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¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?

Mauricio Priego 06/May/2013 778

Mercancías puedes ingresar a México

Actualizado al 12 de Diciembre del 2015

Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando  por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:




Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.

Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.

El equipaje del pasajero

La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:

  • Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  • Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

La franquicia

Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta

  • 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
  • 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).

Es importante considerar lo siguiente:

  • El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
  • Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
  • Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

Recomendaciones finales

  • Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
  • No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
  • Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
  • Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
  • Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
  • Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
  • Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
  • Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.

¡Éxito!

Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015

Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.

Se agregó: Una agenda electrónica.

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Referencias

778 Comentarios »

  1. David 16/Jul/2015 en 9:10 am - Responder

    hola buen dia, pienso ir en el viernes negro (noviembre) para comprar ropa y venderla en mexico, solo ese dia entraria, cuanta ropa puedo traer? los 300 dlls como maximo? gracias por la info y tu respuesta.

    • Mauricio Priego 17/Jul/2015 en 7:47 am - Responder

      Hola David,
      La franquicia de 300 dll es para que las personas puedan pasar obsequios y cosas personales adicionales a su equipaje, no para la introducción de artículos para comercializar. Ahora bien, éste es un esquema de confianza en el cual la autoridad aduanal presupone que efectivamente lo que introduces al país es tuyo o algo comprado para algún familiar o amigo. Sin embargo, si por cualquier motivo sospecha que no es así, tiene la atribución de pedir explicaciones e incluso de retenerte los productos hasta que pagues los impuestos correspondientes (un 16%).
      ¡Éxito!

  2. Rodrigo Cervantes 15/Jul/2015 en 3:09 pm - Responder

    Antes que nada muchas gracias por la información. Tengo una duda, dentro de unos días iré a EUA de compras con mi familia, traeremos ropa para nosotros pero además yo quiero traer unos juguetes para vender. Pero son coleccionables y no puedo sacarlos de las cajas y no cabrían en mi maleta. Pensaba traerlos en una caja aparte ¿Habría algún problema? el costo total no debe de pasar de los 250dls

    • Mauricio Priego 15/Jul/2015 en 11:54 pm - Responder

      Hola Rodrigo,
      Si los puedes pasar como productos para tu colección personal (no para vender) y no son muchos, no debieras tener problemas. No pierdas de vista que tanto el derecho de equipaje como la franquicia se instauraron para facilitar el libre tránsito de las personas y sus pertenencias en la frontera. Por tanto, productos adquiridos para su comercialización debieran ser reportados a la aduana pagando los impuestos y aranceles respectivos.
      ¡Éxito!

  3. dinorah alpuche 13/Jul/2015 en 1:56 pm - Responder

    buenas tardes mi hija vive el carolina del norte y le quiere enviar una batidora a su hermana por que su papa viene a mexico pero tiene miedo que se tengan que pagar muchos impuesto la batidora costo $220 dlls

    espero su cometario

    • Mauricio Priego 14/Jul/2015 en 5:42 am - Responder

      Hola Dinorah, buenos días.
      Coméntale a tu hija que no tiene de qué preocuparse. Los $220 dlls quedan totalmente cubiertos por la franquicia de $500 dlls a la que toda persona que entra al país tiene derecho. El detalle sería que trajera más productos que en suma rebasen esa cantidad. (Nota importante: Requiere llevar a la mano la nota de venta donde se reflejan los $220, ya que de otra manera se utilizaría la lista de precios que maneja la aduana, la cual normalmente es más alta ya que no incluye ofertas ni descuentos).
      ¡Éxito!

  4. Joel 11/Jul/2015 en 7:34 pm - Responder

    ¡Excelente articulo! (así comienzan todos pero siempre terminan por preguntar algo jeje), yo tengo una duda: Cuando salí de México traía conmigo 2 computadoras (laptops, usadas) y estando en EU me enteré de los pormenores que esto traería; a lo que voy es ¿tendré que pasar alguna de ellas como parte de mi franquicia?. También leí un comentario de un lector llamado «Rodrigo» (14 de marzo del 2015) quien redacta que tus equipos de cómputo pueden ser independientes de la franquicia y del equipaje si están catalogados como «equipo de computo personal que no rebasa los 3000 dls» (algo así) y así no tener que pagar por ellas ¿qué tan cierto es esto?; o es mejor que una de las laptops sea mi equipaje y la otra pase a mi franquicia?, aunque, al pasarla a la franquicia quedo a merced del precio del tabulador y puede que exageren en el coste de la misma y ya no pueda usar mas la franquicia para otras cosas que quiero pasar. Gracias!

