Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley…
La nueva ley lo que hace es:
- Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
- Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
- Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
- Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.
En la siguiente presentación pueden ver las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:
(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)
¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.
¡Éxito!
Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores. Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros de que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook.
Artículos relacionados
- Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo
- ¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?
- La reforma laboral, ¿en qué nos beneficia?
- Testimonio: Fraude electrónico dentro del hogar – Cómo prevenirlo
- El Robo de Identidad – Qué es, cómo prevenirlo y cómo enfrentarlo
Hola Mauricio, tengo una duda, trabajo como freelancer a empresas gringas, y pues ellas me hacen depositos a mi cuenta. Me puedo declarar como RIF? o algo por estilo? el problema es que no les facturo pues a ellos no les sirven facturas de aqui.
Hola Arturo,
Depende de qué hagas para las empresas gringas… Si los servicios que realizas son profesionales, entonces no es posible que te des de alta en el RIF. Ahora bien, para lo que mencionas de las facturas, tengo un artículo que considero puede serte de mucha utilidad, el cual habla, precisamente, de cómo se facturan este tipo de ingresos para así declararlos y tener todo en orden con el SAT. Lo puedes encontrar siguiendo esta liga.
Si después de leerlo te queda alguna inquietud, con gusto seguimos conversando 😉
¡Éxito!
Sr. Mauricio si voy a comprar una casa cuyo valor es de $ 500,000 y los voy a liquidar de la siguiente manera $ 300,000 mediante transferencia electronica y $ 200,000 en efectivo, ¿estaría incurriendo en algún supuesto de la ley contra el lavado?
Hola José Antonio,
Tú como comprador no estarías infringiendo ningún supuesto… El que en su caso infringiría la ley sería el notario al aceptar dar fe de la operación. Por tanto, es el notario quien te debiera aceptar la forma de pago que propones, siendo que hay algunos muy estrictos y exigentes, y otros que se muestran un poco más laxos. Por tanto, la sugerencia es que te acerques directamente al notario que llevará la operación 😉
¡Éxito!
GRACIAS SR. MAURICIO, LE AGRADEZCO SU COMENTARIO
No hay de qué José Antonio, es un placer aportar mi granito de arena 😉
muy buenas tardes Mauricio
si no estoy registrado en hacienda cuanto es el monto máximo que puedo tener en mi cuenta de ahorros?
Muy buenos días Ariel,
Independientemente a si estás dado de alta en el SAT o no, todas las cuentas de las instituciones financieras (bancos, casas de bolsa, cajas populares, etc) son fiscalizadas. Por tanto el tema no es de máximos, sino del monto de los depósitos y transferencias que realizas.
¡Éxito!
Sr. Mauricio:
Muchas gracias por su respuesta!….me ha ayudado mucho a aclarar mis dudas. Una ultima pregunta, Sr. Mauricio, abusando de su gentileza: y si voy transfiriendo ese dinero en 4 depositos interbancarios de 8,500 dlls aprox. en distintos dias al banco de EEUU, ¿ya no quedaria registrado ese deposito de aprox. 33,300 dlls. en total (los 500,000 convertidos a Dlls.)??…por haberlo hecho en cantidades menores de 10,000 dlls cada vez?…y asi, ¿ya no podrian requerirme ni el SAT ni el IRS?
No hay de qué Marco, es un placer aportar mi granito de arena 😉
El punto está en tu expresión «Ya no podrán requerirme ni el SAT ni el IRS«… Las cuentas en instituciones financieras son TODAS fiscalizadas, por lo que hagas lo que hagas siempre existirá la posibilidad de ser requerido. El distribuir el dinero a transferir en 4 depósitos dispersándolos a través del tiempo evita que los bancos avisen de la operación al fisco reduciendo de forma significativa con ello el ser requerido. Pero ello en ningún momento significa que no puedan requerirte (siempre quedarán auditorías aleatorias, compulsas, investigaciones por sospecha de evasión fiscal… y tienen 5 años para hacerlo).
Mis mejores deseos para esta semana que inicia.
Buenas tardes, Sr. Mauricio:
Soy la misma persona que escribio la ultima pregunta-duda de este blog. Solo queria pedirle su opinion sobre algo que me recomendaron y que no sabia yo pudiera hacerse para llevarme el dinero mas facilmente del Banco mexicano a un Banco de EEUU….me dijeron que simplemente hiciera una transferencia electronica (SPEI creo se llama) del Banco mexicano al Banco Estadounidense, preguntando primero muy bien en el Banco de alla el numero de cuenta o clave interbancaria correcta, para otorgarsela al banco de aqui y que se gire bien esos 500,000 convertidos en dolares. Pero de todos modos quiero preguntarle, Sr. Mauricio si no hay ningun problema con hacienda por hacer esa transferencia. Yo creo que no, pues es un dinero que tengo desde hace tiempo, es un ahorro o patrimonio….y lo unico que voy a hacer es transferirlo a un Banco de EEUU. ¿Eso no representa ningun problema para mi ante Hacienda?
Hola nuevamente Marco,
Es correcto lo que te dijeron. El camino adecuado para transferir tu dinero a EEUU para invertirlo allá es a través de una transferencia electrónica inter-bancaria. Respecto al fisco, al ser el movimiento superior a 10 mil dólares, ambos bancos están obligados a reportar la operación a las instituciones de Hacienda de sus respectivos países, de manera que potencialmente tanto el SAT mexicano como el IRS americano podrían requerirte para explicar el origen de ese dinero.
