Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley…
La nueva ley lo que hace es:
- Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
- Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
- Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
- Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.
En la siguiente presentación pueden ver las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:
(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)
¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.
¡Éxito!
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Mauricio muy buen dia, tengo una duda, existe un tope de ingresos a mi cuenta personal al año? es decir, si en un año yo deposito un total de 500 mil pesos en mi cuenta me afecta en algo? saludos
Hola Carlos,
No existe un tope de lo que puedas depositar a una cuenta de ahorro o inversión. Sólo ten en cuenta que existe algo llamado discrepancia fiscal, es decir, si los depósitos que hiciste en tus cuentas y los importes pagados a tus préstamos y créditos en el sistema financiero no son razonables a los ingresos que reportaste al fisco, Hacienda considerará la variación un ingreso no reportado por el cual te «invitará» a pagar los impuestos correspondientes.
¡Éxito!
hola tengo una duda por mercadolibre ecuador hay una series de personas que prestan dolares la cantidad de 1000 hasta 1000000 tengo un proyecto de construcción de un minicentro comercial en venezuela si pido 150000 dolares que me dijeron que si y que van a enviar un contrato para firmarlo la transferencia se hará desde el banco de Francia esto traería problema o esta bien
Hola Juan Carlos,
Antes que ninguna otra cosa, ¿confías en estas personas? ¿Conoces a alguien más que haya contratado un préstamo con ellos? Desgraciadamente en Internet hay muchos fraudes pudiéndote encontrar con cientos de lobos con piel de oveja.
Respecto a la operación en sí, de Ecuador va a salir una orden de transferencia de Francia hacia Venezuela. Por convenios internacionales las instituciones financieras están obligadas a reportar al fisco las operaciones bancarias por más de $100 mil dólares, que es tu caso. Por tanto, si decides proceder, guarda comprobante de todo por si el fisco de tu país – o de Francia – están interesado en que les demuestres el origen de ese dinero.
Pero nuevamente, se me hace sospechoso… A menos que puedas comprobar quiénes son en realidad estas personas, mejor no te arriesgues. Sé prudente.
¡Éxito!
Hola Mauricio , buenas tardes, tengo la siguiente duda, si yo tengo ahorros de mi sueldo y quiero tomar parte de esos ahorros para comprar dolares baratos en una casa de cambio y luego venderlos mas caros en un banco, por ejemplo cambio 5000 pesos a dolares en una casa de cambio y me dan 300 dlls después voy al banco y vendo esos 300 dlls y me dan 5200 pesos,¿Es esto ilegal?, ¿Debo pagar impuesto por esa ganancia si solo obtengo ingresos por salarios?, ¿Hay algún problema en realizar esta actividad de una manera diaria o puede hacer sospechar al fisco de mala manera aun cuando el origen de ese dinero es mi sueldo que obviamente ya pago impuesto? Te agradezco por tus comentarios y que tengas buen día.
Hola Ricardo
Yo tengo 3 semanas haciendo esto en la frontera….si pudieras auydarme con tu experiencia…lo has seguido haciendo? has tenido problemas con el sat? por lo que he leido si seria un problemon ya que tendriamos que pagar el 35% sobro el total de los depositos anuales… pero es una ganancia facil y no ilegal
Saludos
Buen dia Mauricio, mira mi duda es la siguiente: Mi papa me quiere hacer un donativo de 5,000,000.00 de pesos de un dinero que recibió, obviamente el tiene sus certificados en donde consta la procedencia de ese dinero, mi pregunta sería: el donativo lo tenemos que hacer ante un notario? tengo que declararlo y pagar impuestos ante el SAT ? mucho agradeceria me ayudaras con esta duda, mil gracias
Hola mauricio espero y me puedas ayudar pienso dedicarme a compra venta de autos usados cuyo valor para venderlos no rebasan lo 50mil pesos ya estoy dada de alta ante hacienda y tambien como actividad vulnerable en el portal de la ley de lavado de dinero tengo entendido que cada mes tengo que dar un aviso en dicho portal en mi caso seria en 0 pues ninguna venta rebasa el limite de 200 mil pesos mi pregunta es si aparte de la obligacion de dar el aviso cada mes tengo otras obligaciones ya que yo llevo la contabilidad en el portal de mis cuentas y yo voy al sat a dar dichos avisos en 0 gracias por tu respuesta .
