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Si me voy a pensionar por el régimen 73, ¿Qué beneficios me aporta mi Afore?

Mauricio Priego 30/Ene/2014 402
Si me voy a pensionar por el régimen 73, ¿Qué beneficios me aporta mi Afore?

Beneficios de la AFORE para quienes se jubilan por régimen 73¿Eres mayor de 34 años? Entonces lo más seguro es que cuando te jubiles tu pensión la cubrirá el IMSS según la ley de 1973, con lo cual el saldo que tengas en tu Afore se entregará al instituto. Si esto es así, ¿Para qué dedicar tiempo a evaluar las diferentes Afores? ¿Por qué cambiar en un momento dado de Afore? Realizar los procesos anteriores debería reportarte algún beneficio para así justificar el llevarlo a cabo, ¿no crees? Agradezco a Víctor Manuel Baena, Subdirector de Oficinas de Servicio de la Dirección de Servicio al Cliente de Afore XXI – Banorte, el que me permitiera entrevistarle para compartir con ustedes los beneficios que nos brindan las Afores a quienes tenemos la opción de jubilaremos por la ley de 1973.




¿Es correcto que la principal diferencia entre jubilarse por la ley de 1973 y la de 1997 es que en la primera tu pensión se calcula en base al promedio de tus últimos 5 años cotizados, mientras que en la segunda es en base al total del saldo y los años de esperanza de vida que te queden, siendo en ambos casos una pensión vitalicia?

Efectivamente la diferencia básica entre los dos regímenes radica en la forma de calcular las pensiones. Adicionalmente complementaría esta información en relación que en el primer caso los pagos los realiza directamente el instituto y en el segundo una empresa de pensiones.

En base a lo anterior, ¿qué tan cierto es que a los trabajadores que tienen la opción de 1973 les conviene acogerse a este esquema de jubilación?

Es correcto ya que el monto de la pensión normalmente es superior a la pensión correspondiente al régimen 97.

¿Qué gana un trabajador que hubiese empezado a trabajar antes de 1997 – fecha en que entró en vigor la nueva ley de jubilación – en interesarse en el tema de las Afores?

Estará mejor informado y podrá tomar mejores decisiones en temas relacionados con el ahorro para su retiro. Podrá conocer las opciones que le ofrece la Afore para recuperar sus recursos en forma parcial o total de acuerdo a los supuestos considerados para este efecto y será consiente de la evolución de su cuenta individual para poder decidir acerca de la opción de inversión que más le conviene.

¿Por qué le convendría invertir tiempo y esfuerzo en comparar rendimientos, comisiones y aún de cambiar de AFORE si al final su pensión no se basará en su saldo, además de que ése saldo le será entregado al IMSS en su totalidad para financiar en lo posible su pensión vitalicia?

Porque una parte de la cuenta individual sí la puede recuperar directamente el trabajador y en este sentido le conviene más una Afore que le pueda dar la opción de recuperar un mayor número de recursos.

¿Qué cuentas o rubros puede el trabajador recuperar directamente de su cuenta individual? 

Depende del tipo de derecho adquirido (tipo de pensión o retiro), el cual puede ir desde la recuperación de los recursos correspondientes al SAR 92-97 hasta la totalidad de la cuenta individual.

¿De qué le serviría invertir en aportaciones voluntarias (que no son lo mismo que el ahorro voluntario) ya que el incremento de su saldo no le beneficia directamente? 

Es una buena opción de ahorro personal de corto, mediano y largo plazo, debido a que los rendimientos son muy atractivos (por encima de varios instrumentos bancarios y de fondos de inversión) y no existe un monto mínimo de inversión que debas de realizar.

Y el ahorro voluntario, ¿lo puede retirar el trabajador cuando lo requiera? Y de no retirar su ahorro voluntario ¿se le devolvería su capital íntegro más los rendimientos generados al momento de jubilarse o se le retendría junto con el saldo de su Afore para entregarlo al IMSS?

Existen diferentes plazos para el retiro de estos recursos y estos dependen en buena medida del régimen fiscal en el que decida el propio trabajador realizar su inversión. Estos plazos van desde 2 hasta 6 meses en caso de aportaciones no deducibles y de 2 meses a los 65 años de edad para aquellos casos de aportaciones deducibles según corresponda (deducibles, largo plazo y complementarias).

