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¿Cuáles son los riesgos de la Modalidad 40 ante las auditorías del IMSS?

Mauricio Priego 15/Oct/2018 530

¿Cuáles son los riesgos de la Modalidad 40 ante las auditorías del IMSS?

Últimamente he recibido muchos comentarios de lectores a quienes el Seguro Social les ha rechazado su inscripción a la Modalidad 40. Y más aún, que ha realizado auditorías a sus últimos patrones. ¿Qué hay detrás de todo esto?




Resumen de la Modalidad 40

La Modalidad 40 es una facilidad contenida en la ley del Seguro Social para que los trabajadores asalariados, al independizarse, puedan seguir acumulando semanas cotizadas e incrementando el saldo de su cuenta individual para el retiro (Afore).

Esta modalidad cuenta con una característica interesante: Al darte de alta puedes determinar el salario con el cual quieres cotizar, teniendo como mínimo tu último salario, y como máximo, el salario topado (25 UMAs, actualmente más de $2000 diarios).

Para quienes pertenecen a la generación de transición, esto se convierte en una oportunidad para incrementar el monto de su pensión. ¿El motivo? En la Ley 73 la pensión se calcula en base al salario promedio de los últimos 5 años cotizados.

Lo anterior quiere decir que

Aunque toda la vida hayas cotizado con salario mínimo, si los últimos 5 años cotizas con salario topado, te correspondería una pensión de más de 50 mil pesos mensuales

Y, por el contrario,

Si toda la vida cotizaste topado, pero los últimos cinco años cotizas con salario mínimo, sólo recibirías 2 mil pesos al mes

Abusos en la Modalidad 40

Lo anterior no es secreto para el IMSS. Está contenido en la ley, así que es legal.

Sin embargo, en los últimos años se han visto ex-trabajadores que, llevando décadas sin cotizar, se dan de alta con un salario mínimo un año para recuperar sus derechos ante el instituto, e inmediatamente se dan de baja para inscribirse a la Modalidad 40 con salario topado.

El IMSS no tiene argumentos legales para evitarlo. Sin embargo, para frenar este abuso, el instituto advierte a los solicitantes que no pueden inscribirse a menos que su último patrón pase exitosamente una auditoría. Y como es de imaginar, para ningún patrón es motivo de alegría que le hagan auditoría.

Riesgos de la Modalidad 40

La Modalidad 40 realmente no conlleva riesgos para el patrón o para el trabajador cuando se utiliza para lo que fue creada:

  • Llevas años como trabajador asalariado y te independizas;
  • Quizá sólo lleves un par de años, pero eres menor de 55 al momento de independizarte;
  • Cuando al inscribirte lo haces con un salario de cotización razonable respecto al último que tenías;
  • Perteneces a la Ley 97

Pero si se presenta una persona que

  • Tiene 55 años o más,
  • Trabajó como asalariada únicamente el último año con un sueldo de un salario mínimo,
  • No cotizó previamente por más de 4 años,
  • Y solicita la inscripción a la Modalidad 40 a salario topado

Puede estar segura que van a condicionar su alta al resultado de la auditoria de su último patrón.

¿Y qué pasa si le hacen la auditoría al patrón? Bueno… Si llegan a detectar un fraude al Seguro Social, las multas son muy fuertes, tanto para el ex-patrón como para el solicitante. Y este último, por cierto, pierde todos sus derechos.

En realidad, es cuestión de sentido común…

Si se sigue la estrategia adecuada, y se tiene un esquema de ahorro e inversión que permita aprovechar beneficios fiscales, puede aprovecharse la Modalidad 40 tal y como fue diseñada. Con gusto le comparto la estrategia que estoy llevando a quien lo desee, sólo háganmelo saber en sus comentarios.

¡Éxito!

