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La Reforma Fiscal, ¿Cómo me afecta?

Mauricio Priego 18/Nov/2013 274

La Reforma Fiscal, ¿cómo te afecta?Por fin la Reforma Fiscal se autorizó hace unos días. Como muchos temíamos, lejos de ser una verdadera reforma donde se incrementara la base de los contribuyentes, que incentivara a la formalidad, que fomentara el crecimiento económico del país, en realidad es un fuerte incremento impositivo a los contribuyentes cautivos, así sean trabajadores, emprendedores o dueños de pequeños negocios, como a las empresas y corporaciones. Diferentes analistas hablan que los ciudadanos veremos reducido entre un 10 y un 15% nuestro poder adquisitivo – adicionalmente al efecto producido por la inflación -, y grandes empresas han expresado que tendrán que frenar sus planes de expansión (los cuales generarían empleos y activarían la economía en la zona donde se iban a ubicar) para poder absorber el nuevo costo fiscal sin afectar a sus empleados.




Pero, ¿qué cambió? ¿Qué cambios nos afectan directamente? Y de ser así, ¿cómo nos afectan? La respuesta a esas preguntas es lo que quisiera compartir con ustedes hoy enfocándome en las personas físicas (en el caso de las personas morales hay demasiadas características particulares dependiendo del giro y tamaño de la empresa).

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(Si no se despliega la presentación o si recibes este artículo por correo, puedes acceder directamente a la presentación a través de esta liga: http://www.slideshare.net/slideshow/embed_code/28312109)

Definitivamente hay mucho qué discutir, muchos puntos que se podrían debatir (y que deberían haber debatido diputados y senadores en lugar de defender sus posiciones e intereses políticos… como siempre). Mas por el momento quisiera ser lo más objetivo posible señalando los cambios y sus efectos sin mezclarlos con mis opiniones personales. La próxima semana compartiré con ustedes mi opinión y análisis. Hasta entonces…

¡Éxito!

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274 Comentarios »

  1. Deisy Paz Villafuerte 29/May/2014 en 6:48 pm - Responder

    Hola: Mauricio

    Mi pregunta no es de fiscal, pero al leer tu pagina me he podido dar cuanta de tus amplios conocimientos de fiscal y de tu calidad humana me atrevo a preguntar, yo soy contadora publica y no estoy actualizada fiscalmente, la verdad es que ya no me dan trabajo por mi edad y he decidido llevar contabilidades pero no se por donde empezar tu me puedes orientar por favor

  2. Humberto Vazquez Martinez 29/May/2014 en 3:41 pm - Responder

    Agradecere tu comentario, mi pregunta es esta, como sera el procedimiento cuando al emitir un cheque para fondo fijo el cual sale a nombre de la persona encargada de los gastos menores siendo esta asalariada y hacienda lo considere como otro ingreso puesto que sale a su nombre y claro esta no lo utiliza para su beneficio, otro caso seria cuando se emite un cheque para viaticos al igual no es un ingreso extraordinario.

    gracias de antemano por tu atencion

  3. Araceli Muro de la Torre 22/May/2014 en 3:14 pm - Responder

    Buenas tardes licenciado, estoy en el nuevo regimen de incorporacion fiscal, quisiera saber si necesariamente tengo que manejar una cuenta fiscal para mi negocio, ya que tengo que pagar mis gastos mayores a 2000 con cheque, y si al momento de abrirla tengo que depositar todas mis ventas mensuales, digo para cubrir mis gastos mayores a 2000, y otra pregunta si mis gastos con menos de 2000 al final de mes los juntaria y haria una reposicion de cheque?
    Gracias Licenciado son tres preguntas de las cuales tengo duda.
    Gracias por su respuesta.

