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La Refriega Fiscal, análisis de un contribuyente cautivo

Mauricio Priego 25/Nov/2013 61

Reforma Fiscal - Mi OpiniónLa semana pasada compartí con ustedes los principales puntos en que la Reforma Fiscal afecta a las personas físicas. En esa oportunidad fui lo más objetivo posible omitiendo mi opinión personal… Pero en esta ocasión la compartiré con ustedes ¡porque hay mucho para analizar y discutir! El Presidente Peña Nieto se vanagloriaba hace unos días de que el del 2014 es el presupuesto más grande de la historia de nuestro país, un eufemismo para decir que será la mayor recaudación fiscal a costa de nosotros, los mismos contribuyentes cautivos de siempre, ya que la famosa «reforma» ni contempló mecanismos para ampliar la base de contribuyentes, ni fomenta la participación del contribuyente, ni es estricta en cuanto a fincar responsabilidades del mal uso que se de a los recursos obtenidos a través de la recaudación fiscal. Juzguen ustedes mismos…




Empecemos por mi favorita: La Discrepancia Fiscal.

Veamos el caso: Pepe compra $1000 en medicinas con su tarjeta de crédito, para lo cual pide factura ya que solicitará su devolución a su aseguradora. Mete la solicitud de reembolso y le depositan en su cuenta de ahorro el importe de las medicinas, retirando su dinero a través de cajero automático para pagar su tarjeta de crédito.

Según la «Reforma», Pepe tuvo $1000 facturados + $1000 depositados en su cuenta de ahorro + $1000 pagados a su tarjeta de crédito = ¡$3000 que Pepe tiene que demostrar que no fue un ingreso!

Veamos otro caso: Un familiar cercano solicita a Toño que le preste su tarjeta de crédito ya que quisiera aprovechar una promoción para comprar un televisor de $5000 a meses sin intereses. A lo largo del año el familiar paga puntualmente la televisión… Pero ante Hacienda Toño tuvo un gasto, que de exceder sus ingresos (recordemos lo pagó un familiar), le generará impuestos si no puede demostrar que no fue un ingreso.

¿Y las personas que le depositan a un familiar para apoyarlo en época de vacas flacas? En este caso el peligro es que Hacienda requiera al familiar para el pago de impuestos de los cuales no puede demostrar su ingreso.

Entonces, ¿qué es la Discrepancia Fiscal?

En esencia es que Hacienda podrá pedir a los bancos cuánto has depositado en tus cuentas de ahorro e inversión, y cuánto has pagado a tus tarjetas de crédito. Entonces sumará todos esos importes junto con el total de gastos que declaró el contribuyente y, si la cantidad es mayor a los ingresos que hubiese declarado, entonces la diferencia se considerará un ingreso no reportado del cual te requerirá el pago de impuestos.

¿Te imaginas? Por cinco años tendremos que guardar todo comprobante y estado de cuenta para poder demostrar que un depósito en tu cuenta de inversión provino de un retiro de tu cuenta de ahorro y no de un ingreso adicional. Y con los millones de operaciones que se realizan al día, ¡será una locura!

Pero, ¿Se incrementó la base fiscal? Yo diría que no, porque no se exige estar dado de alta ante Hacienda para abrir una cuenta de ahorro. ¿Se incentivó la participación fiscal? Más bien creo que desestima el uso de los servicios financieros para evitar ser detectados por Hacienda…

Otra «clásica»: Impuesto de $1 por la venta de bebidas azucaradas.

Gracias a este impuesto, por un refresco de 600ml (medida estándar en refrescos para consumo personal) se nos cobrarán 60 centavos adicionales… Cantidad que actualmente puede llegar a ser la diferencia de precio de ese mismo refresco entre una tienda y otra, con lo cual podemos afirmar que la cantidad no es significativa. Y si no es significativa, ¿cómo pretenden desanimar con ella el consumo de refrescos?

Por tanto podemos afirmar que el tema de la salud no pasa de eso: de ser un buen deseo, siendo la realidad que México es el país número uno del mundo en consumo de refrescos… Con ello me atrevo a afirmar que el verdadero motivo, ¡es incrementar la recaudación!

(Y nota: no afecta sólo a refrescos sino también a las aguas naturales endulzadas con azúcar: Naranjada, Limonada, agua de melón, horchata, etc…)

¿Y qué pasó con los alimentos chatarra?

De entrada la ley habla de «alimentos no básicos de alto contenido calórico«. El chicharrón es de alto contenido calórico, pero ¿es considerado básico? Recordemos que algunas marcas de botanas lo venden ya empaquetado.

Ahora bien, el impuesto es de 8%, es decir, por unas papitas de 10 pesos se pagarán  80 centavos de más… ¡nuevamente mucho menos de la variación que vemos de una tienda a otra!  Y por tanto, nuevamente el tema de combatir la obesidad no es el objetivo de fondo en esta reforma.