¿Es cierto que el saldo de su Cuenta para la Vivienda – la cual sí se le entrega al jubilarse – también se ve incrementada por el rendimiento de la Afore?

No, debido a que debemos de recordar que los Recursos de Vivienda son administrados directamente por el INFONAVIT/FOVISSSTE y son estos institutos quienes otorgan directamente sus propias tasas de rendimientos para este tipo de recursos. La Afore lo que hace es llevar el registro de los saldos y rendimientos para mantener sus clientes debidamente informados.

Finalmente, ¿qué recomendarías a los trabajadores que están próximos por jubilarse?

Que se acerquen a la Afore y que revisen que su Número de Seguridad Social y demás datos personales se encuentren en orden para no tener que realizar trámites que puedan retrasar la obtención de su pensión.

Bio Victor Manuel Baena

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402 Comentarios »

  1. ENRIQUE 30/Sep/2014 en 12:26 pm - Responder

    Mi HIJO fallecio y yo soy su beneficiario y el aforé principal me pide una resolución o negativa para darme el dinero que mi hijo tenia ahorrado, la situacion es que el imss me va a dar una pension y tengo entendido que me quitaran lo del afore que mi hijo tenia ahorrado, son aprox 162,000 mil pesos, dos preguntas: Que porcentaje me regresan del afore???? y de cuanto sera mi pension y por cuanto tiempo???

    • Mauricio Priego 02/Oct/2014 en 6:19 am - Responder

      Enrique, lamento lo ocurrido con tu hijo.
      Ruego a Dios por él y por ustedes para que salgan adelante y unidos en su ausencia.

      Respecto a tu inquietud, no logro vislumbrar el caso completo… ¿La pensión que te van a dar es por parte de tu hijo? Es decir, ¿eras su dependiente económico de manera que te van a dar una pensión para tu manutención?

      De ser este el caso, lo que te están diciendo es lo correcto: El dinero ahorrado por tu hijo no te lo entregan ya que sirve para fondear la pensión que te van a dar por el resto de tu vida. Desconozco cuantos años tienes, pero si consideramos que es por el resto de tu vida, es muy probable que al final recibar mucho más de lo que ahorró tu hijo.

      Recibe un cordial saludo.

  2. monica 29/Sep/2014 en 8:43 am - Responder

    Hola Mauricio me van a dar na pension por riesgo de trabajo de 35% me preguntaron q si qeria el monto o en mensualidades y escogi mensualidades pero ahora m pregntan quien m la va dar q si el imss o un banco y no se q contestar si m puedes ayudar gracias

    • Mauricio Priego 29/Sep/2014 en 9:42 am - Responder

      Hola Mónica, buenos días.
      El importe no va a variar porque selecciones que te entreguen tu dinero en el banco o en el IMSS. Donde está la diferencia es en la facilidad para acceder a tu dinero: si te lo da el banco lo cobras en las sucursales de ese banco mientras que en el IMSS tienes que ir a la oficina que te corresponde.
      Por facilidad y versatilidad, en lo personal me parece más conveniente el banco…
      ¿Tú qué opinas?

      • monica 04/Oct/2014 en 9:38 pm - Responder

        Muchisimas gracias por tu asesoria y si yo tambien pense en el banco y asi lo elegi y de nuevo gracias..

  3. Maria antonia medina 25/Sep/2014 en 9:33 am - Responder

    Buen dia, Mauricio y gracias por tu sencillez y brindarme la confianza,te informo que tuve 422 dias incapacitada, el 21 de agosto fue el ultimo dia de incapacidad,, a mis 47 años puedo junilarme anticipadamente? Pero dices que no me conviene por mi edad o porque me pagarian menos?, el dr. De medicina de trabajo no me informo sobre que porcentaje me podrian dar, solo me dijo que debido a que mis hernias no son quirurgicas, solicitaria me pension por invalidez, el neurocirujano me envio a la clinica del dolor a Cd Obregon, cita que aun no me han dado, aunque esta en tramite por el imss, gracias por tu informacion me ayuda bastante sicologicamente por mis dudas que has ido despejando

    • Mauricio Priego 27/Sep/2014 en 11:13 pm - Responder

      Buenas noches María, me alegra saber que te es de utilidad nuestra conversación.

