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La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Mauricio Priego 08/Jul/2013 1.305
La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley




La nueva ley lo que hace es:

  • Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
  • Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
  • Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
  • Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.

En la siguiente presentación pueden ver  las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:

La Ley Anti Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta? from Mauricio Priego

(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)

¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.

¡Éxito!

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1.305 Comentarios »

  1. MariaElena 19/Dic/2013 en 5:14 pm - Responder

    Buenas tardes, Mauricio, escribo porque tengo una duda y seria muy gentil de tu parte si pudieras informarme mas. Esta semana abrí una cuenta en HSBC (para ser mas precisa es una cuenta A1 Chicos) a nombre de mi hijo para llevar sus ahorros, y en esa cuenta me depositaron $100 mil pesos de una venta de un terreno que tenia y cuando fui al banco a checar si me habían depositado la cajera me dijo que me «hablarían» para hacerme preguntas e investigar y si tendria forma de comprobar de donde salio esa cantidad de dinero porque era mucho dinero el que me habían depositado a esa cuenta que mejor hubiera sido abrir una cuenta de ahorro, pero nunca me dijo quien me «hablaria» asi que mi duda es si es posible que me investiguen y que institución es la encargada de llevar acabo esta investigación, no me preocupo porque tengo forma de comprobar esos ingresos pero quisiera que me ayudaras para saber a que me enfrento… esperando tu ameble respuesta me despido. Gracias

    • juan carlos 20/Dic/2013 en 5:15 am - Responder

      que tal mauricio mi duda es la siguiente. tengo 12 años ahorrando en un banco reconocido he acumulado una cantidad considerable de mas de 2 millones de pesos mi ahorro no ha sido producto de dinero mal habido solo que no se si se podria mal interpretar para el sat por la cantidad ya que no tengo forma de comprobarlo lo he ido acumulando poco a poco en parte herencia de mis padres de venta de una casa ,venta de un auto , y el resto del esfuerzo de mi trabajo
      quisiera saber que apesar de que este dinero lo junte en tanto tiempo como fueron 12 años
      y lo fui depositando con el pasar de los mese y los años crees que pueda tener algun problema con el sat o solo van a checar los depositos del 2014 en adelante
      no esta de mas decir que mi dinero lo tengo en un pagare que vence cada mes desde hace años . agradesco tu respuesta anticupadamente…

      • Mauricio Priego 20/Dic/2013 en 10:00 am - Responder

        Juan Carlos, buenos días.

        Antes que otra cosa te felicito por tu perseverancia en el ahorro… Eres un ejemplo a seguir para la comunidad.

        Por lo que me comentas no debes tener inconvenientes ya que es posible seguir a través de los registros de tu banco que tu capital se ha ido incrementando paulatinamente a través de los años. De hecho, por el rendimiento que te da el pagaré imagino te están reteniendo impuestos (ISR), así que Hacienda a percibido los impuestos por el ingreso que representa para ti el rendimiento de tu capital.

        Sobre tu pregunta de «checar los depósitos», en realidad Hacienda puede solicitar al banco los movimientos de los últimos 5 años en caso de querer hacer algún tipo de investigación, pero nuevamente te comento que no considero llegues a tener problema alguno. Lo único es que los comprobantes de tus ingresos (salario, honorarios, cualquiera que sea la fuente de tus ingresos) conserves los comprobantes por cinco años… Si no tienes los del 2009 a la fecha no te preocupes, sólo empieza a hacerlo a partir de que percibas tu próximo ingreso.

        Mis mejores deseos de prosperidad y armonía para ti y tu familia.

        Feliz Navidad 😉

    • Mauricio Priego 20/Dic/2013 en 9:03 am - Responder

      María Elena, buenos días.

      ¿El depósito fue en efectivo? Lo que sucede es que este tipo de operaciones son las que son reportadas y sujetas a una posible investigación. Y subrayo la palabra «posible», ya que con los cientos de miles de operaciones que se hacen al día, la probabilidad de que tu depósito sea de los investigados no es tan alta.

      Quien es responsable de realizar la investigación es el SAT (Hacienda), y si tienes los recibos para comprobar el ingreso, lo único que sucederá es que te requerirá pagar los impuestos correspondientes.