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Referencias

530 Comentarios »

  1. Margarita 25/Abr/2019 en 7:30 pm - Responder

    Hola Mauricio buen día, mi consulta es para saber si puedo recuperar mis años de aportaciones al IMSS, fueron 19 años , y poder activarme en la modalidad 40 . Actualmente tengo 55años, deje de aportar hace 20 años, gracias por tu atención y asesoria

    • Mauricio Priego 30/Abr/2019 en 11:31 am - Responder

      Hola Margarita,
      Sí es posible que recuperes tus derechos ante el IMSS. Para es se requiere que cotices como trabajadora asalariada o a través de una cooperativa cuando menos por 52 semanas (Equivale a un año).
      NOTA IMPORTANTE: Los registros del IMSS son a partir de 1982. Si empezaste a cotizar antes de esa fecha, es posible que el IMSS no lo tenga considerado en sus registros. Te recomiendo consultar tu reporte de semanas cotizadas para confirmar que tus 19 años estén efectivamente considerados por el instituto (Puedes encontrar cómo descargar de manera gratuita tu reporte siguiendo esta liga).
      Excelente día!

  2. sergio 19/Abr/2019 en 1:37 pm - Responder

    Hola Mauricio, soy profesor universitario tengo 53 años cumplidos mi plan es pedir la baja a mi patrón a los 56.

    Solicitar seguir trabajando en la modalidad de asimilado a salario para poder financiar el pago,( aquí no se si las universidades públicas lo permitan).

    Hacer mi aportación topado. Aquí la duda es, sería pago fijo hasta terminar mi obligación? Habrá algún riesgo de no pago por parte del gobierno federal de declararse no solvente para cumplir con su obligación de pago de nuestras pensiones?

    En caso de que mi patrón (universidad pública) no acepte esa modalidad, quiere decir que estaría desempleado por esos 5 años con el pago mensual obvio de la obligación?

    Dentro del plan es empezar de ya a ahorrar esa cantidad mensual durante estos 3 años con empleo para posteriormente solo dejar los dos restantes sin el ingreso del empleo.

    Como ves el plan,en que me puedes ayudar, que riesgos ves, que cuidados debo tener?

    Gracias.

    • Mauricio Priego 23/Abr/2019 en 10:29 am - Responder

      Hola Sergio!
      De entrada te felicito por tu plan, está bien armado y pones el foco precisamente en los puntos delicados:

      1) Existen universidades públicas que permiten a sus catedráticos trabajar como personas físicas con actividad profesional, pagándoles a través de honorarios asimilables a sueldos y salarios (precisamente lo que buscas). Si la universidad en la que trabajas lo permite o no, lo mejor es que lo consultes directamente con el área de Recursos Humanos.

      2) Es correcto: Tu pago sería fijo hasta terminar tus aportaciones a la Modalidad 40.

      3) El riesgo de que el gobierno federal se declare insolvente, si bien es remoto en estos momentos, no podemos aseverar que nunca sucederá.

      4) No necesariamente tendría que quedar desempleado… Si en tu universidad no te permitieran trabajar como profesionista independiente, no te impide buscar trabajo en alguna otra universidad, en alguna empresa, o brindar servicios de manera independiente.

      ¿Qué cuidados debes tener?

      1) No sabemos si en tres años AMLO llevará a cabo la reforma al sistema de pensiones, la cual contempla la posibilidad de reducir el monto máximo de cotización de 25 UMAs a sólo 10 UMAs. En caso de ocurrir, tus aportaciones reducirían automáticamente. Lo bueno es que tendrías más de 2 años a salario topado actual, lo que te ayudaría a que el monto de tu pensión no tuviera un impacto grave.

      2) Considera que la Modalidad 40 no contempla servicios médicos y hospitalarios del IMSS. Es posible mantenerlos a través de la Modalidad 33, sin embargo, por su costo es mejor contemplar un seguro de gastos médicos mayores. Si gustas podemos conversar al respecto.

      Excelente día!

  3. Caro 16/Abr/2019 en 10:06 am - Responder

    Hola buen día, quisiera inscribirme bajo la modalidad 40 estoy en la ley del 73 (empece a cotizar en 1993) pero quisiera asesoría de cuanto pagar al imss y un aproximado de cuanto seria mi pensión

    • Mauricio Priego 17/Abr/2019 en 7:13 am - Responder

      Hola Caro,
      Con todo gusto conversamos! Acabo de mandarte un correo con mis datos de contacto para que nos pongamos de acuerdo respecto a la asesoría.
      Excelente día!

