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Haz trabajar al fisco a tu favor con las Aportaciones Voluntarias a tu AFORE

Mauricio Priego 24/Sep/2013 98

Aportacion voluntaria ahorro para el retiroSeguramente sabes que tienes la posibilidad de realizar aportaciones voluntarias a tu AFORE, ya sea para ahorrar dinero para proyectos que tengas o para incrementar tu fondo para el retiro. Pero, ¿sabías que también te pueden servir para incrementar los rendimientos que obtienes por tu dinero? Y para lograrlo lo único que requieres es poner a los impuestos a trabajar a tu favor. El día de hoy platicaremos sobre esta estrategia respondiendo así a las inquietudes de Leonardo, un entusiasta lector del blog al que desde estas líneas le mando un fuerte abrazo…




La estrategia se basa en tres premisas:

a) Como empleado la empresa te retiene durante el año tu impuesto del ISR (en algunos recibos de nómina aparece como ISPT);

b) Según la ley fiscal actual, los empleados podemos deducir de impuestos las aportaciones voluntarias para el retiro en cuentas destinadas para ello (como las AFORES);

c) Solicitas durante el mes de enero a tu empresa tu Carta de Retención para realizar tu declaración fiscal a más tardar durante el mes de abril.

El funcionamiento es sencillo: Los impuestos se calculan en base al total de tus ingresos, restándose a ese total de ingresos la cantidad que hayas depositado de forma voluntaria en tu fondo para el retiro. Con este ingreso «disminuido» se recalculan los impuestos, y si resulta que el resultado del recálculo es una cantidad menor a lo que se te retuvo durante el año, ¡te regresan la diferencia! (A esto se conoce como «impuesto a favor«).

Veámoslo con un ejemplo:

Supongamos que una persona gana $5000 mensuales, con lo cual le retienen impuestos por aproximadamente $335 pesos al mes. Al final del año tendría un total de ingresos gravables (por los cuales le retienen impuestos) de $60,000 con un impuesto retenido de $4,020.

Si durante el año esta misma persona realizó aportaciones voluntarias mensuales por $500 ($6000 en un año), la cantidad gravable se reduce a $54,000 lo cual significa un impuesto total de $3,344

Ahora bien como durante el año se retuvieron a esta persona $4,020 cuando sólo se le debieron retener $3,344 tenemos que al trabajador la Secretaría de Hacienda le devolvería la diferencia: $676, es decir, un 11.26% de las aportaciones que realizó… ¡Un 11.26% adicional al rendimiento que le da su AFORE!

De esta manera no sólo tu dinero trabaja para ti a través de tu Afore, sino que a partir de una sencilla estrategia fiscal puedes recuperar parte de los impuestos que le pagas al fisco… Y si bien la explicación fue en base a un trabajador asalariado, el principio se cumple también para aquellos que trabajen por honorarios y que depositen por su cuenta en su Afore.

Para concluir, algunos puntos que es importante tomar en cuenta:

  • Puedes deducir hasta 5 veces el salario mínimo general de la zona donde vives (118,187 en las zonas «A») o el 10% de tus ingresos acumulados en el ejercicio (lo que resulte menor) – NOTA: La reforma fiscal pretende limitarlo a un máximo de 2 salarios mínimos anuales, es decir, alrededor de 47 mil pesos incluyendo cualquier otra deducción personal;
  • La devolución de los impuestos (en caso de aplicar) te la deposita directamente Hacienda en tu cuenta bancaria en los 40 días posteriores a la presentación de tu declaración anual (esto en caso de no determinar Hacienda que necesita revisar algo contigo y que tú solicites el reembolso vía depósito);
  • Puedes realizar tus aportaciones voluntarias a lo largo del año siempre que sea en días hábiles bancarios;
  • Las aportaciones no tienen que ser necesariamente periódicas ni por una misma cantidad, es decir, si quieres aprovechar tu aguinaldo o tu reparto de utilidades para realizar una aportación voluntaria grande, no hay ningún inconveniente;
  • Las reglas para retiros son las siguientes: puedes retirar cada dos meses contados a partir de tu primera aportación, o cada seis meses a partir del último retiro efectuado;
  • Si realizas retiros antes de los 65 años, considera que se te retendrán impuestos por los intereses obtenidos por tu aportación voluntaria. Este impuesto corresponde al 0.60% del capital que dio origen al rendimiento.