Hola Claudia,
Por lo que veo te has documentado bien, lo cual demuestra planeación en tu proyecto de negocio así como determinación y disciplina de tu parte. Auguro un futuro próspero para tu negocio 😉
Respecto a que tengas alguna otra obligación en particular, fuera de que tengas cuidado con el manejo de efectivo (nuevamente el límite está arriba de los 200 mil) y la recomendación de que tengas una cuenta bancaria específica para las operaciones de tu negocio, de la cual transfieras electrónicamente las utilidades que tomes para gastos personales y familiares, no identifico algo más que te hiciera falta.
¡Éxito!
Hola Mauricio. Muchas gracias por el aporte. Disculpa, en la institución donde trabajo me pidieron recibo de honorarios antes de que me pagaran. Se tardaron mas de 1 mes en pagarme por lo que tuve que cancelar dicho recibo para realizar la declaración del mes. Apenas hoy me pagaron y me pregunto si no habrá algún problema si hago un nuevo recibo. ¿Es correcto que me lo hayan pedido antes de pagarme o es correcto enviarlo ahora, después del pago?
Gracias.
Hola Laura, es un placer poder aportar tu granito de arena.
En realidad es indistinto si facturas antes de que te paguen (caso muy común en el medio empresarial) o después de que esto ocurra (todos lo hacemos cuando entramos posteriormente a la página de algún comercio o restaurante para generar y descargar la factura electrónica).
Ahora bien, tu patrón va a reportar a Hacienda el gasto con la factura que tú ya cancelaste, lo cual generaría una discrepancia que puede acarrearle problemas a ambos. Lo correcto es que le entregues una Nota de Crédito para cancelar la primera factura generándole una nueva.
¡Éxito!
hola tengo horas leyendo los comentarios y tus respuestas son muy claras asi que no dude en escribirte espero y me apoyes ,yo me di de alta el año pasado como regimen de actividad empresarial y en febrero de este año me di de baja debido a que no me estaba dejando muchas ganancias mis dudas son las siguientes
1.tengo que hacer declaracion anual (yo estube dada de alta de abril del 2014 a feb 2015 )y si es afirmativa tu respuesta hasta cuando tengo para realizarla
2.mi esposo y yo iniciamos un negocio yo le ayudo el es el k esta dado de alta en el rif y aparte trabaja llevamos 2 declaraciones sin meter el salario de el el cual es minimo 4000 mensuales(y tenemos rebaje de casa de 2000 mensuales )tenemos que declarar los 4000 o los 2000 .
3.el negocio que acabamos de emprender es el siguiente nosotros tenemos una llamada logistica de transportacion de carga la cual es buscar un cliente que ocupe llevar su mercancia a cualquier parte de la republica contratamos el transporte que lo llevara ellos nos emiten la factura del flete entonces las ganancias de nosotros son digamos las siguiente nosotros les cobramos a los clientes le facturamos 1000 y nosotros le pagamos al transportista 500 ellos nos emiten la factura en total nuestra ganancia es de 500 esto si es un negocio legal o estamos incurriendo en alguna falta
Hola Isa, me alegra que la información que compartimos te sea de utilidad. Esa es nuestra mayor recompensa 🙂
Te respondo en el mismo orden para mayor claridad:
1. Sí estás obligada a realizar tu declaración anual, tanto este año (abril a diciembre de 2014) como el próximo (enero a febrero de 2015)
2. No entendí a qué te refieres…
3. Son intermediarios, lo cual es un negocio legal 😉
¡Éxito!
