Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley…
La nueva ley lo que hace es:
- Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
- Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
- Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
- Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.
En la siguiente presentación pueden ver las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:
(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)
¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.
¡Éxito!
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Buenos dias, te hago una consulta, siendo emplado y cobrando una remuneracion de 6000 pesos aproximadamente, hasta que monto puedo depositar en cheque en mi caja de ahorro, sin tener ningun problema, ya que hay veces que se me juntan unos meses para cobrar y el empleador quiere darme cheques de tercero para depositar en cuenta… saludos.
Hola Mauricio:
Tengo un problema y quería saber si puedes ayudarme.
Voy a hacer un negocio de compra venta de una unidad, me la están vendiendo en 255 y yo la voy a revender en 330, el problema es que el que la va a comprar me la va a pagar en efectivo, prácticamente yo solo soy la intermediaria ya que en realidad no voy a desembolsar dinero, pero me van a facturar a mi nombre y yo voy a endosar la factura al que me la esta comprando.
Tengo algún problema por el hecho de que me facturen a mi??
Yo no depositaría el efectivo en mi cuenta sino directamente al que me esta vendiendo, y solo me quedaría con el efectivo de la diferencia que son 75,000
Por otra parte vi en la presentación que el monto permitido de pago en efectivo por compra venta de unidades no debe exceder los 200mil, de que otra forma podría efectuar el pago de los 55mil restantes?
Puedo expedir yo un cheque por la diferencia y quedarme con el efectivo? O que otra alternativa tengo??
Muchas gracias por tu ayuda y que tengas un excelente día
Buenos días Mauricio,
Primero quisiera felicitarte, pro hacernos la comprender de manera mas sencilla la nueva Ley, al respecto quisiera asesoría respecto a mi situación:
Quiero comprar un departamento, tengo un poco de dinero ahorrado en el banco, ademas de que tengo otro poco en efectivo porque vendimos el auto, la parte que aun nos hace falta para poder comprar el inmueble pensabamos sacar un credito hipotecario ya sea con infonavit o bancario, sin embargo, la tasa de intereses es muy alta, platicando con mi familia, mi tia me ofrecio prestarme el dinero, estamos hablando de 900 mil pesos, los cuales serian a traves de una transferencia bancaria o un cheque, y se los iremos pagando con mi sueldo integro, puesto que mi marido se hara cargo de los gastos corrientes de casa, mi duda es si es legal hacer esto y si no tendre problemas con hacienda, entiendo que debemos hacer un contrato donde se estipule que me otorga el dinero en prestamo y establecer intereses, mi tia es jubilada, sin embargo me prestaria sus ahorros de la vida, ella debe hacer algo ante hacienda?, que repercusiones fiscales podemos tener?, te agradecería mucho tu respuesta porque quisieramos hacer la transacción lo antes posible.
Muy interesante post gracias por tomarse el tiempo para poder hacerlo, tengo una inquietud ya que me psa algo por el estilo el día de hoy me disponía a retirar dinero de un cajero automático a lo cual me decía que mi cuenta estaba bloqueada , a lo cual acudí a la sucursal para pedir una explicación de esto y ellos me comentan que tengo que elaborar una carta justificando los depósitos que recibo ya que son de varios estados de la república, la cuestión es que esos depósitos son de manera personal familiar en promedio son 20 mil pesos mensuales el banco me dice que si me dedico a la venta de algo o etc etc pero el detalle es que son de familiares , y no se como justificarlos ante el banco que es lo más recomendable hacer en esos casos ?
Saludos !
Buenos días Sr. Mauricio:
Tengo una duda que no me deja dormir, desde noviembre de 2013 he estado recibiendo depósitos a mi cuenta por parte de la constructora para la que trabajo. Estos depósitos están entre 60 mil y 80 mil mensuales, y es para pagarle a los trabajadores de la obra. En la mayoría de los casos estos depósitos han sido en efectivos y yo no tengo ni un tipo de reviso por parte de la empresa por estos depósitos.
