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La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Mauricio Priego 08/Jul/2013 1.305
La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley




La nueva ley lo que hace es:

  • Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
  • Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
  • Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
  • Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.

En la siguiente presentación pueden ver  las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:

La Ley Anti Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta? from Mauricio Priego

(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)

¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.

¡Éxito!

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1.305 Comentarios »

  1. Juan 08/Abr/2015 en 11:02 am - Responder

    Hola Miguel, muchas gracias por toda la información que publican, me ha sido de gran utilidad, sin embargo tengo una duda, yo soy asalariado en méxico pero también le trabajo como independiente a una empresa en USA como desarrollador de software, ellos no me piden facturas, mas que un recibo simple de dinero, me depositan mediante transferencia electrónica, el año pasado los depositos totales fueron de 65,000 pesos aproximadamente, ya hice mi declaración 2014 y no reporté estos ingresos. ¿Tendré algún problema al no declarar estos ingresos, ya que ya pasaron casi 10 dias habiles y no me han hecho mi devolucion? El año pasado fue prácticamente lo mismo y no tuve ningun problema, pero este año como andan mas perros con la recaudación me estoy preocupando. Muchas gracias por tu ayuda.

    • Mauricio Priego 09/Abr/2015 en 7:25 am - Responder

      Hola Miguel, es un placer poder aportar mi granito de arena 😉

      Por los montos que manejas considero que es una probabilidad baja… Pero no deja de ser posible. Y si en tu estrategia financiera está solicitar la devolución de impuestos (una muy buena decisión por cierto), lo mejor que puedes hacer es estar en orden con el fisco. Puedes darte una idea de cómo facturas este tipo de servicios en este artículo:
      Los impuestos y tu negocio en Internet (Ventas, Blogs, Asesorías…)

      Algo en lo que te podría apoyar si gustas, es conversando contigo sobre cómo completar tu estrategia fiscal buscando aprovechar los beneficios existentes para así pagar menos impuestos por tus ingresos. Si te parece la idea, te contacto por correo para ponernos de acuerdo.
      ¡Éxito!

  2. Orlando 07/Abr/2015 en 4:59 pm - Responder

    Hola Mauricio. Excelente tu blog y los consejos que aportas para evitar problemas con Lolita (Dolores si fallas al SAT).
    Tengo una consulta: hasta mayo del 2014 estuvimos pagando la hipoteca de una casa a nombre de mi esposa. Por cuestiones de trabajo, nos cambiamos de lugar de residencia, y se nos ocurrió vender la casa ya que al rentarla se tuvieron muchos problemas.
    Mi cuñado nos ayudó a remodelarla y venderla en un 15% más del valor del préstamo, pero inferior al último avalúo que se le realizó. Dado que aún estaba vigente la hipoteca, la mayor parte del ingreso por la venta se destinó a liquidarla, quedando solo un monto de 100 mil pesos a nuestro favor.
    Este importé lo cobró mi cuñado y me lo transfirió a una cuenta de ahorro que abrí para no recibir ese dinero en mi cuenta de nómina, esto con la idea de no mezclar mis ingresos por asimilados a sueldos y salarios con este monto.
    La pregunta, ¿debó reportar este monto en mi declaración del 2014? En caso afirmativo, ¿cómo lo reporto?
    Te agradezco de antemano tu respuesta. Un saludo.

    • Mauricio Priego 08/Abr/2015 en 6:51 am - Responder

      Hola Orlando,
      Me alegra que la información te esté siendo de utilidad. El saber que Lolita te deja dormir por las noches es nuestra mejor recompensa 😉

      La operación que realizaron en sí debiera encontrarse libre de impuestos, ya que vendieron su casa y estos ingresos se encuentran libres de impuestos por ley (siempre que no hayan vendido otra propiedad en los últimos cinco años). Sin embargo hicieron algunos movimientos que complican lo anterior:
      1) Usaron de intermediario a tu cuñado, quien supongo no aparece en el contrato de compra-venta firmado ante el notario
      2) Te transfirieron a ti el dinero en vez de a tu esposa, quien hasta donde entiendo es quien aparecía como propietaria de la casa y no tú.

