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Calculadora para determinar el monto de tu pensión (Ley 73)

Invitado 09/Jun/2014 2.542

Calculadora pensión ley 73

Artículo actualizado en Enero 2022. ¿Eres trabajador dado de alta ante el IMSS y empezaste a trabajar antes de 1997? De ser así cotizas según el régimen 73, y si estás cerca de jubilarte, seguramente tendrás la inquietud de cuánto vas a recibir de pensión, y más que a ese monto tendrás que ajustar tus gastos siendo, junto con la salud, uno de los principales factores que determinarán tu calidad de vida durante el retiro. Dice la leyenda que al retirarte recibirás entre el 60% y el 80% de los que ganas hoy, pero, ¿qué tanto de cierto hay en ello? Angie Berra y Jorge Novelo – entusiastas lectores del blog – nos comparten una calculadora para conocer cuánto recibirás aproximadamente de pensión. Gracias Angie y Jorge por esta nueva colaboración, que estoy seguro será de interés y utilidad para la comunidad.

Guía de uso de la calculadora

1) Accede a través de esta liga a la herramienta para el Cálculo de la Pensión Régimen 1973, la cual se abre en una pestaña nueva de tu navegador para que puedas seguir esta liga de uso. El uso de la calculadora es libre y gratuito.

CLICK PARA ACCESO GRATUITO A LA CALCULADORA

2) Una vez desplegada la calculadora, captura los datos que se te piden:

  • Número de semanas cotizadas. Es el número de semanas que has estado inscrito ante el IMSS, siendo obligación de tu patrón el darte de alta cuando entras a trabajar con él, así como de darte de baja al momento de cambiar de empleo o retirarte. Para saber cuántas semanas cotizadas oficialmente tienes puedes consultarlas en la página del IMSS Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado, y una vez generado el reporte, en la sección 2 Semanas cotizadas entre 1982 y el año actual. Las semanas cotizadas de periodos anteriores se encuentran en archivos físicos (archivo muerto), debiéndose solicitar el reporte sobre dichos periodos en la Subdelegación del IMSS que te quede más cerca.
  • Salario diario promedio. Es el Salario Base de Cotización (en pesos mexicanos) que has tenido en promedio durante las últimas 250 semanas cotizadas. Para saber cuál es el salario base oficial de ese período, consúltalas en el reporte descargado en el punto anterior (Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado). NOTA: El valor no se despliega directamente, debiéndose calcular en base a los salarios reflejados en el punto 3 Antecedentes de cotización con los cinco patrones más recientes.
  • Esposa. Responde afirmativamente si tu esposa vive contigo, ya que en ese caso se incluye en tu pensión una ayuda anual para tu esposa. En el caso que tu cónyuge sea varón, para recibir el apoyo se requiere demostrar que depende económicamente de ti (es decir, que no tiene ingresos).
  • Hijos menores o estudiando. Si al momento de jubilarte tienes hijos menores de edad, o menores de 25 años pero que se mantengan estudiando, captura en este campo el número de hijos que viven contigo bajo esas condiciones. Recibes un monto adicional para ayudarte a su manutención.
  • Padres. Si al momento de jubilarte tus padres o alguno de ellos vive contigo siendo tú soltero, divorciado o viudo, no teniendo tampoco hijos menores de edad o estudiantes, introduce en este campo si es uno o los dos los que viven contigo (en número), por lo cual recibirás una cantidad adicional para apoyarte con su manutención.
  • Edad Jubilación. Es la edad que tendrás al momento de Jubilarte. Considera que para recibir el 100% de tu pensión debes tener 65 años cumplidos o más al momento de comenzar tu trámite, ya que de lo contrario se te dará solamente un porcentaje (75% a los 60 años, incrementándose año con año). NOTA: El rango de captura es de los 60 a los 65 años. Para edades posteriores captura siempre el número 65.
  • UMA. Valor de la Unidad de Medida y Actualización, la cual vino a sustituir al Salario Mínimo como referencia para el cálculo de la pensión. En automático se desplegará el valor de la UMA en el año en curso. Sin embargo, puedes modificarlo si deseas hacer cálculos con algún valor diferente.

4) Capturados los datos anteriores, haz clic en el botón CALCULAR. La calculadora te desplegará:

    • El importe mensual de tu pensión,
  • El monto total anual que recibirás,
  • Y el detalle de cómo se integra tu pensión.

