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Calculadora para determinar el monto de tu pensión (Ley 73)

Invitado 09/Jun/2014 2.542

Calculadora pensión ley 73

Artículo actualizado en Enero 2022. ¿Eres trabajador dado de alta ante el IMSS y empezaste a trabajar antes de 1997? De ser así cotizas según el régimen 73, y si estás cerca de jubilarte, seguramente tendrás la inquietud de cuánto vas a recibir de pensión, y más que a ese monto tendrás que ajustar tus gastos siendo, junto con la salud, uno de los principales factores que determinarán tu calidad de vida durante el retiro. Dice la leyenda que al retirarte recibirás entre el 60% y el 80% de los que ganas hoy, pero, ¿qué tanto de cierto hay en ello? Angie Berra y Jorge Novelo – entusiastas lectores del blog – nos comparten una calculadora para conocer cuánto recibirás aproximadamente de pensión. Gracias Angie y Jorge por esta nueva colaboración, que estoy seguro será de interés y utilidad para la comunidad.

Guía de uso de la calculadora

1) Accede a través de esta liga a la herramienta para el Cálculo de la Pensión Régimen 1973, la cual se abre en una pestaña nueva de tu navegador para que puedas seguir esta liga de uso. El uso de la calculadora es libre y gratuito.

CLICK PARA ACCESO GRATUITO A LA CALCULADORA

2) Una vez desplegada la calculadora, captura los datos que se te piden:

  • Número de semanas cotizadas. Es el número de semanas que has estado inscrito ante el IMSS, siendo obligación de tu patrón el darte de alta cuando entras a trabajar con él, así como de darte de baja al momento de cambiar de empleo o retirarte. Para saber cuántas semanas cotizadas oficialmente tienes puedes consultarlas en la página del IMSS Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado, y una vez generado el reporte, en la sección 2 Semanas cotizadas entre 1982 y el año actual. Las semanas cotizadas de periodos anteriores se encuentran en archivos físicos (archivo muerto), debiéndose solicitar el reporte sobre dichos periodos en la Subdelegación del IMSS que te quede más cerca.
  • Salario diario promedio. Es el Salario Base de Cotización (en pesos mexicanos) que has tenido en promedio durante las últimas 250 semanas cotizadas. Para saber cuál es el salario base oficial de ese período, consúltalas en el reporte descargado en el punto anterior (Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado). NOTA: El valor no se despliega directamente, debiéndose calcular en base a los salarios reflejados en el punto 3 Antecedentes de cotización con los cinco patrones más recientes.
  • Esposa. Responde afirmativamente si tu esposa vive contigo, ya que en ese caso se incluye en tu pensión una ayuda anual para tu esposa. En el caso que tu cónyuge sea varón, para recibir el apoyo se requiere demostrar que depende económicamente de ti (es decir, que no tiene ingresos).
  • Hijos menores o estudiando. Si al momento de jubilarte tienes hijos menores de edad, o menores de 25 años pero que se mantengan estudiando, captura en este campo el número de hijos que viven contigo bajo esas condiciones. Recibes un monto adicional para ayudarte a su manutención.
  • Padres. Si al momento de jubilarte tus padres o alguno de ellos vive contigo siendo tú soltero, divorciado o viudo, no teniendo tampoco hijos menores de edad o estudiantes, introduce en este campo si es uno o los dos los que viven contigo (en número), por lo cual recibirás una cantidad adicional para apoyarte con su manutención.
  • Edad Jubilación. Es la edad que tendrás al momento de Jubilarte. Considera que para recibir el 100% de tu pensión debes tener 65 años cumplidos o más al momento de comenzar tu trámite, ya que de lo contrario se te dará solamente un porcentaje (75% a los 60 años, incrementándose año con año). NOTA: El rango de captura es de los 60 a los 65 años. Para edades posteriores captura siempre el número 65.
  • UMA. Valor de la Unidad de Medida y Actualización, la cual vino a sustituir al Salario Mínimo como referencia para el cálculo de la pensión. En automático se desplegará el valor de la UMA en el año en curso. Sin embargo, puedes modificarlo si deseas hacer cálculos con algún valor diferente.

4) Capturados los datos anteriores, haz clic en el botón CALCULAR. La calculadora te desplegará:

    • El importe mensual de tu pensión,
  • El monto total anual que recibirás,
  • Y el detalle de cómo se integra tu pensión.