      Al ser la transferencia por $100 mil, es prácticamente un echo que será reportado por el banco al fisco, de manera que si tú no lo reportas en tu declaración anual existe una importante posibilidad que en algún momento después de Mayo recibas una «invitación» de Dolores para pagar los impuestos correspondientes al ingreso no reportado. Debido a esto sugiero que te acerques a un contador que les asesore puntualmente (sus honorarios serán una buena inversión: desconozco cuánto cobren por una declaración anual donde vives, pero los que conozco cobran entre $500 y $1500, es decir, entre el 0.5% y el 1.5% de su utilidad. Los impuestos serían cuando menos del 16% existiendo la posibilidad de que sean superiores dependiendo de tus ingresos).

      Lo que debe quedar bien documentado para cualquier requerimiento posterior de Hacienda es lo siguiente:
      a) Tu cuñado fue un intermediario que no obtuvo ganancias por su actividad (esto para que tampoco él termine pagando impuestos)
      b) El dinero que te transfiere es efectivamente de la compra-venta de la casa de tu esposa
      c) Su acta de matrimonio ante el registro civil para demostrar que es tu esposa
      d) Estados de cuenta y recibos de la transferencia
      Subrayo que esto no es necesario para la declaración, pero si el fisco quisiera confirmar la operación, sólo es válida la evidencia documental, por lo que harían bien en guardar evidencia de todo lo anterior cuando menos por los próximos cinco años, que es el periodo en que el fisco puede requerirles.

      ¡Éxito!

  3. Luis 07/Abr/2015 en 2:25 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio, gracias por todas tus aclaraciones a gente que ni nos conoces, es de admirar, ¡Felicidades! Mi pregunta es la siguiente: (he leido varias similares pero sigo con duda) ¿Si yo compro electronicos por internet en ebay y pago por paypal y revendo aqui en México ya sea en mercadolibre o en mi ciudad, que problemas podria tener en un futuro ya que no estoy dado de alta? Lo he venido haciendo por dos años y los pagos son con tarjeta de credito a mi nombre y si son altos mensualmente invierto como $150,000 pesos, obviamente la utilidad no es esa, pero es lo que pago en las tarjetas de credito(tengo 7) mes con mes sin generar deuda. Que me recomiendas y por que nunca he tenido problemas? Gracias de antemano

    • Mauricio Priego 08/Abr/2015 en 7:11 am - Responder

      Buenos días Luis,
      Gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo. El saber que la información que compartimos te es de utilidad es mi mejor recompensa 🙂

      Con los montos que mencionas, considero que es cuestión de tiempo para que Hacienda te invite a explicar de dónde sale el dinero con el que puedes pagar $150 mil mensuales a tu tarjeta de crédito. Por tanto es mejor adelantarte y regularizar tu situación, que en tu caso sería inscribirte en el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal) para que tengas beneficios fiscales como no pagar impuestos durante el primer año entre otros.

      ¡Éxito!

  4. Gabriel 04/Abr/2015 en 8:30 pm - Responder

    Estimado Mauricio, como dice el dicho zapatero a tu zapato, y felicidades por tu pagina.

    Mi cuestión es la siguiente: Me quieren mandar dinero por paqueteria desde el extranjero pero con moneda diferente a Dolar o Euros. El monto asciende a equivalente a mas de 800 mil pesos mexicanos en efectivo.

    1.-¿Estaré incurriendo en un delito al querer hacer el cambio en un banco o casa de cambio?

    2.-¿En caso que llegue el paquete, estaré incurriendo en un delito por recibir dinero en efectivo del extranjero en moneda diferente a pesos mexicano, dollar US o Euros?