    • Mauricio Priego 23/May/2014 en 9:57 am - Responder

      Buenos días Araceli, y mucho gusto. Puedes decirme Mauricio 😉

      En general en tu cuenta fiscal debieras depositar todos tus ingresos y desde ella realizar todos tus pagos. Mas allá de los temas fiscales, esto te da un mayor control de tus ingresos, de tus gastos y te facilita la administración de los recursos. Y claro está, es requisito para poder hacer en deducibles tus gastos (aún que en el primer año estés exenta del pago de impuestos, es importante que declares tus gastos).

      Tengo un artículo que considero podría serte de utilidad: ¿Es conveniente depositar los ingresos de mi negocio en mi cuenta bancaria?

      Sugeriría lo leas, y cualquier duda, con gusto continuamos conversando 😉

      ¡Éxito!

  4. Ismael 21/May/2014 en 8:40 am - Responder

    Una pregunta puedo trabajar como empleado aun que tenga unregimen fiscal como artista? O tengo que cambiar a asalariado? Soy musico y tambien necesito un trabajo formal. Me puedes orientar. Gracias.

    • Mauricio Priego 22/May/2014 en 8:39 am - Responder

      Buenos días Ismael.
      Necesitas incrementar tus actividades incluyendo el régimen de Sueldos y Salarios, teniendo la obligación de presentar tu propia declaración anual. Para esto último recuerda que puedes deducir diferentes gastos personales para así pagar el menor impuesto posible a Hacienda… y por qué no, de ser el caso, poder recuperar impuestos. Sobre qué gastos puedes deducir te recomiendo este artículo: ¿Podemos los empleados deducir impuestos?

  5. Ale 15/May/2014 en 11:43 pm - Responder

    Hola Mauricio.
    No se si me podrías ayudar a plantear una estrategia fiscal, preferentemente del RIF, es con fines académicos.
    Gracias

    • Mauricio Priego 17/May/2014 en 1:07 pm - Responder

      Ale, buenas tardes.
      No alcancé a comprender qué necesitas exactamente… ¿Das clases y quisieras presentarle la estrategia a tus alumnos como ejemplo? ¿O es que quieres analizar como aplicarlo a tu caso en particular?

      • Ale 17/May/2014 en 9:40 pm - Responder

        No doy clases, en realidad soy estudiante. Debo formular una estrategia pero mi creatividad fiscal aún no es muy buena, tengo una idea relacionada con los donativos pero la siento un tanto débil.

        • Mauricio Priego 18/May/2014 en 12:47 pm - Responder

          Ok… Ale, el RIF por sí solo es una estrategia fiscal, en el sentido que una persona que se registra bajo ese régimen tiene el beneficio de no pagar impuestos de ningún tipo durante el primer año, del 10% de lo que debiera pagar el segundo, del 20% el tercero y así sucesivamente hasta el 10mo año donde ya se paga el 100% de los impuestos.

          Aquí lo importante es identificar si tu «cliente» es sujeto a estar en el RIF o no. El RIF es para actividades que no requieran conocimientos profesionales y que tampoco generen ingresos por concepto de comisiones (aquí hay algunos porcentajes que hay que tomar en cuenta). El secreto realmente está en los conceptos que facturaría tu «cliente» a sus propios clientes.

          Por tanto, para armar la estrategia, debes determinar el giro a que se dedica tu cliente e indicar los conceptos de facturación que no puede utilizar. Adicionalmente, y como asesor fiscal, le debes indicar los compromisos que tiene, como por ejemplo declarar sus ingresos y gastos de forma bimestral, así como los riesgos, como por ejemplo que si gana cierta cantidad de comisiones pero rebasa cierto límite, tiene que pagar impuestos por todos los ingresos anteriormente generados durante el año fiscal.

          Y por último, aún que esté libre de impuestos el primer año, debieras indicarle cuáles son los gastos que puede deducir tanto por su actividad, como los que tiene derecho como persona física.