¡Éxito!

¿Tienes estrategias que te han dado buen resultado? ¿Tienes alguna opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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98 Comentarios »

  1. Andres Garza 20/May/2014 en 5:55 pm - Responder

    Mauricio, duda…. Si hago una aportación voluntaria no deducible puedo retirar ya sea el capital y/o el interes cada 2 o 6 meses (según como lo haya invertido) teniendo en cuenta que me quitaran el 0.60% por lo que tengo entendido, pero la duda va mas enfocada a que si hago la aportación voluntaria deducible, es posible retirar los intereses generados sin repercutir en el tema de lo deducible?

    • Mauricio Priego 22/May/2014 en 8:32 am - Responder

      Es correcto Andrés.
      Retirar dinero de tus aportación voluntaria no repercute en el tema de la deducibilidad de las aportaciones. El motivo es el siguiente: el impuesto que te quitan sobre tu retiro es precisamente una especie de «penalización fiscal» por los beneficios fiscales a los que tuviste derecho gracias al dinero que estás retirando. Y digo a los que tuviste derecho porque hay que considerar el caso de las personas que realizan aportaciones voluntarias pero no realizan su declaración y por tanto no hacen deducibles esas aportaciones.
      ¡Éxito!

  2. GABRIEL 21/Abr/2014 en 5:39 pm - Responder

    Mauricio una duda, Resulta que checo mi saldo de aportaciones voluntarias (mismas que me efectúan mediante retención en nomina con concepto de aportación complementaria afore) en la pagina de la AFORE Profuturo GNP y se encuentra clasificada como Sin beneficios fiscales, sin embargo en el estado de cuenta que me llega por correo no hacen dicha distinción y el concepto aparece como complementaria de retiro, y por teléfono un asesor de la afore me comenta que lo que aparece en la pagina como sin beneficios fiscales no es deducible pero que en mi caso como es aportación complementaria de retiro si puede deducirse, yo creo que ni el mismo se entendió y a mi me confundió. Bajo tu punto de vista, puedo utilizar las aportaciones como deducciones personales en la declaración anual?

    • Mauricio Priego 22/Abr/2014 en 9:32 am - Responder

      Gabriel, buenos días.
      Al realizar aportaciones voluntarias a tu AFORE, tienes que determinar si serán complementarias para tu retiro o no, esto debido a que puedes utilizar tu AFORE como forma de ahorro de mediano plazo para, por ejemplo, tener ahí el dinero para la universidad de tu hijo que está en preparatoria.
      Por tanto, si desde el depósito indicaste que ése dinero sería complementario para el retiro, entonces sí puedes deducirlo. En caso contrario, no.
      ¿Tienes los comprobantes de tus aportaciones voluntarias?

  3. Lorena 11/Abr/2014 en 12:34 am - Responder

    Buenas noches:
    Excelente articulo, muy completo . Gracias!!
    quisiera ver si me pueden ayudar a solventar una duda, estoy realizando una declaración anual y en mi constancia de retenciones en el campo que dice «Monto de las aportaciones voluntarias efectuadas» y «Monto de las aportaciones voluntarias deducibles para trabajadores que realizaran su declaración» tengo importes. Mi duda es, si estas aportaciones se hicieron via nomina y por eso el patron las esta reflejando en la constancia de retenciones, bastara con que esten expresadas en este documento?? o tendre que solicitar la constancia a la afore correspondiente , para efectos de aplicar la deducción correspondiente??. O acaso por ser via nomina y que están expresadas solo en la constancia de retenciones no las podre aplicar??. Honestamente es la primera vez que me topo con el llenado en estos campos y me desconcerto un poco el como manejarlo.. si pudieran ayudarme se los agradeceria mucho!!

  4. Francisco Garcia 30/Mar/2014 en 10:27 am - Responder

    Mauricio, muy oportuno tus comentarios en estos momentos que estamos en las fechas de las declaraciones fiscales. Y bueno aprovechando espero que me puedas ayudar con mis siguientes inquietudes.