      ¿Sabes qué podrías hacer? Llama al 01800 de tu AFORE, explicales tu situación y solicita que te hagan el cálculo de cuánto te correspondería de pensión. Este es uno de los servicios que te presta tu AFORE.
      De esta manera tendrías el número frío y podrías tomar una decisión informada ¿Qué te parece?
      Que descanses y feliz domingo 🙂

  4. Maria antonia medina 23/Sep/2014 en 12:03 pm - Responder

    Hola lic. Buen dia,
    Tomare en cuenta su sugerencia para acudir a un quiropractico, en realidad es muy dificil llevar una vida asi en mis condiciones…gracias, tambien
    Le agradezco mucho su respuesta inmediata a mis dudas, entonces si me invalidan temporalmente, en mi trabajo no me pueden dar de baja.? Osea, aun quedo activa mientras dure mi pension temporal? O definitivamente quedo automaticamente dada de baja por la pension temporal? Durante mi pension que beneficios economicos tendria en mi afore?

    • Mauricio Priego 24/Sep/2014 en 12:23 pm - Responder

      Hola nuevamente María.
      Sólo un favor: llámame Mauricio, los títulos se los dejo a la nobleza, y pues nuestro país no tiene monarquía 😛

      Por invalidez temporal no pueden darte de baja a menos que el doctor certifique que es mayor al 50%. Lo que sí podría pasar es que si se extienda mucho el tiempo, tu patrón te «invite» a jubilarte de forma anticipada, lo cual claramente no te conviene y no puede obligarte a hacerlo.

      Respecto a los beneficios de la AFORE, no hay uno específico para el caso de invalidez temporal, aunque si realizaste aportaciones voluntarias hace más de seis meses podrías retirar ese dinero. ¿Cuánto tiempo de incapacidad está calculando el médico que vas a requerir? ¿Te van a operar de las hernias discales?

  5. Maria antonia medina 22/Sep/2014 en 11:08 pm - Responder

    Buenas noches, el 21 de agosto el imss tramitó mi pension por invalidez y ya no me dieron incapacidad, mi duda es saber que pasara en mi trabajo si ya no estoy activa como empleada por no llevar una incapacidad que justifique mi ausencia? Tengo credito infonavit, este mes ya no pude pagarlo yo directamente por no tener ingresos por la incapacidad, no se si la empresa siga pagando el impuesto del 5% de la mantenimiento de infonavit, a la fecha en medicina de trabajo me dicen que en un mes mas daran el dictamen de mi pension, mi problema de salud es cronico ya que tengo 3 hernias en l1, L2, l3 y s5 y nervio comprimido, con dolor muscular de nervio ciatico, soy secretaria telefonica con jornada de 8 hras y mi posicion en casa varia de estar en cama, levantarme. Al reclinable camino con baston el dolor no se me quita con medicamentos administrados por especialistas, ….mil gracias por su atencion, espero su respuesta

    • Mauricio Priego 23/Sep/2014 en 5:57 am - Responder

      Buenos días María.
      Lamento escuchar del problema que tienes. El pasado mes de junio sufrí de la compresión de la L5 y comprendo el dolor del que hablas. Fueron 15 días de incapacidad debido a un dolor continuo las 24 horas que las medicinas más servían para tratar de distraerme que para aliviarme. ¿Sabes qué me ayudó y mucho? Fui con un quiropráctico y llevé durante dos meses a fisioterapia tres veces por semana, y actualmente voy una vez por semana. Adicionalmente me compré una almohada lumbar que me acompaña a casi todos lados. ¿Resultado? Estoy recuperado en un 90-95%… Me dicen los doctores que ya no volveré a estar al 100% y me lo recuerda la espalda si paso muchas horas sentado o hago mucho esfuerzo físico, pero en términos generales podría decir que ya retomé mi vida normal.

      Respecto a tu inquietud… Si tu incapacidad es total y permanente, entonces ya no puedes seguir trabajando, cuando menos no oficialmente ante el IMSS. Precisamente por ello te pagan una pensión. Respecto al INFONAVIT, junto con tu crédito has estado pagando un seguro que cubre el que sea saldado tu crédito en caso de incapacidad permanente. Este es un estracto de la ley del INFONAVIT al respecto:

      Adicionalmente, se contemplan otros dos supuestos condicionados:
      1. Los casos de incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea del 50% o más, o
      2. Invalidez definitiva, en los términos de la Ley del Seguro Social.
      En estos dos supuestos, la condición es que no sea sujeto de una nueva relación de trabajo por un período mínimo de dos años.
      Durante el lapso de dos años, gozará de una prórroga, sin causa de intereses, para el pago de su crédito.