Menciono que ante el IMSS estamos dados de alta con un salario menor. Y cuando empece a leer todo esto (que fue el día de hoy) pedí a la contadora que suspendiera el deposito a mi cuenta y buscaran otra manera de hacerme llegar la nomina. Pero quisiera saber si por estos 3 meses y medios de depósitos de estas cantidades, seré requerido ante hacienda, ¿estoy metido en un problema? y que puedo hacer, en verdad agradeceré mucho su apoyo.
Buenos días Gio.
La ley contempla que los empleados pueden recibir dinero por parte de sus empleadores para la realización de sus actividades. Lo único de lo cual debes tener consideración, es que tienes que poder comprobar documentalmente el origen de ese dinero. Si fueron transferencias bancarias de parte de la empresa y tu tienes los recibos de lo que estuviste, pagando no debes tener mayor problema aún que te requiera Hacienda. Si los pagos fueron en efectivo, con un comprobante de la empresa donde reconozca el depósito de ése dinero indicando explícitamente el destino del mismo, tampoco debieras tener problemas.
¿Cuál sería el camino ideal? Que la constructora abra una cuenta de cheques propia donde deposite el dinero para pagos y gastos entregándote firma de la misma. Con ello tu sólo respondes a tu empresa y quedas fuera de los temas fiscales que ésto conlleve.
Éxito!
Muchas gracias. En verdad es usted un gran apoyo. Esa de abrir la cuenta fue lo qe me comento la contadora que haría. Ahora bien. Con ese dinero depositado tengo algunas facturas de compra de materiales, pero a los trabajadores les he pagado sin que me firmen nada, es decir, así a la mano, necesitaría hacer alguna especie de resibo para que me firmen?
Y si es seguro me requiera hacienda?
Hola Mauricio !!
Por favor sácame de dudas, soy el tesorero de la mesa directiva del colegio de mi hija julio 2013 – junio 2014, es la primera ves que participo en esto y no se si deba hacer declaración.
El año pasado se abrió una cuenta bancaria mancomunada; en estos días les propuse a mis compañeros que apertura ramos una cuenta de inversión con una parte de las aportaciones de los padres de familia para generar un rendimiento que incremente el beneficio de los alumnos y escuela.
Nosotros estamos a cargo de la adquisición de seguro colectivo de accidentes, vigilancia apoyos deportivos, uniformes, balones, torneos, mantenimiento de la escuela y pago de para escolares, así como la compra de equipo de computo o mejoras a la escuela.
Pregunta ? tendré problemas si apeturamos una cuenta de inversión a 28 días en un plazo de 3 meses en otro banco diferente y posteriormente devolverlo a la cuenta inicial ?Ya que el recurso lo usaremos para antes del termino del ciclo escolar.
Por tu atención muchas gracias… ah !! y que Dios te siga dando fuerza y salud así como el tiempo para ayudar a las personas.
bendiciones !!!
¡Hola Jesús!
Observo que hablamos de la directiva de un colegio, y la mayoría de los colegios son asociaciones civiles (y algunos de ellos sin fines de lucro). Realmente el manejo de los recursos debería encontrarse regulado por la reglamentación interna de la escuela perteneciéndole las cuentas bancarias y financieras, existiendo la opción, en su caso, que como tesorero seas tú quien administre las cuentas e inversiones destinadas para objetivos bien delineados.
¿Qué recomendaría? Habla del caso con el contador de la escuela, y si requieren asesoría fiscal, coméntame y conversamos al respecto.
¡Éxito!
Buen día mi estimado Mauricio.
Aclarando el punto anterior, el colegio es federal y en cada año escolar se hace un nombramiento de mesa DIRECTIVA, por lo cual habiendo revisado la normatividad de la misma los padres que integramos la DIRECTIVA somos autónomos.