Eliminación de la franquicia por productos adicionales a tu equipaje personal al ingresar al país en vuelos internacionales, impuesto adicional a la gasolina y los demás combustibles fósiles… ¡En verdad será la mayor recaudación de la historia!

Pero… ¿Para qué? ¿Todo ese dinero se utilizará para el crecimiento y bienestar del país o se quedarán los políticos con una muy buena tajada utilizando el «excedente» para hacer algunas obras y financiar algunos proyectos de manera que no podamos decir que no hicieron nada?

Recordemos que es reconocido que el presupuesto 2013 fue subejercido, es decir, que no se gastó todo lo que se tenía en lo que se debería haber gastado, al grado de que EPN puso al país al borde de la recesión. (Para quien lo dude, vea la siguiente gráfica);

Producto Interno Bruto 2013 Banco de México

Comparativo del Producto Interno Bruto de México – Fuente Banxico

Lo más frustrante es que el poder legislativo, en lugar de exigir con el mayor detalle dónde quedó ése dinero como requisito para autorizar la ley de ingresos 2014, se metieron en una discusión pre-armada sobre impuestos destinados a no prosperar como el IVA a colegiaturas. ¿O será que también reciben su rebanada de pastel? … ¡Pero claro! Si ellos se autorizan a sí mismos sus aumentos de sueldo tomando el dinero del erario público, es decir, de nuestros impuestos.

Pero, ¿qué la reforma no aporta beneficios?

Se deroga el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)… pero los bancos seguirán reportando los depósitos que al me rebasen 15 mil pesos;

Se deroga el IETU… pero este no tenía efecto alguno a empleados y profesionistas que trabajen por su cuenta;

Se crea el Régimen de Incorporación Fiscal, donde te eximen de impuestos el primer año… pero a partir del segundo pagas impuestos como todos;

Se crea el seguro de desempleo… del cual España ha demostrado que más que ayudar a personas que habiendo perdido su empleo se encuentran buscando trabajo, fomenta en haraganes ingeniosos el desarrollo de las habilidades necesarias para vivir del paro.

Se crea la incorporación a la Seguridad Social, con lo cual el contribuyente podrá obtener los servicios de la seguridad social (como el INFONAVIT) con descuentos sobre el pago de sus cuotas, así como una pensión universal para adultos mayores. De estos puntos no tengo objeción alguna.

Pero ya hable bastante yo de la Reforma… ¿Qué opinas tú de ella? ¿Cómo crees que te afecte? Déjanos tus comentarios, los cuales enriquecerán a todos aquellos que lean este artículo.

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61 Comentarios »

  1. Juan 25/Ene/2014 en 12:39 pm - Responder

    Hola Mauricio, supongo que estas reformas en cuanto a considerar como ingresos el pago a tarjetas de crédito se verá reflejada en la cancelación de las mismas poco a poco sobre todo para quienes manejan más de una, cancelar las que cobran anualidad y dejar la que no te cobran con solo usarla una vez al mes.

    Saludos y buena tarde.

    • Mauricio Priego 28/Ene/2014 en 9:41 am - Responder

      Así es Juan. De hecho, financieramente hablando no es recomendable tener muchas tarjetas de crédito tanto por las comisiones que pudieran cobrar, como por el riesgo de endeudamiento que representa cada una. La estrategia que propones se me hace muy acertada, gracias por compartirla 🙂
      ¡Éxito!

  2. Gloria 23/Ene/2014 en 12:26 pm - Responder

    hola Mauricio, me podrias dar tu num. de tel. o cel. por correo, para que me saque de algunas dudas que tegon . espero tu respuesta gracias

    • Mauricio Priego 23/Ene/2014 en 10:49 pm - Responder

      Gloria, correo con mis datos enviado 😉
      Seguimos en contacto…

  3. Roxana 22/Ene/2014 en 12:02 pm - Responder

    Hola, Mauricio, si uno es empleado de Pemex y el recibo de pago dice que nuestro salario es 9mil pero al final es de 6mil lo percibido por deducciones de impuesto y de prestamo hipotecario por el cual estamos dados de alta en hacienda y declaramos anual nos depositan directo a cuentas pero allí mismo tenemos nuestro ahorro, que tanto nos perjudica esto? me gustaria una asesoria mas a fondo de ser posible por favor.