Consideraciones adicionales

  • Las semanas cotizadas son contabilizadas como los periodos comprendidos entre las fechas de alta y baja del asegurado ante el IMSS con uno o varios patrones. Un año completo de aseguramiento equivale a 52 semanas cotizadas.
  • El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, exceptuando los conceptos a que hace referencia el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
  • La información y los cálculos proporcionados por la calculadora son exclusivamente de carácter informativo y no son válidos para trámites de pensión ni reclamaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o ante las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).

¡Éxito!

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias

2.542 Comentarios »

  1. ludy 07/Oct/2014 en 5:40 pm - Responder

    no puedo accesar a la calculadora, hago CLICK en lo amarillo y no pasa nada, no se habilita ninguna celda, pq será? gracias

    • Mauricio Priego 08/Oct/2014 en 6:12 am - Responder

      Buenos días Lucy.
      No es que se habilite la celda, sino que capturas los importes directamente en ella 😉
      ¡Éxito!

  2. rafael mireles prado 06/Oct/2014 en 4:11 pm - Responder

    Buenas tardes:
    estoy a 20 dias de comenzar con el tramite de pension por cesantia en edad avanzada. gracias por lo de la calculadora ahora si tengo una idea del monto de mi pension. Pero tengo una duda el calculo se toma de las ultimas 260 semanas trabajadas o de los ultimos 5 años o sea de los 55 a los 60 años lo digo porque en estos ultimos 2 años solo tuve trabajo en 1 y si la base se toma de los ultimos 5 años y no de las ultimas 260 trabajadas entonces si me afectaria en el monto de la pension.

    La pregunta es ¿que se toma de base las ultimas semanas trabajadas o los ultimos 5 años sin importar si uno tuvo trabajo o no ?

    • Mauricio Priego 07/Oct/2014 en 5:46 am - Responder

      Buenos días Rafael.
      La calculadora es, como bien dices, para tener una idea aproximada. Ahora bien, puedes obtener el monto exacto consultando directamente con tu AFORE. Es uno de los servicios que prestan a sus clientes 😉
      ¡Felicidades por tu próximo retiro!

    • Lily 24/Oct/2014 en 12:58 am - Responder

      Se toman las últimas 250 semanas cotizadas, independientemente si fueron continuas o no.
      Saludos 🙂

  3. Ignacio Olivos 25/Sep/2014 en 12:25 pm - Responder

    Mi suegro cotizo durante 18 años al sistema SAR el fallecio hace 11 años hoy dia mi suegra mujer de 65 años y sin posobilidad de trabajar quiere recuperar ese dinero me dirigi a una afore y me dice que el IFE esta vencido que debo hacer ó con quien me dirijo para poder ayudarla a recuperar ese dinero ?

    • david ramirez 27/Sep/2014 en 1:21 am - Responder

      ignacio olivos

      tu suegra puede cobrar lo de la afore si tiene su resolucion de pension que te pongan trabas que su ife no esta vigente

      me ponga a tus servicios
      puedes solicitar a mauricio mi correo

  4. victor hugo toledo 11/Sep/2014 en 5:42 pm - Responder

    gracias por la aportacion ha sido una herramienta muy valiosa

    • Mauricio Priego 12/Sep/2014 en 5:53 am - Responder

      Me alegra que te haya servido Víctor.
      El saber que nuestro esfuerzo te ha sido de utilidad es nuestra mayor recompensa.
      ¡Éxito!

      • inain fomperoza a. 12/Sep/2014 en 12:30 pm - Responder

        Buenas tardes.
        gracias por toda la ayuda prestada, ahora ya se cuanto se recibirè de pension si llego a la edad requerida, solo pido una ayuda mas, del monto que sale en esta calculadora, ¿falta algun descuento de Hacienda? ¿ de que porcentaje ? gracias….

        • Mauricio Priego 15/Sep/2014 en 12:38 pm - Responder

          Hola Inain, buenos días.
          Me alegra que la calculadora te haya sido de utilidad 🙂
          Por ley las pensiones es un ingreso exento de impuestos para los jubilados, por lo que no tienen descuentos por impuestos 😉
          ¡Éxito!