La cuenta que aperturamos el 2013 es mancomunada (EL presidente y un servidor) y la cuenta a la que pretendemos traspasar fondos a 28 días es a mi nombre para que después de 3 periodos traspasemos los fondos a la cuenta original.
Que riesgo corro al hacer esto ya que la cantidad es de $500,000 pesos ?
Por tu atención gracias.
Buenos días Jesús, es un placer volver a saludarte 😉
¿Colegio Federal entonces? Bueno… De primera instancia considero que la formación de una Asociación Civil sin fines de lucro sería recomendable, teniendo la capacidad de recibir donaciones y apoyos libres de impuestos aunque tiene la obligación de declarar sus ingresos y hay un protocolo que debe llevarse en cuando a formación de la sociedad y cambios futuros en la directiva…
Si gustas podría ponerte en contacto con un asesor fiscal por si existe alguna otra alternativa que sea más sencilla y evite los problemas fiscales…
Quedo a la espera de tus comentarios.
hola, buen día… soy emplea y mi ingreso al mes no es mayor al de 7 mil pesos, el detalle es queme pagan en efectivo y tampoco me dan un recibo aunque estoy dada de alta en el seguro con el salario mínimo, me gusta hacer mis pagos con tarjeta por lo que siempre deposito mi dinero, pero estoy nerviosa y confundida puesto que no se si por el ingreso yo tenga algún problema con hacienda. Muchas gracias es que soy joven e inexperta.
🙂
Buenas tardes, vivo en un condominio de 24 deptos. y no tenemos administrador externo, la administración la llevamos interna con la participación de los condóminos. Estamos dados de alta ante la Prosoc, pero con las nuevas reformas fiscales, como tenemos que hacer para seguir llevando la administración interna?. Que tiene que hacer el administrador? como abrir una cuenta en el banco? y bajo que régimen tendremos que estar? Aclaro que el administrador no percibe sueldo, todo es voluntario.
Gracias de antemano por tu atención.
Fui empleado de gobierno hasta septiembre de 2013, solo tengo una tarjeta de crédito, actualmente estoy sobreviviendo con mis ahorros y con servicios profesionales que me pagan con cheque a mi nombre, asi también por la compra venta de vehículos usados, que me recomiendas hacer? los pagos por servicios profesionales no son mayores a 15,000 mensuales, otra duda, si vendo un carro y compro otro..como se debe reportar? gracias
Salvador, lo que tienes entre manos es un ingreso formal. Mi recomendación: Darte de alta en Hacienda, reportar tus ingresos y pagar los impuestos correspondientes, utilizando el beneficio de poder deducir tus gastos personales y los de operación de tu negocio para así reducir la cantidad de impuestos a pagar. Si gustas podría asesorarte, pero cualquier contador que conozcas o que te recomiende una persona cercana a ti puede ayudarte.
Éxito en tus proyectos.
Hola, perdón por meterme en este comentario pero también estoy pensando en darme de alta y pagar mis impuestos, como lo recomienda Mauricio. Sólo tengo una duda con las deducciones, ojalá no sea una pregunta muy tonta.
Si compro una herramienta que requiero para la operación de mi negoció la cual me costó por ejemplo 1,000 + IVA en total pague $1160. Mi pregunta es, cuanto voy a deducir de esa compra? Sólo los 160 del IVA o puedo deducir el total de lo que pague por la herramienta? Gracias de antemano.
Hola, muchísimas gracias por tu apoyo. Me gustaría me solventaras una duda, me van a pagar un servicio profesional con cheque a mi nombre por $17,000.00, el cual cobrare y no depositare a ningún lado, lo pienso cobrar en efectivo, me afecta en algo? o me resultaría depositarlo a la cuenta de mi esposa? gracias
Hola Salvador
Todo depende de tu giro y los ingresos que usualmente percibes. Un cheque aislado de 17 mil pesos, el cual se cambia a efectivo y el dinero sirve para realizar pagos diversos por ese medio, no es motivo de interés para Hacienda.
¡Éxito!