      Sin embargo, me llama la atención que la señorita del banco te dijera «porque era mucho dinero el que me habían depositado a esa cuenta que mejor hubiera sido abrir una cuenta de ahorro«… La cuenta A1 Chicos es una cuenta de ahorros, ¿o no? Entonces, ¿a qué se refirió al decir «hubiera sido abrir una cuenta de ahorro«?

      Si llegan a contactarte te agradeceré nos lo compartas, más que nada para que de tu experiencia podamos aprender otros.

      Felices fiestas navideñas 😀

      • MariaElena 20/Dic/2013 en 9:29 am - Responder

        MUchas Gracias Mauricio por tu pronta respuesta, y no, el deposito fue por transferencia de la cuenta del comprador en HSBC a la cuenta que habia abierto YO, ¿habra problema porque me vuelvan a depositar de nuevo ya que solo me depositaron la mitad asi que me depositarian los otros $100mil restantes?. Por lo pronto ya me siento un poco mas tranquila con tu respuesta y me pregunto si tienes telefono de alguna oficina o conoces a alguien que brinde asesoria por si tengo que contactarlo cuando me hablen.

        Felices Fiestas A Ti y a tus seres queridos.

  2. Peter 18/Dic/2013 en 10:13 pm - Responder

    hola Mauricio buenas noches, es la primera vez que te consulto y no va ser la primera,
    me ofrecieron un trabajo, ( me dedico a la construcion) es levantar una obra que se cayo, pero esta asugurada y me van a depositar 1000000 para terminar la obra, obiamenta con este dinero voy a comprar material, herramienta. pagar sueldos a ingenieros y albañiles. por esa cantidad no me van a pedir factura, ni los albañiles, y no tengo que justificar gastos por ese deposito, tendre prolemas con hacienda por el deposito a mi nombre te agradesco tu respuesta

    • Mauricio Priego 19/Dic/2013 en 3:31 pm - Responder

      Peter, para responder a tu inquietud necesito algunos detalles: ¿Cómo te van a depositar ese dinero? ¿Te lo va a depositar la aseguradora directamente? ¿Vas a expedir algún tipo de recibo por ése dinero? ¿Qué va a hacer tu cliente con la propiedad una vez que termines la obra? Más que la comprobación de los gastos, a Hacienda le interesa la justificación del ingreso.
      Quedo a la espera de tus comentarios…

      • Peter 19/Dic/2013 en 8:06 pm - Responder

        ok Mauricio de antemano muchas gracias por tu apoyo lo agradezco. mira la aseguradora le paga a la compañia que tiene asugurada la construccion. y es todo. la compañia solo quiere ver terminada la obra como estaba, toma fotos y se las manda a la aseguradora y se acabo. el prolema es que a mi me tienen que depisitar parte de la lana para empezar la construcion hasta terminarla, a mi cuenta bancaria, pero tengo que pagar los materiales y mano de obra, realmente la utilidad es minima. pero ante el banco el depisito es mio. que puedo hacer para no pagar a hacienda lo que me pueda quedar como utilidad saludos y gracias por tomarte el tiempo para constestar.

        • Mauricio Priego 20/Dic/2013 en 9:13 am - Responder

          Gracias por el detalle Peter, me queda más claro.

          El depósito (que sea transferencia electrónica o cheque, no te lo vayan a depositar en efectivo) te lo tienen que hacer desde una cuenta de tu cliente y tú a tu vez debes facturarle esa cantidad. Es la manera de comprobar la legalidad del ingreso… Si no lo haces, corres el riesgo de que Hacienda te requiera posteriormente (tiene 5 años para hacerlo) y entonces tengas que pagar el impuesto por el 100% del ingreso sin deducciones adicionado a multas y recargos.

          Ahora bien, si lo declaras, tienes que reportar los gastos de manera que sólo pagues impuesto por la utilidad después de restar los costos de la obra (material y mano de obra) teniendo la posibilidad adicional de deducir gastos de operación ¿cómo estás dado de alta en Hacienda? Esto tiene mucho que ver con qué gastos puedes de deducir.

          Por otro lado, si gustas, puedo con un asesor fiscal para una consulta más detallada… El importe de la operación considero lo vale.

          Sigo al pendiente 😉

          ¡Éxito!

