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La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Mauricio Priego 08/Jul/2013 1.305
La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley




La nueva ley lo que hace es:

  • Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
  • Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
  • Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
  • Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.

En la siguiente presentación pueden ver  las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:

La Ley Anti Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta? from Mauricio Priego

(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)

¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.

¡Éxito!

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1.305 Comentarios »

  1. juan zarate hernandez 05/Dic/2013 en 3:22 pm - Responder

    que tal Mauricio te comento, yo trabajo para una constructora, la cual se dedica a la renta de maquinaria y equipo, el cual los cliente a veces no me solicitan factura y me realizan depósitos con cheuque y o transferencias a mi cuenta.

    te pregunto tendré algún problema con estos depósitos.

    sin mas por el momento saludos

    • Mauricio Priego 06/Dic/2013 en 7:23 am - Responder

      Juan, buenos días.

      Definitivamente te estás exponiendo a tener problemas y serios. Al no solicitarte factura, el ingreso queda ante el banco y hacienda como tuyo y no de la empresa, por lo que el responsable ante el fisco en lo referente a esta ley – y a los impuestos a pagar por esos ingresos – ¡eres tú!

      No mezcles tu cuenta bancaria personal con la de la empresa. Si la empresa está dispuesta a no dar facturas, allá ella… Pero que el dinero se deposite en la cuenta de la empresa. (Por cierto, la propia empresa, de continuar esta práctica, se puede meter en problemas serios).

      ¡Éxito!

  2. julio flore 05/Dic/2013 en 2:01 pm - Responder

    buenas tardes, me parece muy interesante esta pagina y comentarios muy acertados.
    mi planteamiento es el siguiente:

    deseo comprarme un auto de mas de 500,000, daré 300, 000 de enganche y el resto por medio de un crédito bancario a pagar a cinco años, soy empelado y mi sueldo es de 25.000. mensuales, y los 3000, 000 los obtuve de vender un auto usado y el resto es mis ahorros de toda la vida, mi pregunta es si con eso tendré problema con la ley anti lavado, me urge la repuesta por que ya se me esta venciendo el tiempo para aprovechar el crédito.

    agradesco su respuesta y gracias por todo.

    • Mauricio Priego 06/Dic/2013 en 7:19 am - Responder

      Julio, buenos días.

      Antes de pasar a tu inquietud te comparto mi mejor consejo: Las finanzas personales son un maratón, no una carrera de 100 metros… Esto quiere decir que las acciones y operaciones que tomes hazlas con la cabeza fría sin dejar que el sentido de urgencia te domine.

      Pasando a tu inquietud… Supongo que los $300 mil los tienes actualmente en una cuenta bancaria y que realizarás el pago a través de una transferencia o pagando con cheque. De ser así y al ser una única operación, en principio no debieras tener mayor problema. Y por la urgencia que mencionas para aprovechar el crédito, me queda claro que la operación la realizarás en los próximos días, un par de semanas quizá… Lo que significa que se realizará antes de que entre en vigor la Reforma Fiscal, por lo cual es aun menos probable que tengas inconveniente alguno.

      ¡Éxito!… Y que disfrutes tu nuevo auto 😉

      • julio flore 06/Dic/2013 en 9:18 am - Responder

        muchiimas gracias Mauricio, eres muy amable.

  3. Eduardo Martinez 04/Dic/2013 en 12:26 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio

    Realmente es muy interesante tus comentarios, es por eso que me atrevo a realizarte mis siguientes dudas:
    Adquirí una casa por medio del infonavit de la cual debo $300,000.00 quiero liquidarlo con unos ahorros que tengo en un cuenta bancaria
    Por otro lado también tengo un vehículo que quiero venderlo $100,000.00 y comprarme uno nuevo la forma de pago seria contado el monto aproximado seria de $230,000.00
    Mi duda es crees que pueda afectarme con la nueva ley anti lavado? ya que me estaría excediendo de los montos establecidos.
    Todos los pagos serian vía transferencia bancaria, el detalle es el tiempo entre uno movimiento y otro.

