Actualizado al 12 de Diciembre del 2015
Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:
Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.
Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.
El equipaje del pasajero
La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:
- Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
- Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
- Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Libros, revistas y documentos impresos.
- Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
- Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
- Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
- Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
- Un binocular y un telescopio.
- Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
- Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
- Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
- Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
- Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.
La franquicia
Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta
- 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
- 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).
Es importante considerar lo siguiente:
- El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
- Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
- Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.
Recomendaciones finales
- Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
- No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
- Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
- Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
- Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
- Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
- Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
- Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.
¡Éxito!
Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015
Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.
Se agregó: Una agenda electrónica.
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Referencias
- Página del Programa Paisano
- Mercancía que puedes ingresar a México – SAT (Aduanas)
- Imagen: noticias.coches.com
Hola solicito asistencia técnica, para refacciones que se utilizaran en un motor de embarcacion extranjera se debe pagar aranceles aduanales para ingresarlo a México, comento que el buque enarbola bandera extrsnjera y no pegmanecera en Mexico ( aguas territoriales).
Hola 🙂
Estoy pensando en viajar hacia USA y comprar algunas cosas, soy coleccionista de Star Wars y suponiendo que compro una figura de 24 dólares y no me dan factura ni tícket porque la compraría en craiglist, de regreso tendría que pagar impuestos? Pueden abrir el empaque? porque sería importante que no violaran el empaque, se supone que son figuras de colección. Un abrazo.
Hola Colega!
Es un placer que La Fuerza haya unido nuestros senderos 😉
Si al hablar de «figura» te refieres a un personaje articulado o a una nave como los que vende Kenner, entonces hablamos de una «figura de acción» la cual es considerada un juguete en las aduanas (Sólo los fans los consideramos coleccionables). Por tanto, independientemente del precio, se considera parte de tu equipaje (tienes derecho a pasar cinco juguetes). NOTA: Siempre es recomendable de cualquier modo tener tu nota de compra. Al comprar por Internet se genera un recibo (toda transacción genera un recibo), el cual es suficiente para demostrar su precio en caso de ser necesario.
Respecto al riesgo de que la autoridad aduanera quiera abrir el empaque, si bien no tendría por qué hacerlo si se ve que el juguete viene sellado de fábrica, tiene la autoridad de abrirlo si considera que es necesario. Claro está que en ese momento tienes la oportunidad de gestionar con él o ella que no lo hagan. (Considerando la posibilidad de que te toque semáforo verde en la aduana y que el coleccionable venga sellado de fábrica, la posibilidad de que intenten abrirlo en realidad es bastante baja).
Que La Fuerza te acompañe 😉
buen dia, excelente información y amenos los comentarios, tengo una pregunta, las refacciones automotrices (amortiguadores,balatas de frenos, etc.) siendo para mi auto de uso personal, paga imptos. o entra dentro mi franquicia?
y si entra en la franquicia? donde puedo ver el fundamento., de antemano muchas gracias. y que tengas un buen dia
Hola muy buenas tardes, antes que nada te quiero felicitar por toda la información que proporciónas y las dudas que resuelves.
Te platico un poco sobre mi duda, en marzo del 2016 tengo un viaje a Japón por fin vacacional con mi esposa, iremos un mes, nuestro plan es irnos practicamente sin nada, sólo una maleta pequeña de ropa y tal vez unos 3 cambios de ropa ya que allá compraremos maletas y bastante ropa que tambien iremos usando en el transcurso de nuestro viaje, por ese lado por lo que leí creo no tendremos inconveniente al momento de regresar cierto? puesto que se verá reflejado el tiempo que estuvimos de viaje y que es proporcional a la cantidad de ropa que tengamos en la maleta, mi duda viene en que obviamente es japón y está lleno de figuras de acción de muchos Animes y tenemos pensado comprar muchas cosas que pueden tomarse como juguetes y veo que sólo puedo pasar 5 como artículo personal, obviamente no comprare sólo 5 figuras de acción y colección, compraré más, eso los podré pasar dentro de mi franquicia de los $500 dolares o eso ya es arína de otro costal y tendré que pagar, tambien quisiera saber si no declaro para ahorrarme todo ese tramite y me toca semaforo rojo y compruebo que no exedo de $500 dolares el resto de figuritas de acción no hay problema? repito, me iré exactamente un mes y nada de lo que traeré será para vender, todo será para mi y un par de regalitos para mi madre y hermana, igual mi esposa hará lo mismo, todo lo que compre será para ella en cuanto figuras de acción y colección. Espero haber sido claro y no tan confuso xD, y de nuevo muchas felicitaciónes por éste post y por la ayuda que has brindado a muchas personas. Saludos y que tengas un excelente día.
