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¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?

Mauricio Priego 06/May/2013 778

Mercancías puedes ingresar a México

Actualizado al 12 de Diciembre del 2015

Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando  por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:




Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.

Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.

El equipaje del pasajero

La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:

  • Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  • Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

La franquicia

Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta

  • 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
  • 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).

Es importante considerar lo siguiente:

  • El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
  • Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
  • Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

Recomendaciones finales

  • Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
  • No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
  • Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
  • Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
  • Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
  • Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
  • Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
  • Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.

¡Éxito!

Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015

Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.

Se agregó: Una agenda electrónica.

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Referencias

778 Comentarios »

  1. Oscar Piña 13/May/2018 en 9:48 pm - Responder

    Hola, necesito de un tractor para cortar pasto se puede pasar con la franquicia.

    • Mauricio Priego 14/May/2018 en 6:14 am - Responder

      Hola Oscar,
      Si bien la ley no estipula qué puede pasar con la franquicia y qué no, hay un principio básico universal: La franquicia nace para facilitar el tránsito de las personas con sus pertenencias. Es competencia de la autoridad aduanera el determinar si el bien que cruza es en realidad una importanción, bajo lo cual aplicaría el impuesto del 16%.
      En el caso de tu cortadora de pasto, la probabilidad que lo consideren como importación es alto, por lo que mejor ve preparado con la nota de compra para que el impuesto (16%) lo calculen sobre el costo que realmente pagaste y no por el precio de lista que ellos manejan. Esto sólo por si las moscas…
      Excelente inicio de semana!

  2. Jorge Carmona Vazquez 05/Abr/2018 en 3:07 pm - Responder

    Hola las refacciones automotrices usadas pagan impuestos?

  3. Ricardo 02/Abr/2018 en 9:33 am - Responder

    Hola compre un compresor con medidas de 1.65 alto ancho como 30 centrimetros es alto mi herramienta la pregunta es si los aduanales permitirán pasar el compresor de aire si lo llevo en mi camioneta ?? La salida es por Laredo

  4. Fernando Fregoso y 25/Mar/2018 en 6:49 pm - Responder

    Hola Mauricio buen día.
    Quisiera compartirte una duda, ojalá pudieras ayudarme. En el mes de septiembre estaré viajando a Canadá, prácticamente no pienso comprar nada. Me interesa solamente comprar un reloj que tiene un valor de $ 1,150 us dollars, mi pregunta es, si a esto no le toman importancia? ya que lo ingresaría puesto! O como se determina el ingreso al país en ese tipo de mercancías. Por que de que manera podrían darse cuenta que lo compre en Canadá y no suponer que lo llevaba desde que salí de México?

  5. ELICER HAMMURABI 09/Mar/2018 en 4:04 pm - Responder

    HOLA MAURICIO, TENGO UNA DUDA, MI ESPOSA Y YO VAMOS A COMPRAR ALREDEDOR DE 100 PRENDAS DE ROPA EN USA, CON EL OBJETO DE COMERCIALIZARLAS EN MEXICO, ESTAS PRENDAS, COMO LEO EN ANTERIORES COMENTARIOS SON REPETITIVAS (ASI QUE DUDO MUCHO PODER HACER VALER MI DERECHO A FRANQUICIA) PERO PODRIA TENER ALGUN PROBLEMA, AUN SI LAS DECLARO Y PRETENDIENDO PAGAR MI IMPUESTO DEL 16%?, ME LAS PODRIAN RETENER, AUN CUANDO YO ESTOY EN LA DISPONIBILIDAD DE DECLARARLAS Y PAGAR MI IMPUESTO, LLEVANDO MIS FACTURAS QUE AMPARAN EL COSTO DE LOS PRODUCTOS, SIN REBASAR LOS 2 MIL DOLARES?
    MUCHAS GRACIAS Y SALUDOS, PAGINAS COMO ESTAS SE AGRADECEN

    • Mauricio Priego 12/Mar/2018 en 6:31 am - Responder

      Hola Elicer,
      Es posible que tengas que llenar un pedimento de importación debido al monto. Sugeriría lo confirmes directamente en el SAT (55 627 22 728) solicitando te comuniquen al área de aduanas. Se decides hablar para consultar, te agradeceré que nos compartas lo que te respondan para beneficio de la comunidad. Estoy seguro que la información sería de utilidad para otros lectores 😉
      Éxito en tus proyectos!