    Quedo en espera de tus comentarios

    • Mauricio Priego 05/Dic/2013 en 6:56 am - Responder

      Eduardo, buenos días. Me alegra que el artículo haya sido de tu interés 🙂

      Respecto al pago de la casa no debes tener ningún inconveniente, lo único que va a suceder es que el INFONAVIT reportará a hacienda que saldaste tu casa debido a la nueva ley… Por el monto y porque es un bien patrimonial, no creo que llegues a tener problema alguno.

      Respecto a la compra del auto, observo que consideras pagarlo de contado… En este caso no te aceptará el pago la agencia debido a que rebasa el límite para aceptar pagos en efectivo ($200,000 en números cerrados), por lo que tendrás que hacerlo también por transferencia bancaria o cheque. (De hecho, si se puede pagar a meses sin intereses, te sugeriría meter los 230 en una cuenta de vencimiento mensual y que cada mes vayas retirando el importe relativo al pago de la unidad. De esta manera al final del año liquidarías el auto y tendrías el fruto de los rendimientos de tu dinero).

      Más allá de ello, la consecionaria reportará la operación a Hacienda… Mas nuevamente no considero que aún sumando las dos transacciones llegues a ser requerido.

      Éxito en tus proyectos.

  4. ERNESTO 03/Dic/2013 en 6:30 pm - Responder

    Mauricio, excelente blog.

    Facturo a una empresa mis servicios profesionales en tecnología de la informacion, pero me di de alta como empresa con actividad empresaria -regimen intermedio- (para darles facturas con IVA) tengo asi laborando cobrando al mismo cliente por años, desgraciadamente muchas empresas contratan así a profesionistas a pesar de que lo correcto es usar recibo de honorarios, en este caso te pagan con factura fiscal… gano no mas de 25,000 pesos al mes ya con el IVA depositado… sin embargo ocasionalmetne me hicieron unas transferencias para gastos, pero no sumaran mas de 8,000 pesos en cada ocasion, esos no estan amparados por facturas mias, si no facturas a nombre de ellos….. mis ingreos mensuales si estan amparados por facturas que yo emito..

    Incurro en algun riesgo de actividad vulnerable? Leo y releo la informacion y aparentemente no incurro en ello, pero mi concepto de facturacion es «servicios profesionales en tecnologias de la informacion» me confunde porque solo habla de administracion de cuentas, propiedades y activos, y no es el caso de mi actividad…

    Asi mismo incurrio en algun riesgo de que hacienda me cuestione sobre esos depositos de la empresa ocasionales de gastos??? ME transfieren todo por medio electronico en el banco.

    GRAcias !

    • Mauricio Priego 04/Dic/2013 en 10:07 am - Responder

      Ernesto, me alegra que la información que compartimos te sea de utilidad.

      Rigurosamente hablando, al darte tu cliente dinero para TUS gastos, en realidad es un ingreso que deberías reportar al fisco durante tus declaraciones. Si por el contario es dinero para gastos DE TU CLIENTE, entonces sí caes en una actividad vulnerable teniendo, según la ley, que darte de alta en el padrón de actividades vulnerables y reportar a tu cliente según marca la ley.

      Sin embargo 8 mil pesos es una cantidad en realidad pequeña, y si estas operaciones además no son frecuentes, entonces es poco probable que llames la atención del fisco.

      Si no te gusta el riesgo, lo correcto sería incluir esos depósitos adicionales en las facturas del mes correspondiente. Si prefieres correr un riesgo presumiblemente bajo para ahorrarte algo de impuestos, entonces pide a la empresa que esas transferencias te las envíe a una cuenta distinta de tu cuenta fiscal reduciendo así un poco más la posibilidad de ser detectado.

      La mesa está servida 😉

      Éxito con tu negocio

  5. wailgz Corona 02/Dic/2013 en 7:11 am - Responder

    Buenos dias.Yo soy ejidatario durante los últimos 5 años he cedido varios cachos de mi terreno
    para poder vivir, estoy en suspensiones actividades desde hace ya 14 años, se que los ejidatrios no pagamos impuestos por vender de primera un terreno …con ese dinero mantengo mi casa y mi tierra no tengo actividad comercial, hace dos años hice tres veces depósitos en efectivo de no mas de 25,000 y hace tres meses en septiembre preste a mi ex mujer 150,000 pesos,por estas pocas operaciones debo de dame de alta? soy sujeto a ser investigado, gracias por su información, tengo 60 años

    • Mauricio Priego 02/Dic/2013 en 10:18 am - Responder

      Wailgz, buenos días.

