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¿Sólo tengo 5 días para reclamar mi seguro de casa después de un desastre?

Mauricio Priego 25/Sep/2017 0

¿Cómo reclamo mi seguro de casa?

Ante los daños ocasionados por los sismos que sacudieron el centro y sur de nuestro país, se ha estado compartiendo en redes sociales que sólo se tienen 5 días para hacer válidos los seguros de casa, ya sea para saldar el crédito hipotecario, repararla o reconstruirla. ¿Qué tan cierto es esto? ¿Los damnificados se enfrentarán a las puertas cerradas de las aseguradoras?




Comencemos señalando algo importante:

Si tu casa o departamento se encuentra hipotecado, lo más seguro es que cuentes con un seguro que lo protege contra desastres naturales, incluyendo terremotos, huracanes e inundaciones

Lo anterior lo subrayo porque muchas personas no saben a lo que tienen derecho, esperanzándose a que el gobierno les ayude en la reparación o reconstrucción de su casa cuando tienen el derecho de exigirlo a su aseguradora.

¿Qué dicen las pólizas de seguro de casa habitación?

Si importar cuál sea tu aseguradora, toda póliza está sujeta a condiciones generales reguladas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF). Ente las condiciones generales se encuentra cuál debe ser el procedimiento de aviso del siniestro:

El asegurado tendrá la obligación de comunicar la ocurrencia del siniestro a la aseguradora a más tardar dentro de las 24 hrs. siguientes a partir del momento en que tenga conocimiento del hecho que de origen a la reclamación y 5 días por escrito, salvo caso de fuerza mayor.

Si por la falta oportuna de este aviso el siniestro se agravara, podrá dar lugar a que la indemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiera sido, si la aseguradora hubiere tenido pronto aviso sobre el mismo.

El Asegurado tendrá la obligación de ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuir el daño. Si no hay peligro en la demora, pedirá instrucciones a la Compañía.

La aseguradora tiene el derecho de penetrar en el lugar donde ocurrió el siniestro para determinar la causa y extensión del daño. Hacer examinar, clasificar y valorar los bienes, optando por sustituirlos o repararlos a satisfacción del asegurado, o bien pagar en efectivo el valor real de los mismos en la fecha del siniestro y sin exceder de la suma asegurada en vigor.

En la práctica, ¿cómo me afectan las condiciones generales?

  1. Sí existe la obligación de avisar a la aseguradora. Sin embargo es explícito que el tiempo puede extenderse en caso de fuerza mayor… Y ser damnificado durante un desastre natural es una causa de fuerza mayor.
  2. Si no has llamado aún a tu aseguradora, no has perdido tus derechos ¡Pero hazlo ya! No pierdas más tiempo.
  3. Si el titular del seguro se encuentra hospitalizado, atrapado o en general sin posibilidad de informar a su aseguradora, sus derechos están protegidos. Sin embargo, cualquier familiar con copia de la póliza puede comunicarse con la aseguradora para reportar el siniestro e informar del estado del titular.

Mi abuela solía decir «Hablando se entiende la gente», y la relación asegurado – aseguradora no es la excepción. Eso sí, siempre procura tener a la mano toda evidencia posible, incluyendo fotografías de tu casa antes del siniestro.

Procedimiento a seguir para reclamar el resarcimiento por daño

Cada aseguradora tiene características propias, entre ellas los formatos que hay que llenar y los procedimientos a seguir. Pero en términos generales

  1. ¡Llama a tu aseguradora!
  2. La aseguradora te asignará un número de siniestro. Apunta este número y resguárdalo, ya que es la referencia que necesitarás a lo largo del trámite
  3. También te asignará un valuador, el cual te acompañará y asesorará a lo largo del proceso
    1. Si la casa requiere reparaciones, lo común es que tú las pagues juntando las facturas devolviéndotelo la aseguradora vía reembolso
    2. Si tu casa quedó inhabitable, la aseguradora te entrega el valor por el cual aseguraste tu propiedad
      1. La demolición y remoción de escombros son coberturas adicionales a la póliza, lo que significa que no por tener tu casa asegurada, tienes cubiertos estos gastos. Ante cualquier duda acércate a tu agente de seguros.
    3. No hay que olvidar el deducible y coaseguro (Los porcentajes son sobre la suma asegurada)
      1. En caso de huracanes e inundaciones, el deducible es del 1% y el coaseguro del 20%
      2. En caso de terremotos, depende de la zona sísmica en la que vivas
        1. Zona baja: deducible del 2% y coaseguro del 10%
        2. Media: deducible del 2% y coaseguro del 20%
        3. Alta: deducible del 3% y coaseguro del 30%
  4. Si no tienes el número de la aseguradora, comunícate con tu agente de seguros. Él podrá asesorarte y apoyarte en lo que esté en sus manos.

Caso especial: Propiedades hipotecadas

Como comentamos al principio, en la actualidad los contratos de créditos hipotecarios incluyen un seguro sobre la propiedad.

Si la propiedad sólo requiere reparaciones, todo funciona como lo vimos ya anteriormente.

Pero si la casa quedó inhabitable el seguro sirve para saldar la deuda de la hipoteca, entregándose el excedente, si lo hubiera, al titular de la hipoteca.

Por eso es importante contratar un seguro para tu casa indistintamente del que contratas junto con la hipoteca. Mientras el segundo sirve para pagarle al banco, el que contratas por tu cuenta protege tu patrimonio.

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Referencias

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