  4. PERLA 15/Abr/2019 en 4:56 pm - Responder

    buenas tardes en este caso mi padre tiene la ley vieja y quiere pensionarse tiene 64 años y ya no trabaja con patrón de igual manera tiene 2 años que dejo de hacerlo.
    cuando pidió información le dijeron que tenia que acompletar 500 semanas tenia 320 aproximadamente, ¿cuanto asciende el pago de mensualidad o que tiene que hacer?

    • Mauricio Priego 16/Abr/2019 en 7:50 am - Responder

      Buenos días Perla,
      Tu papá tendría que cotizar durante algo más de 6 años para reunir las semanas que le hacen falta (Son 52 semanas por año). El monto de la cuota voluntaria en Modalidad 40 depende directamente del salario de cotización con el cual se dé de alta. Si me lo compartes, podría calcularte un estimado.
      Respecto a qué se tiene que hacer para inscribirse a la Modalidad 40, puedes encontrar más información siguiendo esta liga.
      Excelente día!

  5. Edgar 12/Abr/2019 en 12:00 pm - Responder

    Hola Mauricio. Bueno días.
    Me gustaría mucho me pudieras apoyar por favor con la siguiente consulta. Mi mamá tiene 58 años, plan 1973, cuenta con 742 semanas cotizadas en el IMSS, $107 último salario base registrado.
    Ella se acaba de quedar sin empleo y nos gustaría continuar cotizando voluntariamente con el propósito de obtener las pensiones que otorga el IMSS en la Modalidad 40.
    ¿Cuál sería la mejor estrategia para ella en términos de mejorar su pensión? Gracias.

    • Mauricio Priego 13/Abr/2019 en 2:09 pm - Responder

      Hola Edgar, buenas tardes.
      Como le quedan sólo 2 años para tener derecho a pensionarse, lo ideal sería que se diera de alta con el máximo salario de cotización posible, considerando que es una cantidad que tendría que estar aportando mes a mes durante esos dos años. Para que se den una idea…

      * Para mantener su salario actual, tendría que pagar cuotas de 335 pesos en promedio
      * El salario topado (25 UMA), representa pagos de 6000 mensuales
      * Si pudiera realizar aportaciones de mil pesos, su salario de cotización sería 3 veces mayor al que tiene ahora.

      ¿Cuánto depositar para que valga la pena? Lo que puedan entre 1000 y 6000 pesos, con la consciencia de que será mes con mes por los próximos dos años.

      Un detalle adicional: Como tiene relativamente pocas semanas de cotización, lo ideal sería que se pensione a los 60 años y 7 meses en vez de a los 60… Conseguiría un 5% más de pensión.

      Feliz fin de semana!

  6. Julio H 09/Abr/2019 en 8:04 pm - Responder

    Hola buenas tardes, me gustaría saber más acerca de la modalidad 40 y la estrategia adecuada que debe seguirse.

    Tengo el caso de una persona que está dada de alta en el negocio de su hijo pero igualmente es una relación fingida.

    Gracias de antemano

    • Mauricio Priego 11/Abr/2019 en 7:19 am - Responder

      Hola Julio, buenos días
      Será un placer aportar mi granito de arena. Te mandé hace unos momentos un correo con mis datos de contacto para comenzar a conversar sobre la situación de tu conocido… Seguimos conversando 😉

  7. Sergio Puente 09/Abr/2019 en 12:22 pm - Responder

    Gracias por responder espero que algun otro lector me pueda apoyar,
    Al respecto de la recuperacion de la vigencia para personas de 65 años en adelante nos han mencionado las modalidades 44 y 35 sabes si pueden aplicar?
    Puedes enviar tus datos de contacto para una asesoria reconfirmo mi correo ya que checando mi bandeja de entrada no tengo la estrategia que mencionas
    Saludos cordiales!

    • Mauricio Priego 11/Abr/2019 en 7:28 am - Responder

      Hola Sergio,
      Te mandé un nuevo correo para ver si en esta ocasión sí te llega… Estaré al pendiente de tu confirmación.
      Excelente día!

  8. raul reyes 09/Abr/2019 en 12:08 pm - Responder

    Hola buen día, tengo 55 años y este 2018 cumplo 56.
    Siempre he cotizado con un sdi de 100.00 pero quiero entrar a modalidad 40 con un sueldo topado.
    y darme de baja en el IMSS pero continuar trabajando hasta los 60 años.