    1. Tambien me gustaria tener esas opciones que mencionas de los fondos de inversion.
    2. Ver si te puedes extender en explicar en cuanto a las aportaciones voluntarias de largo plazo en cuanto a como y cuando te lo regresan. Por ejemplo algunos tenemos opcion a retiro con una ley de el ’93? y otra de 97? hay diferencia en cuanto a este punto?. Mi interes es solo en conocer que opciones se manejan en cuanto a regresarte tus aportaciones volutarias, es en un solo monto?
    3.La FIEL ya no es necesaria para saldos a favor de mas de 15,000?, si ya no es necesaria antes si era necesaria para estos casos? Hablando de asalariados.

    • Mauricio Priego 31/Mar/2014 en 8:57 am - Responder

      Francisco, es un placer saludarte.

      Respecto a la FIEL, la limitante de firmar electrónicamente con ella para devoluciones de importes mayores sigue vigente. Y sobre el tema de los fondos de inversión para el retiro y el manejo de las aportaciones, te contacto un poco más al rato por correo para entrar en mayores detalles.

      Seguimos en contacto.

    • Mauricio Priego 09/Abr/2014 en 4:29 pm - Responder

      Francisco, buenas tardes.
      Hace algunos días te envié un correo con información del cual no he obtenido respuesta. ¿Podrías confirmarme que lo hayas recibido?
      Gracias 😉

  5. Veronica O 13/Mar/2014 en 12:49 am - Responder

    Mi afore era XXI Banorte hasta hace un mes, cuando me inscribí en esas afore -en 2009- no me anotaron con mi homoclave del RFC, solo me anotaron con los primeras 10 numeros y letras, fui a pedir constancia de las aportaciones voluntarias y cuando les pedí que me agregaran la homoclave me dicen que no se puede porque me cambié de afore. Qué puedo hacer? El SAT me autorizará el documento sin la homoclave? es para presentar declaracion anual y que me devuelvan saldo a favor. Gracias

    • Mauricio Priego 14/Mar/2014 en 8:31 am - Responder

      Hola Verónica.
      Tu caso es de esos que no está en el manual de soporte al cliente y por ello les cuesta trabajo atenderte.

      Como cambiaste de Afore, efectivamente no tienen ingerencia para cambiar tus datos en la base de la CONSAR. Esto lo debe hacer tu nueva Afore.

      Pero lo anterior no soluciona tu problema: Siglo XXI-Banorte es quien debe emitir la constancia con la homoclave correcta para que así sea válida ante Hacienda. Por eso digo que tu caso no lo tienen en su manual de atención a clientes.

      ¿Qué hacer? Se me ocurren dos opciones:

      1) Contacta por twitter a @XXIBanorte y exponles tu caso incluyendo en el tweet la liga al artículo y la fecha de tu comentario para que lean tu caso y mi respuesta. He tratado en el pasado y tienen un buen nivel de atención.

      2) De no obtener respuesta de @XXIBanorte, llama a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente – 01800 611 0190) para te asesoren y apoyen en la gestión con tu afore anterior.

      ¡Éxito!

  6. JULIO CESAR PERDOMO GONZALEZ 07/Oct/2013 en 8:43 pm - Responder

    MAURICIO, RECIBE UN CORDIAL SALUDO, Y QUIERO PREGUNTARTE: ¿QUE ME RECOMIENDAS, INVERTIR EN FONDOS O EN LA AFORE?…ESTARE PENDIENTE A TU RESPUESTA MUCHAS GRACIAS.

    • Mauricio Priego 08/Oct/2013 en 6:31 am - Responder

      Julio, una muy interesante pregunta…

      Realmente depende qué objetivo estés buscando al decir «invertir». Si no estás pensando en tu retiro y lo que buscas son los mejores rendimientos para tu dinero, en lo personal recomiendo los Fondos de Inversión. Esto debido principalmente a:

      1) Las Afores no te dan información completa en el Edo de Cta y sus asesores no reciben capacitación bursátil,

      2) en las Afores el tiempo de respuesta es muy lento, de manera que no tienes control del día exacto de tu depósito/retiro/cambio de Afore,

      3) entre un retiro y otro deben pasar varios meses.

      Ahora bien, no digo que las Afores sean una mala opción. Para el retiro del trabajador no sólo son buenas sino necesarias. Pero en cuanto a considerar a las aportaciones voluntarias parte de mi portafolio de inversión… En lo personal prefiero los Fondos.

