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Ley de Plusvalía – Lo cierto, lo falso y la desinformación en Redes Sociales

Invitado 16/Ene/2017 17

¿En qué consiste la ley de plusvalía?

Este artículo es una colaboración de Elizabeth Padilla, a quien agradezco profundamente su tiempo e interés por compartir sus conocimientos y experiencia con la comunidad. Tú también puedes colaborar si gustas… ¡Decídete! 😉

Este asunto de la “Ley de Impuesto sobre la Plusvalía» me tiene francamente algo harta. Por lo menos 10 contactos de diferentes redes sociales me han compartido un texto con pequeñas variantes que empieza más o menos así:




“Alerta: Mientras desvían la atención del pueblo con el gasolinazo, el congreso aprobó una ley de impuesto sobre la plusvalía de bienes inmuebles…”

¡Ufff! Comenzaré por decirles que soy arquitecto, y que por lo menos 3 de esos 10 contactos que me han compartido esta “escandalosa y preocupante noticia” comparten mi profesión.

Pues bien, este asunto no es como lo pintan…

Los antecedentes

Primero, es una noticia del 07 de Diciembre de 2016, y no del mes de enero de 2017 (Referencia: Excelsior)

Segundo: La discusión se originó por el artículo 21 apartado C del borrador del “Proyecto de Constitución” para la recién creada Ciudad de México (antes Distrito Federal)  que entregó  el jefe de Gobierno de la CDMX, Miguel Angel Mancera, el 15 de septiembre de 2016. Finalmente la asamblea constituyente lo eliminó a petición del mismo  Mancera.

Sin embargo, al reformarse la Ley de Vivienda por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el 06 de Diciembre de 2016 sí la incluyó, proponiendo en su artículo 94 que los derechos de edificación sean administrados por el gobierno capitalino, «incluyendo la recuperación de plusvalías generadas» (Referencias: Expansión y Excelsior)

Esto es lo que causa roncha. Pero aun así este artículo y su significado se están interpretando erróneamente.

El «impuesto a la plusvalía» lo entiende la mayoría como que el gobierno se va a quedar con tu ganancia (el valor que aumenta tu propiedad año con año). Pero no funciona como dice la noticia circulante que la gente ha estado compartiendo, y que sólo abona a la confusión y desinformación reinante en esta época de angustia y descontento social plenamente justificado.

Si ya te llegó esta noticia por cualquier vía sabrás que el ejemplo se basa en la compra de una propiedad con valor de compra de $700,000. Si no te ha llegado, y tienes afán de chisme pregunta, más de algún conocido  lo debe haber escuchado. Pero vayamos a desmenuzar su contenido. (No voy a reproducir la nota completa, no vaya a ser que contribuya a aquello que estoy tratando de combatir: La desinformación. Solo explicaré porque esta nota está muy equivocada).

NO ES CIERTO que si compraste en $700,000 y 2 años después  vendes en, digamos $1’000,000 el gobierno se va a quedar con la diferencia, es decir, con tu ganancia de $300,000

La realidad respecto a la supuesta Ley de Plusvalía

Al comprar y al vender se realiza un avalúo con perito autorizado (generalmente lo manda la notaría, el banco, Infonavit, etc) el cual se realiza con base a las tablas de valores que se actualizan y publican cada año por municipio de cada entidad federativa.

Pongamos un ejemplo:

  • Compras en $700,000
  • Pasan 2 años (por decir)
  • Vendes en $1’000,000
  • El avalúo al vender dice que tú casa vale $900,000

Tu ganancia (plusvalía) es de $100,000, (no de 300,000, porque si dos años después de tu compra quisieras adquirir la misma casa, te costaría 900,000 de acuerdo al ejemplo). Sobre esa diferencia (100,000) el notario calcula el ISR de acuerdo a tablas actualizadas y publicadas cada año, te retiene el impuesto y lo entrega al gobierno. El ISR es un porcentaje de esos $100,000, NUNCA EL TOTAL.

Lo que pasa es que nunca pedimos el desglose del costo de escrituración, y sólo decimos: «la escritura me costó tanto» pero la escrituración incluye (depende si compras o vendes):

  • Los honorarios del notario
  • El ISR
  • El impuesto por transmisión patrimonial
  • El avalúo
  • El aviso a catastro
  • Los impuestos estatales y municipales (que varían en cada estado)
  • etc (por si se me pasó algo)

Cabe resaltar que si el avalúo dice que tú casa vale $1,200,000 y vendiste en 1’000,000 el notario lo registra como pérdida, entregándote un comprobante del cálculo, donde se actualizan los valores del terreno y de la construcción por separado por el paso del tiempo (Generalmente el terreno sube y la construcción baja). Esa pérdida tú puedes deducirla de los impuestos que pagaste ese mismo año, es decir, puedes pedir devolución de impuestos.