    1.-Tengo o tiene mi patrón un riesgo?
    2.-Cuánto tendría que pagar mensualmente?
    3.-Qué pasa con mi beneficiaria en caso de muera antes de llegar a 60 años?

    Gracias

    • Mauricio Priego 11/Abr/2019 en 7:43 am - Responder

      Hola Raúl,

      Es posible hacer lo que te propones. Lo que se hace es que, a partir de tu baja, el patrón te pagaría, ya sea por honorarios asimilables a sueldos y salarios, o tú facturándole tus honorarios como actividad profesional, o como servicios a través del RIF. Esto habría que aterrizarlo de acuerdo a tu situación personal y en acuerdo con tu patrón.

      Respondiendo a tus preguntas…
      1.- Por como lo planteas, no tiene riesgo alguno tu patrón
      2.- El pago topado está en un promedio de 6 mil pesos mensuales
      3.- Si tu beneficiaria es tu esposa, recibiría la pensión de viudez, pero calculada con un salario topado en vez de sólo con $100 diarios. Si es tu hija menor de edad, estudiante o incapacitada, entonces sería pensión por orfandad.

      Otro punto importante a considerar es que, durante esos 5 años, no tendrías derecho a los servicios médicos del IMSS, a menos que te des de alta por la Modalidad 33. En términos generales, serían algo más de 2 mil pesos adicionales al mes.

      Si gustas, te ofrezco asesoría vía telefónica para conversar los puntos a mayor detalle. Quedo al pendiente de tu respuesta para enviarte por correo mis datos de contacto de ser el caso.
      Excelente día!

  9. Carolina Ramirez 09/Abr/2019 en 12:06 pm - Responder

    Hola buenos dias, tengo dudas con respecto a este tema espero me pueda apoyar, tengo 59 años 1386 semanas cotizadas en el IMSS y estoy pensionada por invalidez permanente (por un accidente de trayecto que tuve) quiero cotizar 3 años con $2000 mensuales, en modalidad 40, ¿Cubro los requisitos para poder hacerlo? Y de ser asi ¿cuanto estare recibiendo al mes con esto quiero aportar? Muchas gracias

    • Mauricio Priego 11/Abr/2019 en 7:36 am - Responder

      Hola Carolina,
      Hasta donde sé, una persona que se encuentra recibiendo una pensión por invalidez total y permanente, ya no puede tramitar una pensión por vejez. La lógica es que ya se encuentra pensionada. En base a lo anterior, no tendría sentido que te dieras de alta en la modalidad 40.
      Ahora bien, si encontraras una forma de lograr que se recalcule tu pensión, te agradeceré nos lo compartas. Estoy seguro que sería de utilidad para muchos otros lectores de la comunidad.
      Excelente día!

  10. Guillermo 09/Abr/2019 en 3:48 am - Responder

    Hola ! agradezco mucho esta información, solo que me surgen varias dudas, la principal es, llevo 10 años pagando el imss a mi mamá como si fuera mi empleada, esto con salario mínimo con miras a la modalidad 40 ley 73, hay riesgo de auditoria ? aclaro que la relación laboral es fingida. aparte de agradecer tu valioso tiempo y respuesta, espero me puedas compartir la estragia que estas usando. Saludos.

    • Mauricio Priego 09/Abr/2019 en 8:11 am - Responder

      Hola Guillermo, buenos días.
      Si bien éstos son los tipos de eventos que trata de evitar el IMSS (respecto a tu referencia del tipo de relación laboral), en la práctica es común que, en empresas, familiares directos sean empleados. Mientras el salario de cotización de tu mamá esté acorde con su puesto con el cual cotiza, y además esté por encima de dos o tres salarios mínimos, no deberían tener inconvenientes. Eso sí, como el IMSS realiza de forma aleatoria visitas con personas vestidas de civil, es recomendable que tu mamá visite periódicamente el negocio y que la vean los demás empleados haciendo actividades acordes a su puesto. Esto para que, de presentarse el caso, afirmen que la han visto en sus actividades, así como los locatarios de los alrededores. Repito, considero que el riesgo es bajo, pero nunca está de más tomar precauciones.
      Respecto a la estrategia, te contacto en unos momentos más por correo electrónico.
      Excelente día!

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