Artículo actualizado en Enero 2022. ¿Eres trabajador dado de alta ante el IMSS y empezaste a trabajar antes de 1997? De ser así cotizas según el régimen 73, y si estás cerca de jubilarte, seguramente tendrás la inquietud de cuánto vas a recibir de pensión, y más que a ese monto tendrás que ajustar tus gastos siendo, junto con la salud, uno de los principales factores que determinarán tu calidad de vida durante el retiro. Dice la leyenda que al retirarte recibirás entre el 60% y el 80% de los que ganas hoy, pero, ¿qué tanto de cierto hay en ello? Angie Berra y Jorge Novelo – entusiastas lectores del blog – nos comparten una calculadora para conocer cuánto recibirás aproximadamente de pensión. Gracias Angie y Jorge por esta nueva colaboración, que estoy seguro será de interés y utilidad para la comunidad.
Guía de uso de la calculadora
1) Accede a través de esta liga a la herramienta para el Cálculo de la Pensión Régimen 1973, la cual se abre en una pestaña nueva de tu navegador para que puedas seguir esta liga de uso. El uso de la calculadora es libre y gratuito.
2) Una vez desplegada la calculadora, captura los datos que se te piden:
- Número de semanas cotizadas. Es el número de semanas que has estado inscrito ante el IMSS, siendo obligación de tu patrón el darte de alta cuando entras a trabajar con él, así como de darte de baja al momento de cambiar de empleo o retirarte. Para saber cuántas semanas cotizadas oficialmente tienes puedes consultarlas en la página del IMSS Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado, y una vez generado el reporte, en la sección 2 Semanas cotizadas entre 1982 y el año actual. Las semanas cotizadas de periodos anteriores se encuentran en archivos físicos (archivo muerto), debiéndose solicitar el reporte sobre dichos periodos en la Subdelegación del IMSS que te quede más cerca.
- Salario diario promedio. Es el Salario Base de Cotización (en pesos mexicanos) que has tenido en promedio durante las últimas 250 semanas cotizadas. Para saber cuál es el salario base oficial de ese período, consúltalas en el reporte descargado en el punto anterior (Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado). NOTA: El valor no se despliega directamente, debiéndose calcular en base a los salarios reflejados en el punto 3 Antecedentes de cotización con los cinco patrones más recientes.
- Esposa. Responde afirmativamente si tu esposa vive contigo, ya que en ese caso se incluye en tu pensión una ayuda anual para tu esposa. En el caso que tu cónyuge sea varón, para recibir el apoyo se requiere demostrar que depende económicamente de ti (es decir, que no tiene ingresos).
- Hijos menores o estudiando. Si al momento de jubilarte tienes hijos menores de edad, o menores de 25 años pero que se mantengan estudiando, captura en este campo el número de hijos que viven contigo bajo esas condiciones. Recibes un monto adicional para ayudarte a su manutención.
- Padres. Si al momento de jubilarte tus padres o alguno de ellos vive contigo siendo tú soltero, divorciado o viudo, no teniendo tampoco hijos menores de edad o estudiantes, introduce en este campo si es uno o los dos los que viven contigo (en número), por lo cual recibirás una cantidad adicional para apoyarte con su manutención.
- Edad Jubilación. Es la edad que tendrás al momento de Jubilarte. Considera que para recibir el 100% de tu pensión debes tener 65 años cumplidos o más al momento de comenzar tu trámite, ya que de lo contrario se te dará solamente un porcentaje (75% a los 60 años, incrementándose año con año). NOTA: El rango de captura es de los 60 a los 65 años. Para edades posteriores captura siempre el número 65.
- UMA. Valor de la Unidad de Medida y Actualización, la cual vino a sustituir al Salario Mínimo como referencia para el cálculo de la pensión. En automático se desplegará el valor de la UMA en el año en curso. Sin embargo, puedes modificarlo si deseas hacer cálculos con algún valor diferente.
4) Capturados los datos anteriores, haz clic en el botón CALCULAR. La calculadora te desplegará:
-
- El importe mensual de tu pensión,
- El monto total anual que recibirás,
- Y el detalle de cómo se integra tu pensión.