      Confío que esta información te sea de utilidad.
      Mis mejores deseos para que superes este bache de la mejor manera 😉

  6. gabriela partida 15/Sep/2014 en 9:11 am - Responder

    lic. Mauricio mi pregunta es la siguiente .

    desde hace casi 2 años tengo una pension de invalidez temporal debido a tuve una accidente cerebrovascular (embolia) dentro de unos dias tendre mi valoracion en medicina de trabajo para determinar si me la dan ya permanente.( mi medico me dice que es un hecho que me la den permanente) ya que mi enfermedad es cronica y con secuelas (perdi mi fuerza en lado derecho las cuales quedaron con secuelas y no puedo escribir y fui secretaria ) tengo un credito infonavit vigente que saque 4 años antes de mi enfermedad el cual en mi copia de escritura mi esposo firmo como aval solidario mi pregunta es me iran a liberar el credito de infonvit llegandome la pension permanente mi pension es de 58 % y elegire la ley 73 para pensionarme y que parte de mi afore me entregaran? por su atencion mil gracias mi edad es de 42 años

    • Mauricio Priego 15/Sep/2014 en 12:27 pm - Responder

      Hola Gabriela, buenas tardes.

      Lamento que la embolia te haya dejado secuelas, aunque es de señalar tu actitud positiva en cuanto a salir adelante. Te felicito por ello, ya que eres un ejemplo a seguir para la comunidad.

      Respecto a tu inquietud, la buena noticia es que por invalidez definitiva el INFONAVIT te libera la hipoteca, debiendo realizar el trámite directamente en el instituto (puedes encontrar más información a través de esta liga). Finalmente, lo que te deben de entregar en una sola exhibición es el saldo que tengas en las subcuentas Ahorro para el retiro 92 y 97 y Ahorro para vivienda 92 y 97, así como el ahorro voluntario que hubieses depositado. (NOTA: Los fondos del ahorro para la vivienda se tramitan con el INFONAVIT).

      ¡Éxito!

  7. Sergio Barajas Larios 10/Sep/2014 en 11:38 am - Responder

    Hola Mauricio: Mi problema radica en que he consultado varias personas y nadie, hasta ahorita, me ha dejado satisfecho. Va la duda…
    Llevo 638 semanas cotizadas hasta hoy…en octubre del 2011 dejé de cotizar en el IMSS porque cerró la empresa donde trabajaba y a partir del 15 de diciembre del 2011 pago seguro voluntario como si ganara 1,000.00 diarios, o sea 30,000.00 mensuales. cuando cumpla los 60 años habré cotizado 800 semanas aproximadamente y en diciembre del 2016 los 5 años con ese sueldo de 30,000.00 mensuales…con esta información me podrías decir con cuánto me voy a jubilar? En el Afore XXI Banorte tengo 167,906.42.

    • Sergio Barajas Larios 24/Sep/2014 en 4:53 pm - Responder

      Hola Mauricio, buenas tardes: Mi problema radica en que he consultado a varias personas, Afores, etcétera y nadie, hasta ahorita, me ha dejado satisfecho con la previsión de mi futura jubilación. Va la duda…
      Llevo 679 semanas cotizadas hasta hoy y este 20 de septiembre cumplí los 58 años…en octubre del 2011 dejé de cotizar en el IMSS porque cerró la empresa donde trabajaba y a partir del 15 de diciembre del 2011 pago seguro voluntario de 3,123.25 pesos como si ganara 1,000.00 diarios, o sea 30,000.00 mensuales. Cuando cumpla los 60 años 6 meses más 1 día habré cotizado 830 semanas aproximadamente para brincarle al 80% de lo que me toca de jubilación. En diciembre del 2016 cumpliré los 5 años cotizando los 1,000.00 pesos ininterrumpidamente…
      Se preguntarán por qué llevo tan poquitas semanas cotizadas…pues resulta que en el 79 trabajé algunos meses, luego en el 81 trabajé pasadito de un año y en 84 volví a cotizar más de un año y a partir de septiembre de 2003 y hasta octubre de 2011 fue ininterrumpida.
      Con esta información me podrías decir con cuánto me voy a jubilar? En el Afore XXI Banorte tengo ahorrados 167,906.40 pesos.