Pero casi ningún notario te lo explica y casi nadie lo sabe, así que los ciudadanos de a pie no lo piden, además que muy pocos mexicanos realizan su propia declaración anual, y el SAT nunca va a tocar a tu puerta para decirte: «¿Que cree? Este año nos pago impuestos de más y venimos a devolvérselos«.

Respecto a que te cobren por las mejoras en tu colonia tampoco funciona así. Lo que sucede es que al pavimentar una calle, arreglar un parque, o un paso a desnivel cerca de tu casa automáticamente tu propiedad sube de valor. También aplica si se desarrollan servicios aunque no sea inversión pública, y por lo tanto puedes vender más cara tu propiedad (Por ejemplo, las propiedades cerca de donde se construye un centro comercial suben de valor).

A quienes sí les cobran una lana, sea en efectivo o en especie, (abrir vialidades que después tienen que donar al municipio, instalar transformadores que después entregan a CFE, redes de agua y drenaje que se convierten en municipales) es a los urbanizadores, y éste es el espíritu que persigue el famoso artículo de la ley de vivienda al que hacemos referencia.

¿Cuál es el origen de la confusión?

Y entonces ¿por qué surgió la polémica a principios de este año? Pues porque algunos periodistas, quiero pensar que desinformados (espero que no sea porque se prestaron o vendieron para crear la confusión), empezaron a opinar sobre la “imposición de un nuevo impuesto”. Un ejemplo es José Luis Luege Tamargo en el Universal, en la sección “Opinión” del día 02 de Enero de 2017 (Referencia: El Universal).

Mi recomendación,

No se queden con lo primero que escuchen o lean, sobre todo si viene de las útiles pero a veces poco confiables redes sociales, siempre busquen un especialista en el tema, o por lo menos busquen dos o tres fuentes y formen su propia opinión.

Ya para despedirme, y como premio por haber llegado hasta el final de mi aburrida colaboración, les dejo una liga que nos  muestra que tenemos razones más que sobradas para asustarnos cada vez que nos dicen que nuestros brillantes representantes electos por voto popular acaban de proponer o aprobar cualquier cosa, porque los sinsentido no son de Peña Nieto para acá. Tenemos una larga historia de impuestos y tributos a cual más de absurdos. A fin de cuentas, y como decía mi abuelita Luz: “La burra no era arisca, la hicieron”

Los 40 impuestos más absurdos que han existido en México

 

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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17 Comentarios »

  1. Elizabeth Padilla 18/Nov/2018 en 10:51 am - Responder

    Hola ABR. Una disculpa por la tardanza en contestar. Quería informarme antes de dar una opinión.

    Hasta donde se no hay novedades al respecto. Incluso investigué un poco en relación a Puebla, ya que yo vivo en Guadalajara. Lo único que encontré es información de 2016, te dejo un ejemplo.

    http://www.e-consulta.com/nota/2016-12-15/economia/advierte-coe-de-posibilidad-de-que-repliquen-en-puebla-ley-de-plusvalia

    Y no aporta nada que no haya abordado en el artículo que ya leíste.

    Te comento que acá en Jalisco se retomó el tema (En whatsapp, Fb, etc) a principios de éste año, como si fuera algo nuevo. Y se debió sólo a que algun desinformado replicó ¡El mismo mensaje que circuló a principios de 2017!

    Te recomendaría que, claro, estés al pendiente, pero no te alarmes. Si bien existe incertidumbre por el cambio de gobierno (Como cada 6 años) no hay que llorar antes de que nos peguen.

    Y cualquier ley nueva que se quisiera aplicar tiene que pasar por un proceso que suele ser largo:
    -Elaboración de ley
    -Presentación a comisiones
    -Aprobación de que se presente al pkleno (Para discusión, modificación y aprobación o rechazo)
    -Publicación en Diario Oficial de la federación (o del estado en su caso)

    Antes de ello son puras babas de perico, ya sea para encender los ánimos o solo por ignorancia.

    Y aún cuando la aprobaran, si es como en CDMX no es motivo de preocupación para los particulares. En realidad «afectaría a los urbanizadores» y eso, entrecomillado.

    ¡Saludos!

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