Consideraciones adicionales
- Las semanas cotizadas son contabilizadas como los periodos comprendidos entre las fechas de alta y baja del asegurado ante el IMSS con uno o varios patrones. Un año completo de aseguramiento equivale a 52 semanas cotizadas.
- El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, exceptuando los conceptos a que hace referencia el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
- La información y los cálculos proporcionados por la calculadora son exclusivamente de carácter informativo y no son válidos para trámites de pensión ni reclamaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o ante las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).
¡Éxito!
Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias
- Cómo consultar tu Reporte Informativo de Semanas Cotizadas (IMSS)
- ¿Cómo afecta la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a mi pensión?
- Lo que requieres saber sobre la Pensión del IMSS
- ¿Cuánto debo tener hoy en mi Ahorro para el Retiro para disfrutar de mi vejez?
- Si me voy a pensionar por el régimen 73, ¿Qué beneficios me aporta mi Afore?
- ¿Por qué debiera ahorrar para el retiro?
- La tranquilidad en tu retiro: más allá de los Fondos para el Retiro
- Imagen: VidaCaixa
Hola buenos días tengo varia dudas sobre la modalidad 40 que espero me puedan ayudar:
mi papá cumple los 65 años en febrero de 2016 y se quiere jubilar a el le corresponde la ley del 73 y tiene 2200 semanas trabajadas desde octubre de 2011 cotizo con $20,000 mensuales hasta abril de 2014 y en julio del mismo año decidió incorporarse a la modalidad 40 con su tope máximo.
1.- Se puede aumentar a tope máximo de la modalidad 40 el tiempo de octubre de 2011 a abril de 2014???
2.- Aproximadamente con cuanto se jubilaría en febrero del 2016 si no se pudiera aumentar esos años???
3.- El tener semanas extras cotizadas generan mayor ingreso en la jubilación???
4.- En cuanto al monto de infonavit jamás se utilizo que pasa con ese dinero???
Muchas gracias
Hola Fernanda, buenos días.
No es posible incrementar lo cotizado en el pasado, pero aún así tu papá recibiría una pensión interesante de más de $30 mil mensuales aproximadamente en base a los datos que nos compartes. La otras buenas noticias son que efectivamente las semanas extras le ayudan en el monto de la pensión y que el dinero que tiene en su subcuenta de vivienda (junto con SAR 92) se lo entregan en efectivo al momento de pensionarse (eso sí, mientras es el SAR se le pide al AFORE, el fondo de vivienda directamente al INFONAVIT).
¡Éxito!
Hola Fernanda:
El día de ayer me llegó mi primer pago de pensión pero lo que más me llamó la atención es que la Afore me tramitó lo del INFONAVIT y recibí antes que la pensión tanto lo de la AFORE como lo del INFONAVIT.
Saludos
Hola! Rafael Rangel
Solo recuerda que una vez pensionado, y de acuerdo a los tiempos y formas de cada afore puedes ir a sacar tu recurso que te corresponde
incluyendo lo de infonavit…
Es decir ya todas la afores te realizan el tramite del infonavit, antes lo tenias que hacer en sus oficinas del Infonavit. es una gran ventaja
Suerte y Exito
HOLA! FERNANDA
DE ACUERDO AL PUNTO DE VISTA DE MAURICIO, SOLO TE DOY UN COMPLETO A LO QUE AMABLEMENTE EL CREADOR DE ESTE PORTAL TE HIZO, EL TOPE MXIMO PARA EL IMSS SON 25 SALARIOS, YA NO SE PUEDE INCREMENTAR MAS, PARA TENER UNA BUENA PENSION DEBES TENER UN BUEN SALARIO Y UN BUEN SEMANAS DE COTIZACION QUE SON FACTORES QUE HACEN QUE SE INCREMENTE TU PENSION.
YA QUE ENTRE MAS SEMANAS SE TENGA HACEN QUE TU PENSION SALGA COMO TU DECEES.