    3.-¿Que hago si me llega el paquete, lo puedo rechazar y que se devuelva el paquete a su destino de origen?.

    Muchísimas gracias por tu valioso tiempo. Y pronto espero abrir mi propia pagina para dar asesoria en mi ramo profesional.

  5. gustavo 25/Mar/2015 en 4:33 pm - Responder

    hola mauricio,

    mi duda es que quiero adquirir una propiedad de 1,100 mil pesos pero me lo piden en depsoito bancario, como le puedo hacer, si no puedo comprobar ese dinero y que pasa si lo deposito directamente a una cuenta a mi nombre,y no estoy dado de alta en hacienda?

    • Mauricio Priego 27/Mar/2015 en 7:02 am - Responder

      Hola Gustavo,
      Los candados de la reforma fiscal son y la ley contra lavado de dinero son, precisamente, para que Hacienda detecte casos como el tuyo. Por la vía legal lo único que puede hacerse es que regularices tu situación reportando esos ingresos al fisco y pagando los impuestos correspondientes, para lo cual te sugiero acercarte a un contador que te asesore para tampoco pagar impuestos de más.
      ¡Éxito!

  6. ALEJANDRO MURUETA 23/Mar/2015 en 8:08 pm - Responder

    MAURICIO, UN CORDIAL SALUDO.
    ESTOY VENDIENDO UN TERRENO EN CALIDAD DE PROMOTOR, SE PRESENTO UN PROSPECTO QUE OFRECIO COMPRAR EL TERRENO PERO PAGANDOLO EN EFECTIVO, ES UNA SUMA CUANTIOSA, ME PUEDES POR FAVOR EXPLICAR CUAL SERIA EL MANEJO QUE HABRIA QUE DARLE Y SI PUEDE TENER CONSECUENCIAS INDESEABLES PARA LOS DUEÑOS DEL TERRENO.

    GRACIAS ALEJANDRO MURUETA

    • Mauricio Priego 24/Mar/2015 en 6:59 am - Responder

      Hola Alejandro, buenos días.
      Si la transacción se va a realizar a través de notario (que es lo correcto si se desean evitar problemas a los dueños como mencionas) es imposible que el prospecto les pague en imposible ya que por ley el notario tiene que testificar la operación por medios electrónicos o cheque bancario nominativo (a nombre de los dueños). Por tanto la respuesta a tu inquietud te la da la misma legislación: la operación como te la plantean no puede llevarse acabo por vías legales.
      ¡Éxito!

      • ALEJANDRO MURUETA 24/Mar/2015 en 9:23 am - Responder

        ESTIMADO MAURICIO.
        AGRADEZCO TU AMABILIDAD Y PRONTA RESPUESTA, CONSULTANDO CON UN AMIGO NOTARIO ME DIJO LO MISMO QUE TU.

        GRACIAS

        ALEJANDRO MURUETA

        • Mauricio Priego 25/Mar/2015 en 7:05 am - Responder

          No hay de qué Alejandro,
          Ha sido un placer aportar mi granito de arena 😉
          Que tengas un excelente día

  7. Rodolfo 20/Mar/2015 en 1:33 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio, espero que con tus conocimientos me puedas aconsejar: Participo en una operación de compra-venta, entre un productor Español y un comprador de los Estados Unidos de Norteamérica, yo solo los puse en contacto y por lo cual el productor me ofreció una comisión, ni el sabe como dármela de acuerdo a las leyes españolas, ni yo se como recibirla de acuerdo a las leyes Mexicanas, me podrás orientar, muchas gracias de antemano.Rodolfo

  8. Daniela 20/Mar/2015 en 10:38 am - Responder

    Hola buenas tardes!
    Tengo muchas dudas e inquietudes, me ofrecen ser intermediaria en una compra venta de casa en el extranjero, pagándome una comisión claro, el monto de la casa es de 200 mil dólares, me darían el efectivo y yo tengo q hacer el envío a través de un banco, pero mi duda y miedo es que no sea lícito y esto pueda meterme en problemas, quien me ofrece el trabajo es un amigo de muchísimos años y el es el vendedor, pero por cuestiones del fisco tengo miedo a entrar en algo que no sea legal, como puedo saber si no es lavado de dinero y hacerlo todo legalmente?
    Agradezco su respuesta urgente.
    Saludos.