Consideraciones adicionales

  • Las semanas cotizadas son contabilizadas como los periodos comprendidos entre las fechas de alta y baja del asegurado ante el IMSS con uno o varios patrones. Un año completo de aseguramiento equivale a 52 semanas cotizadas.
  • El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, exceptuando los conceptos a que hace referencia el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
  • La información y los cálculos proporcionados por la calculadora son exclusivamente de carácter informativo y no son válidos para trámites de pensión ni reclamaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o ante las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).

¡Éxito!

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias

2.542 Comentarios »

  1. Emilio Luis Alvarez 05/Abr/2015 en 12:51 pm - Responder

    Tengo 61 años con 526 semanas cotizadas y un salario promedio de $ 760.59 y segun la calculadora facilitada, me da una pensión de
    $ 3,570.71 mensuales. ¿Hice bien el cálculo?

    • david sadot ramirez 06/Abr/2015 en 7:14 pm - Responder

      Hola! Emilio Luis Álvarez
      Correcto esta bien tu calculo de pensión
      Mucho Éxito

      • Emilio Luis Alvarez 07/Abr/2015 en 11:53 am - Responder

        Gracias David. Una pregunta más. En los años 80 trabajé para el gobierno federal. ¿Es posible recuperar las semanas de los años cotizados en el ISSSTE? En el ISSSTE me dicen que debo solicitar al IMSS que lo haga y yo pienso: Con el trabajo que el IMSS me da la información, ¿qué sucederá si pido ese trámite? Gracias anticipadas.

        • david sadot ramirez 10/Abr/2015 en 2:25 am - Responder

          hola! Emilio Luis Álvarez

          Es bueno saber que puedes hacer este movimiento te recomiendo leas el siguiente articulo realizado por Mauricio Priego y entiendas el proceso de la transferencia de recursos de ISSSTE-IMSS.
          Mucho Exito

          • Emilio Luis Alvarez 10/Abr/2015 en 4:47 pm -

            Nuevamente gracias, David. ¿Podrías poner el link del artículo que me recomiendas?

  2. Maria Luisa Serrano 05/Abr/2015 en 11:50 am - Responder

    Hola, tengo 60 años y dejé de trabajar/cotizar en noviembre del año pasado con salario bajo. Puedo aplicar modalidad 40 para subir mi pensión, pero es posible que en lugar de pagar el tope de 5700 aprox mensualmente por 5 años pague 28mil mensual aprox por 1 año?

    • david sadot ramirez 06/Abr/2015 en 5:41 pm - Responder

      Hola! María Luisa Serrano
      Es muy cierto lo que comentas tu puedes inscribirte a la modalidad 40 con el salario que tu quieras, pero solo recuerda que siempre se les recomienda que coticen al máximo para que de esa forma pueda incrementar su pensión.
      Mucho Éxito!.

  3. RAFAEL 03/Abr/2015 en 10:17 pm - Responder

    estaba en un empleo con un sueldo de $65,150.00 puedo cotizar en la modalidad 40 con este mismo sueldo o solo me aceptarían con el tope de 25 SM

    • david sadot ramirez 04/Abr/2015 en 9:16 pm - Responder

      Hola! Rafael
      Bajo ley solo te contempla a 25 salarios ya sea en la modalidad 40 o si cotizas en una empresa
      Éxito! y suerte

  4. Rogelio Gpovea 03/Abr/2015 en 9:25 pm - Responder

    El simulador no tiene un tope al salario diario promedio de las ultimas 250 semanas que capturas? La ley contempla un tope salarial a las pensiones? Porque le aumento el salario y la pension se incrementa de forma proporcional y positiva

    • david sadot ramirez 04/Abr/2015 en 9:11 pm - Responder

      Hola! Rogelio Gpovea

      En la herramienta que amablemente el creador nos compartió tiene lo necesario para tener una proyección de pensión. sabias que cuando entro en vigor la nueva ley de 1997, el 01 de julio de 1997 el salario se incrementaba cada año es decir en 1997 estaba en 15 salarios, el 1998 era de 16, así cada año se incrementaba hasta que se topo en 25 salarios en el 2007, ya que si seguían incrementando se iba disparar las pensiones.Esos detalles ya van incluido en la calculadora y bajo la ley de IMSS pusieron un tope a los salarios.
      Mucho Éxito y suerte en tu toma de decisiones

  5. Rogelio Abdalá Cantú Otero 30/Mar/2015 en 6:07 pm - Responder

    Buenas Tardes, me urge su ayuda. Tengo 55 años de edad, con 892 semanas cotizadas, el 31 de marzo de 2014, fué la última semana que coticé, quiero ingresar a la Modalidad 40, mi pregunta es ¿Cuánto debo de aportar por mes para tener una pensión de $20,000.00 mensuales? al cumplir 60 años… Le agradecería muchísimo su respuesta, ya que van 3 veces que vamos al Seguro Social y nada, fuímos al AFORE y tampoco. Gracias de antemano.