      ¿Tú qué opinas?

      • JULIO CESAR PERDOMO GONZALEZ 08/Oct/2013 en 10:31 am - Responder

        OK, MUCHAS GRACIAS, OPTARE POR LOS FONDOS

      • Ricardo Sanchez 27/Mar/2014 en 12:46 pm - Responder

        Que tal Mauricio primero que nada un cordial saludo y felicitarte por tu exitoso e interesante blog y decirte que soy asesor previsional en Afore Invercap, quisiera mencionar que hay que diferenciar lo que se denomina aportaciones voluntarias y ahorro voluntario, la primera no se puede retirar sino hasta que hay una pension de por medio (cesantia-vejez-invalidez-muerte,etc), la segunda si se puede retirar y es cada seis meses, el ahorro voluntario de hecho es considerado por algunos e incluyendo publicaciones y reportajes en noticieros nacionales como -Lopez Doriga- como una exclente manera de invertir ya que -al menos en invercap- te otorga un rendimiento similar al que se te da en tu cuenta individual basado en la Siefore correspondiente.
        En cuanto a lo que mencionas de la falta de informacion, difiero en este punto en lo referente a INVERCAP, que actualmente cuenta con una diversificacion de plataformas en las que puedes enterarte de los movimientos de la cuenta, tales como una aplicacion para moviles con android, windows, etc.. en el que inclusive puedes checar no solo los movimientos de tu cuenta y por ende los rendimientos otorgados sino que tambien puedes modificar tus datos, tales como tu correo, tu direccion, telefono etc.
        por ello te comento que difiero en eso de la falta de informacion!!!
        -mi comentario esta basado en los conocimientos que he adquirido en cursos de la CONSAR y la administradora a la que represento por esto ultimo puede variar la informacion y algunos puntos de administradora a administradora-.
        saludos!

        • Mauricio Priego 28/Mar/2014 en 9:32 am - Responder

          Que tal Ricardo, gracias por tus palabras y principalmente por tu aportación y tus valiosas aclaraciones.

          Respecto a la falta de información (y de transparencia), hasta el día de hoy no he encontrado una sola Afore la cual te de un estado de cuenta «derecho» respecto al fondo de inversión en el cual está depositado tu dinero. Es decir, que te permita saber cuántas acciones tienes, a qué precio se compraron y en qué fecha exacta, cuál es su costo promedio, en qué fecha se vendieron las acciones para el pago de comisiones, cuántas acciones se vendieron y a qué precio…

          Sí es posible consultar en qué fondo se invierte el dinero del aforado y es posible consultar su cotización en Internet tanto en la página de la CONSAR, como en algunas Afores y en páginas externas como Yahoo! Finanzas. PERO la información que indico en el punto anterior no la he visto en ningún lado. Si me demuestras que INVERCAP la tiene no sólo me pasaría con ustedes sino que definitivamente la recomendaría. ¿Aceptas el reto?

          ¡Éxito!

  7. Oscar Sandoval Torres 01/Oct/2013 en 4:54 pm - Responder

    Como siempre un excelente artículo, pero tengo una duda ¿Cuando recibes el dinero ahorrado en tu fondo de ahorro, hacienda no retiene ISR sobre ese capital? en algún lugar había leído eso y me quedé con la impresión de que las aportaciones a mi AFORE sólo retrasaban los impuestos.

    Estoy seguro de que tu tienes más conocimientos, así que agradeceré me saques de mi error.

    GRACIAS DE NUEVO.

    • Mauricio Priego 02/Oct/2013 en 5:35 am - Responder

      Óscar, gracias por puntualizar un tema tan importante.

      1) El ahorro para el retiro está exento de impuestos, siendo un beneficio fiscal que busca incentivarlo;

      2) Cuando retiras dinero de tus aportaciones voluntarias antes de retirarte, queda claro que no fueron realizadas para tu retiro;

      3) En base a las dos premisas anteriores, cuando llegas a tu retiro y se te entrega el dinero, o bien, al momento que se toman tus fondos para generar tu pensión, no se te retiene impuesto alguno. Pero si por el contrario retiras dinero antes, entonces sí se te retiene el impuesto que mencionas (a los intereses generados), el cual equivale al 0.60% del capital que dio origen a esos intereses.