  5. Daniel 10/Jul/2015 en 2:30 pm - Responder

    Hola, buenas tardes. Espero me puedan orientar con una duda que tengo. Quisiéra saber si tendría algún problema en comprar un instrumento musical por internet en China. Cuesta alrededor de 400 dolares. Es un bajo electrico y es replica o al menos se parece mucho al diseño de una marca conocida de estos instrumentos. Tendría que pagar impuestos aduanales? Muchas gracias.

    • Mauricio Priego 13/Jul/2015 en 6:34 am - Responder

      ¿Así que eres bajista Daniel? ¡Un fuerte abrazo colega! Si bien de forma totalmente amateur, yo también toco el bajo eléctrico 😀

      Las personas tenemos derecho a introducir un instrumento musical sin costo al país siempre que forme parte de nuestro equipaje. Cuando lo pedimos por Internet se ve afectado por los acuerdos arancelarios que tiene México con los distintos países. Es muy probable que al final sí tengas algún impuesto qué pagar para que te lo liberen en la aduana… Tenemos un artículo especializado en el tema que considero podría serte de utilidad: Importaciones: Los pormenores al recibir productos del extranjero

      ¡Éxito!

  6. Omar Miranda 08/Jul/2015 en 1:10 pm - Responder

    Mande pedir 40 Dolares en suplementos alimenticios de Estados Unidos a México, me irán a cobrar mucho en impuestos aduanales? O no me cobraran nada?

  7. Tania Hernandez A. 06/Jul/2015 en 3:22 pm - Responder

    Hola buenas tardes. Me gustaría saber si me podrían asesorar un poco con una reclamación que quiero hacer a aduana. Importé 30 accesorios para videojuego (de hecho en su página oficial están marcados ni siquiera como eso sino como figuras) Aduana me los marcó como juguetes y obviamente me cobraron impuestos. He traido varias veces este tipo de figuras y es la primera vez que lo cobraron así. En la boleta del servicio postal del país de origen también lo marcaron como accesorio. Muchas gracias

    • Mauricio Priego 07/Jul/2015 en 6:47 am - Responder

      Hola Tania,
      Si ya fue clasificado como juguete, necesitarías la asesoría de una agencia aduanal o alguna persona que conozca ese tipo de procedimientos (usualmente un empleado de agencia aduanal que como ingreso extra asesore a particulares).
      Mis mejores deseos para que se resuelva pronto y de la mejor manera.

  8. alberto 25/Jun/2015 en 1:36 pm - Responder

    quiero comprar una mira telescopica en usa. y se la encargaria a un amigo, tendria algun problema??

  9. fernando 24/Jun/2015 en 5:20 pm - Responder

    Hola tengo una duda tal vez no sea muy relacionado con el tema pero se trata de comprar un paquete de discos de vinyl (7 discos y un libro) de España. El punto es que un amigo de españa me haria el favor de mandarlos de alla el valor de los discos es de 150 € y los enviaria por paqueteria, ¿Tambien se deben pagar impuestos? o el precio de la paqueteria lo incluye todo? Tambien se debe declarar el valor del producto?. Gracias

  10. ANGEL 24/Jun/2015 en 2:52 pm - Responder

    Hola buenas tardes de nuevo yo, voy a ser mas claro en cuanto a mi duda
    Quiero comprar 150 juguetes usados en estados unidos y un familiar me los mandara para hacer solo un envió y no varios ya que comprare a varias personas distintas
    mi duda es hay que pagar impuestos por estos artículos ?
    y si hay que pagar hay alguna guía para determinar el costo de aduana ?
    sin mas por el momento agradezco tu ayuda

    • Mauricio Priego 25/Jun/2015 en 6:17 am - Responder

      Hola Ángel, buenos días.
      Tanto entre lectores como entre conocidos conozco múltiples casos semejantes donde envíos de juguetes son detenido en la aduana debido a que hay impuestos arancelarios qué pagar, y a que interviene la COFEPRIS por su posible contenido de plomo. Si no quieres que el proceso sea lento y con muchas vueltas, podrías contratar los servicios de una agencia aduanal para que gestione su introducción a territorio nacional.
      ¡Éxito!

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