SUERTE Y EXITO
hola que tal sr. david ramirez mi prima se dio de alta en mod. 40 con 1200 diarios por una año, en el imss le comentaron que esto servia para incrementar sus semanas cotizadas osea, 52sem. mas las 876 que tiene en el imss da un total de sem.928 de igual forma su salario para calcular su pension por cesantia, es esto correcto, le comentaron que con estos datos mas o menos le tocaban 12000 de pension. de antemano agradesco su atencion y su tiempo tan valioso que dedican a esta pagina para darnos una idea en cuanto a pensiones mil gracias
Hola! Félix García
Estas en lo correcto de acuerdo a las semanas de cotización, salario promedio de los últimos 5 años y edad para pensionarse a partir de los 60 años, se toman para tu calculo de pensión, por lo cual además se incrementan semanas y se reajusta salario. La pensión que proyectas y si ingresaste bien los datos esa ser tu pensión.
Mucha suerte y éxito
mi esposa esta cotizando la modalidad 40 ella tiene 56 años , la pregunta es si yo tengo 62 y si decido pensionarme se puede incluir el 15 % por la esposa ? o al estar cotizando ella se elimina ese beneficio
Gracias
Hola! Héctor Cerda
El porcentaje por asignaciones familiares es totalmente independiente del cónyuge
suerte y Éxito
Hola, Mauricio. Manejan un sitio con muy buena información y excelentes tips, felicidades. En el presente artículo creo que hace falta hacer referencia al artículo 169 de la Ley del SS, 1973 el cual dice: «La pensión que se otorgue por invalidez, vejez o cesantía en
edad avanzada, incluyendo el importe de las asignaciones familiares y ayudas
asistenciales que se concedan, no excederá del cien por ciento del salario
promedio que sirvió de base para fijar la cuantía de la pensión. Este límite se
elevará únicamente por derechos derivados de semanas de cotización
reconocidas, cuando el monto que se obtenga por concepto de la pensión sea
superior al mismo». En el ejemplo de la calculadora, entiendo que el salario promedio sería 269.16*30=8074.80. Es decir, no se puede recibir como pensión mensual una cantidad > a la anterior. Manteniendo constantes los datos del mismo ejemplo, se alcanza aprox. el máximo ya señalado con 1660 semanas de cotización. ¿es así o hay hay algún error en mi enfoque? De antemano te agradezco la atención que le des a mi observación.
hola! José Ludovici
Es una buena observación que haces con referente al art 169 de la ley 1973 y esto lo tiene presente el área técnica actuarial del IMSS, solo recuerda que se aplican otros factores que son la cuantía básica, incrementos anualizados, asignaciones familiares, edad para pensionarse etc. etc., eso hace que la pensión proyectadas no rebasen el 100%, todo esta contemplado en la calculadora que Mauricio nos comparte.
Mucha suerte y éxito
Buenas tardes, estoy por renunciar a mi trabajo e iniciar los tramites de mi jubilacion, tengo 1967 semanas cotizadas
me puedo jubilar entre los 60 a los 65 años?
cual salario diario cuenta para cotizar, el sbc o jornada?
que es la modalidad 40?
que % aproximado variaria entre la calculadora de ustedes y lo que vaya a calcular el imss?
Muchas gracias por toda la informacion que nos proporcionan en verdad es muy util para estar al corriente con el tema de la jubilacion.
Saludos.
Hola Daniel, buenos días.
Sí es posible pensionarte entre los 60 y los 65 años, sólo ten en cuenta que sólo te otorgan una fracción (75% a los 60, 80% a los 61, 85% a los 62 y así sucesivamente) si te pensionas antes de los 65 años. El cálculo se realiza en base al promedio de los últimos cinco años de tu salario base de cotización. ¿Qué tan aproximada es la calculadora? Por lo que hemos podido comprobar se maneja en un rango más menos un 10%, y respecto a la Modalidad 40, tenemos un artículo específico que creo te puede ser de utilidad, el cual puedes seguirlo a través de esta liga.
¡Éxito!
hola que tal mauricio pregunta mi prima se va a dar de alta en mod. 40 con un sal. de 1200 diaros por un año, cabe mencionar que sus ultimos 5 años laborados siempre estuvo con el sal. minimo y tiene 876 semanas y edad de 60 años, con este ultimo sal. de 1200 cuanto mas o menos le tocaria de pension gracias y saludos
Hola! felix garcia
Con esos datos y si no hay ningún problema con las semanas cotizadas la pension proyectada seria de $3,595.02
Mucha suerte y exito
Hola:
Con 600 semanas cotizadas los últimos 5 años con aportación propia para generar pensión.