      Por lo que comentas, la posibilidad de que seas investigado considero que en realidad es muy baja como para que te preocupes por ello. Y si tienes en orden los papeles en los que se te asigna el ejido, menos aún tendrás problema alguno.

      Por cultura general… ¿De dónde es originario el nombre Wailgz? ¿Tiene algún significado?

      • wailgz Corona 04/Dic/2013 en 6:07 am - Responder

        Gracias por tu respuesta, wailgz es un nombre celta,locura de mi madre porque yo soy mexicano..Tu portal es maravilloso y nos tranquiliza, si alguien puede estar tranquilo ahora…te dire que yo pensé en algún momento darme de alta, pero ahora dudo la conveniencia soy ejidatario y de imaginarme cautivo en este sistema tan impositivo me asusta, gracias por tu ayuda

        • Mauricio Priego 04/Dic/2013 en 10:12 am - Responder

          Jajajaja Por eso madre solo hay una 😛
          Gracias por el brevario cultural.

          Y ya sabes, cualquier duda que tengas, o si deseas tan solo intercambiar ideas, aquí estamos para lo que se ofrezca.

          ¡Éxito!

          • wailgz Corona 05/Dic/2013 en 4:10 pm -

            Gracias de nuevo Mauricio.En el tema de las tarjetas de crédito se podrán seguir usando para viajar? por ejemplo hacer reservaciones, yo viaje recientemente a EU y el paquete para mi y mi esposa fue de 53000 10 días, hotel y aviones, esto fue en noviembre, un mes después este diciembre pienso pagar no todo pero si la mitad 30,000.Te requerirán por esto?,lo hacemos una ves al año, Gracias y saludos de nuevo

          • Mauricio Priego 06/Dic/2013 en 7:34 am -

            Wailgz, de que las tarjetas se podrán seguir usando, claro que sí 😛

            PERO el tema nuevamente es la Discrepancia Fiscal… En nuestro país se usa – y se abusa – de manera indiscriminada de las tarjetas de crédito. Muchos (no digo que sea tu caso) la usan como una extensión de su ingreso (terrible error) llegándose a casos en que se saca una tarjeta para pagar la otra… y como la otra la siguen usando, su deuda crece y crece y crece (Viven en un mundo al revés… Eso se debe hacer con el dinero en inversiones).

            ¿Y el fisco considerará todas esos pagos a las tarjetas como ingreso? ¡Sería una hecatombe financiera! Personas que de por sí viven una profunda crisis financiera verían que además de intereses, intereses moratorios, gastos de cobranza y otros cargos, les estarían reteniendo impuestos por sus «ingresos»…

            No creo que esto vaya a operar así. Sería un verdadero sin sentido. Tu viaje lo compras a crédito porque en el pasado no pudiste ahorrar ese dinero por la razón que sea, así que vas a pagarlo con un ingreso futuro… Por tanto no te deberían retener impuesto por un ingreso que no has tenido.

            No nos queda más que esperar a que salga la Ley del ISR para el 2014 de manera de ver cómo realmente queda.

            Recibe un fuerte abrazo.

          • wailgz Corona 06/Dic/2013 en 8:06 am -

            Gracias de nuevo.Y esto de la ley anti lavado reportara a hacienda las compras o los depósitos mayores de 80,000 al mes o la suma de los dos? Gracias buen día

          • Mauricio Priego 08/Dic/2013 en 8:41 am -

            Wailgz, depende del origen de la tarjeta de crédito:

            1) Si es emitida por una institución financiera (tarjetas de crédito bancarias) reportarán a Hacienda las operaciones sólo cuando Hacienda lo solicite y por los períodos que lo requiera (Artículo 51)

            2) En el caso de tarjetas no emitidas por el sistema financiera (VG tiendas departamentales) deben realizar el aviso «cuando el gasto mensual acumulado en la cuenta de la tarjeta sea igual o superior al equivalente a un mil doscientas ochenta y cinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal«, es decir, $83,216. (Artículo 7 Fracción II)