    • david sadot ramirez 31/Mar/2015 en 7:38 pm - Responder

      Hola! Rogelio Abdalá Cantú Otero
      Te recomendaría que cotices los últimos 5 años al tope máximo es decir a 25 salarios que estarías pagando $5,367 mensuales, la pensión estimada seria de $22,888
      Suerte en tu toma de decisiones
      Exito

  6. Gilberto Yam 30/Mar/2015 en 1:32 pm - Responder

    Hola mauricio te tengo una pregunta asesoria. Mi madre tiene de 1982 a la fecha marzo 2015, 1240 semanas cotizadas, siempre le han pagado en el salario base de cotizacion lo que viene siendo 1 salario minimo 2010 – $60 pesos , 2011 – $62 , 2012 – $65 , 2013 – $67 , 2014 – $70 y ahora 2015 $73 pesos , baje la calculadora y me da una pension mensual de alrrededor de $1,900 , ella esta por cumplir los 60 años en nov 2015, la pregunta es si la puedo dar de alta en la modalidad 40 y si aportara unos 1500 pesos por mes durante 1 año que tanto mas se incrementaria su pension mensual si desea jubilarse a los 61 años. Gracias y muy buena pagina, saludos…

    • david sadot ramirez 31/Mar/2015 en 7:29 pm - Responder

      Hola! Gilberto Yam
      Es muy importante saber jugar con la calculadora, de esa forma sabremos que pensión sale en tu caso para dar de alta a tu mama en la modalidad 40 con 7 salarios que son 1500 pesos mensuales, la pensión sale de $3,060. Ahora si lo haces 2 años sale la pensión de $4,562 no aumenta mucho de un año a otro, ahora si haces un sacrificio y te topas a 25 salarios pagando mensual la cantidad de $5,367 la pensión saldría a un año de $6,327 como vez? si se hace a 2 años sale la pensión de $12,800 como vez la diferencia en pagar 7 salarios a 25 salarios la diferencia entre pensiones es muy amplia ….
      Mucho Éxito y suerte en tu toma de decisiones

      • Gilberto Yam 01/Abr/2015 en 11:12 am - Responder

        Muchas Gracias david por tu atencion y responder a mi duda , voy a darle la informacion a mi madre y haber que decision se toma, que tengas un excelente dia. Saludos a todos aqui en la pagina.

        • david sadot ramirez 04/Abr/2015 en 8:33 pm - Responder

          Gilberto Yam
          EXITO EN TOMA DE DECISIONES

  7. juan jose rodriguez martinez 28/Mar/2015 en 11:26 pm - Responder

    hola buenas noches..tengo 58 años yo cotise de 1975 a 1995 que necesito para poder tramitar una pencion

    • david sadot ramirez 31/Mar/2015 en 6:58 pm - Responder

      Hola! Juan José Rodríguez Martínez
      Aquí lo importante es ver tu conservación de derechos cuando termino te recomendaría que fueras a tu subdelegación del IMSS y solicites una constancia de semanas de cotización, para saber exactamente cuando se termino, por que me dices que desde 1995 ya no laboras, en tu caso es activarte inmediatamente en una empresa y de esa forma se activara tu conservación de derechos y podrás realizar tu tramite de pensión. Además te recomiendo que te des de alta en una afore (administradora del fondo para el retiro). si gustas le puedes decir al creador de la pagina Mauricio Priego que te proporcione mis datos y con gusto te damos de alta en una empresa.
      Mucho Exito

      • juan jose rodriguez 03/Abr/2015 en 1:26 pm - Responder

        gracias por la orintacion

        • david sadot ramirez 04/Abr/2015 en 8:29 pm - Responder

          MUCHA SUERTE

  8. RAYMUNDO MUÑOZ 28/Mar/2015 en 1:09 pm - Responder

    buenas tardes Mauricio,gracias por tu informacion pues habemos quienes no conocemos nada al respecto. yo tengo algunas dudas .primera es necesario asegurarte todo el año. me refiero a que si yo ya tengo 55 años es necesario pagar tu seguro durante todos los cinco años seguidos o por ejemplo me aseguro de junio a diciembre de cada año y asi sucesivamente los 5 años, esto me percudicaria a la hra .hacer el promedio para la pencion. y segunda estas normas o clausulas de la ley de imss. podrian ser modificadas durante estos 5 años que me falta para pencionarne o ya no lo pueden hacer, agradezco de antemano tu respuesta, saludos