Hola Miguel,
Gracias por tus palabras. Una palmadita en la espalda siempre es motivante 🙂
En general lo que comentas es correcto: Por la ropa no debieras tener problema y de tus coleccionables anime, mientras el excedente a tu equipaje no supere la franquicia, tampoco debieras tener problema siempre y cuando lleves contigo las notas de compra que avalen sus precios (sólo recuerda que los souvenirs también son considerados «juguetes», porque seguramente comprarán alguno).
Si no se rebasa la franquicia ni el equipaje, no tendrías por qué declarar nada, y si te toca el semáforo rojo, sólo tendrías que demostrar tus compras las notas.
Sólo una nota importante: Más allá de lo anterior, si el volumen de animes que traes es grande, podría mostrarse perspicaz el agente aduanero pensando que en realidad los estás importando para vender, con lo cual haría más preguntas de las normales. En estos casos sólo es estar tranquilo y explicar que eres coleccionista, siendo útil que tuvieras fotografías en tu celular de tu colección, de ti (o tu esposa) disfrazados, alguna convención que hayan ido… Y claro, no las muestres sino sólo si es necesario. Recuerda: Explicación no pedida, acusación manifiesta.
Disfruten de su viaje y brinden a los pies del fujiyama por quienes por el momento no podemos viajar a Japón 😉
Hola Gracias Por La Información Pero Quisiera Saber, Cuando Aplica Lo De Días Vacacionales, Xq Según Dices En Estos Días La Cantidad De Franquicia Aumenta,.
Hola Eduardo,
En general es para el periodo de navidad, semana santa y durante el mes de julio (vacaciones de navidad, semana santa y verano).
¡Éxito!
hola, buena noche,…mi pregunta es,..quisiera traer unos productos de belleza para vender en México,..1200 libras esterlinas,..(30mil pesos mexícanos), …La pregunta es…¿Debo de pagar impuestos o la empresa de flete se encarga y me lo cobra a mí?,..no estoy dado de alta en Hacienda. Gracias
Hola. Me ha venido muy de utilidad tú post. Tengo un par de dudas, hablabas sobre traer casi que exacto los juegos de ropa por día de estancia, pero, yo por ejemplo, voy a USA 5 días, pretendería llevar 5 juegos (calzado, interior, chaqueta, camisa, bufanda, cinto, etc), más 1 que sería con el que llegaría, pero después de un viaje de 8 horas pretendería llegar a cambiarme, así que en teoría traería 5 más lo que traigo puesto, ese extra es sobre límite? Y qué hay si quiero traer algún producto de alta costura, dígase un LV de 2000 dólares, por fuerza, aunque sea para mí, debo declararlo? Aunque lo trajese ya en uso? Y en maleta el que traía de México? (O se consideraría como 1 bolso por día?). Son muchas dudas, espero puedas ayudarme. Saludos.