      Ahora bien, si haciendo a un lado las minusvalías actuales los rendimientos de las Afores en promedio oscila en el 10%, considero que aún con ese 0.60% menos sigue siendo una buena opción 😉

      Nuevamente gracias, y voy a actualizar el artículo para que la información la tengan a primera mano futuros lectores.

      ¡Éxito!

      • David Martínez 16/Oct/2013 en 3:51 pm - Responder

        Mauricio buena tarde, de entrada me pareció muy interesante el artículo, hasta me puse a hacer el cálculo de lo que podría obtener como impuesto a favor pero investigando un poco más me encontré con que las aportaciones voluntarias a corto plazo (AV) -2 a 6 meses- no tienen beneficio fiscal. En el ahorro de largo plazo (ALP) -superior a 5 años- sólo se difiere el pago de ISR. Solamente existe el beneficio fiscal en las modalidades AVLP y ACR pero en estas solamente se puede recuperar la aportación hasta el momento del retiro, lo cuál sigue siendo bueno pero habría que ser muy disciplinado y mantener finanzas sanas para ver el beneficio a largo plazo, en este caso un fondo de inversión o un seguro dotal con suma asegurada podría resultar «más accesible» al sacrificar un menor flujo de efectivo. Por supuesto en todo hay pros y contras.

        Soy nuevo en estos temas de finanzas personales pero definitivamente creo que aprender y aplicar estos conceptos es la única forma de hacer crecer los pocos o muchos ingresos que con tanto trabajo se obtienen. Te felicito por tu blog, sigue así, ya te tengo en mi lista de RSS.

        Saludos

        Fuente: http://www.consar.gob.mx/principal/info_gral_trabajadores-imss_aportaciones_voluntarias.aspx

        • Mauricio Priego 17/Oct/2013 en 4:23 pm - Responder

          David, tu observación es muy buena y oportuna.

          En efecto, el beneficio fiscal es para las aportaciones voluntarias para tu retiro y no para ahorros de corto plazo. Ahora bien, en lo personal prefiero otros instrumentos que te permiten siempre ahorrar para tu retiro con muy buenos rendimientos, que también contemplan este beneficio fiscal, y en los que tienes mayor certeza, transparencia y control que en las Afores. Si gustas puedo enviarte información de algunos de ellos para conozcas.

          ¡Éxito!

          • David Martínez 21/Oct/2013 en 11:03 am -

            Si claro por favor envíame la información.

            Muchas gracias.

          • Mauricio Priego 22/Oct/2013 en 10:16 am -

            Información enviada David… Éxito en tus inversiones 😉

          • Francisco 05/Feb/2014 en 11:48 am -

            Hola!

            Bueno este sitio me ha causado mucha confianza y creo que voy a empezar a involucrarme en tus articulos que se me hacen muy buenos, bueno aparte de todo mi mensaje es para pedir de favor si también me pudieras compartir la información de los demas instrumentos que consideras que son buena opcion para invertir ya que definitivamente me estoy preocupando por lo que tendré en un futuro.

            Otra cuestion: hace poco instale una app en mi celular que se llama etoro, la conoces? Que opinas de esa app o el sitio en si?

            Gracias!

          • Mauricio Priego 07/Feb/2014 en 9:14 am -

            Hola Francisco! Gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo y a la información que compartimos 😀

            Honestamente no conocía la app eToro. Observo que se presenta como una «red social para trading»… No puedo opinar de la herramienta porque no la he usado, pero sí se que invertir directamente en bolsa sin la preparación adecuada o una asesoría calificada es altamente riesgoso. ¿Eres trader? ¿Haz utilizado previamente plataformas de electrónicas de trading? Si la respuesta es negativa mi sugerencia es que seas prudente. Si te interesa el tema tengo varios artículos así como entrevistas a traders profesionales y asesores bursátiles. De hecho podría recomendarte alguno. Confírmame y seguimos por ese camino.

            Respecto al instrumento de inversión para el retiro que menciono en el artículo, te contacto por correo para enviarte más información.