¿Esto debiera preocuparte? En base a lo que dices considero que no: Tienes la evidencia documental en estados de cuenta de que ése dinero es fruto de años de ahorro y no que lo hayas recibido recientemente.
¿Qué tan probable es que seas requerido? Al ser una operación única es poco probable… Pero no podemos dejar de señalar que existe, y que el requerimiento te lo pueden hacer en los próximos cinco años. Pero vuelvo a recalcar: Con tus estados de cuenta donde se comprueba que el dinero es fruto de años de ahorro no debieras tener mayor inconveniente en demostrar el origen lícito de tus recursos.
¡Éxito!
Buen dia, Sr. Mauricio:
Quisiera consultarle una duda….mire, yo tengo 500,000 en un Banco mexicano y quisiera convertir ese dinero en dolares y mejor abrir una cuenta en un Banco de EEUU…..vivo en frontera y me es facil abrir una cuenta alla. Mi duda es si al ir cambiando esos dolares en varias casas de cambio (pues no creo que en una sola puedan venderme todos los dolares o tal vez si) haya problema con Hacienda. Yo creo que no, pues ese dinero proviene de un patrimonio hecho a traves de los años, y solo lo cambiaria a otro Banco, aunque extranjero….pero de todos modos me preocupa pues de seguro querran en las casas de cambio mi identificacion y quedaria registrado mi nombre, direccion y todo, no??…..¿no habra ningun problema con Hacienda por esa operacion que deseo realizar de cambiar toda esa cantidad y llevarmela a EEUU?…¿que me recomienda hacer en caso de que considere Usted que pueda haber algun problema?
Buen día Mauricio.
Soy un fan de tu blog y me gusta porque nos ayudas a despejar muchas dudas con respecto al tema financiero y fiscal.
Aprovechando tu buena disponibilidad quiero hacerte una pregunta solo como consulta.
Es verdad que las cuentas de los clientes de Banco Azteca no son reportadas al SAT, porque esté se encuentra amparado contra esa obligación.
Bueno también en parte es mi interés porque yo tengo un negocio, pero en ocasiones me depositan un poco de dinero en una cuenta que tengo en ese banco, dinero que obtengo por comisión de tramitar unos créditos personales para gente que trabaja en gobierno federal, en una financiera que anteriormente fue la empresa en la que trabaje por varios años. Agradeceré tu opinión al respecto y deseando que continues con el éxito de este blog.
Hola Beni, buenos días.
Gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo. El saber que la información que compartimos te es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂
De lo que comentas de Banco Azteca no he escuchado nada al respecto, pero se me hace muy difícil que sea verdad ya que para que tenga autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) necesariamente tiene diferentes obligaciones, reportes y regulaciones fiscales qué cumplir, y no sólo por legislación mexicana, sino por diferentes acuerdos internacionales. Así que, honestamente, considero que es sólo una leyenda urbana o una realidad tergiversada (quizá quien esté amparado sea Elektra y no Banco Azteca, por ejemplo).
¡Éxito con tu negocio!
Buenas tardes disculpe Mauricio tengo las siguiente duda:
Mi mamá le va a comprar la parte proporcional que le toca de la casa a mi papá es decir son $250mil, con dos pagos uno de 150 y otro de 100 la pregunta es que si no hay problema al momento que le hagan deposito a mi papá, si no tiene problemas con hacienda, el ya esta registrado por que trabaja por honorarios y paga sus respectivos impuestos, pero ¿el tiene que pagar impuestos por ese dinero tambien?, gracias, espero su respuesta
Hola, he leido varios de tus comentarios y quisiera pedirte tu ayuda, yo no estoy dado de alta en hacienda mi problema es el siguiente, en el 2013 compre un auto nuevo con un valor de 210 mil pesos en esos tiempos lo pague en efectivo sin ningun problema, en estos momentos estoy interesado en comprar una camioneta nueva con un valor de 280 mil pesos y en la misma agencia me reciben el primer coche en 135 mil pesos y debo liquidar la diferencia, yo solo manejo efectivo pero no se si se puede hacer el pago de los 135 restantes en efectivo en la agencia o efectivo en el banco a la cuenta de la agencia, o forzosamente me tengo que depositar el efectivo a una cuenta para despues hacer la transferencia, o seria mejor que mi mama que tiene un negocio y si esta dada de alta en hacienda yo le endosara el coche usado y el nuevo saliera a nombre de ella y con su rfc
No me gusta esta ley, por que afecta al pais, estafadores Narcotraficantes y delincuentes siempre habra, Politicos trinqueteros los hay en todo el mundo, y yo creo que nuestros bancos dejan ir mucho dinero al extranjero y de esta manera se venefician dejando a nuestro pais sin fondos y aumentando la Pobreza deben de recibir las cantidades de Dinero tan grandes como sea posible, pues su deber solo debe ser la de cuidar el dinero, la policia es la encargada de investigar a los malechores y nada mas, Mexico maneja demaciado dinero del narcotrafico y se lo llovan a bancos extranjeros cuando este bien puede servir para producir que lo invierta elo pais lo mejor es separar a los Bancos de Hacienda y que cada quien haga su funcion, No espanten el dinero es mejor que se quede aqui, el dia que en Mexico haya mucho dinero para repartir los delincuentes se van a ir extinguiendo pues siempre habra alguien con dinero que invente un nuevo empleo.