      • Mauricio Priego 25/Sep/2014 en 5:45 am - Responder

        Hola Sergio, buenos días.

        Te tengo una buena noticia: Publicamos hace poco una calculadora precisamente para calcular cuál sería el monto aproximado que te corresponde de pensión, la cual ha dado resultados bastante certeros según la propia experiencia de otros lectores. Esta es la liga para que puedas descargarla: Calculadora para determinar el monto de tu pensión (Ley 73).

        Si después de utilizarla te quedase alguna inquietud, con gusto seguimos conversando 😉
        ¡Éxito!

  8. Lupita Ruiz 09/Sep/2014 en 9:51 am - Responder

    buenos días Lic Mauricio! tengo 62 años y medio, estoy con la intensión de tramitar mi pensión, pero tengo un sueldo registrado ante el Imss de aprox de $4000, tengo también un credito infonavit, ya estaba integrando mis documentos para hacerlo, pero solo me detuvo el consejo de una persona, que de acuerdo a mi contrato Infonavit podría babjar por un mes o dos el salario diario para que bajara el monto a pagar mensual, ya que del 25% que pago actual, se incrementaría al 35% haciéndolo por mi cuenta, de acuerdo al monto de la pensión.
    pero mi patrón me está proponiendo apoyarme y que siga cotizando para alcanzar una pensión más alta, pero como solo serían 2 y medio años más, ignoro si esto es posible, tal vez usted me pudiera asesorar si debo o no hacerlo y de que forma. mucho le agradeceré su información. no puedo hacerlo por la modalidad 40 porque me quedaría sin asistencia medica y tengo a mi esposo enfermo de fibrosis pulmonar y depende todo el día de oxígeno y medicamentos que me proporciona el Imss. gracias por su atención.

    • Mauricio Priego 10/Sep/2014 en 5:56 am - Responder

      Buenos días Lupita.

      Mi opinión es que aceptes el apoyo de tu patrón (una buena persona desde que se involucró para apoyarte), ya que de pensionarte en este momento sólo recibirías un porcentaje de tu pensión lo cual les afectaría en el día a día a ti y a tu esposo. Es a partir de los 65 años cuando recibes el 100%.

      Mis mejores deseos para que tu esposo logre sobrellevar su enfermedad permitiéndoles a ambos disfrutar de la nueva etapa de la vida a la cual están entrando.

  9. juan manuel valle aguilar 03/Sep/2014 en 6:24 pm - Responder

    Lic. se me olvidó comentarle que en mayo de este año cumplí 60 años, adicionalmente me estoy tratando en el imss de cáncer de pulmón.

    gracias y saludos

    • Mauricio Priego 04/Sep/2014 en 5:54 am - Responder

      Buenos días Juan Manuel.

      Tristemente es común que el IMSS reporte semanas perdidas de los trabajadores de cuando se llevaban archivos físicos, siendo que el trabajador tiene que demostrar documentalmente las semanas que realmente cotizó. Ahora bien, esto no debiera afectarte porque 30 años de trabajo representan 1,560 semanas… Y el IMSS reconoce más de esa cantidad 😉

      ¿Cuánto deberías recibir? Para tener una idea aproximada te recomiendo usar la calculadora que encuentras en esta liga: Calculadora para determinar el monto de tu pensión (Ley 73). De cualquier modo Principal debiera asesorarte al respecto.

      Mis mejores deseos para tu pronta recuperación 😉
      ¡Éxito!

  10. juan manuel valle aguilar 03/Sep/2014 en 6:20 pm - Responder

    Lic. le comento que entre a trabajar en 1973 pero las cotizaciones de mis patrones durante los 10 primeros años se hacían manualmente y únicamente me reconoce el imss las cotizaciones electrónicas de 1600 semanas, (YA NO TENGO LAS HOJAS ROSAS DE ESTOS AÑOS) ¿esto afecta a mi pensión? ya que para este lunes 8 de septiembre 2014 me entregan mi resolución mi sueldo de los últimos 5 años era de $17,000.00 además estoy anotando a mi esposa y a una hija menor de edad que está estudiando ¿Cuánto me tocaría de pensión y en el afore tengo 380,000.00 que porcentaje me debe de entregar principal.
    disculpe la premura pero apenas entre a esta pagina que está muy interesante. gracias

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