiales
hola, quisiera saber como le hiciste para presentar tu declaración yo quiero presentar la mia pero no se como gracias!! Es decir que necesito y donde la presento???
Hola Rosario: Me atrevo a contestar tu pregunta, si presentaste en este 2014 tu declaración de 2012, deberás solicitar tu devolución en el apartado de devoluciones y compensaciones ya que como es extemporánea no aplica como devolución automática, ante el SAT si esta presentada la declaración solo te falta (a mi entender) hacer la solicitud de la misma. también te pedirán las constancias de sueldos e intereses pagados en caso que hayas deducido intereses hipotecarios y que las envíes en un archivo ZIP y para requieres además la firma electrónica avanzada… a reserva de que me equivoque y alguien me corrija asi es, yo lo he presentado de esa manera y si me hna devuelto el saldo a favor… Saludos
Hola Alfredo, si te devolvieron el saldo a favor del 2012…? tardaron los 40 dias mas o menos..? yo presente la 2013 automatica y me depositaron muy rapido, en el mes de mayo presente 2012 y 2011 al mismo tiempo y aun no me dan respuesta, el status en la pagina del SAT esta en ¨revision¨
Buenas tardes Mauricio, primero para felicitarte por el tiempo que te tomas en atender nuestras dudas sobre temas fiscales, mi duda es la siguiente: Tengo varios años pagando un crédito hipotecario y deseo solicitar la devolución de intereses, estoy dado de alta en el RFC como asalariado ahora en 2014, ¿Puedo solicitar devolución de intereses por años anteriores?
Hola Carlos, buenos días. Gracias por tus felicitaciones 🙂
Es correcto. Tienes el derecho de realizar una declaración complementaria a cualquier declaración realizada en los últimos cinco años, lo cual lo puedes llevar acabo a través del portal DECLARASAT o acudiendo a las oficinas del SAT. Sin embargo, necesitas tener en tus manos la declaración que presentó tu patrón en tu nombre así como el comprobante de pago de impuestos si es que te dio impuesto a pagar (este punto es el que frena normalmente a las personas ya que no todos los patrones están dispuestos a entregar la declaración a sus empleados por diversas justificaciones).
Para deducir los intereses pagados por tu hipoteca, sólo necesitas una carta de la institución financiera que tiene tu crédito la cual indica los intereses que efectivamente has pagados. La solicitas en la propia institución.
¡Éxito!
Hola Mauricio,
Yo tengo una duda,por desgracia a mi me pagan por medio de una «pagadora», la cual me paga bajo diferentes razones sociales y por lo cual, al tener mas de «dos patrones» me veo en la necesidad de presentar declaracion. La pagadora no me hizo retenciones, sin embargo, en los recibos que firmo quincenalmente me retienen el 10% de mi salario. Al hacer la declaracion sale un saldo en contra muy alto, es posible solicitar a la pagadora la modificacion de mis constancias de retencion? Ellos dicen que no es posible, es verdad?
DE antemano mil gracias!
Hola buenas tardes. He estado leyendo varios artículos de los aquí relacionados y me surgió una duda: un amigo teine un credito hipotecario de vivienda con INFONAVIT, su patrón ya le hizo su declaración anual y quisiera saber si a estas fechas aun puede solicitar su devolución de impuestos por el pago de su hipoteca y como se hace?
Hola Manuel, buenos días.
De hecho sí se puede, sólo que en este caso lo que se realiza es una «declaración complementaria«. Para ello requiere que su patrón le entregue la declaración anual que presentó en su nombre además de tener a la mano su carta de intereses efectivamente pagados con sus datos correctos.
¡Éxito!