Mauricio buenos dias GRACIAS por apoyar a las personas sin conocerlas EN SERIO, estaba dado de alta como regimen intermedio ya que se supone iba a abrir un pequeño restaurante, cosa que nunca paso, por lo que no declare ni en ceros ni nada, el negocio quedo solo en un sueño, pero recibi ingresos por mercadolibre vendiendo chacharas y cosas usadas, una contadora me recomendo que antes de darme de baja pagara los impuestos sobre lo que habia recibido en el año 2013 y 2014 de ingresos por ventas en mercado libre, y en total habia recibido poco menos de 80 mil pesos en los dos años hasta agosto del 2014, entonces pague los impuestos y multas de los dos años que fueron entre impuestos y contadora como 30 mil pesos o poco mas y me dio de baja, pero como estoy desempleado y pues tengo que comer vendi algunas cosas mas entre octubre 2014 y este mes de abril (en total como 22 mil pesos en 7 meses) ya estando dado de baja, mi duda es tengo que presentar una declaracion por este ingreso que obtuve o es muy pequeño? gracias
Mauricio antes que nada GRACIAS por tu apoyo, el año 2014 pasado un conocido me deposito en mi cuenta aproximadamente 530 mill pesos, en mas o menos 8 exhibiciones (8 meses), ya que donde yo vivo esta construyendo su casa de campo y el vive en otra ciudad y lo apoye pagando los albañiles y el material de construccion que se necesitaba, no tuve ganancia a excepcion claro esta que de ahi agarraba para la gasolina y comidas, no pedi factura de nada por que el no queria factura ya que no lo podia deducir, la construccion esta ahi, puedo tener problemas por esto a pesar de que no fue negocio ni gane nada? el es empresario y no tiene en problemas en comprobar sus ingresos y yo nunca he estado dado de alta en el sat
BUENAS TARDES CUAL ES EL MONTO MAXIMO QUE PUEDO PAGAR EN EFECTIVO PARA LA COMPRA DE UN AUTO
Buenos dias Juan,
La respuesta a tu inquietud se encuentra en la lámina 10 de la presentación 😉
¡A leer! 😉
Buern dia Mauricio,
he leido algunos comentarios y preguntas que te hacen, un gran apoyo sin duda para orientarnos a quienes no tenemos ni idea a donde dirigirnos…Gracias!!
Mi situacion es en relacion a trabajador – empresa, dicha empresa es americana y yo aca coordino sus asuntos de produccion y desarrollo desde casa, anteriormente tenian presencia en Mexico como empresa constituida, misma que decidieron dejar en estado «dormido» y los meses subsecuentes declararse en ceros, me liquidan y pierdo mis prestaciones, sin embargo me sigen pagando desde USA, que debo hacer?? mis impuestos siempre han sido declarados por mis patrones, ahora no se que hacer…
aprecio mucho tu atencion!
Un Saludo!
Hola Erika, es un placer poder aportar mi granito de arena 😉
Todo depende si la empresa norteamericana te está reteniendo impuestos: Si sí lo hace, hay una serie de convenios entre EEUU y nuestro país para evitar la doble tributación (que pagues impuestos en ambos países por el mismo ingreso) por lo que habría que revisar tu contrato para ver si aplicas o no en los acuerdos. Ahora bien, si no te retienen impuestos, entonces debes darte de alta en Hacienda y declarar esos ingresos, ya sea por tu propia cuenta o con la asesoría de un contador. Puedes darte una idea de cómo facturas este tipo de servicios en este artículo:
Los impuestos y tu negocio en Internet (Ventas, Blogs, Asesorías…)
Algo en lo que te podría apoyar si gustas, es conversando contigo sobre una estrategia fiscal buscando aprovechar los beneficios existentes para así pagar menos impuestos por tus ingresos. Si te parece la idea, te contacto por correo para ponernos de acuerdo.
¡Éxito!