          • Peter 20/Dic/2013 en 8:26 pm -

            buenas noches y gracias por tus consejos y claro que lo vale . voy a estar en contacto, solo deja asugurar algunos detalles y lo platicamos. saludos

          • Mauricio Priego 23/Dic/2013 en 9:17 am -

            Quedo al pendiente entonces Peter.
            Por lo pronto recibe un fuerte abrazo y mis mejores deseos de felicidad y armonía para ti y tu familia en esta Navidad. ¡Felicidades! 😀

  3. SALO 18/Dic/2013 en 2:21 pm - Responder

    HOLA BUENAS TARDES, TENGO UNA CUENTA DE AHORRO, TENDRÉ PROBLEMAS CON HACIENDA SI ME REALIZAN UNA TRANSFERENCIA POR LA CANTIDAD DE $150,000 Y ME DEPOSITAN UN CHEQUE POR LA MISMA CANTIDAD A NOMBRE DE OTRA PERSONA, NO ME ENCUENTRO DADO DE ALTA, GRACIAS POR TU PRONTA RESPUESTA.

    • Mauricio Priego 19/Dic/2013 en 2:55 pm - Responder

      Salo, buenas tardes.
      Al ser los depósitos por transferencia y cheque, no debes tener mayor inconveniente y máxime si lo realizas este año. Para el próximo entra en vigencia la «Discrepancia Fiscal», la cual aún no queda claro cómo se implementará.
      ¡Éxito!

  4. minerva 17/Dic/2013 en 1:48 am - Responder

    Hola Mauricio
    Estoy un poco desconcertada con la nueva ley de la reforma fiscal 2014 y tengo mis dudas
    soy empleada siempre he trabajado como recepcionista y mis jefes me pagaban en efectivo sin recibos de nomina, y la cuestión es que hace 2 años abri una cuenta bancaria de ahorro personal en donde eh ido pues guardando cada mes un poquito de mi sueldo a estas fechas ya tengo $70 000, pero ahorita tengo 6 meses sin trabajar porq me enferme y mi duda es; si hacienda me va a cobrar por esos ahorros, si me va a pedir comprobantes de donde obtuve ese dinero y si deposito después como me va afectar o tengo que sacar el mi dinero del banco.

    Bueno espero me haya explicado bien y espero su respuesta

    • Mauricio Priego 17/Dic/2013 en 9:50 am - Responder

      Minerva, buenos días.

      Comprendo tu preocupación, y sinceramente no tendrás problema alguno. Sin considerar los intereses, has estado realizando depósitos en promedio menores a 3 mil pesos mensuales en estos 2 años. Para Hacienda sería muy costoso seguir este tipo de cuentas bancarias que son netamente de ahorro, por lo cual no lo hace.

      Confío que te hayas mejorado de la enfermedad que te aquejó y que pronto puedas retomar plenamente tus actividades.

      Recibe mis mejores deseos de prosperidad y armonía para ti y tu familia.
      Felices fiestas navideñas 🙂

  5. ChristianTrevino 15/Dic/2013 en 9:22 pm - Responder

    Buen dia Sr. Alfonso.

    Tengo un par de preguntas

    si le debo a HSBC $72,000 en trarjeta de credito y un prestamo a Banamex de $100,000, ambos los pago en efectivo mensualmente.

    me causa problemas con hacienda si la deuda con la tarjeta la pago $35,000 un mes y otro mes la saldo?

    el credito pago $10,000 mensuales que hay si un dia quiero pagarlo todo me causa un problema?

    tenemos un negocio de venta de papel a minorista a tortilleros.

    • Mauricio Priego 17/Dic/2013 en 8:50 am - Responder

      Christian, buen día.

      El punto es qué tantos ingresos reportas de manera personal a Hacienda. ¿Cómo está dado de alta tu negocio? ¿A tu nombre, de otra persona o es una personal moral? Si es a tu nombre, mientras tu nivel de ingresos sea razonable a tus pagos, no tendrás mayor inconveniente. Si los ingresos que reportas son muy inferiores o si no reportas ingresos a Hacienda, entonces sí es posible que debido a la Discrepancia Fiscal hacienda te requiera el pago de impuestos por ingresos no reportados.

      ¡Éxito!

  6. Luis H 15/Dic/2013 en 5:27 pm - Responder

    Buena tarde! Una pregunta: voy a comprar un coche de 300000, sé que excede el monto para hacer el pago en efectivo, pero si lo saco a crédito, y doy un enganche de 100000 y lo demás lo pago en 12 meses en efectivo, habrá algún problema?

    • Mauricio Priego 16/Dic/2013 en 9:20 am - Responder

      Buenos días Luis!