  6. jesus 09/Mar/2018 en 1:01 am - Responder

    Cada que paso de EUA para Mexico siendo residente fronterizo y teniendo como derecho 150 dolares diarios en franquicia para uso y consumo personal. en ocasiones los aduanales argumentan que mas mercancias repetitivas son causa del pago de impuestos, aun y cuando el valor no revace la franquicia y no este contemplado como mercancia prohibida e ilicita. por eso solo hecho de que argumentan que podria interpretarce para comercializacion es decir una SUPUESTA actividad de lucro para ellos. Donde menciona articulo, norma, Bis en la ley Fiscal o codigo de comercio y Normas aduanales
    (Mercancias repetitivas pagan impuestos)

  7. Rafael 08/Mar/2018 en 7:59 pm - Responder

    soy una persona con discapacidad motora y quiero saber si puedo llevar vía aérea una bici eléctrica sin pagar los aranceles que no se si pagan pues vine a Canada en recuperación pues en Queretaro mi coche se lo llevo la grúa y me cobraron 2300 pesos de arrastre y cuando lo fui a recoger estaba quemando las grúas Pontiac y sube que comprar una bici delas que se doblan marca benoto y se rompió a la mitad costando 6000 pesos y me fracture mi fémur de mi pierna mala pues me dio poliomielitis pues e recorrido todas las estancias de Queretaro y nunca me pagaron perdí mi trabajo pues creía que seria fácil pues había publicidad por todos lados de apoyo al discapacitado y tuve que cambiarme a Cuernavaca pues perdí mi casa y en Cuernavaca no se puede circular de otra forma pues no hay calles y todo esta destrozado ya no demande pues acusaron al chofer y no a la empresa y todos están coludidos desde el mp y perdí todo pues mi coche lo necesito y la benoto pues ya se que son vueltas y vueltas pues estuve anos y nada y después me mandaron al reclusorio y ningún Apollo al contrario mas difícil salí en el periódico de Queretaro 83 \2017 juzgado2 ejecuciones eso esta desde el 2014 y tengo miedo de regresar pero si me deportan no quiero tener mas problemas pues todo lo que e hecho en Mexico me a salido mal page al notario la escritura de mi terreno y también me robaron el notario de puente de ixtla y tengo que pagar para registrarla 6200 pues el notario falleció No 18 541 después de dos anos repartiendo dinero pues me gaste 30000 y nada pagando impuestos todo el tiempo desde 1974 em huertos de miacatlan no se si tengo mala suerte o mi pais odian a los discapacitados horita estoy reabilitandome con mis padres pues están muy enfermos y pronto morirán y tendré que regresar y me da miedo nada mas de pensar todo lo que e vivido sin justicia te agradesco tu tiempo y la información que requiero y si no es mucha molestia también un dron para checar mi seguridad pues es muy peligroso Morelos gracias un ex chilango de 60 anos

  8. Alian 03/Mar/2018 en 1:20 am - Responder

    Quiero cruzar una cuatrimoto pequeña de 50 cc es nesesario nacionalizarla ya que no cuenta con papeles ya que creo esas las compras en wal mart me la venden en 70 dlls

  9. Gustavo 20/Feb/2018 en 2:18 pm - Responder

    En las reglas generales de comercio exterior dice que podemos traer como parte de nuestro equipaje tabaco y alcohol, pero también dice que dentro de la franquicia no puede incluirse alcohol y tabaco. Entonces, ¿cómo se distingue franquicia de equipaje?

    A la hora de regresar al país y pasar por aduanas, se supone que el equipaje puede ser algo que compraste en el extranjero, o tiene que ser algo con lo que ya habías salido del país?

    Si, por ejemplo, hace años compraste un artículo de 1,000 dólares, y lo traes como equipaje de regreso al país, al pasar por aduanas te van a pedir algo que verifique que es equipaje. Esta comprobación puede ser una factura que demuestre que se compró el artículo y se importó debidamente (y por lo tanto trae algún sello apropiado) antes de haber salido del país?

  10. Irma Barrientes-Sherman 08/Feb/2018 en 8:12 am - Responder

    Buen Dia, En San Miguel de Allende me esan haciendo una mojiganga de valor como $300 dolares. La tengo que declarar cuando me la manden a Matamoros? Por favor orienteme en este problema No quiero ningun problema

    • Mauricio Priego 08/Feb/2018 en 10:25 pm - Responder

      Buen día Irma,
      Disculpa mas no comprendo. ¿A qué te refieres con «Mojiganga»? En general, el envío de productos o transferencia de dinero dentro de México es libre, y como por lo que compartes es de Guanajuato a Tamaulipas, no tendrías por qué tener problema alguno.

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