          Espero haber sido claro con el bosquejo de cómo se realiza una estrategia fiscal 😉

          Cualquier duda o inquietud, aquí seguimos… Y de ser posible, cuando concluyas tu trabajo y te hayan dado tu calificación, compártenos tu ejercicio. Será un placer revisarlo contigo y compartir experiencias 😀

          ¡Éxito!

  6. lyn magaña 29/Abr/2014 en 2:10 pm - Responder

    Hola:
    Primeri que nada te felicito por darte este tiempo para aclarar todas las dudas de personas como yo que no conocemos mucho del tema. Mi pregunta es la siguiente:
    Hace 3 años me du de alta en hacienda bajo el regimen de sueldos y salarios e ingresos asimilados a aslariados; pero no he laborado ya que me encuentro en lista de espera del colegio de bachilleres, ahora quiero abrir una cuenta de ahorro pero no se si hacienda pueda hacer uso de esa cuenta. Te agradecere muchisimo el que me pudieraa resolver esta duda. De antemano muchas gracias

    • Mauricio Priego 30/Abr/2014 en 8:19 am - Responder

      Hola Lyn, muchas gracias por el valor que das a nuestro esfuerzo. Saber que te es de utilidad es nuestra mejor recompensa 🙂

      De inicio no hay nada de lo que tengas por qué preocuparte, siempre que no vayas a realizar depósitos importantes en esas cuentas ya que entonces podrías llamar la atención del fisco el cual te podría inquerir sobre el origen de esos recursos. NOTA: Si es dinero que te dan tus papás o tu cónyuge – si lo tienes – tampoco tienes problemas siempre que tengas algunos cuidados, los cuales puedes leer en el artículo ¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

      ¡Éxito!

  7. Eduardo 25/Abr/2014 en 3:04 pm - Responder

    Antes que nada te felicito por la labor que desarrollas, y te comento lo siguiente:

    Estoy dado de alta en el sat como persona física con actividad empresarial y profesional. Un ingreso lo tengo por parte de dos universidades de las que soy docente hora clase, por lo que expido recibos de honorarios mas o menos ingresan por este concepto unos $10,000.00 al mes, Tengo un trabajador dado de alta ante el SAT y el IMSS, ya que es necesario para desarrollar mi labor, sin embargo en mi actividad empresarial pocas personas me piden factura y es ahí donde tengo problemas, ya que para poder compensar los gastos, tengo que depositar alrededor de $8,000 a $10,000 al mes a mi cuenta bancaria que es la que manejo.
    el problema es que no puedo dar facturas al «publico en general».
    El dinero que deposito en la cuenta bancaria se esta considerando como ingreso y se paga el ISR respectivo, pero ¿Qué debo de hacer? ¿Es lo correcto o existe otro camino para hacerlo de la manera más correcta para el fisco?
    Espero me puedas ayudar, ya que soy arquitecto y de finanzas se muy poco….
    SALUDOS

  8. Elvy Munguia 25/Abr/2014 en 10:11 am - Responder

    Hola, mi pregunta es, he estado trabajando por 4 años en una A.C. sin contrato, me pagan 8000 pesos al mes con cheque a mi nombre, no me han dado las prestaciones de ley porque la A.C. no reúne dinero suficiente para hacerlo y nos han llevado con la idea de que pronto nos darán todas esas prestaciones, en fin, ahora con la reforma fiscal y como se supone que la nómina no será deducible, el mayor gasto de la empresa es la nómina, por lo cual el contador propuso que ahora los empleados nos demos de alta en hacienda con incorporación fiscal y que digamos que somos algo de transportistas, para librar impuestos y todo eso, nuestro jefa quiere que hagamos eso y ella nos pagará las prestaciones de manera voluntaria, para no hacer mas largo el asunto, quiere cambiar nuestro regimen porque no conviene a la empresa pagar mucho impuesto, tememos por la antiguedad, porque ahora ya no somos parte de la empresa sino trabajadores independientes que tienen que facturar, no queremos ese cambio pero si no lo hacemos la empresa puede no tener lo suficiente para pagar, que recomienda?