      ¿Te refieres a que tus mensualidades las realices en efectivo? La ley lo que regula es la TRANSACCION comercial, es decir, la venta del auto en sí, no habiendo letras chiquitas para las parcialidades… Por tanto, yo consideraría que aún los pagos mensuales, al excederse la cantidad estipulada por la ley, no debieran ser aceptados en efectivo.

      Pero finalmente como cliente el problema no es tuyo, ya que las que están obligadas a no recibir efectivo so pena de multa son la concesionaria y la financiera (por la venta de la unidad y el otorgamiento del crédito respectivamente). Así que mi mejor recomendación es que preguntes directamente a quien te está ofreciendo el plan de financiamiento: Si te confirman que sí puedes realizar los pagos en efectivo y a ti te conviene, adelante. Si no lo aceptan… Bueno, tendrás que seguir las reglas del juego 😉

      ¡Éxito!

  7. Virginia Champs 14/Dic/2013 en 11:11 pm - Responder

    Se me olvidaba mencionar que durante esos 10 años antes del ide y de esta ley yo recia 30 mil pesos mensuales como depositos en efectivo, se me investigara por ello? Yo pague ante el sat lo q me correspondía pero será retroactivo por lo q recibía de lo q ya explique? Me embargaran, iré a la cárcel? Saludos y buen blog

    • Mauricio Priego 15/Dic/2013 en 12:56 pm - Responder

      Virginia, me alegra que nuestro esfuerzo te sea de utilidad. Es nuestra mejor recompensa 🙂

      En primera instancia, tranquila… No creo sinceramente que estés en riesgo de que te metan a la cárcel.

      Por ley el SAT sólo investiga actividades de los últimos 5 años, es decir, que en el 2014 el máximo requerimiento que puede hacer es respecto al año 2009. Cualquier cosa que haya sucedido antes, ya quedó en el pasado 😉

      Observo que declaraste 2009 y 2010… ¿Qué pasó con 2011 y 2012? El que a veces declares y a veces no es una de las principales pautas que provocan que Hacienda te voltee a ver. Si el SAT fuera una araña, la falta de consistencia y continuidad en las declaraciones serían su telaraña. Mientras tu declaración sea consistente y continua, reduces y mucho la probabilidad de que te llegue algún requerimiento.

      Si no hiciste esas declaraciones, lo mejor es que las hagas lo más pronto posible (para que no se te vaya a olvidar) y de forma oportuna el próximo año realices la del 2014.

      Cualquier inquietud adicional, sabes dónde encontrarnos 😉

      ¡Éxito!

      • Virginia Champs 15/Dic/2013 en 9:31 pm - Responder

        Muchas gracias por la respuesta sin embargo ya no tengo cuenta en el banco como le hago para que hacienda no voltee a ver yo ya no percibo dinero por parte de mis familiares ya que lo utilizaba para recuperarme de una enfermedad, me puedo dar de bajá del sat? Gracias de antemano excelente blog y gracias x leerme saludos felices fiestas

        • Virginia Champs 15/Dic/2013 en 10:10 pm - Responder

          Si declare , 2007, 2008, 2009, 2010, 2011,de hecho me llego una carta invitación el 2011 me di de alta y pague lo estipulado lo que me tiene confundida. es que quieran investigar antes de 2007 ósea 2006,2005,2004,2003, 2002,2001, 2000, 1999, 1998, 1997 en esos años no existía el ide ósea puede hacienda retroceder para esos años? Y otra cosa me podría pasar la referencia de lo que mandó del sat? Saludos y nuevamente gracias

          • Mauricio Priego 17/Dic/2013 en 8:59 am -

            Hola Virginia, es un placer volver a saludarte 😉

            Como te mencionaba, el SAT investiga hasta máximo 5 años atrás… Es decir, considerando que estamos a unos días del 2014, sólo podría hacerte requerimientos del 2009 en adelante.

            De Hacienda no te puedes dar de baja, lo que haces es que entras en suspensión de actividades con lo cual dejas de realizar declaraciones. Sin embargo, ¿trabajas actualmente? ¿Cómo estabas dada de alta? Te pregunto porque si estabas como «honorarios asimilables a sueldos y salarios» y hoy estás trabajando, entonces tu patrón está haciendo las declaraciones por ti, motivo por el cual no te deberías dar de baja.