            Éxito en tus proyectos

          • Mario Maldonado 27/Feb/2014 en 12:42 am -

            Estimado Mauricio,

            Primeramente te felicito, muy buen blog. Soy una persona de 24 años que está iniciándose en el tema de finanzas personales y encuentro un enorme valor en la información que compartes con todos nosotros. Me uno a la cola de gente que te solicita información sobre otros instrumentos que permitan ahorrar para el retiro y tengan buenos rendimientos ¿Serías tan amable de compartir esa información?
            Aprovechando este espacio, una pregunta un poco fuera de tema: Planeo irme a trabajar a Canadá por un año aproximadamente ¿Sabes si es posible que el salario que perciba ahí se refleje o genere algún beneficio ya sea para mi afore o infonavit en México? Apenas empiezo a investigar el tema.
            Saludos!!

          • Mauricio Priego 28/Feb/2014 en 8:48 am -

            Estimado Mario, gracias por el valor que otorgas a nuestros esfuerzo. El poder saber que la información que compartimos es útil es nuestra mejor recompensa 🙂

            Empiezo por el tema de Canadá…
            La CONSAR contempla mecanismos para que trabajadores independientes (es decir, que no tienen un patrón) puedan cotizar ante el seguro de manera que llegado el momento de su retiro puedan retirarse. Para ello acércate a la AFORE de tu preferencia y pide mayor información (asesorarte correctamente es parte de su trabajo).
            Respecto al INFONAVIT la información no es tan positiva: No existe un mecanismo semejante. Para tener derecho al INFONAVIT necesariamente tienes que tener un patrón que pague tus aportaciones.

            Sobre los instrumentos de ahorro e inversión, antes que nada te felicito por interesarte en estos temas a una edad plena de posibilidades. Para conversar más abiertamente sobre tu caso en particular te contacto por correo 😉

            Éxito en tus proyectos!

  8. Eduardo Ennriquez 27/Sep/2013 en 11:21 am - Responder

    Tengo un negocio pequeño y estoy en repeco.
    Me conviene cambiar a régimen intermedio?

    • Mauricio Priego 05/Oct/2013 en 8:32 am - Responder

      Eduardo, esa respuesta tiene mucho que ver con tu giro, con tus ingresos, tus gastos y con la visión de crecimiento que tengas en tu negocio… Empezando por algún punto, ¿por qué estás considerando cambiar de régimen? ¿Qué te inquieta?

  9. Leonardo 24/Sep/2013 en 11:03 am - Responder

    Muchas gracias mi estimado Mauricio
    Muy completa e ilustrativa su información, afianza mi interés por proceder a realizar mis aportaciones pese a que el beneficio pudiera reducirse con la reforma fiscal.

    vale la pena hacer más extensiva esta información y animar a más gente a involucrarse a participar en este sistema lleno de beneficios a mediano y largo plazo; es el método más accesible para gente como yo que no podemos invertir en la bolsa por las grandes cantidades que se requiere y la supresión continua que demanda… invertir en nuestra afore es poner nuestro dinero en manos de especialistas que comprarán instrumentos como cetes, acciones etc., y gran parte se utiliza para inyectar dinero a la infraestructura del país y a las empresas.

    con el afán de despejar las últimas dudas (solo técnicas) y terminar con el tabú sobre lo complejo o tedioso, ¿puede reafirmarme cuales son los pasos para proceder? según entiendo; uno debe contactar a la afore para informarse de la sucursal bancaria donde cuenten con centro de atención (o unidad especializada en Afore), en dicha sucursal reciben en ventanilla la aportación y deberán entregarnos un comprobante el cuál tendremos que conservar (y al final del año solicitar a la Afore el “Comprobante total de Aportaciones Voluntarias del año”, se puede pedir a algunas Afores la domiciliación quincenal o mensual directamente a nuestras cuentas). En Diciembre habrá que anticiparle a Recursos Humanos donde trabajamos, que nosotros realizaremos nuestra propia Declaración Anual de Impuestos en Abril del año siguiente (a través del programa DeclaraSAT, o DeclaraSAT en línea http://www.sat.gob.mx) y según el saldo a favor o en contra se nos contactará para indicarnos donde presentarnos o especifiquemos a que cuenta queremos nos depositen…

    Reiterándole mi aprecio y gratitud por su atención y tiempo quedo a sus órdenes Lic. Priego y correspondo su saludo con otro abrazo igual de fuerte.