            Que tengas un feliz domingo 😉

          • wailgz Corona 08/Dic/2013 en 8:54 am -

            Garcias Mauricio y me imagino que al banco se le solicita cuando entablan una investigación debido a algo que no les cuadra, es así ? o tienen gente todo el tiempo checando todas las cuentas ? Y otra pregunta aprovechandote… las transferencias que hace uno de sus fondos de inversion casa de bolsa a su cuenta de cheques de un mismo banco se consideran depósitos en efectivo? te mando un saludo…que amor a tu trabajo que hasta los domingos estas pendiente..felicidades ten un feliz domingo y gracias

          • Mauricio Priego 09/Dic/2013 en 8:45 am -

            Jajajaja… Wailgz, si este fuera un trabajo, ¡no hubiera respondido en Domingo! 😛

            Es sólo un servicio que por gusto doy a la comunidad… Considero que existe un verdadero analfabetismo financiero para el que no he visto hasta el momento un esfuerzo real por parte de instituciones educativas, financieras y gubernamentales por combatir. Considero que ése es parte del problema de por qué una gran parte de la población está convencida que no puede ahorrar, vive para pagar los intereses de su tarjeta de crédito, permite que la inflación se coma el poder adquisitivo de su dinero, considera la planeación como una pérdida de tiempo…

            Promover y difundir la cultura financiera es el objetivo de Practifinanzas… Publicamos artículos sobre las reformas ya que al final del camino impactan directamente a las finanzas personales y a la economía familiar 😉

            Respecto a tus inquietudes:

            1) Es correcto, Hacienda solicita la investigación cuando detecta una actividad sospechosa o cuando completamente está siguiendo un caso de evasión o fraude fiscal. También puede ocurrir que como parte de una revisión aleatoria de rutina solicite esta información.

            2) No. Ningún tipo de transferencia electrónica, incluyendo los movimientos entre tus cuentas vía teléfono, Internet, Cajero Automático o aplicaciones para dispositivos móviles, se considera depósito en efectivo.

            Que tengan un excelente inicio de semana 🙂

            ¡Éxito!

  6. santiago 01/Dic/2013 en 5:00 pm - Responder

    Mauricio buena tarde y un saludo, tengo una duda, con respecto a un comentario q hiciste, q pasa con las personas como en mi caso, cambio cheuqes q hacen a mi nombre, para la caja chica de la empresa, yo no aparezco con mi nombre por andar haciendo movimientos y cobrando los cheques, ya q se anotan mis datos al reverso y el banco creo q ingresa esos datos y no se si también los reporta cuando se retiran cantidades grandes

    • Mauricio Priego 02/Dic/2013 en 10:12 am - Responder

      Santiago, buenos días.

      Al igual que respondía a Edgar en el comentario que mencionas, la ley contempla que las empresas suelen enviar a algunos de sus empleados a cambiar cheques y realizar depósitos. Al hacerlo por orden de su patrón, el empleado queda libre ante la ley del origen y destino de los recursos ya sea depositados o retirados.

      No tienes nada de qué preocuparte 😉

      Éxito en tus proyectos.

  7. efren 30/Nov/2013 en 11:59 pm - Responder

    buen dia Mauricio, excelente pagina, que pasa con los reembolsos de gastos, digamos que le presto a la SA (empresa familiar ) 3000 para pagar varios gastos, la SA me los paga, le vuelvo a prestar para mas gastos, la SA me los paga, asi sucesivamente, como un crédito revolvente.

    • Mauricio Priego 01/Dic/2013 en 2:48 pm - Responder

      Efrén, por lo que entiendo realmente lo que manejas es una caja chica, la cual no se considera un crédito… A menos que se hubiese firmado algún tipo de contrato de financiamiento. Adicionalmente, 3 mil pesos es una cantidad muy pequeña.
      Por tanto, no creo que llegues a tener algún problema por ello.
      ¡Éxito!

      • Josue Garciglia 15/May/2015 en 8:51 pm - Responder

        Que tal Mauricio

        Si me realizan un deposito de $10,000 pesos a mi cuenta de ahorro personal, simplemente como un prestamo familiar, aqui tambien aplicaria con la ley antilavado?