Hola Elisa,
Como he comentado en otras ocasiones en el pasado, la realidad es que el equipaje libre y la franquicia surgen para facilitar el paso de personas y mercancías en nuestro país, basándose en un tema de confianza (es decir, no se ponen a averiguar si en verdad son tuyos o no). Sin embargo la autoridad aduanera tiene la atribución de indagar en caso que considere que los artículos introducidos rebasan los límites, y en caso de identificarse dolo, entonces las consecuencias sí son graves.
Si sabes que estás trayendo un LV tan caro, lo mejor sería declararlo. Una playera de más para cambiarte no tendría mayor problema, así como posiblemente otro bolso, pero si sabes que te estás pasando… Bueno, es qué tanto te gustan las emociones fuertes de que seas seleccionada o no para la revisión de equipaje.
¡Éxito!
Mauricio, Buenos dias.
Excelente articulo, me ha sido de mucha ayuda en el pasado. Ahora tengo un caso que no entiendo bien y quiero saber si me puedes apoyar.
Me voy a casar, yo soy Mexicano viviendo en Mexico pero mi novia es Americana y vive en USA. La boda es fuera de Mexico y quiero saber como ingresar a Mexico los regalos de boda que nos den en Estados Unidos.
Y la segunda pregunta es si ella tiene derecho a Menaje de Casa (traer muebles, cama, sofa, refrigerador, TV, ropa, etc) de Estados Unidos ya que se va a mudar a Mexico.
Muchas Gracias!
Buenos días Alejandro,
Antes que nada ¡Felicidades por tu próxima boda! Mis mejores deseos para ustedes 😀
El tema que mencionas es muy especial (el menaje de casa), por lo que te sugiero que en vez de buscar información de terceros mejor acudas directamente a la mata: Pide información al respecto en Programa Paisano (USA: 1 877 210 9469, MX: 01 800 201 8542). Agradezco tu confianza, pero cualquier algo que omitiese sería contraproducente para ustedes por lo que se me haría una irresponsabilidad de mi parte.
Ahora bien, si una vez que te comuniques nos compartes la información que te brinden te lo agradecería. Estoy seguro que sería de utilidad para muchos otros lectores 😉
¡Éxito!
hola mauricio te felicito x el post….me parecio super util…pero tengo una duda…el 1 de diciembre viajo x 10 dias a playa del carmen ….soy compradora de ropa de carters y vistoria secret y ebay tambien….vivo en argentina y en mi pais las cosas te las retiene aduana y tenes q ir personalmente a retirarlas…el tope maximo de importacion es de 25 dlrs anuales…..quisiera saber si hago alguna compra en esos sitios en estados unidos y me los mando al hotel aduana me los retiene??? o llegan sin problema a mis manos??? gracias x tu tiempo y ayuda
Hola Karina,
Antes que nada, ¡Bienvenida a la Riviera Maya! Será un placer tenerte de visita en nuestra tierra 🙂
Si compras volúmenes grandes, si algunos de los productos adquiridos tiene por ley algún tratamiento especial, o por detalles respecto al proceso seguido por la agencia aduanal, sí es posible que te retengas los productos en la aduana teniéndose que retirar de manera personal. Tenemos un artículo específico al respecto que podría aclararte más el tema: Importaciones: Los pormenores al recibir productos del extranjero.
Que tengas un viaje de ensueño en las paradisíacas playas del caribe 😉
Hola Mauricio
Yo compré un casco de football americano de uso coleccionable, no es para uso deportivo, su costo fue de 230 USD, en que categoria cae y si entra dentro de la franquicia.
Hola Alex,
Depende mucho del criterio del agente aduanero, ya que si no sabe que es de uso coleccionable podría considerarlo como equipo deportivo con lo cual podría pasar como parte de tu equipaje. De otro modo tendrías que pasarlo dentro de tu franquicia. Ahora bien, si no estás rebasando tu franquicia con todo y el casco, entonces no es necesario que declares nada, no olvidando como precaución tener a la manos tus comprobantes para poder demostrar el precio al que lo pagaste.
¡Éxito!