    • Mauricio Priego 29/Sep/2013 en 10:47 pm - Responder

      Leonardo, quisiera subrayar tus palabras «es el método más accesible para gente como yo que no podemos invertir en la bolsa por las grandes cantidades que se requiere y la supresión continua que demanda… invertir en nuestra afore es poner nuestro dinero en manos de especialistas que comprarán instrumentos como cetes, acciones etc., y gran parte se utiliza para inyectar dinero a la infraestructura del país y a las empresas«… Realmente lograste resumir el beneficio que representan las aportaciones voluntarias 😀

      Respecto a cómo se realizan las aportaciones voluntarias, es correcto lo que dices: acércate a tu Afore y pregunta por las opciones. Hay algunas en las que puedes realizar tus aportaciones vía Internet de manera que no tengas que acudir a una sucursal.

      Y en cuanto a la declaración anual, si bien lo que afirmas es a grandes rasgos, estás en lo correcto. (Si tienes dudas sobre el proceso, dime y con gusto escribo un artículo al respecto).

      Para concluir quisiera puntualizar 3 detalles:

      1. No sólo en las aportaciones voluntarias tienes acceso a portafolios diseñados por especialistas financieros. También puedes accederlos a través de Fondos de Inversión, de los cuales existen una gran variedad de acuerdo a tus necesidades y proyectos.

      2. También no sólo con las aportaciones voluntarias tienes acceso a la devolución de impuestos. Algunas aseguradoras tienen en su portafolio fondos para el retiro que cubren con los requisitos de hacienda y por tanto también puedes deducir impuestos al invertir en ellos.

      3. Por favor sólo dime Mauricio. Los títulos nobiliarios como «Lic Priego» quedaron en el siglo pasado… y en las esferas políticas donde cuidan más las formas que del fondo 😉

      Confío que sigamos en contacto en el futuro. Recibe un fuerte abrazo y mis mejores deseos…

  10. Alex 24/Sep/2013 en 6:56 am - Responder

    Buen día, excelente articulo, creo que como complemento, sería bueno hacer un ejercicio de Retiro de Capital del Fondo del Retiro. Independiente del Rendimiento que pueda tener o no, la Afore. (o incluso considerandolo). Solo para Aterrizar más el tema y tener numeros duros.

    Btw, el calculo del Impuesto Retenido esta mal, No son $40,020, son $4,020.

    EN otro tema, sé que el ISR se calcula en base a tu salario, pero sabran dónde puedo ver la formula de como se calcula exactamente el ISR ?

    Saludos!

    • Mauricio Priego 26/Sep/2013 en 9:06 am - Responder

      Alex, muchas gracias por indicarme la huella que la dislexia dejó en el artículo. Los importes que indicas son los correctos y ya fueron corregidos 😉

      Respecto a la fórmula para calcular el ISR, te comento que no es tal sino que es un algoritmo:

      ingresos totales obtenidos en el año de calendario
      (–) ingresos exentos (artículo 109 de la LiSR)
      (–) impuesto local a los ingresos por salarios
      (=) Base gravable
      impuesto (tarifa del artículo 177 de la LiSR)
      (–) Subsidio para el empleo (SPE) que le correspondió
      en cada uno de los meses
      (=) impuesto anual a cargo
      (–) Pagos provisionales efectuados (retenciones)
      (=) diferencia a cargo o a favor del trabajador (ajuste)

      Te comparto un documento donde se detalla el proceso completo: http://bit.ly/18ZPzTI

      NOTA: El proceso no se está viendo afectado por la reforma fiscal. Lo que cambian son los montos de las tablas mencionadas.

      Seguimos en contacto…

      ¡Éxito!

      • Mauricio Pastrana 07/Ene/2016 en 12:17 pm - Responder

        Estimado Tocayo:

        Me interesa tu forma alternativa para crear el fondo del retiro, te pido amablemente me puedas compatir tu info. Gracias

        • Mauricio Priego 11/Ene/2016 en 6:24 am - Responder

          Hola Tocayo!
          Te envié la información hace unos momentos a tu cuenta de correo. Confío te sea de utilidad para tu estrategia financiera de este 2016 😉
          ¡Éxito!

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