            Veo que no hiciste declaración 2012… ¿Es que ya estabas trabajando y dejaste de recibir el apoyo? De ser así nuevamente no hay problema porque tu patrón hizo tu declaración (o debió de hacer)… Pero si no trabajabas y no tuviste ingresos durante el año, de cualquier modo debiste realizar tu declaración en ceros.

            Con gusto te mando la referencia… Sólo un favor, ¿a qué te refieres exactamente? Hago bastantes referencias al SAT 😛

            Gracias nuevamente por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo, así como de participar con la comunidad a través de tus comentarios y experiencia.

            Mis mejores deseos para ti y tu familia en estas fiestas decembrinas 🙂

  8. Virginia Champs 14/Dic/2013 en 10:44 pm - Responder

    Una duda, yo hace 10 año recibía ayuda económica por parte de mis familiares quienes me depositaban en efectivo y obviamente no existía el IDE ni esta nueva ley, me hacían depositos en efectivo, en el 2010 me llegó una carta invitación del sat cuando el ide ya estaba en vigor y accedí a realizar mi ejercicio fiscal de 2008,2009 y 2010, en la nueva ley del 2014 ya no existe el ide, mi pregunta es me van a investigar por parte de hacienda por esos depositos ?

  9. claudia tapia 13/Dic/2013 en 1:14 pm - Responder

    buen día . mi pregunta es la siguiente ,yo tengo un negocio de venta de tamales y tengo una cuenta empresarial en donde reporto las ventas aprox . 30 000 mil pesos al mes y pago mis impuestos debidos respecto alas ventas reportadas , pero mis ventas reales son de unos 100,000 al mes de los cuales me quedan para depositar en una cuenta personal unos 50,000 al mes , es posible que hacienda me detecte , la verdad lo hago así porque es muy raro que me pidan facturas ( y solo cobro el IVA cuando emito algunas facturas que serian unos 20000 pesos al mes reales en facturación ) como quiera yo facturo unos treinta y absorbo el IVA y lo pago , también pago ISR pero solo de lo que reporto claro esta , tendré algún problema ? el sat se dará cuenta de los depósitos a mi cuenta personal ? Obviamente pago el IDE por depósitos en efectivo en mi cuenta personal, pero me estaré metiendo en graves problemas….saludos y gracias , espero puedas contestarme.

    • Mauricio Priego 15/Dic/2013 en 12:25 pm - Responder

      Claudia, buenos días.

      La premisa inicial es que tu negocio debería reportar todos sus ingresos y pagar los impuestos correspondientes, sin importar si son facturados o no. Por otro lado, al depositar el ingreso «extra» en tu cuenta personal, en un momento dado Hacienda lo consideraría como un ingreso tuyo y no de tu negocio, de manera que no es a tu negocio al que pediría cuentas, sino a ti misma.

      ¿Qué te estás metiendo en problemas? La realidad es que en no más que decenas de miles de personas que realizan prácticas semejantes. Y no creo que un gobierno tan populista como el que sufrimos se ponga a realizar una cacería de brujas fiscal entre los micro y medianos empresarios no formales: la izquierda se los comería vivos (no por defender a los empresarios, sino porque no afectaría a las grande empresas y empresarios).

      Mas no podemos negar que el riesgo está ahí… Muy pequeño, cierto, pero está latente.

      ¿Qué te podría recomendar? Platica con un experto en impuestos (asesor fiscal) sobre qué opciones podrías tener para regularizarte y no regalar tu dinero al fisco. Así podrás tomar decisiones encontrándote bien informada. Si gustas podría contactarte con uno.

      ¡Éxito!

  10. GUSTAVO MARROKIN 12/Dic/2013 en 12:11 pm - Responder

    Buen dia:
    si una gasolinera expide vales de gasolina y tarjetas prepagas , tiene la obligación de reportar esas operaciones , y obviamente darse de alta?

    • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 8:40 am - Responder

      Gustavo, buenos días.

      Es correcta tu apreciación: la expedición de vales de gasolina y tarjetas prepagadas que realizan algunas gasolineras caen dentro de las actividades vulnerables según el artículo 17 de la ley contra el lavado de dinero: «La emisión o comercialización, habitual o profesional … de tarjetas prepagadas y de todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario, que no sean emitidas o comercializadas por Entidades Financieras.«.

      Por tanto, deben registrarse en el padrón de actividades vulnerables, identificar a sus clientes y realizar los avisos correspondientes.

      ¡Éxito!

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