        • Mauricio Priego 17/May/2015 en 11:54 am - Responder

          Qué tal Josué,
          Si no tienes más depósitos efectivo en el mes y sólo son los 10 mil pesos que mencionas, no tienes nada de qué preocuparte 😉
          ¡Éxito!

  8. Larisa Grau 30/Nov/2013 en 1:48 pm - Responder

    Compre mi casa a una inmobiliaria a un costo de 660 mil pesos . La pago mi hermano por transferencia bancaria a la inmobiliaria en efectivo, ya que fue la herencia de mi padre. Yo nunca pude escriturar y ahora me dice el notario que no puede escriturar porque se pagó en efectivo. Esto fue en el 2009. Que puedo hacer. Es el único bien que tengo.

    • Mauricio Priego 01/Dic/2013 en 2:43 pm - Responder

      Larisa, al comprar la casa se debió escriturar la operación. ¿Quién quedó como propietario de la casa? ¿O es ésa la escritura que no realizaste y por tanto la casa sigue a nombre de la constructora?

      • andrea 04/Dic/2013 en 1:14 pm - Responder

        hola mauricio!! oye estoy preocupada, resulta que trabajo en x empresa y mis patrones me casi obligan a cobrar cheques de aprox $80,000 cada uno, cheques endosados a mi nombre, que riesgo puedo correr con SAT??

        • Mauricio Priego 05/Dic/2013 en 7:21 am - Responder

          ¡Hola Andrea!

          No tienes nada de qué preocuparte. La Ley establece que se consideran actividades ilícitas las operaciones de manejo de dinero cuando quien realiza las operaciones NO TIENE relación laboral alguna con el dueño de ése dinero.

          En tu caso entiendo que eres empleada de la empresa X, de manera que el fisco no te fincará responsabilidad alguna por cambiar esos cheques.

          ¡Éxito!

  9. edgar 29/Nov/2013 en 2:44 pm - Responder

    mi estimado Mauricio,
    tengo una duda, trabajo para una constructora, pero constantemente me envían al banco a cobrar cheques en efectivo para gastos, algunos son cantidades menores a 10,000 pesos y a habido algunos con cantiades mas fuertes, yo soy empleado y algunos cheuqes los hacen a nombre del representante legal y me los endosan, o algunos están a mi nombre y a veces retiro en efectivo al mes, cantidades superiores a 500,000

    • Mauricio Priego 01/Dic/2013 en 2:36 pm - Responder

      Edgar, no te preocupes. La ley establece que al ser empleado de la constructora y estar realizando los movimientos siguiendo sus instrucciones, te encuentras libre de tener que reportar al fisco los movimientos así como de la responsabilidad de cualquier posible actividad ilícita que estuviese haciendo la empresa (a menos, claro está, que las actividades que te pida hacer no fuesen legales y tú tuvieras conocimiento de ello).
      ¡Éxito!

  10. dolores lopez tapia 29/Nov/2013 en 10:14 am - Responder

    hola buen dia tengo algunos terrenos de mi propiedad vendo esporadicamente
    por fracciones ahorita por ejemplo mi probable venta a realizar seria por $ 400,000 yo tendria que estar dada de alta en hacienda por ser actividad vulnerable

    • Mauricio Priego 01/Dic/2013 en 2:29 pm - Responder

      Hola Dolores

      En realidad deberías estar dada de alta por el hecho de estar percibiendo ingresos. Por ello afirmo que más que identificar «actividades ilícitas», lo que esta ley está haciendo es ubicar a las personas que no declaran sus ingresos a Hacienda.

      Ahora bien, debido a esta ley el notario con el que realizas la operación de compra-venta del terreno tiene que reportarla a Hacienda, por lo que potencialmente Hacienda podría requerirte para que demuestres que en su momento declaraste tus ingresos pagando los impuestos correspondientes.

      Una vez dada de alta, necesitarás darte de alta en el padrón de actividades vulnerables, identificando a tus clientes y reportando antes de cada día 17 de mes las operaciones que hubieses realizado el mes anterior.

      Cualquier duda adicional, aquí seguimos.

      ¡Éxito!

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