  4. Roberto 22/Ene/2014 en 8:14 am - Responder

    Estimado Mauricio, es un gusto leer tus artículos y recomendaciones. Aunque pocos escribamos, nos sirven a todos… Mi duda es la siguiente:

    Si yo tengo mi negocio y como EJEMPLO vendo 1 millón de pesos más IVA y para eso tengo gastos y costos por 900 mil pesos más IVA, me genera una utilidad de 100 mil pesos, para eso pagaría 35 mil de impuestos aprox por ISR y también el IVA de esa utilidad. Más aún, si esos 65 mil que quedan después de imptos los saco como utilidades/dividendos, debo pagar ahora un 10% adicional por retirarlos (según la nueva reforma, y eso debido a que o porque?), los cuales deben ser retenidos por mi misma empresa para entregarlos a Hacienda. Ya después de eso, sólo quedaran 58,500 ahora ya en mi cuenta personal, libres de todo tipo de impuestos, según yo.
    Hasta aquí, el producto de mi esfuerzo y trabajo en mi negocio, me costo 42.5% de mi utilidad.

    Ahora bien, esos 58,500 los usare para pagar gastos como despensa, servicios, tv de paga, diversión, viajes, colegiaturas, útiles, seguros, comisiones bancarias, mtto de casa, mascota, etc, etc… De los cuales, gran parte de los gastos comunes llevan impuesto de 16% IVA que además, por ser personales no aplican para ser deducibles. Porque seguir pagando impuestos con dinero que se supone que ya pagó todos los impuestos habidos y por haber? Suponiendo que todos mis gastos fueran con IVA, quítale otro 16% al dinero que ya me le habían quitado un 42.5%, es correcto y así debería de ser?

    No se traduce eso a una DOBLE TRIBUTACIÓN?

    Gracias de antemano y muchas felicidades por tu blog.

    ** Mándame de favor tus datos por correo para alguna asesoría profesional futura.

    ROBERTO

    • Mauricio Priego 22/Ene/2014 en 9:02 am - Responder

      Roberto, gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo 🙂

      Si bien tu razonamiento es lógico, no está considerando un par de cosas:

      1) El IVA (Impuesto al VALOR AGREGADO) lo pagamos todos por los productos y servicios que compramos y contratamos. Personas Morales y Físicas tienen que retenerlo a sus clientes para pagarlo al fisco… Y como también sus proveedores (ojo, por los gastos y costos de operación del negocio) les retienen el IVA, entonces Hacienda contempla que se puedan deducir de ese IVA que tienen que pagar directamente a Hacienda. Los empleados no le retienen IVA a nadie, por lo que no tienen que pagarle IVA a hacienda, ya que son su proveedores los que se los retienen y se los dan al fisco.

      2) Las personas físicas (incluídos empleados) sí podemos deducir gastos como son colegiaturas, gastos médicos y dentales, lentes, gastos funerarios, inversión en fondos para el retiro, seguros de gastos médicos, etc.

      3) Si tu negocio es una persona moral, la forma correcta de pagarte es dándote de alta a tu mismo como empleado… lo cual también te permite de ducir impuestos. Aparte son la regalías, claro.

      En conclusión a lo anterior, no podemos hablar de doble tributación (según la legislación) porque una cosa son los impuestos que paga la empresa de Roberto y otra cosa son los impuestos que paga Roberto. ¿Es justo eso? En lo personal considero que nuestro sistema tributario es todo menos justo 🙁

      De cualquier modo, te agradezco tu interés y te envío mis datos de contacto por correo electrónico.

      ¡Éxito!

  5. grees lopez campos 20/Ene/2014 en 7:48 pm - Responder

    hola! Mauricio
    gracias por tu asesoria pero tengo una pregunta con la reforma fiscal a todo los ahorradores por lo que dicen nos van afectar yo tengo una cuenta en el banco auque se ahorre poco pero se va incrementado un fondo de ahorro si yo deposito en mi cuenta 3,000 pesos de ese deposito me van a cobrar el isr es que la verdad nos da panico porque no queremos nada con el fisco. me puedes ayudar aclarar mi duda…
    gracias
    saludos .

    • Mauricio Priego 21/Ene/2014 en 9:31 am - Responder

      Hola Grees!

      Si depositas mensualmente $3000 es muy poco probable que llegues a tener algún problema. ¿Motivo? Los bancos sólo tienen la obligación de reportar las cuentas que hayan recibido más de 15 mil pesos en depósitos en efectivo durante el mes, de manera que los $3000 pasarían desapercibidos.

      ¡Éxito!

  6. Gloria 14/Ene/2014 en 2:19 am - Responder

    hola Mauriio, me podrias pasar los datos de tu asesor financiero. gracias

    • Mauricio Priego 15/Ene/2014 en 8:35 am - Responder

      Hola Gloria.
      De hecho, yo soy asesor en finanzas personales 😉
      ¿Hay algo en lo que pueda servirte?