  5. Fernando Ramìrez Delgado 22/Ago/2014 en 8:57 am - Responder

    Gracias por apoyarnos con su tabla de càlculo, les felicito por su actitud. Mi caso es que ya lo verifiquè y «cuadra al centavo» con el monto que me acaba de asignar el Imss, con la gran desventaja de que antes tuve 16 años con salario «alto» como actuario, pero por desear efectuar otras actividades como las de colaborar en la enseñanza de las Matemàticas desde el nivel primaria hasta el de Preparatoria en escuelas particulares, mi salario en las ùltimas 250 semanas de cotizaciòn se viò afectado como a la tercera y/o cuarta parte de lo que antes percibìa.¿ Hay alguna forma Legal de que reconsideraran mi caso para el ajuste màs justo en mi pensiòn ? Considero que el sistema de càlculo de pensiòn por parte del Imss, no va acorde con el mecanismo tècnico que autoriza la Comisiòn Nacional de Seguros y Fianzas. Gracias de antemano por su orientaciòn y apoyo.

  6. Carmen Luz Ramírez González 06/Jul/2014 en 1:44 pm - Responder

    Hola, aquí estoy molestándole nuevamente. En días anteriores le solicitaba información sobre la manera de hacer el cálculo de la pensión, gracias, me sirvió mucho, ya tengo el resultado.
    Ahora quisiera hacerle otras preguntas: Mi marido aportó sólo un pequeña cantidad al infonavit antes de 1997, la mayor parte aportada es de 1999 a la fecha, he oído comentarios de que solamente se están entregando a los jubilados el importe recabado de 1997 hacia atrás ¿ es verdad ésto ? ¿ no habría manera de recuperarlo pronto todo ?
    Y otra duda que tengo es ¿qué porcentaje entregan las afores en efectivo a quienes se jubilan ? ¿ y más o menos cuánto tiempo tardan en entregarlo ?
    Muchísimas gracias de antemano por su atención. Un saludo

  7. ELEAZAR 27/Jun/2014 en 2:35 pm - Responder

    vendi un terreno ejidal, y me dicen que si lo depositan en efectivo me cobraran el 30% del valor total dentro de seis meses., esto es correcto?

  8. Luis Ma 18/Jun/2014 en 8:48 pm - Responder

    En ningún párrafo del artículo he visto lo que la Ley dice que, cumpliendo la edad mínima para jubilación (60) y un número mínimo de 500 semanas cotizadas, el cálculo parte del promedio salarial de los cinco (5) últimos años. He hecho el simulador con el salario máximo, y sale muchísimo menos de lo que debería ser (habiendo cotizado 1200 semanas). Hay un error. Soy agente de Afore y puedo avalar esto.

    • Mauricio Priego 19/Jun/2014 en 7:52 am - Responder

      Hola Luis, buenos días.

      El simulador es el resultado de un esfuerzo personal altruista de Angie – quien por cierto, también labora en una institución financiera la cual respalda una de las Afores más grandes del país -, y como toda herramienta hecha por un ser humano, está sujeta a mejorarse.

      Debido a ello te invito a revisar los cálculos (están insertos en la hoja de cálculo), y de identificar algún ajuste que requiera, coméntanoslo, lo corregimos y subimos la nueva versión para que quede a disposición de la comunidad. Estoy seguro que tu esfuerzo será agradecido por muchas personas que se encuentran en estos momentos pensando en su próxima jubilación.

      ¡Éxito!

  9. inain fomperoza aguirre 12/Jun/2014 en 12:48 pm - Responder

    Pregunto: Si tengo 60 años de edad, un salario diario integrado de $524.00 Tengo Esposa y un hijo estudiando de 14 años, ¿ puedo pensionarme? ¿a cuanto asecenderia dicha pension?
    ¿existe alguna ventada si espero un año mas? ( es decir a los 61 años ?)

    • Mauricio Priego 17/Jun/2014 en 8:15 am - Responder

      Buenos días Inain.

      Descarga la calculadora a través de la liga en el artículo y podrás calcular tú mismo cuánto te corresponde de pensión. Respecto a tu pregunta de si puedes pensionarte a los 60 años, la respuesta es sí… Sólo que no te corresponde el 100% de tu pensión sino tan solo el 75%. Si quieres recibir todo lo que te corresponde, requieres jubilarte a partir de los 65 años.

      ¡Éxito!

      • inain fomperoza aguirre 17/Jun/2014 en 4:34 pm - Responder

        Gracias por su informacion. y les vuelvo a molestar…. No varia la pension al sacar la devolucion de recursos por desempleo? al disminuir las semanas cotizadas?

  10. sandra 10/Jun/2014 en 4:43 pm - Responder

    cuantas semanas debo tener para la pension del seguro
    gracias

    • Mauricio Priego 11/Jun/2014 en 8:59 am - Responder

      Buenos días Olivia.
      Según la ley 73 debes tener un mínimo de 500 semanas cotizadas.
      ¡Éxito!

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