    • david sadot ramirez 31/Mar/2015 en 1:29 pm - Responder

      Buen día RAYMUNDO MUÑOZ
      Es muy importante saber que tipo de pensión deseas, ya que de eso depende el tiempo que debes estar en la modalidad 40 a un año o cinco
      recuerda que la modalidad 40 reajusta tu salario, incrementa semanas de cotización y por consecuencia se incrementa tu pensión
      Piénsalo y juega con la calculadora del creador, para que sepas como actuar.
      Mucho Éxito

  9. JUANA 28/Mar/2015 en 1:38 am - Responder

    Tengo 56 años y estoy cotizando en el IMSS para tener los 13 meses que se requieren para reactivar lo de mi pensión, voy a pagar en la modalidad 40, mi duda es ¿puedo pagarla 3 o 4 años y que lo demás se me promedie con lo que yo coticé? o tengo que pagar forzosamente los 5 años de la modalidad 40. (ya se que de no pagar los 5 años mi pensión bajaría, pero quiero saber si hay otro impedimento, Mil gracias por la ayuda que nos proporcionan.

    • david sadot ramirez 31/Mar/2015 en 1:25 am - Responder

      HOLA! JUANA
      LOS SALARIOS QUE COTIZES YA SEA EN UNA EMPRESA COMO EN LA MODALIAD 40 SE VAN A PROMEDIAR Y DE ESA FORMA PODRAN TOMARLO PARA TUS CALCULOS DE PENSION.SI TU DESEAS SEGUIR COTIZANDO 1 AÑO, 2 AÑOS O 5 AÑOS ADELANTE NO HAY PROBLEMA,YA QUE DE ACUERDO A LOS CALCULOS DE PENSION QUE SALGAN EN LA CALCULADORA DEL CREADOR MAURICIO PRIEGO PODRAS SABER SI ESTAS 3 O 4 AÑOS EN LA MODALIAD 40
      MUCHA SUERTE Y EXITO EN TU TOMA DE DECISIONES

  10. MARIA CRUZ GUTIERREZ 28/Mar/2015 en 1:37 am - Responder

    Hola, pienso iniciar los trámites de mi jubilación he cumplido ya los 60 años, tengo más de 1700 semanas, con un salario diario de 927 pesos, cuánto aproximadamente ascendería mi pensión? actualmente trabajo por honorarios lo que me ha facilitado pagar el imss con la modalidad 40 pero desconozco si al trabajar por honorarios afecte la pensión que quiero obtener. En la Afore no me saben informar, uno me dice que incluya a mi esposo para que me den más y otro ni lo consideran, mi esposo trabaja y su sueldo no es muy bueno, tengo hijas universitarias y aunque me faltan 4 meses para que me consideren 61 años ya no me alcanza el dinero para seguir pagando el seguro social. Es cierto que en la modalidad 40 sólo se otorga el 75% de la pensión y nunca se llega al 90%? Gracias de antemano por sus comentarios y qué les sea devuelto con creces la ayuda que nos brindan

    • david sadot ramirez 31/Mar/2015 en 12:55 am - Responder

      Hola! María Cruz Gutiérrez
      Es muy importante empezar a jugar con la calculadora que amablemente el creador Mauricio Priego nos compartió.de esa forma podemos estimar un calculo de pensión con respecto a lo tuyo y suponiendo que tu salario promedio de los últimos 5 años sea el que me comentas la pensión estimada seria de: $18,720.61, aquí va incluido la asignación familiar que es un 15% mas, es muy importante incluir al esposo por que no recibirías ese 15% adicional. Además trabajar por honorarios no afectaría en nada tu pensión, por eso es importante conocer nuestra ley que nos corresponde y saber los beneficios que esta nos otorga y que por medio de otras personas en lugar de orientarnos nos desorientan. Se otorga los porcentajes no por la modalidad 40 si no por la ley que nos rige es decir a partir de los 60 años nos dan el 75% y se incrementa cada año un 5% hasta llegar a los 65 años nos dan el 100%, Algo que se tiene que considerar que la mayoría de los derechohabientes, no lo sabe es que una vez que cumplan años dejen pasar 7 meses después que cumplan años y pueden cobrar el porcentaje de la siguiente edad, es decir si cumple 60 años y 7 meses cobrarían no el 75% si no el 80%, no es necesario cumplir todo el año para cobrar el siguiente porcentaje.
      espero que con esto tomes tus mejores decisiones
      Exito

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