  9. Hector Toledo 21/Abr/2014 en 5:37 pm - Responder

    Hola Buenas Tardes, quisiera solicitarles su apoyo para aclarar las dudas que tengo en lo siguiente con relacion a la nueva reforma fiscal:

    soy empleado con regimen asalariado, pero estoy por emprender una empresa con Sociead Anonima, para esto sere socio de la empresa y mi RFC se utilizaria para darla de alta junto con el de los otros socios, lo que desconozco es:

    1.-Me afecta en algo como persona fisica??? es decir como que me cambien el regimen por ser socio de esta empresa que esta por crearse?, o tengo que hacer algo yo??

    2.-el calculo de impuestos es independiente de lo que percibo como empleado a lo que genere la empresa?? es decir lo de empleado seguira pagando los mismos impuestos o subira el pago de impuesto por lo que genere la empresa? se hacen juntos o por separado con sus propias reglas??, lo que pasa es que la empresa es en un plan a 3 años de no tocar la inversion y quisiera saber si con que la empresa pague sus impuestos , no repercute en la forma en que se calculan mis impuestos sobre mi percepcion salarial.

    3.- que beneficios podria perder o ganar IMSS, prestaciones etc??

    de antemo les agradezco su tiempo y atencion.

    saludos.

    • Mauricio Priego 22/Abr/2014 en 9:29 am - Responder

      Hola Héctor, buenos días.

      Te felicito por tu interés de hacer empresa. Emprendedores es lo que en realidad necesita el país para salir adelante y llegar hasta donde nuestro potencial nos permita 😀

      No vas a ver afectado en nada tus derechos y obligaciones como persona física al participar con la SA. Lo que sucede es que adquieres obligaciones nuevas como realizar tu declaración anual y reportar mensualmente los dividendos que te pague la empresa. Lo más recomendable es que busques la asesoría de un contador de tu confianza para que te ayude con el tema fiscal.

      Éxito en tus proyectos

  10. Marisol 21/Abr/2014 en 11:47 am - Responder

    Hola Mauricio, mi pregunta es. No estoy dada de alta en hacienda, empece mi primer trabajo hace año y medio, soy arquitecta, trabajo en una constructora. Recibo un sueldo de 12 mil pesos al mes, el año pesado me depositaban todo a mi cuenta personal, que he tenido desde que estaba en la universidad. Desde este año me depositan una parte como de 2600 quincenal a una cuenta de nomina de otro banco, esta cantidad es con lo que estoy registrada en el IMSS. El resto de mi sueldo real va a mi otra cuenta. He ahorrado como 20 mil pesos en una cuenta y 15 mil en otra. Lo cual lo quiero para comprar un coche. Tendre problemas si no me doy de alta en hacienda? Todos los arquitectos dibujantes que conozco no se dan de alta y no recomiendan que lo haga. Entonces que debo hacer?

    • Mauricio Priego 22/Abr/2014 en 8:45 am - Responder

      Hola Marisol.

      ¿Has oído hablar de la Ruleta Rusa? Bueno, pues con Hacienda sucede lo mismo. Podrán haber 10 personas tirando del gatillo, pero si tienes la mala suerte que en tu turno quede la bala, bueno, pues tus otros 10 amigos no harán más que lamentarse y ser condescendientes contigo.

      ¿Puedes tener problemas por no declarar todos tus ingresos? La cantidad que recibes en tu otra cuenta es baja (menor a 15 mil pesos al mes), por lo que la probabilidad de que Hacienda te requiera es baja… Pero no deja de existir la posibilidad. La compra del auto por sí sola tampoco incrementa el riesgo.

      ¿Qué hacer? Evalúa el riesgo y toma tu propia decisión. Cualquiera que ésta fuese, si la tomas de forma consciente será tu mejor decisión 😉

      ¡Éxito!

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