¿de cuanto seria mi pensión?
Muchas gracias espero que me entiendan lo que pido.
Hola! Fernando Partida Robles
Solo recuerda que bajo la ley 73 se necesitan algunos requisitos para pensionarte
1.-Edad para pensionarte a partir de los 60 años
2.-500 semanas de cotización, el excedente de semanas te ayuda para incrementar tu pensión
3.-se toma el salario promedio de los últimos 5 años
4.- estar vigente o en conservación de derechos
Una vez que identifiques esta información podrás usar la calculadora que amablemente el creador Mauricio nos comparte e ingresar los datos
Mucha suerte y éxito
Buenas tardes. Tengo una pregunta: yo dejé de trabajar en el 2011 y reingresé en el 2014. Para el 2017 tendré 60 años y me gustaría jubilarme. Si para el cálculo del salario se toman los últimos 5 años, en mi caso se tomarían los salarios del 2010, 2011 y 2014-2017?
Agradezco su respuesta.
Hola! Alfredo García Marín
Se toma en consideración los últimos 5 años a partir a la edad que deseas pensionarte y los salarios es cuando estuviste activo en una empresa
Exito
Hola David:
Antes que nada agradecer las aportaciones que ustedes realizan en este portal, a muchos nos van a ayudar a tomar una desicion mas correcta para llegado el momento planear un mejor futuro para nuestro retiro,reciban bendiciones
Gracias por las respuestas a mis preguntas.
Hola! Guadalupe Cruz Carbajal
Gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo y mas al creador de este portal sin él no nos hubiéramos contactado, el saber que la información que se comparte le es de utilidad, nos da una satisfacción enorme.
Éxito…
Mi esposo esta cotizando con dos patrones y con uno esta registrado con dos salarios minimos y con el segundo con dies salarios minimos que salario van a tomar en cuenta para su pension
Hola! Jaime torres gonzalez
Siempre recuerda que bajo los requisitos que toma el IMSs es el salario promedio de los últimos 5 años después de los 60 años. Si tu esposo cotiza con dos patrones distintos, tomaran en cuenta ambos y sacaran el promedio por mes para luego hacerlo anual y por ultimo sacar el promedio de los últimos 5 años
suerte y exito
Hola david soy jaime me puedes explicar si me puede beneciar lo que pretendo hacer.
Tengo 56 años pero pero estoy registrado ante el imss con 130 pesos, y pensando en mi pension que pretendo hacer dentro de cinco anos hay un conocido que tiene una empresa y el me puede registrar ante imss con un salario de 750 pesos si se puede que este registrado con dos patrones y esto me puede ayudar para mi pension dentro de cinco años
Hola! Jaime torres González
Es muy interesante lo que deseas realizar pero toma en consideración que la suma de las aportaciones de cada una de las empresas se consideran para sacar el promedio por año. Ten cuidado
Éxito en tu toma de decisiones.
ESTOY LEYENDO EN UNAS DE SUS ORIENTACIONES QUE EN CASO DE HABER SOLICITADO EL SEGURO DEL DESEMPLEO, QUE ESTAS SEMANAS SE PUEDEN RECUPERAR PAGANDO LA CANTIDAD RECIBIDA, QUISIERA SABER CUAL SERIA EL PROCEDIMIENTO PARA HACERLO O SI YA ME PRESCRIBIO ESTE DERECHO YA QUE ESTE DINERO SE ME ENTREGO EN AGOSTO DEL AÑO 2007
HOLA RICARDO VERA
ESTA MODIFICACION DE RECUPERACION DE SEMANAS ENTRO EN VIGOR EN EL 2008 LAS REGLAS DE COMO PAGAR LAS PONE TU AFORE ES DECIR TENDRAS QUE DIRIGIRTE A TU AFORE PARA PODER REALIZAR TU TRAMITE
SUERTE Y EXITO