  7. nicolas 12/Ene/2014 en 5:53 am - Responder

    Buendia, Sr. Mauricio de antemano agradezco que tenga la gentileza de asesorar desinteresadamente a la gente. tengo algunas dudas y me gustaria saber su recomendacion.
    expongo mi caso:
    yo rento un pequeño local donde tengo un puesto de tacos del cual las ganancias que tengo las he ido depositando en una cuenta de ahorro y juntar para un credito de casa, deposito c/mes 15,000 en efectivo y el resto lo guardo en casa, me dan comprobante fiscal por la renta del local pero no estoy en sat, apenas hize la cita para regularizar mi situacion y estar tranquilo.
    mis dudas son:
    1-.Ahora que este dado de alta tendre problemas por la cuenta de ahorro que ya tengo la cual solo deposito nunca retiro? mi ultimo deposito fue en diciembre 15,000 en efectivo y 15,000 en cheque.
    2-. Con el dinero que tengo en efectivo en casa quiero darlo de enganche para sacar un vehiculo a credito, hay problema por eso ahora que este dado de alta como persona fisica o lo tengo que comprar antes de estar en sat? o doy el enganche con transferencia?
    3-. Ya teniendo cuenta fiscal y manejandola con un contador, podre depositar efectivo a mi cuenta de ahorro en distinto banco sin exceder de 15,000 al mes o tendre problema en sat?

  8. Amanda R. 11/Ene/2014 en 10:00 am - Responder

    Sr.Mauricio, buenos dias.
    le expongo lo siguiente esperando pueda aclarar mis dudas.
    estoy por enviar dinero (desde el extranjero) a mi mama,(ella es pensionada) a su cuenta de ahorros, para la compra de una casa, (poco mas de 300 mil), que podemos hacer para que ella justifique ese dinero (en caso de ser requerida por hacienda) obvio que no cuento con nada de recibos que justifique ese dinero, ya que ha sido fruto de mi trabajo como muchos que «brincamos el charco».
    Así mismo voy a enviar lo mismo a una sobrina (ella es estudiante, asi que no trabaja) que podemos hacer?!
    De antemano le doy las gracias, y lo felicito por su labor y el tiempo que nos dedica.

  9. Gabby 10/Ene/2014 en 3:51 am - Responder

    Felicitaciones por tu blog es de verdad excelente!! Tengo una duda soy nutrióloga antes estaba de alta en repecos pagaba bimestral $205 pesos porque la verdad sólo atiendo pacientes en mi casa no me alcanza como para pagar un local, los servicios, recepcionista, etc! Ahora se terminará repecos y no se como darme de alta como persona física pero si no gano mucho que me recomiendas y otra duda si en mis cuentas no hago depósitos que lleguen a las 15,000?! No tendré problemas con hacienda si decido seguir sin darme de alta ? Te agradezco tu atención y de verdad muchas felicidades por tu profesionalismo!

  10. Monica Perry 08/Ene/2014 en 7:05 pm - Responder

    ¡Hola Mauricio!

    Tengo una duda…la semana pasada que platicaba con una prima -que es contadora- sobre el tema de la Reforma Fiscal y anexos, me decía que los bancos reportan al sat mensualmente los saldos de las cuentas bancarias de todos sus cuenta habientes, lo cual según yo es información inexacta pues es de mi conocimienton-salvo estar en un gran error- que unicamente reportan operaciones relevantes, inusuales y sospechosas, y que apartir de este 2014 tambien reportaran los intereses pagados por cualquier tipo de inversión que tengas con el banco, pero no reportan ni saldos ni comisiones cobradas por la administración de la cuenta. ¿Es correcto?

    Gracias
    Mónica

    • Mauricio Priego 09/Ene/2014 en 8:16 am - Responder

      ¡Hola Mónica!
      Pues honestamente yo tampoco estoy enterado que se reporten los saldos como tales… Claro que sería algo muy sencillo así que es factible. Déjame averiguar y te confirmo 😉
      Recibe un fuerte abrazo

    • Mauricio Priego 10/Ene/2014 en 8:49 am - Responder

      Mónica, muy buenos días.

      Ya puedo confirmarte el dato desde fuentes internas a instituciones bancarias: Los bancos NO reporta a hacienda al final del mes los saldos de los clientes. Lo único que reportan son aquellas cuentas que hayan recibido más de 15 mil pesos en efectivo a lo largo del mes 😉

      Seguimos en contacto

      • Monica Perry 14/Ene/2014 en 9:02 pm - Responder

        Mauricio mil gracias! ¡Eres la onda! 😉

        • Mauricio Priego 15/Ene/2014 en 7:48 am - Responder

          Jajajaja ¡Gracias Mónica! Me hiciste sentir algo así como roquero de los 70s con pantalón acampando, patillas largas, bigote de mostacho, lentes negros grandes y camisa colorida 😛
          Recibe un fuerte abrazo

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