    • Mauricio Priego 23/Mar/2015 en 6:44 am - Responder

      Hola Daniela, buenos días.
      Si la operación es a través del equivalente de notario de aquel país, no habría por qué pensar en alguna actividad ilícita. Sin embargo sí es importante que confirmes las leyes fiscales del país en cuestión para que no caigas en evasión fiscal, y en el caso de México, si el proveedor, el cliente, la propiedad y la gestión de intermediación se realiza en el extranjero, entonces únicamente hay que declararlo en México sin tener que pagar impuestos por ello. Claro está, que por las formas, lo mejor es que te asesores con un contador para después ni tener algún inconveniente con Hacienda.
      ¡Éxito!

  9. alberto 17/Mar/2015 en 1:39 pm - Responder

    buena tarde a mi hermana le cayo un deposito de docientos mil pesos a su cuenta de nomina ya fue a preguntar al banco y no le saben decir pensando que podría ser algún préstamo de nomina autorizado por el banco pero no es así estamos conscientes que fue un descuido de alguien y los descuidos se pagan las preguntas son las siguientes podemos disponer de ese dinero?? ya que tiene quince días con el en su cuenta , como podremos justificarlo para no tener problemas con la ley de lavado de dinero si es necesario hacer una declaración ante el SAT y por ultimo el banco lo puede reclamar aun cuando solo es intermediario mas no dueño del dinero ?? espero respuesta pronto y mil gracias .

    • Mauricio Priego 18/Mar/2015 en 7:37 am - Responder

      Hola Alberto, buenos días.
      El caso que comentas es realmente delicado ya que para Hacienda, a menos que se demuestre lo contrario, el dinero es un ingreso por el cual hay que pagar impuestos. ¿Qué hay qué hacer? Acudan a su sucursal bancaria y entreguen al gerente una carta exponiendo su caso e indicando explícitamente
      – el número de cuenta,
      – el nombre completo del cuenta-habiente (el de tu hermana en este caso)
      – el monto depositado,
      – la fecha del depósito, y
      – el echo de que no reconoce el origen de ese depósito siendo un error del banco o de alguna otra persona al momento de realizar el movimiento, solicitando el inmediato retiro de su cuenta.

      Esta carta se las deben sellar de recibido y apunten en ella el folio de seguimiento que generan los bancos ante las quejas. Resguarden la carta junto con el estado de cuenta donde aparece el depósito y con el estado de cuenta en el cual se realiza la corrección. La propia operación de corrección debiera evitar que Hacienda moleste a tu hermana por este tema, pero si aún así la requiriese, la carta, el folio de aclaración y los estados de cuenta son evidencia documental suficiente para que no tenga problema alguno. Esta documentación requiere guardarla por 10 años. (Nota: De no aceptar la sucursal la solicitud de corrección, acudan a las oficinas especializadas en atención a clientes por parte del banco, y si ahí tampoco tienen respuesta, entonces interpongan una queja ante la CONDUSEF. De todo guarden evidencia).

      ¡Éxito!

  10. andrey 16/Mar/2015 en 11:38 pm - Responder

    hola que tal nesecito ayuda de inmediata auricio. estoy a punto de recibir 75mil dollares desde la india por negocios que mi padre dejo haya pendientes. el ya murió… y según me harán una tranferencia que puedo hacer ayudaaaaaa…. me meteré en problemas legales por eso.. déjame tu numero para comuncarme

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